Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


MINISTERIO DEL INTERIOR

Decreto 1410/96

Apruébase la estructura organizativa del citado Departamento de Estado.

Bs. As., 3/12/96

VISTO los Decretos Nº 558 del 24 de mayo de 1996, 660 del 24 de junio de 1996, 483 de fecha 2 de mayo de 1996 y 9.329 del 11 de octubre de 1963, el Decreto-Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913) y las Leyes Nº 22.352, 22.354, 23.554, 24.059 y 24.629, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 24.629 se delegó al PODER EJECUTIVO NACIONAL facultades en materia de administración con el objeto de realizar, en su ámbito, la reorganización del Sector Público Nacional para lograr una mayor eficiencia y racionalización del mismo mediante la modificación, fusión, transferencia de organismos a las Provincias, previo acuerdo, y la supresión total o parcial de objetivos, competencias, funciones y responsabilidades superpuestas, duplicadas o cuyo mantenimiento se haya tornado innecesario en los términos y con los alcances contenidos en la precitada norma legal.

Que por los artículos 5º, 6º y 7º y Anexos I, II y III del Decreto Nº 660/96, se modificó la estructura del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que resulta necesario producir modificaciones en los Anexos I y II del Decreto antes mencionado en la parte correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, con el fin de adecuar el Organigrama y los Objetivos a las reales necesidades del citado Departamento de Estado.

Que razones de índole político-institucional aconsejan que las fuerzas Policiales y de Seguridad dependan orgánicamente del Ministerio del Interior.

Que el nuevo status jurídico de la Ciudad de Buenos Aires hace necesario adecuar el funcionamiento y las competencias de la COMISION NACIONAL DEL AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES que fuera creada por el Decreto Nº 2064 del 22 de diciembre de 1987.

Que el Decreto Nº 1696 del 23 de setiembre de 1994 en su artículo 5º dispuso la excepción de la entonces SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION A LA COMUNIDAD de lo establecido en el Título III, Capítulos I, II y III del Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T. O. 1995), respecto de la cobertura de vacantes de la estructura organizativa.

Que por el Decreto Nº 558/96 se estableció la obligación para cada Jurisdicción de presentar una propuesta de estructura organizativa y distribución de las plantas de personal hasta el nivel de Dirección Nacional, General o equivalentes o primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político.

Que el MINISTERIO DEL INTERIOR ha elaborado una propuesta de modificación de su estructura organizativa de acuerdo con los lineamientos del Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994 y la Resolución de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA Nº 422 del 13 de setiembre de 1994, en atención a necesidades operativas y de ordenamiento de competencias.

Que el INSTITUTO FEDERAL DE ASUNTOS MUNICIPALES ha venido cumpliendo con los objetivos para los que fuera creado, como organismo centralizado del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que razones operativas e institucionales ameritan transformar a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES en organismo descentralizado dependiente de la SUBSECRETARIA DE POBLACION del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que resulta conveniente crear un órgano de asesoramiento para la coordinación de las actividades operativas de las Fuerzas de Seguridad y Policiales dependientes del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que mediante el Decreto Nº 483/96 se dispuso la disolución de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FRONTERAS, y la reasignación en los organismos que resulten competentes en razón de la materia, de las funciones de Superintendencia atribuidas a la misma por el Decreto 'S' Nº 2563/79, sus modificatorios y complementarios.

Que por lo expuesto, resulta necesario determinar el área del MINISTERIO DEL INTERIOR que tomará a su cargo las funciones de la ex-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FRONTERAS.

Que por el Decreto Nº 660/96, se dispuso la transferencia a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR de la DIRECCION NACIONAL DE DEFENSA CIVIL del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que en virtud de la transferencia mencionada, resulta necesario adecuar los objetivos asignados a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR, en los aspectos relacionados con la Protección Civil, en concordancia con las funciones del organismo transferido y las disposiciones sobre la materia contenidas en la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior.

Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto por el artículo Nº 11 —inciso 2— del Decreto Nº 558/96, expidiéndose favorablemente.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 incisos 1º y 2º de la Constitución Nacional y del Capítulo II de la Ley Nº 24.629.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Modifícase el Anexo I del Decreto Nº 660/96 en la parte pertinente al MINISTERIO DEL INTERIOR, cuya conformación será la siguiente:

'MINISTERIO DEL INTERIOR

Secretaría del Interior

— Subsecretaría de Asuntos Institucionales

— Subsecretaría de Asistencia a las Provincias

— Subsecretaría para la Reforma Política

— Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad

— Subsecretaría de Población

— Subsecretaría de Derechos Humanos y Sociales

Secretaría de Seguridad Interior

— Subsecretaría de Coordinación de Programas de Seguridad Interior

Subsecretaría de Administración

Subsecretaría de Coordinación Técnica

Subsecretaría de Gestión de Programas

Policía Federal Argentina

Gendarmería Nacional

Prefectura Naval Argentina'

Art. 2º — Modifícase el Anexo II del Decreto Nº 660/96 en la parte correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo con el Anexo al presente artículo.

