DECRETO N° 154
Se derogan disposiciones sobre Organización de la Justicia.
Buenos Aires, 30 de setiembre de 1955
CONSIDERANDO: Que para la designación y remoción de magistrados judiciales, la Ley N° 13.998 ha establecido condiciones que aparecen en pugna con principios constitucionales,
El Presidente Provisional de la Nación Argentina,
Decreta:
Artículo 1°- Deróganse los artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la Ley N° 13.998.
Artículo 2° - Publíquese, comuníquese, anótese, y dése a la Dirección General del Registro Nacional.
LONARDI. Eduardo B. Busso.
Se derogan disposiciones sobre Organización de la Justicia.
Buenos Aires, 30 de setiembre de 1955
CONSIDERANDO: Que para la designación y remoción de magistrados judiciales, la Ley N° 13.998 ha establecido condiciones que aparecen en pugna con principios constitucionales,
El Presidente Provisional de la Nación Argentina,
Decreta:
Artículo 1°- Deróganse los artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la Ley N° 13.998.
Artículo 2° - Publíquese, comuníquese, anótese, y dése a la Dirección General del Registro Nacional.
LONARDI. Eduardo B. Busso.