Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Decreto 1547/2007

Apruébase la estructura organizativa del mencionado organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Salud. Créase el cargo de Defensor del Beneficiario, cuya misión será asistir a los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud en aquellas cuestiones atinentes a sus reclamos, en el marco de la normativa vigente.

Bs. As., 6/11/2007

VISTO las Leyes Nº 23.660, Nº 23.661, el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2007 aprobado por Ley Nº 26.198 y Distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 enero de 2007, los Decretos Nº 1576 del 30 de diciembre de 1998, modificado por el Nº 1305 del 22 de diciembre de 2003 y la Resolución Nº 075/98-SSSalud, y

CONSIDERANDO:

Que las Leyes Nros. 23.660 y 23.661 que crean el Sistema Nacional del Seguro de Salud, tienen por objetivo fundamental proveer el otorgamiento de prestaciones de salud igualitarias, integrales y humanizadas, tendientes a la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, que respondan al mejor nivel de calidad disponible y garanticen a los beneficiarios la obtención del mismo tipo y nivel de prestaciones, eliminando toda forma de discriminación en base a un criterio de justicia distributiva.

Que, por Decreto Nº 1576/98, modificado por su similar Nº 1305/03 se aprobó la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que resulta necesario, a fin de mejorar la prestación de los servicios a los Beneficiarios en todo el ámbito nacional, establecer un área que coordine el accionar de las Delegaciones existentes en el interior del país.

Que de acuerdo con criterios modernos de administración de los sistemas sanitarios surge la necesidad de contar con un área que articule a todos los integrantes del Sistema de Salud.

Que consecuentemente, resulta necesario reordenar las responsabilidades en el ámbito del citado organismo, con el objeto de posibilitar la correcta y más eficaz administración de los recursos del Estado aplicados a la política de salud, imponiéndose por ello la necesaria readecuación de la estructura organizativa vigente.

Que asimismo, mediante la Resolución Nº 075/98-SSSalud citada en el VISTO, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, ha reglamentado el procedimiento de formulación y solución de reclamos de los beneficiarios hacia los Agentes del Seguro de Salud, frente a hechos o actos que afecten la normal cobertura médico asistencial.

Que en los últimos años se ha desplegado en el Sistema Nacional del Seguro de Salud la llamada 'judicialización de la prestación', consistente en la proliferación de accione judiciales promovidas por los beneficiarios del sistema contra los Agentes del Seguro de Salud, tendientes a obtener una decisión judicial en protección de una determinada prestación.

Que las áreas técnicas de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD han podido determinar que, en algunos supuestos, tales acciones son promovidas por afiliados que previamente recurrieron a la instancia administrativa establecida por la normativa vigente, sin que la tramitación del expediente respectivo hubiera podido dar solución a la situación planteada.

Que, por tales motivos, la solución del conflicto se traslada a la esfera judicial, en la mayoría de los casos o jerárquica administrativa en otros, lo que supone la necesidad —para el beneficiario afectado— de requerir de asistencia técnica y letrada.

Que resulta uno de los objetivos primordiales de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, regular y supervisar, los Servicios de Salud, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las políticas del área para la promoción, preservación y recuperación de la salud de la población, afianzando el equilibrio entre usuarios, prestadores y financiadores en condiciones de libre competencia, transparencia, eficiencia económica y equidad social.

Que en el marco del Programa Carta Compromiso con el Ciudadano, se establecieron las modalidades para asegurar la participación ciudadana y facilitar la presentación de reclamos y sugerencias.

Que en el marco descrito, se considera prudente disponer la creación de la figura del DEFENSOR DEL BENEFICIARIO, en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que para ello, y en virtud de lo establecido por el artículo 6º de la Ley Nº 26.198, resulta menester efectuar una compensación de cargos.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 11 de la Ley de 26.198.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo con el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones y Dotación que como Anexos I, II y III forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2º — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —Recursos Humanos— en la parte correspondiente a la Jurisdicción 80, MINISTERIO DE SALUD, Entidad 914 SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, para el Ejercicio 2007, de acuerdo al detalle obrante, en Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.

Art. 3º — Créase, con dependencia directa del titular de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, el cargo de DEFENSOR DEL BENEFICIARIO, el que tendrá carácter extraescalafonario, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0 del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, con Nivel de Función Ejecutiva I (Decreto Nº 993/91 t.o. 1995), cuya misión será asistir a los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud en aquellas cuestiones atinentes a sus reclamos, en el marco de la normativa vigente.