Art. 3º — Modifícase el artículo 6º del Decreto Nº 660/96 y reemplázase su texto por:

'Transfórmase en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION en SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION y en SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA.'

Art. 4º — Transfiérense al MINISTERIO DEL INTERIOR los cargos de Planta Permanente incluidos en la Planilla Anexa al presente artículo, de acuerdo con el siguiente detalle: CIENTO VEINTIUN (121) cargos de la ex-SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION A LA COMUNIDAD; VEINTICUATRO (24) cargos provenientes de la COMISION NACIONAL PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA REGION PATAGONICA y TREINTA Y DOS (32) cargos de la DIRECCION NACIONAL DE DEFENSA CIVIL. El personal transferido mantendrá sus respectivos niveles y grados de revista vigentes a la fecha del presente Decreto. La medida incluye los cargos ocupados del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.

Art. 5º — Apruébase la estructura organizativa del MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo al Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones y Cargos Planta Permanente, Planta No Permanente y Dotación Global los que, como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If, Ig, Ih, Ii, Ij, Ik, Il, II y IIIa, IIIb y IIIc forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 6º — Elimínase al INSTITUTO FEDERAL DE ASUNTOS MUNICIPALES del listado del Anexo III del Decreto Nº 660/96 como Organismo Descentralizado del aludido Departamento de Estado.

Art. 7º — Transfórmase en organismo Descentralizado a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE POBLACION del MINISTERIO DEL INTERIOR, e incorpórase la misma en el Anexo III del Decreto Nº 660/96.

Art. 8º — Disuélvese la COMISION NACIONAL DEL AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES. El MINISTERIO DEL INTERIOR queda facultado para producir, en el plazo de TREINTA (30) días corridos, una propuesta que contemple el nuevo status jurídico de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 9º — Exceptúase a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR de lo establecido en el Título III, Capítulos I, II y III del Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995) por un plazo de NOVENTA (90) días corridos a partir del presente decreto, respecto de la cobertura de vacantes existentes en su estructura organizativa.

Art. 10. — Transfiérese de la ex-SECRETARIA DE ASISTENCIA PARA LA REFORMA ECONOMICA PROVINCIAL a la SECRETARIA DEL INTERIOR, la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL del Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas, creada por Decreto Nº 202 de fecha 30 de enero de 1991, modificado por el Decreto Nº 1732 del 18 de setiembre de 1992. El Secretario del Interior ejercerá la Dirección Nacional del Programa.

Art. 11. — Transfiérense de la ex-SECRETARIA DE ASISTENCIA PARA LA REFORMA ECONOMICA PROVINCIAL a la SECRETARIA DEL INTERIOR, las funciones establecidas por los Decretos Nº 678 del 7 de abril de 1993, 1.778 del 24 de agosto de 1993, 1499 del 23 de agosto de 1994, 355 del 13 de marzo de 1995 y 807 del 21 de noviembre de 1995 y por la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 729 del 30 de marzo de 1995.

Art. 12. — Transfiérese a la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES 'PROGRAMA ARRAIGO', el personal proveniente del MINISTERIO DEL INTERIOR cuyo detalle obra en el Anexo al presente artículo.

El personal transferido mantendrá sus respectivos niveles y grados de revista vigentes a la fecha de la presente medida.

Art. 13. — Transfiérese a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, el personal proveniente del MINISTERIO DEL INTERIOR —Administración Centralizada—, cuyo detalle obra en el Anexo al presente artículo.

El personal transferido mantendrá sus respectivos niveles y grados de revista vigentes a la fecha de la presente medida.

Art. 14. — Transfiérese al MINISTERIO DE JUSTICIA y al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, respectivamente, el personal proveniente del MINISTERIO DEL INTERIOR —Administración Centralizada—, cuyo detalle obra en el Anexo al presente artículo.

El personal transferido mantendrá sus respectivos niveles y grados de revista vigentes a la fecha de la presente medida.

