Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO

Decreto 1426/2006

Ratifícase lo actuado por la ex Comisión Administrativa Ley Nº 12.737 del Comando de Ingenieros del Estado Mayor General del Ejército a través de la Resolución Nº 516/81 y apruébase la transferencia de una fracción de terreno en favor de la Dirección Provincial de Vialidad de la provincia de Mendoza, que fuera afectada a la construcción del acceso al Hospital 'L.C. Lagomaggiore'.

Bs. As., 11/10/2006

VISTO el expediente Letra UZ0 Nº 9007/98 del COMANDO DE INGENIEROS del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, lo propuesto por la señora Ministra de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme a las actuaciones expropiatorias realizadas por la DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD de la Provincia de MENDOZA, se afectó a la construcción del acceso al Hospital 'L. C. LAGOMAGGIORE' una fracción de terreno de CINCO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS (5.318,80 m².), que es parte de una mayor extensión de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO (ex COMANDO EN JEFE DEL EJERCITO, actual ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO).

Que, por acta de transferencia suscripta el 11 de marzo de 1982 entre el entonces Director del LICEO MILITAR 'GENERAL ESPEJO', en nombre y representación del ex COMANDO EN JEFE DEL EJERCITO (actual ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO), y el entonces Director-Presidente de la DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD, en nombre y representación de la Provincia de MENDOZA, se transfirió la fracción de terreno de CINCO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS (5.318,80 m².), según Plano Oficial Nº 671 de Mensura y Fraccionamiento, el que se designa como fracción 1 con frente a la Avenida BOULOGNE SUR MER de ese Departamento CAPITAL, Distrito CIUDAD, Sección VI.

Que, por Resolución Nº 141 del 10 de marzo de 1982, ratificada por la Resolución Nº 327 del 27 de marzo de 1982, se autorizó al entonces Director-Presidente de la DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD de la Provincia de MENDOZA a suscribir el acta de transferencia citada.

Que el precio de venta fue fijado por el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION, en su Tasación Especial Nº 4535 del 9 de octubre de 1981, en PESOS NOVECIENTOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL ($ 925.471.000,00).

Que la DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD de la Provincia de MENDOZA, por Resolución Nº 1370 del 9 de noviembre de 1981, aceptó abonar la suma establecida.