Art. 4º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las competencias asignadas y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles y grados de revista previstas en el Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Art. 5º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente en la Entidad 914 – SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Miguel G. Peirano. — Ginés M. González García.

ANEXO I


(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 366/2012 B.O. 14/03/2012 se transfiere a la órbita de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, como organismo desconcentrado, la que actuará a través de la GERENCIA GENERAL de la citada Superintendencia)

(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 1198/2012 B.O. 19/07/2012 se absorve la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES dentro de la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD)

ANEXO II

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

OBJETIVOS

1. Regular y supervisar los Servicios de Salud, con el Objeto de asegurar el cumplimiento de las políticas del área; para la promoción, preservación y recuperación de la salud de la población, afianzando el equilibro entre usuarios, prestadores y financiadores, en condiciones de libre competencia, transparencia, eficiencia económica y equidad social.

2. Dictar las normas para regular y reglamentar las modalidades del desenvolvimiento de las actividades de regulación y control de Organismos.

3. Controlar el funcionamiento del Sistema de Obras Sociales de los Agentes del Seguro de Salud, de los prestadores intervinientes y de toda otra entidad prestadora o financiadora de prestaciones médico-asistenciales que se le incluyan.

4. Aprobar las solicitudes de propuestas de ingreso al sistema de las entidades y promover la intervención de las mismas para asegurar la continuidad y normalización de las prestaciones de salud.

5. Aprobar el Programa de Prestaciones Médicas y el Presupuesto de Gastos y Recursos para su ejecución.

6. Asegurar y controlar la libertad de elección de obras sociales de los beneficiarios del sistema, así como garantizar su acceso efectivo.

7. Realizar una vez al año, la Rendición de lo actuado por el Organismo en Audiencia Pública.

8. Efectuar el contralor del cumplimiento de las obligaciones éticas correspondientes al Organismo y todos sus dependientes y desarrollar mecanismos de control y procesos contra fraude y corrupción.

9. Verificar la eficiencia y eficacia en la ejecución del Plan Estratégico de la Superintendencia de Servicios de Salud y los planes operativos anuales, y desarrollar las medidas correctivas para optimizar los resultados esperados.

10. Negociar los convenios colectivos de trabajo.

Consejo Asesor Ley 23.661-Art. 14

Objetivos

Contribuir al Planeamiento Estratégico del Organismo y asesorar en todas las cuestiones que le sean sometidas a consideración por el Superintendente y que hagan a la mejor regulación y control del sistema.

Constituir un canal idóneo de vinculación con los actores del sistema.

DEFENSOR DEL BENEFICIARIO

Responsabilidad primaria

Asistir a los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud en aquellas cuestiones atinentes a sus reclamos, en el marco del procedimiento previsto por la normativa vigente.

Acciones:

1. Representar a los beneficiarios del Sistema de Salud en sede administrativa o judicial una vez agotado el procedimiento previsto por la normativa vigente y ante una orden emitida por el Superintendente de Servicios de Salud por vía de un acto administrativo.

2. Representar a los beneficiarios de manera individual o colectiva.

3. Coordinar los reclamos que formulen los beneficiarios de las obras sociales ante el Defensor del Pueblo de la Nación o ante el defensor del pueblo de las jurisdicciones locales que prevean su existencia.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

Responsabilidad Primaria

Desarrollar las funciones que la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y los Sistemas de Control del Sector Público Nacional prescribe, consistentes en la ejecución de exámenes posteriores y evaluaciones de las actividades de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, utilizando el enfoque de control integral e integrado, de manera de asegurar el cumplimiento de la eficacia, eficiencia y economía.

Examinar, investigar y evaluar las actividades de toda la organización, identificar irregularidades o errores y desarrollar recomendaciones de mejora y efectuar su seguimiento.

Acciones:

1. Elaborar el Plan General de la auditoría interna a desarrollarse en la Superintendencia de Servicios de Salud.

2. Elevar el Plan Anual de auditoría interna.

3. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por el Superintendente.

4. Realizar planes de auditoría que comprendan todas las áreas de la organización, coordinar su ejecución y verificar su cumplimiento.