Art. 15. — Créase en el ámbito del MINISTERIO EL INTERIOR, dependiendo de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR, el CONSEJO ASESOR DE SEGURIDAD. El mencionado Consejo será presidido por el Secretario de Seguridad Interior y estará integrado por el Subsecretario De Coordinación de Programas de Seguridad Interior, los Jefes de Planeamiento y Operaciones de la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina, los Directores de la mencionada Secretaría y los funcionarios que designe el MINISTERIO DEL INTERIOR.

El Secretario de Seguridad Interior podrá designar, como Coordinador ad-honorem del Consejo Asesor de Seguridad, a un funcionario con jerarquía no inferior a Director Nacional.

El Ministro del Interior deberá reglamentar el funcionamiento del referido Consejo en el término de NOVENTA (90) días corridos a partir de la fecha del presente Decreto.

Art. 16. — Sustitúyese el Artículo 1º del Anexo I: 'Reglamentación de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad' previsto en el Decreto Nº 9329/63, por el siguiente:

'ARTICULO 1º: La COMISION NACIONAL DE ZONAS DE SEGURIDAD, creada por Decreto-Ley Nº 15.385/44 (Ley Nº 12.913), es transferida al ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR y se integrará de la siguiente forma:

Presidente: Secretario de Seguridad Interior del MINISTERIO DEL INTERIOR; quien la representa.

Vocales Permanentes: Director Nacional de Seguridad Interior de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR; Subsecretario de Coordinación y Relaciones Institucionales del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO; Jefe de Operaciones e Inteligencia del ESTADO MAYOR CONJUNTO de las FUERZAS ARMADAS; Director Nacional de Gendarmería; Prefecto Nacional Naval; Director Nacional de Policía Aeronáutica y Director de Tránsito Aéreo del COMANDO DE REGIONES AEREAS del ESTADO MAYOR GENERAL de la FUERZA AEREA.

Vocales no Permanentes: Gobernadores de Provincias; Secretario de Inteligencia de Estado; Jefe de la Policía Federal Argentina; Administrador Nacional de Aduanas; Director Nacional de Migraciones y Jefe de Gabinete de Asesores del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Estos vocales serán convocados, con voz y voto, únicamente cuando se traten temas que tengan vinculación con las competencias asignadas a sus respectivas jurisdicciones'.

Art. 17. — Facúltase al Presidente de la COMISION NACIONAL DE ZONAS DE SEGURIDAD, en cumplimiento de las competencias legalmente asignadas, a ordenar y sistematizar las normas que regulan el ejercicio de la Policía de Radicación.

Art. 18. — Incorpórase en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR el régimen jurídico administrativo de los Centros de Frontera, establecido en la Ley Nº 22.352 y su Decreto Reglamentario Nº 1.012 del 18 de agosto de 1981.

El Secretario de Seguridad Interior o el funcionario que lo reemplace en su ausencia, asumirá las funciones y responsabilidades asignadas en dicha norma.

Art. 19. — El Presidente de la COMISION NACIONAL DE ZONAS DE SEGURIDAD, en su carácter de Coordinador General Intersectorial de las actividades comunes a cumplir por los organismos nacionales, provinciales y municipales en los pasos de frontera habilitados, se encuentra facultado a delegar en los titulares de la GENDARMERIA NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, en sus respectivas jurisdicciones, las funciones de coordinación en los pasos de frontera establecidas por el Decreto Nº 2086/77.

Art. 20. — Facúltase al Coordinador General Intersectorial de la COMISION NACIONAL DE ZONAS DE SEGURIDAD a dictar e implementar las normas que orienten las funciones del Coordinador Zonal Intersectorial en los pasos de frontera. Hasta el momento en que se concreten las mismas, la coordinación de las zonas se ejecutará cumpliendo las directivas impartidas por la ex-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FRONTERAS.

Art. 21. — La GENDARMERIA NACIONAL y la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA tendrán a su cargo y responsabilidad el mantenimiento y funcionamiento de los pasos de frontera, habilitándose a tal efecto un programa específico en las partidas presupuestarias de ambas instituciones para solventar dichos gastos.

Art. 22. — Transfiérese el Complejo Terminal de Cargas (COTECAR) del Centro de Fronteras de Paso de los Libres al ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, quedando la administración e inmediata privatización del mismo a cargo de una Comisión que será designada por el Ministro del Interior.

El pliego a elaborar para la concesión de estos servicios, deberá preveer como condición de adjudicación:

a) La percepción de un canon conveniente.

b) Una inversión que mejore las instalaciones del complejo.

c) La incorporación, por parte del concesionario, del personal de la Planta Transitoria de la ex-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FRONTERAS.

Art. 23. — La SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR colaborará con el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en la aplicación de la Ley Nº 18.575 de Promoción del Desarrollo Socioeconómico y Cultural en las Zonas de Frontera.