Que la ex COMISION ADMINISTRATIVA LEY Nº 12.737 del COMANDO DE INGENIEROS, mediante Resolución Nº 516 (Acta Nº 1677) del 17 de diciembre de 1981, autorizó al Comandante de Ingenieros y al Director del LICEO MILITAR 'GENERAL ESPEJO' a suscribir, en forma conjunta o alternativa, la documentación respectiva de transferencia y a otorgar la posesión definitiva del bien a la DIRECCION DE VIALIDAD de la Provincia de MENDOZA, habiendo tomado intervención el ex TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA NACION mediante el Informe Nº 2112 del 24 de diciembre de 1981.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1), de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y del artículo 5º (párrafo segundo) de la Ley Nº 23.985.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Ratifícase lo actuado por la ex COMISION ADMINISTRATIVA LEY Nº 12.737 del COMANDO DE INGENIEROS del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO a través de la Resolución Nº 516 (Acta Nº 1677) del 17 de diciembre de 1981, cuya fotocopia autenticada se agrega como Anexo I, y apruébase la transferencia instrumentada mediante el Acta de CUATRO (4) cláusulas, cuya fotocopia autenticada se agrega como Anexo II, que forma parte integrante del presente Decreto, suscripta el 11 de marzo de 1982 por el entonces Director del LICEO MILITAR 'GENERAL ESPEJO', Coronel D. Nemesio SCHROH, en nombre y representación del ex COMANDO EN JEFE DEL EJERCITO (actual ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO), y por el entonces Director-Presidente de la DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD de la Provincia de MENDOZA, Ingeniero D. Luis Alberto ARIZA, en nombre y representación de la Provincia de MENDOZA, por la cual el ESTADO NACIONAL ARGENTINO (ex COMANDO EN JEFE DEL EJERCITO, actual ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO) transfiere a aquélla una franja de terreno que es parte de una mayor extensión ocupada por el mencionado Liceo Militar, ubicada en la Provincia de MENDOZA, Departamento CAPITAL, Distrito CIUDAD, Sección VI, con frente a la Avenida BOULOGNE SUR MER, y que, según Plano Oficial Nº 671 de Mensura y Fraccionamiento, se designa como fracción 1, con una superficie de CINCO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS (5.318,80 m².), individualizada en el testimonio de Escritura Nº 20 de transferencia de dominio según convenio celebrado entre el ESTADO NACIONAL ARGENTINO (EJERCITO ARGENTINO) y la Provincia de MENDOZA el 14 de abril de 1981. El terreno fue inscripto por ante el REGISTRO DE LA PROPIEDAD de la citada Provincia, el 29 de abril de 1981, como asiento A-1, matrícula 36452/1, folio real de CIUDAD, conforme al Plano Oficial Nº 671 de Mensura y Fraccionamiento, tramitado por expediente Letra OS-7-D Nº 156/81, registrado en la DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD de la Provincia de MENDOZA, DEPARTAMENTO CATASTRO VIAL, bajo el Nº 248. El predio tiene los siguientes ángulos, medidas y límites: partiendo del punto 'G', con un ángulo interno de NOVENTA Y CUATRO GRADOS CERO NUEVE MINUTOS CINCUENTA SEGUNDOS (94º 09’ 50'), con una distancia de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS DIECINUEVE CENTIMETROS (447,19 m.), se llega al punto 'A' con una orientación Noreste; desde este punto, con un ángulo interno de OCHENTA Y CINCO GRADOS TREINTA Y UN MINUTOS CINCUENTA SEGUNDOS (85º 31’ 50'), en dirección Sureste y a una distancia de VEINTIDOS METROS CINCUENTA CENTIMETROS (22,50 m.), se llega al punto '1'; desde este punto, con un ángulo interno de CUARENTA Y UN GRADOS CERO CUATRO MINUTOS VEINTE SEGUNDOS (41º 04’ 20'), en dirección Noroeste y a una distancia de SEIS METROS CERO CENTIMETROS (6,00 m.), se llega al punto '2'; desde este punto, con un ángulo interno de DOSCIENTOS VEINTIOCHO GRADOS CINCUENTA Y TRES MINUTOS VEINTINUEVE SEGUNDOS (228º 53’ 29'), en dirección Suroeste y a una distancia de CIENTO UN METROS CINCUENTA Y OCHO CENTIMETROS (101,58 m.), se llega al punto '3'; desde este punto, con un ángulo interno de NOVENTA Y NUEVE GRADOS VEINTE MINUTOS CUARENTA SEGUNDOS (99º 20’ 40'), con orientación Noroeste y a una distancia de DOS METROS CERO CENTIMETROS (2,00 m.) se llega al punto '4'; desde este punto, con un ángulo interno de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES GRADOS CERO TRES MINUTOS TREINTA Y DOS SEGUNDOS (263º 03’ 32'), con dirección Suroeste y a una distancia de CUARENTA Y TRES METROS CERO CENTIMETROS (43,00 m.), se llega al punto '5'; desde este punto, con un ángulo interno de CIENTO OCHENTA GRADOS CUARENTA Y OCHO MINUTOS CERO TRES SEGUNDOS (180º 48’ 03'), con dirección Suroeste y a una distancia de SESENTA METROS CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS (60,46 m.), se llega al punto '6'; desde este punto, con un ángulo interno de CIENTO OCHENTA Y CUATRO GRADOS VEINTIUN MINUTOS TREINTA Y NUEVE SEGUNDOS (184º 21’ 39'), con dirección Suroeste y a una distancia de CIENTO NOVENTA Y DOS METROS OCHENTA Y UN CENTIMETROS (192,81 m.), se llega al punto '7'; desde este punto, con un ángulo interno de DOSCIENTOS OCHO GRADOS CERO MINUTOS TREINTA Y CUATRO SEGUNDOS (208º 00’ 34'), con dirección Suroeste y a una distancia de CINCUENTA Y CINCO METROS SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS (55,64 m.), se llega al punto '8'; desde este punto, con un ángulo interno de CINCUENTA Y CUATRO GRADOS CUARENTA Y SEIS MINUTOS CERO TRES SEGUNDOS (54º 46’ 03'), con orientación Noroeste y a una distancia de CUARENTA Y TRES METROS OCHENTA Y TRES CENTIMETROS (43,83 m.), se llega nuevamente al punto 'G', cerrando el polígono con una superficie de CINCO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS (5.318,80 m².).

Art. 2º — Desígnase al Comandante de Ingenieros y al Director del LICEO MILITAR 'GENERAL ESPEJO' para que, en nombre y representación del ESTADO NACIONAL ARGENTINO (ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO), en forma conjunta o separada, firmen la respectiva escritura traslativa de dominio ante la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Nilda Garré. — Felisa Miceli.

ANEXO I

Ejército Argentino

 

Resolución 516/1981

 

L E 0

1016/22.

 

L E I

4003/16.

C. E. Letra

I D 1

Nº 107/19/23.

TRANSFERENCIA de una franja de terreno, que es parte de mayor extensión de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO asignada al COMANDO EN JEFE DEL EJERCITO y ocupada por el LICEO MILITAR 'GENERAL ESPEJO'.