5. Producir informes de auditoría y, en su caso, formular las recomendaciones y observaciones que correspondan.

6. Informar sobre los temas que el Superintendente y la Sindicatura General de la Nación le requieran.

7. Realizar investigaciones especiales a partir de pedidos del Superintendente o de la Sindicatura General de la Nación para identificar responsables de corrupción o fraude, conformando pruebas que sirvan para poder aplicar sanciones.

8. Verificar si en las erogaciones e ingresos de la jurisdicción se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente.

9. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

SECRETARIA GENERAL

Responsabilidad Primaria

Organizar las actividades del Superintendente y difundir las acciones adoptadas por la Superintendencia de Servicios de Salud. Recepcionar, procesar y despachar en tiempo y forma las presentaciones efectuadas o generadas por ante o desde el organismo, así como elaborar y despachar las resoluciones e informes, entendiendo en todas las tramitaciones y actuaciones.

Acciones:

1. Coordinar la tramitación administrativa de las áreas del organismo, en función de las decisiones que el Superintendente adopte, y supervisar su cumplimiento.

2. Analizar toda aquella documentación relacionada con el despacho sometido a la firma del Superintendente y todos los asuntos que se eleven a su consideración, coordinando el apoyo técnico inmediato al Superintendente.

3. Recibir, registrar y distribuir todas las actuaciones, expedientes y correspondencia.

4. Mantener un registro actualizado de los dictámenes de alcance general conformados por el Superintendente, emitiendo los listados correspondientes para su distribución en toda la organización.

5. Centralizar el fondo bibliográfico y documental del organismo.

6. Efectuar la protocolización de todos los actos administrativos dictados por el Superintendente y mantener un registro actualizado de todas las resoluciones emanadas del organismo.

7. Efectuar la recepción y despacho de la documentación administrativa dirigida o proveniente a/ de otras jurisdicciones, como así también de particulares.

8. Realizar el archivo de la documentación administrativa, con excepción de la documentación de carácter interno de cada área.

9. Coordinar la planificación global del sistema de gestión de trámites.

10. Determinar para cada expediente y/o trámite administrativo la unidad organizativa (o las unidades) que tendrá intervención directa en el mismo.

11. Mantener un registro actualizado de los expedientes y normalizar la gestión de los trámites administrativos.

12. Asegurar el seguimiento y localización de los expedientes y trámites administrativos de la organización.

13. Asegurar el cumplimiento de los plazos procesales.

14. Evacuar las consultas que se formulen a la Superintendencia de Servicios de Salud y en su caso indicar el área con competencia específica ante la cual tramitará la actuación a ser presentada.

15. Diligenciar los pedidos de informes requeridos por los Poderes del Estado Nacional, las Provincias, los Municipios y organizaciones no gubernamentales reconocidas a las áreas respectivas para proceder a su contestación.

16. Proporcionar a los interesados la información sobre el estado en que se encuentran las actuaciones presentadas con anterioridad.

17. Efectuar la difusión de toda resolución aprobada por el Superintendente a quienes corresponda.

18. Organizar la agenda del Superintendente.

19. Difundir internamente y ante la opinión pública las acciones adoptadas por todas las gerencias de la Superintendencia de Servicios de Salud.

GERENCIA GENERAL

Responsabilidad Primaria

Asistir al Superintendente en la conducción y ejecución de la gestión del organismo, coordinando y evaluando las acciones a cargo de las distintas Gerencias y Subgerencias hacia la consecución de los objetivos y metas establecidos, con celeridad, economía, eficiencia y eficacia.

Acciones:

1. Orientar y articular la gestión del organismo conforme a los lineamientos políticos y estratégicos aprobados por el Superintendente, mediante la interacción directa con las Gerencias y Subgerencias.

2. Propiciar y guiar la planificación estratégica del organismo, incluyendo la elaboración, revisión y/o actualización de su plan, la formulación de presupuestos plurianuales y todo otro aspecto de significación estratégica, para su aprobación por el Superintendente.

3. Diseñar el sistema de seguimiento de los resultados de la gestión de las Gerencias y ejecutar el monitoreo.

4. Convocar, reunir periódica y regularmente a los responsables de las distintas áreas y funcionarios que en cada caso se designen en virtud de los temas a ser tratados.

5. Dirigir la coordinación y control de las liquidaciones administrativas de los Agentes del Seguro que se encuentren en proceso de liquidación.

