MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 1515/2013
Designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones.
Bs. As., 3/10/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0023098/2011 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.784, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 7° de la Ley citada en el Visto establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1/13 se aprobó la distribución del presupuesto de gastos y recursos para el Ejercicio 2013.
Que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha realizado una evaluación integral de la composición de sus cargos vacantes y a fin de posibilitar la designación transitoria de diverso personal, solicita la adecuación de niveles escalafonarios vacantes de su Planta Permanente, efectuando las compensaciones necesarias en cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° de la Ley Nº 26.784.
Que asimismo, el artículo 10 de la Ley Nº 26.784 dispone que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por otra parte, mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.
Que resulta necesario proceder a la designación transitoria de diverso personal en la Planta de Personal Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.
Que los cargos asignados transitoriamente a dicho personal deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Que los agentes propuestos cuentan con la idoneidad necesaria para desarrollar las funciones que se les asignan y se destinarán a cubrir los cargos y funciones que en cada caso se detallan, los que se hallan vacantes.
Que asimismo resulta necesario exceptuar a los agentes involucrados en la presente medida, de los requisitos mínimos para el acceso a los niveles escalafonarios propuestos establecidos por el Título II, Capítulo III, artículo 14 del Anexo al Decreto Nº 2098/08.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura de los mencionados cargos.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 6°, 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y a tenor de lo establecido por el artículo 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —Recursos Humanos— para el Ejercicio 2013, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo y al solo efecto de posibilitar las designaciones que se aprueban en el artículo 2° de la presente medida.
Art. 2° — Desígnanse con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto a los agentes que se detallan en el Anexo I de la presente medida, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.
Art. 3° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente, asignadas a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.
DISTRIBUCION ADMINISTRATIVA DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —RECURSOS HUMANOS— PARA EL EJERCICIO 2013 - ACTIVIDAD 01.
JURISDICCION 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
ENTIDAD 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
PROGRAMA 16 CONTROL DE INGRESOS Y EGRESOS DE PERSONAS EN EL TERRITORIO NACIONAL
DISTRIBUCION ADMINISTRATIVA DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —RECURSOS HUMANOS— PARA EL EJERCICIO 2013 - ACTIVIDAD 01.
JURISDICCION 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
ENTIDAD 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
PROGRAMA 16 CONTROL DE INGRESOS Y EGRESOS DE PERSONAS EN EL TERRITORIO NACIONAL
Decreto 1515/2013
Designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones.
Bs. As., 3/10/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0023098/2011 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.784, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 7° de la Ley citada en el Visto establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1/13 se aprobó la distribución del presupuesto de gastos y recursos para el Ejercicio 2013.
Que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha realizado una evaluación integral de la composición de sus cargos vacantes y a fin de posibilitar la designación transitoria de diverso personal, solicita la adecuación de niveles escalafonarios vacantes de su Planta Permanente, efectuando las compensaciones necesarias en cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° de la Ley Nº 26.784.
Que asimismo, el artículo 10 de la Ley Nº 26.784 dispone que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por otra parte, mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.
Que resulta necesario proceder a la designación transitoria de diverso personal en la Planta de Personal Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.
Que los cargos asignados transitoriamente a dicho personal deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Que los agentes propuestos cuentan con la idoneidad necesaria para desarrollar las funciones que se les asignan y se destinarán a cubrir los cargos y funciones que en cada caso se detallan, los que se hallan vacantes.
Que asimismo resulta necesario exceptuar a los agentes involucrados en la presente medida, de los requisitos mínimos para el acceso a los niveles escalafonarios propuestos establecidos por el Título II, Capítulo III, artículo 14 del Anexo al Decreto Nº 2098/08.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura de los mencionados cargos.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 6°, 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y a tenor de lo establecido por el artículo 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —Recursos Humanos— para el Ejercicio 2013, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo y al solo efecto de posibilitar las designaciones que se aprueban en el artículo 2° de la presente medida.
Art. 2° — Desígnanse con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto a los agentes que se detallan en el Anexo I de la presente medida, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.
Art. 3° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente, asignadas a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°
DISTRIBUCION ADMINISTRATIVA DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —RECURSOS HUMANOS— PARA EL EJERCICIO 2013 - ACTIVIDAD 01.
JURISDICCION 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
ENTIDAD 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
PROGRAMA 16 CONTROL DE INGRESOS Y EGRESOS DE PERSONAS EN EL TERRITORIO NACIONAL
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE | |
CARGOS | HORAS DE CATEDRA | |
PERSONAL PERMANENTE | ||
PERSONAL DEL SINEP DECRETO Nº 2098/08 | ||
D | + 3 | |
Subtotal escalafón | + 3 | |
TOTAL ACTIVIDAD | + 3 |
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°
DISTRIBUCION ADMINISTRATIVA DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —RECURSOS HUMANOS— PARA EL EJERCICIO 2013 - ACTIVIDAD 01.
JURISDICCION 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
ENTIDAD 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
PROGRAMA 16 CONTROL DE INGRESOS Y EGRESOS DE PERSONAS EN EL TERRITORIO NACIONAL
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE | |
CARGOS | HORAS DE CATEDRA | |
PERSONAL PERMANENTE | ||
PERSONAL DEL SINEP DECRETO Nº 2098/08 | ||
C | - 3 | |
Subtotal escalafón | - 3 | |
TOTAL ACTIVIDAD | - 3 |
ANEXO I
APELLIDO | NOMBRES | DOCUMENTO N° | UNIDAD DE REVISTA | FUNCION | NIVEL | GRADO | |
BAREIRO | Angel Valentín | DNI | 32.621.651 | Delegación Iguazú | ASISTENTE ADMINISTRATIVO | D | 0 |
BURIG | Ronald Adrián | DNI | 32.180.101 | Delegación Iguazú | ASISTENTE ADMINISTRATIVO | D | 0 |
SANTACRUZ | Rubén Darío | DNI | 31.875.064 | Delegación Iguazú | ASISTENTE ADMINISTRATIVO | D | 0 |