VISTO:

Lo informado por el Dpto. Bienes Raíces a fojas 36/37 y por Dpto. Finanzas a fojas 38 y considerando:

- Que la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD de la Provincia de MENDOZA, solicitó la transferencia de una franja de terreno para destinarla a acceso al Hospital 'J. C. LAGOMAGGIORE';

- Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION fijó el valor que se ha de percibir por dicha fracción de terreno;

- Que la DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD por Resolución Nro. 1370 del 09 Nov 81 acepta abonar la suma establecida;

- Que en consecuencia corresponde se autorice la firma de la documentación respectiva de transferencia del bien;

- Que el monto a percibir se afecte a las mejoras a ejecutar en el LICEO MILITAR 'GENERAL ESPEJO';

- Por ello, la COMISION ADMINISTRATIVA

RESUELVE:

1ro. Autorizar 'Ad Referéndum' del Poder Ejecutivo, al Señor COMANDANTE DE INGENIEROS y Director del LICEO MILITAR 'GENERAL ESPEJO' para que en nombre y representación del COMANDO EN JEFE DEL EJERCITO, actuando en forma conjunta, separada o alternativamente firmen la documentación respectiva de transferencia de franja de terreno ubicada en la Provincia de MENDOZA, Departamento Capital, Distrito Ciudad, VI Sección, con frente a la Avenida BOULOGNE SUR MER, lo que según plano oficial Nro 671 de mensura y fraccionamiento se la designa como Fracción I, con una superficie de 5.318,80 M2 con las medidas, linderos y demás circunstancias que dicho plano expresa, perciban la suma convenida de NOVECIENTOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL PESOS ($ 925.471.000.-) y den posesión definitiva del bien a la DIRECCION DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA.

2do. Autorizar la tramitación del correspondiente proyecto de Decreto afectando el bien a transferir a la Ley Nro 12.737 (Artículo 8 bis) y con el producido de la transferencia precedente se efectúen por intermedio del COMANDO DE INGENIEROS y/o LICEO MILITAR 'GENERAL ESPEJO' las mejoras necesarias en lo que se afecte a dicho Liceo Militar con motivo de la transferencia en cuestión.

3ro. Por intermedio del Dpto. Bienes Raíces se formulará la documentación necesaria para legalizar la transferencia efectuada.

4to. Por intermedio del Dpto. Finanzas se acreditará el ingreso a percibir destinado a percibir las mejoras a efectuar en el LICEO MILITAR 'GENERAL ESPEJO'.

INTERVENCION TCN NRO 2112/81

APROBADO en la reunión del (ACTA Nro 1677)

ANEXO II

Dirección Provincial de Vialidad Mendoza

ACTA DE TRANSFERENCIA

En la Ciudad de Mendoza, Provincia del mismo nombre, a los once (11) días, del mes de marzo del año 1982, entre el Liceo Militar 'GENERAL ESPEJO', representado en este acto por su Director, Cnel. D. NEMESIO SCHROH, en nombre y representación del Comando en Jefe del Ejército, por una parte en adelante llamado al cedente y por la otra, la Dirección Provincial de Vialidad, en nombre y representación de la Provincia de MENDOZA, según lo dispuesto en la Resolución Nº 1370, Expediente 05-7-156-D-81, de la citada Dirección Provincial, representada por su Director-Presidente, Ing. LUIS ALBERTO ARIZA, en adelante llamado el cesionario y de acuerdo con lo actuado en Expedientes: LEO 1016/22, LEI 4003/16 ó IDI 1007/ 19/23, se acuerda en celebrar la presente acta de transferencia 'ad-referéndum' del Poder Ejecutivo Nacional y sujeta a las siguientes cláusulas.

PRIMERA: El cedente transfiere a favor del cesionario la franja de terreno que es parte de la mayor extensión propiedad del Estado Nacional Argentino (Comando en Jefe del Ejército), ocupada por el referido Liceo Militar, ubicada en la Provincia de MENDOZA, Departamento CAPITAL, Distrito CIUDAD, Sección VI, con frente a la Av. BOULOGNE SUR MER y que según el Plano Oficial de Mensura y Fraccionamiento Nº 671, se la designa como Fracción I, con una superficie de CINCO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS (5.318,80 m2) encerrada dentro de los siguientes límites y medidas: Norte: Ca-

el cedente constituye domicilio legal y especial en la calle Boulogne Sur Mer 2136 y la cesionaria en la calle Montecaseros Nº 1399, ambas de la Ciudad de Mendoza.

BAJO las CUATRO (4) cláusulas que anteceden, las partes dan por formalizada la presente acta de transferencia, firmándose en prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, en 5 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha consignados al comienzo.

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