6. Disponer los requerimientos de información a ser producida por las distintas áreas para su posterior integración y producción de conocimiento por la Gerencia de Gestión Estratégica.

7. Participar en la negociación de los convenios colectivos de trabajo de los que el Organismo es parte.

8. Intervenir en los sumarios de las obras sociales y los sumarios internos del personal del Organismo.

GERENCIA DE ARTICULACION DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA DE SALUD

Responsabilidad primaria:

Impulsar todas las acciones tendientes a integrar los distintos sistemas de salud existentes en la República.

Acciones:

1. Implementar los instrumentos necesarios para la integración de los distintos sistemas de salud.

2. Coordinar actividades con los organismos competentes de sistemas de salud distintos al amparado por las Leyes Nros. 23.660 y 23.661.

3. Proponer a la superioridad los mecanismos adecuados para lograr la unificación de todos los sistemas de salud.

4. Evitar la duplicidad de las coberturas garantizadas por otros sistemas de salud.

GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL

Responsabilidad Primaria

Efectuar el control de las relaciones prestacionales entre los Agentes del Seguro y los prestadores de servicios de salud.

Fiscalizar el cumplimiento de las normas prestacionales, considerando al Programa Médico Obligatorio como condición básica, por parte de los agentes del Sistema así como de los prestadores de servicios de salud.

Acciones

1. Proponer normas para estandarizar contratos modelos entre los agentes del seguro y los prestadores, que comprendan el Programa Médico Obligatorio considerando la definición de los aspectos incluidos en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y promover su observancia.

2. Registrar los contratos efectuados entre los Agentes del Seguro y los prestadores, verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos, proponer las acciones correctivas y eventualmente las sanciones a los que infrinjan las normas que regulan su contenido.

3. Proponer a la Gerencia General el diseño y actualización de las normas sobre información a ser reclamada a los Actores del sistema para su incorporación al Sistema de Información Sanitaria y Asistencial.

4. Aprobar y controlar la correcta gestión de los programas prestacionales de los Agentes del Seguro que realicen a través de efectores propios o contratados.

5. Proponer normas sobre la verificación y evaluación de la producción y remisión de la información relativa al perfil prestacional, los coseguros, las coberturas adicionales al Programa Médico Obligatorio, la utilización de los rubros del Programa Médico Obligatorio y los listados de efectores propios y contratados, a ser provistos por los Agentes del Seguro y/o prestadores.

6. Controlar la fiscalización que realizan los Agentes del Seguro sobre las prestaciones en relación a los programas asistenciales y garantía de calidad de la atención.

7. Brindar asistencia técnica y capacitación a los Agentes del Seguro y los prestadores con respecto a la celebración de contratos, en términos de accesibilidad, cobertura, integralidad, solidaridad y calidad.

8. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de las obras sociales respecto de los pagos por las prestaciones efectuadas a sus beneficiarios por los Hospitales Públicos de Autogestión, procediendo de igual forma respecto a las asociaciones de obras sociales y otros agentes que posean efectores propios.

9. Integrar la coordinación del Comité de Sindicatura en los aspectos atinentes a su competencia.

10. Proponer normas relativas al mejoramiento del control prestacional de los registros, subregistros y del Hospital Público de Autogestión.

11. Orientar los aspectos de su competencia que se ejecutan a través de las Delegaciones en el interior de la Superintendencia de Servicios de Salud.

GERENCIA DE CONTROL ECONOMICO-FINANCIERO

Responsabilidad Primaria

Realizar el control económico, financiero y de legalidad de los Agentes del Seguro de Salud, fiscalizando, supervisando, orientando y fomentando la correcta gestión de los recursos y gastos del patrimonio para asegurar las condiciones de viabilidad económico financiera suficiente que permitan solventar los servicios comprometidos.

Acciones

1. Proponer la documentación a ser requerida a los Agentes del Seguro a efectos de obtener información respecto de su desempeño económico financiero.

2. Promover la capacitación y brindar asistencia técnica a los Agentes del Seguro en relación al mejoramiento de su gestión económico-financiera, a las modalidades y cumplimiento de la información que se reclama desde la Superintendencia de Servicios de Salud.

3. Controlar los presupuestos de gastos y recursos, estados contables, estados intermedios, cuadros anexos y notas y las relaciones económicas financieras a ser cumplidas por los Agentes del Seguro.