Art. 24. — Derógase el Decreto Nº 497 del 8 de abril de 1994.

Art. 25. — Disuélvese la DIRECCION NACIONAL DE DEFENSA CIVIL, incorporándose su personal, bienes y útiles a las Direcciones pertinentes de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR.

Art. 26. — En el plazo de TREINTA (30) días a partir del presente decreto, el MINISTERIO DEL INTERIOR deberá presentar la propuesta de estructura organizativa de las aperturas inferiores a las que se aprueban en el presente, en concordancia con lo establecido por el Decreto Nº 1545/94, reglamentado por la Resolución SFP Nº 422/94. Hasta tanto se aprueben, quedarán vigentes las unidades existentes con la asignación de los respectivos cargos con funciones ejecutivas.

Art. 27. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Carlos V. Corach.

ANEXO II

OBJETIVOS:

INSTITUTO FEDERAL DE ASUNTOS MUNICIPALES

Promover la reforma política en las administraciones locales con el fin de mejorar los sistemas de representación, la eficiencia y transparencia de la gestión y la participación comunitaria.

Propiciar y colaborar en el mejoramiento de la capacidad de gestión de los gobiernos municipales por medio de la asistencia técnica para la modernización de los sistemas administrativos y para la optimización de la capacidad de gerencia de políticas públicas.

Elaborar y proponer medios tendientes a la formulación y ejecución de políticas de descentralización.

Respaldar los esfuerzos orientados a la mejora de la calidad de los servicios comunitarios y al desarrollo económico-social.

Colaborar con los estados provinciales en la elaboración de regímenes de coparticipación municipal que privilegien la eficacia de gestión y la calidad de los servicios prestados.

Colaborar con el fortalecimiento de la administración y la eficiencia de los sistemas de recaudación tributaria.

Organizar un sistema de atención a municipios y comunas que les permita el acceso a información relativa a transferencias coparticipables Nación-Provincias.

Actuar como organismo de coordinación para la optimización de la cooperación internacional dirigida a municipios y comunas.

Promover la implementación y el desarrollo de sistemas de control de la gestión municipal y de los servicios públicos por la comunidad.

Impulsar la realización de acuerdos múltiples entre instituciones municipales para la elaboración de estrategias y la solución de problemáticas regionales o de interés común.

CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL

Intervenir en la concesión o denegación de los retiros, jubilaciones y/o pensiones, en cumplimiento de la política previsional establecida por la Ley de su creación, atendiendo la forma y medios para el pago de los beneficios de pasividades y otros, coordinando las acciones necesarias para evitar que continúen en el goce de un beneficio aquellas personas que hubieren perdido el derecho a percibirlo.

Designar y remover al personal y administrar el estado económico financiero y administrativo de la Institución, fiscalizando su patrimonio y la recaudación e inversión de fondos, promoviendo los anteproyectos de presupuestos anuales para pasividades y administrativos.

Promover las acciones legales que considere necesarias y programar las compras de títulos a que se refiere la Ley de su creación, decidiendo sobre la oportunidad y conveniencia de su enajenación y resolver los casos no previstos por el presente pero que emerjan de la Ley y reglamentos.

Ejercer en forma integral o selectiva el control de calidad, funcionamiento y seguridad de la gestión de todas las áreas de la Caja a fin de constatar el estado administrativo, jurídico y financiero de las mismas.

SUBSECRETARIA DE POBLACION

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

Fiscalizar el cumplimiento de las normas migratorias e intervenir en la ejecución de las políticas, planes y proyectos para efectivizar el control migratorio.

Dictar normas interpretativas de la legislación migratoria vigente, establecer los procedimientos inherentes a su aplicación y sancionar las infracciones a dichas normas.

Intervenir en la celebración de acuerdos administrativos u operativos con organismos extranjeros e internacionales de población y migración, como así también promover y participar en la concertación de tratados sobre estas cuestiones.

Resolver la admisión de extranjeros e intervenir en las peticiones de asilo político territorial y de refugio que aquellos formulen.

Controlar el ingreso y egreso de personas al país, habilitar los lugares para tales efectos y controlar la permanencia de los extranjeros en el Territorio Nacional.

Ejercer las actividades inherentes a los registros de ingreso y egreso de personas y de permanencia de extranjeros, así como también, intervenir en la celebración y coordinación de convenios pertinentes con organismos y autoridades nacionales, provinciales y municipales.

Delegar funciones y facultades en las instituciones que cumplan tareas de Policía Migratoria Auxiliar.

Administrar los fondos provenientes de la Tesorería General y los recursos de afectación específica conforme lo establecido en el Artículo 111 de la Ley Nº 22.439.

Asumir la representación en juicio, por sí o por apoderado, como demandante o como demandado y celebrar arreglos judiciales o extrajudiciales.

Elaborar anualmente el presupuesto de gastos y cálculos de recursos del organismo y el Plan Anual de Inversión, y sus posteriores ejecuciones.

Celebrar convenios de locación de bienes muebles o inmuebles; aceptar donaciones, celebrar contratos para la adquisición de materiales y ejecución de obras, de acuerdo con los sistemas establecidos por la normativa vigente en la materia.

Administrar los bienes e instalaciones pertenecientes al organismo. Proponer al Poder Ejecutivo Nacional las tasas para el cobro de los servicios que preste el organismo, y sus correspondientes modificaciones.

Designar, promover, contratar, suspender, remover o adscribir al personal de acuerdo a las normas legales vigentes.

Administrar las actividades vinculadas a la gestión de los recursos humanos, materiales, informáticos, de infraestructura y financieros, asignados a la Dirección Nacional.

Proceder en la organización, contralor, registración y ejecución de los actos administrativos vinculados con la gestión operativa —administrativa, financiera, patrimonial y de recursos humanos—, requerida para el funcionamiento del organismo.

Proponer al funcionamiento que lo reemplace en caso de ausencia o imposibilidad temporaria.

Resolver los sumarios administrativos instruidos en el organismo por razones administrativas o disciplinarias.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Coordinar el debido cumplimiento de las normas previstas en la Ley Nº 17.671 referida a la Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional.

Efectuar la inscripción e identificación de las personas de existencia visible que se domicilien en el territorio o jurisdiccional nacional, y de todos los argentinos, sea cual fuere el lugar donde se domiciliaren, llevando un registro permanentemente actualizado de los antecedentes de mayor importancia, desde su nacimiento y a través de las distintas etapas de su vida.

Expedir, en forma exclusiva, el Documento Nacional de Identidad.

Efectuar la clasificación y procesamiento de la información relacionada con el Potencial Humano Nacional con el fin de satisfacer ante el Gobierno Nacional, Organismos del Estado y Entes Particulares que lo requieran, las exigencias previstas en su Ley de creación.

Intervenir con los organismos competentes en la realización coordinada de las actividades estadísticas tendientes a asegurar el censo permanente de las personas.

SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES

INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO

Elaborar políticas nacionales y medidas concretas para combatir la discriminación, la xenofobia y el racismo, impulsando y llevando a cabo acciones con tal fin.

Actuar como organismo de aplicación de la Ley Nº 24.515, velando por su cumplimiento y la consecución de sus objetivos, a través del análisis de la realidad nacional en materia de discriminación, xenofobia y racismo, y la elaboración de informes y propuestas con respecto a dichos temas.

Difundir los principios normados por la Ley Nº 23.592, normas concordantes y complementarias, así como los resultados de los estudios que realice o promueva y las propuestas que formule.

Diseñar e impulsar campañas educativas tendientes a la valoración del pluralismo social y cultural, y a la eliminación de actitudes discriminatorias, xenofóbicas o racistas; participando en la ejecución de estas campañas.

Recopilar y mantener actualizada la información sobre el Derecho Internacional y extranjero en materia de discriminación, xenofobia y racismo, estudiar esos materiales y elaborar informes comparativos sobre los mismos.

Recibir y centralizar denuncias sobre conductas discriminatorias, xenofóbicas o racistas y llevar un registro de ellas.

Constituir un registro en el que se reunirán todos los documentos, pruebas y evidencias vinculadas con los objetivos del INADI.

Brindar un servicio de asesoramiento integral y gratuito para personas o grupos discriminados o víctimas de xenofobia o racismo.

Proporcionar patrocinio gratuito y a pedido de parte interesada, solicitar vistas de las actuaciones judiciales, o administrativas relativas a los temas de su competencia.

Proporcionar al Ministerio Público y a los tribunales judiciales asesoramiento técnico especializado en los asuntos relativos a la temática de su competencia.

Informar a la opinión pública sobre actitudes y conductas discriminatorias, xenofóbicas o racistas que pudieran manifestarse en cualquier ámbito de la vida nacional, especialmente en las áreas de educación, salud, acción social y empleo; provengan ellas de autoridades públicas o entidades o personas privadas.

Constatar —prima facie— la existencia en el territorio argentino de personas que, durante la Segunda Guerra Mundial o con posterioridad a ella, participaron en el exterminio de pueblos, o en la muerte de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad u opinión política; y cuando corresponda, efectuar las denuncias ante las autoridades competentes.