4. Proponer a la Superioridad con la Gerencia de Control Prestacional un Plan de Auditorías en los Agentes del Seguro con el objeto de evaluar su gestión, la confiabilidad y veracidad de la documentación suministrada.

5. Ejecutar por sí o juntamente con la Gerencia de Control Prestacional las auditorías conforme al Plan aprobado así como las auditorías no programadas.

6. Realizar la gestión administrativa del Comité de Sindicaturas.

7. Elaborar juntamente con las Gerencias de Control Prestacional y de Asuntos Jurídicos propuestas de funcionamiento y actividades de las Sindicaturas.

8. Coordinar juntamente con las Gerencias de Control Prestacional de Asuntos Jurídicos las actividades de las Sindicaturas designadas en los Agentes del Seguro.

9. Proponer la liquidación o fusión de los Agentes del Seguro cuando se acredite su inviabilidad económico financiera.

10. Promover las acciones correctivas y sancionatorias ante la existencia de desvíos y/o incumplimientos en que incurran los Agentes del Seguro.

11. Elaborar y ejecutar el plan de Fiscalización de los Agentes del Seguro de Salud y otros responsables en relación a sus obligaciones respecto al Fondo Solidario de Redistribución en lo atinente a cotizaciones voluntarias y recursos de distinta naturaleza.

12. Recabar información para fiscalizar la correcta canalización de los recursos financieros hacia los Agentes del Seguro, controlando el correcto funcionamiento del ciclo de financiamiento.

13. Evaluar la viabilidad económico - financiera de las entidades que soliciten su inscripción en el Registro Nacional de las Obras Sociales.

14. Orientar en los aspectos de su competencia las acciones, que se ejecutan a través de las delegaciones de la Superintendencia de Servicios de Salud.

GERENCIA DE SERVICIOS AL BENEFICIARIO

Responsabilidad Primaria

Promover acciones tendientes a fortalecer el ejercicio de los derechos de los beneficiarios y su consiguiente control sobre los agentes del sistema.

Acciones

1. Promover y administrar el acceso de los usuarios particulares e institucionales a la información producida por la Superintendencia de Servicios de Salud.

2. Supervisar el ejercicio efectivo de la libertad de elección de Obra Social.

3. Prevenir e informar a la Gerencia General sobre la existencia de competencia desleal entre Agentes del Seguro y prestadores, así como la detección de conductas que afecten al libre ejercicio del derecho de opción por parte de los beneficiarios.

4. Evaluar niveles de satisfacción del beneficiario respecto de los servicios provistos por los prestadores a efectos de propiciar un mejoramiento permanente de los estándares de atención, a través de los estudios realizados por los Agentes del Seguro, prestadores o por la propia Gerencia por sí o por terceros, integrándolos y complementándolos con estudios de carácter general, sectorial, grupal y/o jurisdiccional.

5. Proponer y organizar actividades de extensión, divulgación y de capacitación técnica para los diferentes actores del Sistema.

6. Recepcionar y evacuar las consultas de los usuarios a través de un centro de atención personalizada y telefónica.

7. Promover en los beneficiarios el ejercicio de un adecuado nivel de exigencia sobre los servicios que reciben por parte de los Agentes del Seguro y prestadores.

8. Promover la transparencia del Sistema mediante la propuesta de normas y el control sobre la publicidad y/o comercialización de los servicios por parte de los Agentes del Seguro de Salud.

9. Orientar los aspectos de su competencia que se ejecutan a través de las Delegaciones de la Superintendencia de Servicios de Salud en el interior.

GERENCIA DE GESTION ESTRATEGICA

Responsabilidad Primaria

Administrar la información del funcionamiento del sistema y desarrollar el conocimiento del desempeño del mismo y promover su permanente mejoramiento mediante regulaciones y acciones tendientes a optimizar los resultados y/o corregir desvíos a nivel global.

Acciones:

1. Integrar información generada en otros niveles y en las áreas de gestión del organismo y producir conocimiento comprensivo y competente referido a las variables centrales del desempeño global del sistema.

2. Desarrollar y preparar documentos de análisis estratégico sobre el comportamiento del Sistema del Seguro de Salud así como el de sus diversos componentes.