Promover e impulsar cuando existan suficientes evidencias y de acuerdo a lo previsto en el artículo 43 de la Constitución Nacional, las acciones judiciales y administrativas pertinentes con relación a las personas comprendidas en el punto anterior.

Establecer vínculos de colaboración con organismos nacionales o extranjeros, públicos o privados, que tengan similares objetivos a los asignados al presente Instituto.

Proponer, al organismo competente, la celebración de nuevos tratados sobre extradición.

Celebrar convenios con organismos y/o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, con el objeto de propender a dar cabal cumplimiento a los objetivos asignados a este Instituto.

MINISTERIO DEL INTERIOR

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Establecer y asegurar la aplicación de los sistemas de control interno basados en principios de economía, eficiencia y eficacia.

ACCIONES

1. Elaborar el plan anual y global de la Unidad de Auditoría Interna, conforme a las normas vigentes.

2. Producir información integral e integrada sobre la gestión de las distintas áreas del Ministerio, analizando el cumplimiento de las políticas y metas establecidas por la Autoridad Superior.

3. Asesorar a la Autoridad Superior sobre los sistemas y procedimientos que resulten convenientes aplicar o modificar en la organización, como asimismo efectuar recomendaciones respecto de los desvíos que se detecten.

4. Poner en conocimiento de la Autoridad Superior y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION los actos que hubiesen acarreado o se estimen puedan acarrear perjuicios para el patrimonio de la Jurisdicción.

5. Evaluar la precisión de la regularidad contable en las registraciones y las medidas de salvaguarda tomadas para el acceso restringido a los activos líquidos, fijos, documentación y registros.

6. Emitir informes periódicos sobre los controles de auditoría interna de revisión limitada especiales y financieros sobre la materia objeto de control.

7. Diagnosticar sobre el grado de confiabilidad de los sistemas de información analizados, tomando como base la existencia de disciplinas de control y controles contables básicos.

UNIDAD MINISTRO

DEPARTAMENTO APOYO ADMINISTRATIVO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Coordinar y supervisar las actividades administrativas de la Unidad Ministro.

ACCIONES:

1. Recibir, clasificar y presentar al Ministro del Interior las actuaciones, correspondencia y demás documentación que ingresen directamente a su despacho y dar traslado de las mismas a las áreas competentes cuando corresponda.

2. Ingresar toda la correspondencia recibida a una base de datos creada a tal efecto, con la finalidad de brindar una respuesta inmediata acerca del trámite seguido por la documentación.

3. Realizar el seguimiento y confeccionar informes sobre trámites de interés prioritario para el Ministro.

4. Supervisar el área de comunicaciones del Ministro del Interior.

DEPARTAMENTO CEREMONIAL Y AUDIENCIAS.

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Coordinar las actividades de ceremonial y protocolo del Ministro del Interior.

ACCIONES:

1. Programar y organizar las audiencias.

2. Coordinar los actos protocolares a que asista el Ministro o los Secretarios y Subsecretarios, en los casos en que éstos lo representen.

3. Asistir en el protocolo para los actos oficiales.

4. Participar en la programación y organización de los viajes del Ministro al interior del país.

DEPARTAMENTO PRENSA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Coordinar y difundir la información atinente a la Jurisdicción.

ACCIONES:

1. Mantener contactos con los medios de comunicación masiva.

2. Programar la difusión de las informaciones de la Jurisdicción en el ámbito nacional.

3. Analizar y evaluar la información periodística que se refiera o interese a la Jurisdicción. Elaborar la síntesis de las informaciones locales y del extranjero.

4. Asistir al Ministro en conferencias de prensa y reportajes.

SECRETARIA DEL INTERIOR

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES

DIRECCION NACIONAL ELECTORAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Coordinar la programación y ejecución de la política electoral nacional.

ACCIONES:

1. Programar, coordinar y ejecutar la legislación electoral nacional.

2. Proponer las medidas pertinentes para agilizar y perfeccionar la mecánica del proceso de conformación del Registro Nacional de Electores y conservar los ejemplares autenticados del padrón electoral.

3. Proponer las medidas de coordinación y de control de las tareas a desarrollar por los distintos organismos nacionales y provinciales tendientes a la confección, actualización e impresión de los listados provisionales y padrones electorales de todo el país.

4. Proponer los proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios que le competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.

5. Coordinar con los organismos involucrados en su ejecución todos los aspectos operativos vinculados con la programación y desarrollo de los actos electorales nacionales.