3. Desarrollar normas, elaboradas sobre la base del conocimiento estratégico, tendientes a reorientar el gerenciamiento del Seguro de Salud hacia su mejor desempeño y el equilibrio global del sistema.

4. Evaluar fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas así como ventajas comparativas y competitivas de los diferentes actores del sistema, con el objeto de identificar incertidumbres y promover medidas alternativas de prevención respecto de los riesgos involucrados.

5. Orientar en los aspectos de su competencia que se ejecutan a través de las Delegaciones de la Superintendencia de Servicios de Salud en el interior.

GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS

Responsabilidad Primaria

Asistir a la Superintendencia en los aspectos jurídicos de su gestión, ejercer la representación jurídica del organismo y efectuar el control de legitimidad y legalidad de los actos administrativos.

Acciones:

1. Realizar el control de legalidad y el análisis jurídico previo de todos los actos administrativos emanados de la Superintendencia de Servicios de Salud.

2. Prestar asesoramiento jurídico al Superintendente y a las dependencias del organismo que lo requieran.

3. Participar en la elaboración de los anteproyectos de leyes, decretos y reglamentos que presente la Superintendencia de Servicios de Salud.

4. Organizar, supervisar y ejercer la representación y patriocinio letrado en todos los juicios en los que la Superintendencia de Servicios de Salud sea parte.

5. Administrar los registros y subregistros de los agentes del Seguro de Salud, de los operadores y de los beneficiarios del Sistema.

GERENCIA DE ADMINISTRACION

Responsabilidad Primaria

Ejecutar los sistemas administrativos y financieros del organismo y asegurar el correcto cumplimiento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Acciones:

1. Elaborar el presupuesto de la entidad comenzando por la formulación de las políticas presupuestarias para el ejercicio y, en base a ellas, fijar metas, planes y objetivos cualitativa y cuantitativamente.

2. Planificar la ejecución de gastos y recursos para la administración de capitales de trabajo.

3. Realizar el análisis físico y financiero de las metas y objetivos programados en el momento de la formulación y su grado de cumplimiento, permitiendo de este modo conocer el grado de eficiencia y eficacia de la organización.

4. Realizar el manejo financiero del organismo y efectuar el control de la recaudación del Fondo Solidario de Redistribución.

5. Analizar los circuitos de recaudación correspondientes al organismo, los circuitos de gastos, la elaboración de propuestas que permitan monitoriarlos.

6. Programar la actividad financiera de la Superintendencia de Servicios de Salud.

7. Satisfacer las demandas de insumos requeridas por las distintas áreas de la Superintendencia de Servicios de Salud para el cumplimiento de sus objetivos.

8. Elaborar el plan anual de compras del organismo.

9. Registrar y administrar los bienes asignados a la Superintendencia de Servicios de Salud.

10. Registrar contablemente y presupuestariamente todos los hechos económicos y financieros de la Superintendencia de Servicios de Salud.

11. Elaborar la Memoria Organizativa y los Estados Contables de la Institución.

12. Informar y gestionar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos los débitos automáticos por deudas de las Obras Sociales con el Hospital Público de Gestión Descentralizada y con Agentes del Seguro de Salud que poseen servicios propios.

13. Coordinar los servicios generales y de mantenimiento del organismo.

14. Administrar y ejecutar los fondos provenientes de convenios internacionales.

SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

Responsabilidad Primaria

Asegurar una correcta administración de los recursos humanos bajo la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación, las relaciones laborales y el servicio de medicina del trabajo. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional y desarrollar los directorios de competencias.

Acciones

1. Desarrollar los directorios de competencias y de puestos y mantenerlos actualizados.

2. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación del desempeño y de potencial.

3. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración de personal.

4. Coordinar la prestación del servicio médico del organismo.

5. Identificar necesidades, diseñar e implementar los cursos de capacitación.

6. Custodiar y mantener actualizados los legajos únicos del personal y las bases de datos correspondientes.

7. Realizar el análisis de procesos, el planeamiento y diseño organizacional del Organismo.

SUBGERENCIA DE INFORMATICA

Responsabilidad Primaria

Administrar la prestación de los servicios informáticos y de comunicaciones de voz y datos en todo el ámbito de la Superintendencia de Servicios de Salud.