6. Programar, organizar y ejecutar los escrutinios provisionales de las elecciones nacionales.

7. Realizar estudios estadísticos de los actos eleccionarios, proporcionar a los sectores correspondientes los resultados obtenidos y reunir, procesar y difundir la información relativa a los mismos.

8. Efectuar la concesión de franquicias y el otorgamiento y distribución de aportes del Fondo Partidario Permanente, a las agrupaciones políticas.

9. Realizar los estudios y compilación de las normas electorales nacionales y provinciales, efectuar su estudio y proponer las reformas correspondientes para una mejor implementación de las normas comprometidas.

DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS INSTITUCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en la formulación, ejecución y seguimiento de los anteproyectos de reformas institucionales y constitucionales y en el seguimiento de la política de relaciones institucionales con su permanente actualización legislativa.

ACCIONES:

1. Asistir a la Secretaría del Interior y a la Subsecretaría de Asuntos Institucionales en el análisis de los proyectos de legislación nacional en los que sea necesario coordinar normas nacionales y provinciales.

2. Elaborar anteproyectos de reformas, actualización y adecuación de la legislación en materia institucional y partidos políticos.

3. Realizar estudios tendientes a formular proyectos referidos a reformas constitucionales.

4. Efectuar el estudio y seguimiento de las leyes y anteproyectos que hagan a la plena vigencia de las normas constitucionales, detectando los desvíos o conflictos que puedan producirse y proponer las adecuaciones que correspondan.

DIRECCION NACIONAL DE LA JUVENTUD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Participar en la elaboración, ejecución y control de las políticas inherentes a la promoción de los intereses de la juventud con el fin de lograr su plena participación en la sociedad.

ACCIONES:

1. Elaborar anteproyectos de promoción de los intereses de la juventud.

2. Promover la participación institucional y fomentar la capacitación de dirigentes juveniles a fin de facilitar su inserción en los Partidos Políticos legalmente reconocidos.

3. Proponer reformas, actualizar y adecuar la legislación vigente en la materia para alcanzar los objetivos propuestos.

4. Promover la realización de actividades culturales, recreativas, artísticas, educativas, políticas y sociales, que permiten la manifestación del potencial humano de la juventud.

5. Promover la participación juvenil en las distintas áreas del quehacer político nacional.

6. Establecer instancias para la recepción de inquietudes, propuestas y sugerencias, para su derivación a los organismos con competencia en la materia.

7. Organizar congresos, seminarios, talleres de debate y cualquier otro tipo de evento relacionado con el tema de la juventud.

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES POLITICAS CON LAS PROVINCIAS Y LAS REGIONES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir en las relaciones con los Gobiernos de las Provincias y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, asesorando en las cuestiones regionales, interprovinciales y municipales y en el régimen de las aguas de los ríos interprovinciales.

ACCIONES:

1. Diseñar los mecanismos para las relaciones político-institucionales del Ministerio con las Provincias y las regiones.

2. Atender los planteos y requerimientos de naturaleza política que formulen las Provincia y regiones a este Ministerio.

3. Proponer la ejecución de planes, programas y proyectos referidos a las Provincias y, sin perjuicio de la competencia de éstas, a las Municipalidades del interior del país y a la temática regional.

4. Proponer políticas regionales en el marco de las relaciones interprovinciales.

5. Sistematizar la información sobre la realidad socio-económica e institucional de las Provincias y sus Municipios, con el fin de obtener un cuadro permanente de situación.

6. Asesorar en lo atinente al régimen de las aguas de los ríos interprovinciales y sus afluentes.

7. Asesorar en la elaboración de la legislación nacional que se refiera, interese o produzca efectos en las Provincias, en sus Municipios o en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, en particular, cuando sea necesario coordinar normas de distinto origen jurisdiccional.

SUBSECRETARIA DE ASISTENCIA A LAS PROVINCIAS

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES ECONOMICAS CON LAS PROVINCIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Diseñar planes y asistir en la administración del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a los Gobiernos Provinciales y Municipales, propiciando que la utilización de los mismos tienda a mejorar la actividad económica y la calidad de vida en las diferentes regiones.

ACCIONES:

1. Asistir a la Subsecretaría en la administración del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.

2. Participar en la distribución de los recursos asignados al ex-Fondo del Desarrollo Regional y al Fondo de Emergencias Regionales.

3. Promover y organizar programas que tengan por finalidad el desarrollo de emprendimientos productivos con alto impacto en la generación de empleo local, articulando su implementación a nivel regional.

4. Asistir en la formulación, implementación y ejecución del Programa Nacional de Dinamización Productiva Regional.

5. Organizar y administrar una base de datos de los indicadores provinciales y municipales relevantes para la gestión del área.