Acciones:

1. Asegurar que la visión tecnológica del área se alinee con la visión estratégica de la Superintendencia.

2. Coordinar e implantar el Plan de Sistemas.

3. Satisfacer los requerimientos de los clientes internos a través del desarrollo y/o mantenimiento de sistemas informáticos con las necesidades de la Superintendencia.

4. Asegurar la adecuación permanente entre la demanda de soluciones tecnológicas y su oferta en el mercado informático.

5. Proponer servicios de comunicaciones de voz, datos e imágenes, utilizando las tecnologías más apropiadas para el cumplimiento de los niveles requeridos por las áreas usuarias.

6. Asegurar la definición y el cumplimiento de los estándares de seguridad lógica en el ámbito de la red informática de la Superintendencia y de seguridad física en el área de Informática.

7. Asesorar a las autoridades del organismo en todos aquellos aspectos referentes a la utilización de las tecnologías de información.

8. Proponer el diseño de los sistemas informáticos específicos del organismo.

9. Entender en la incorporación y mantenimiento del equipamiento informático y comunicacional.

10. Acordar en las entidades externas relacionadas con el funcionamiento de la organización, los medios necesarios para brindar, obtener y mantener actualizadas las bases de datos de la Superintendencia de Servicios de Salud.

SUBGERENCIA DE DELEGACIONES

Responsabilidad primaria

Supervisar el funcionamiento de las Delegaciones de la Superintendencia de Servicios de Salud en el interior.

Acciones:

1. Coordinar el funcionamiento de las Delegaciones de la Superintendencia en el interior.

2. Recibir las representaciones y reclamos que efectúen los beneficiarios, dentro del ámbito de su jurisdicción.

3. Recibir las presentaciones y reclamos que efectúen los Agentes del Seguro de Salud, dentro del ámbito de su jurisdicción.

4. Coordinar las auditorías que deba realizar la Superintendencia, dentro del ámbito de su jurisdicción.

5. Ejecutar las acciones que ordenen las gerencias de la Superintendencia, dentro del ámbito de su jurisdicción.

GERENCIA DE ARTICULACION DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA DE SALUD

SUBGERENCIA DE ARTICULACION DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA DE SALUD

Acciones:

1. Asistir al gerente en la sistematización y organización de las tareas tendientes a obtener la Unificación de los sistemas de salud.

2. Coordinar los procedimientos inherentes a satisfacer las metas propuestas por la gerencia.

3. Reunir y convocar a los actores de los distintos sistemas de salud con el objeto de unificar las propuestas y proyectos que serán elevados al Superintendente.

4. Reemplazar al gerente en caso de ausencia.

GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL

SUBGERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL

Acciones:

1. Proponer normas sustantivas y de procedimiento para el control de la gestión de los programas prestacionales de los Agentes del Seguro.

2. Ejecutar las acciones de capacitación de los Agentes del Seguro y de los prestadores para la elaboración de planes de salud y contratos.

3. Diseñar sistemas para el control de la información provista por los prestadores a los Agentes del Seguro relacionada con el uso de los servicios y con la morbimortalidad.

4. Asistir a la Gerencia en el control del cumplimiento de las Obras Sociales del pago de las prestaciones brindadas por los Hospitales de Autogestión.

5. Preparar y ejecutar la documentación necesaria para el funcionamiento y control de los registros y subregistros de los Agentes del Seguro, de los operadores y de los beneficiarios del Sistema de Salud.

6. Asistir a la Gerencia en la fiscalización del cumplimiento del Programa Médico Obligatorio y del Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica.

7. Reemplazar al Gerente en caso de ausencia.

GERENCIA DE CONTROL ECONOMICO-FINANCIERO

SUBGERENCIA DE CONTROL ECONOMICO-FINANCIERO

Acciones:

1. Elaborar documentación a ser requerida a los Agentes del Seguro a efectos de obtener información respecto de su desempeño económico-financiero.

2. Coordinar la capacitación y brindar asistencia técnica de los Agentes del Seguro en relación al mejoramiento de su gestión económico-financiera, a las modalidades y cumplimiento de la información que se reclama desde la Superintendencia de Servicios de Salud.

3. Coordinar la evaluación de los presupuestos de gastos y recursos, estados contables, estados intermedios, cuadros anexos y notas y las relaciones económicas financieras a ser cumplidas por los Agentes del Seguro.

4. Coordinar la ejecución de las auditorías conforme el Plan aprobado, así como las auditorías no programadas.

5. Desarrollar propuestas de funcionamiento y actividades de la Sindicatura y Coordinar la gestión administrativa del Comité de Sindicaturas.

6. Coordinar la ejecución del Plan de Fiscalización de los Agentes del Seguro de Salud y otros responsables en relación a sus obligaciones respecto del Fondo Solidario de Redistribución en lo atinente a cotizaciones voluntarias y recursos de distinta naturaleza.

7. Iniciar las acciones correctivas y sancionatorias ante la existencia de desvíos y/o incumplimientos en que incurran los Agentes del Seguro.

8. Reemplazar al Gerente en caso de ausencia.

GERENCIA DE SERVICIOS AL BENEFICIARIO

SUBGERENCIA DE SERVICIOS AL BENEFICIARIO

Acciones:

1. Planificar y supervisar la ejecución de estudios de niveles de satisfacción del beneficiario.

2. Elaborar documentación de base para la propuesta de normas sustantivas y de procedimiento para el control de los agentes del sistema relacionadas con publicidad, comercialización de servicios y competencias desleal entre agentes y prestadores.

3. Organizar y supervisar la atención al beneficiario sea telefónica y/o personal.

4. Organizar y supervisar el tratamiento de la información relativa a la opción de cambio de Obra Social.

5. Planificar y ejecutar actividades de capacitación técnica, extensión y divulgación para los diferentes actores del sistema.

6. Reemplazar al Gerente en caso de ausencia.

GERENCIA DE GESTION ESTRATEGICA

SUBGERENCIA DE GESTION ESTRATEGICA

Acciones:

1. Reunir los requerimientos de información del sistema y compatibilizar las propuestas efectuadas por otras áreas del organismo dentro del marco estratégico de referencia.

2. Integrar y analizar la información global para la producción de investigaciones estratégicas sobre el funcionamiento del sistema.

3. Proyectar la normativa y compatibilizar las propuestas efectuadas por otras áreas del organismo dentro marco estratégico de referencia, evaluando y proyectando las normas que hagan al funcionamiento y/o mejoramiento del sistema.

4. Desarrollar sistemas metodológicos evaluativos de diagnóstico y de proyección de escenarios alternativos que apunten al funcionamiento, organización y evaluación tanto a nivel global como de cada uno de sus componentes.

5. Reemplazar al Gerente en caso de ausencia.

GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS

SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS

Acciones:

1. Asistir al Gerente de Asuntos Jurídicos en el ejercicio de la representación jurídica del organismo.

2. Coordinar las opiniones jurídicas de los profesionales del área de modo de tender a unificar los criterios en los trámites y actuaciones del organismo.

3. Llevar el Registro de Dictámenes y Providencias de la Gerencia y los fallos judiciales en los asuntos en lo que la Superintendencia sea parte.

4. Reemplazar al Gerente en caso de ausencia.

GERENCIA DE ADMINISTRACION

SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION

Acciones:

1. Asistir al Gerente de Administración en la ejecución y administración de los sistemas financieros.

2. Llevar la registración presupuestaria y general del organismo.

3. Reemplazar al Gerente en caso de ausencia.

4. Verificar la ejecución de las compras y contrataciones del Organismo.

5. Constatar la eficiente administración de los bienes asignados a la Superintendencia.

6. Elaborar la cuenta de cierre del Organismo.

7. Controlar la ejecución de los convenios de cooperación nacional e internacional.

8. Intervenir en los libramientos los pagos del organismo.

9. Efectuar la programación financiera correspondiente a la distribución del Subsidio Automático Normativo de Obras Sociales.

ANEXO III

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2º

PRESUPUESTO 2007

RECURSOS HUMANOS

JURISDICCION 80 – MINISTERIO DE SALUD

ENTIDAD: 914 SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD PROGRAMA:

ACTIVIDAD: 01-02

CARGO O CATEGORIA

CANTIDAD DE CARGOS

PERSONAL PERMANENTE

 

FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL

 

DEFENSOR DEL BENEFICIARIO

+1

GERENTE

+2

Subtotal Escalafón

+3

PERSONAL SINAPA – Decreto Nº 993/91

 

NIVEL A

+2

NIVEL D

-3

NIVEL E

-2

Subtotal Escalafón

-3

TOTAL PROGRAMA

0

 

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