6. Asesorar en planes y proyectos especiales de promoción económica a nivel regional, provincial y municipal.

7. Asistir a los ministerios de la producción provinciales en el estudio y desarrollo de propuestas que potencien la producción provincial y procuren el aprovechamiento local de los recursos humanos.

8. Evaluar las posibilidades de diversificación productiva que surgen de los acuerdos internacionales firmados por Gobierno Nacional, en especial el MERCOSUR, para las economías provinciales y/o regionales.

9. Elaborar los presupuestos correspondientes para asistir financieramente a las jurisdicciones indicadas.

10. Analizar y proponer la distribución de recursos, supervisar las obras financiadas y efectuar el control de gestión de la ejecución física y presupuestaria de las mismas.

11. Fiscalizar el efectivo cumplimiento de los convenios para la ejecución de obras financiadas con fondos específicos.

12. Participar en la gestión de fuentes alternativas de financiamiento y en lo referente a la legislación vigente en la materia.

DIRECCION NACIONAL DE ACUERDOS CON LAS PROVINCIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Promover el establecimiento de acuerdos y pactos federales para propender a una mayor coordinación en la implementación de políticas nacionales, provinciales, municipales y regionales.

ACCIONES:

1. Organizar y mantener actualizada una base de datos de los indicadores económico-sociales de las Provincias y sus Municipios.

2. Efectuar estudios y propuestas orientados a facilitar la articulación entre las políticas del Gobierno Nacional, las de las Provincias y las de las regiones existentes o a crearse, promoviendo el desarrollo de estas instancias institucionales.

3. Efectuar estudios y propuestas que permitan analizar la distribución de recursos de coparticipación entre la Nación y las Provincias, asistiendo a la subsecretaría en la elaboración de pautas para ser consideradas en la discusión de un nuevo régimen.

DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA A LA REFORMA PROVINCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir técnicamente a las Provincias y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en el diseño, la implementación y el seguimiento del proceso de reforma de su Sector Público.

ACCIONES:

1. Efectuar el diagnóstico económico-financiero y/u organizacional del Sector Público en las Provincias y en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

2. Asistir técnicamente a las Provincias en la formulación de los proyectos de reforma.

3. Efectuar el seguimiento de los procesos de reforma que se implementen.

4. Articular la acción de los distintos organismos nacionales y federales que, en razón de la materia, afectan a las Provincias y sus Municipios.

5. Asistir a los Gobiernos Provinciales en su descentralización administrativa, con el objeto de dar a sus Municipios una Mayor participación en la gestión del Sector Público.

6. Organizar y administrar una base de datos de los indicadores provinciales y municipales relevantes para la gestión del área.

7. Desarrollar planes y programas destinados a promover la movilización de los sectores productivos y diseñar políticas que tiendan a la transferencia de personal del Sector Público Provincial al Sector Privado.

SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA POLITICA

DIRECCION NACIONAL PARA LA REFORMA POLITICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Participar en el relevamiento de opiniones y de propuestas, así como proyectar normas modificatorias de los sistemas político y electoral.

ACCIONES:

1. Elaborar programas para el relevamiento de opiniones y de propuestas relacionadas con la Reforma Política.

2. Confeccionar anteproyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento de los sistemas político y electoral y de aquellas vinculadas al régimen representativo y federal.

3. Participar en la elaboración, ejecución y control de las políticas inherentes a la regionalización de las Provincias.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD

DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS COMUNITARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Articular la participación organizada de las instituciones representativas y estructuras intermedias de la comunidad en la resolución de las demandas sociales y económicas de los sectores involucrados.

ACCIONES:

1. Elaborar proyectos de normas legales tendientes a facilitar la existencia de organizaciones representativas de la comunidad y realizar el estudio comparado de legislación nacional y extranjera sobre esta temática.

2. Apoyar la creación y el fortalecimiento de instituciones representativas y estructuras intermedias de la comunidad.

3. Mantener actualizada la información correspondiente a la red de instituciones representativas y estructuras intermedias de la comunidad.

4. Realizar estudios analíticos sobre el comportamiento de esas instituciones, asesorando en la materia.

5. Realizar el relevamiento de las demandas de las instituciones representativas y estructuras intermedias de la comunidad y coordinar con los organismos de gobierno que resulten pertinentes la implementación de las medidas conducentes a su satisfacción.

6. Proponer anteproyectos de convenios a realizarse entre Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales o Internacionales de cooperación con instituciones de la comunidad para la ejecución de proyectos y la resolución de problemáticas específicas.

7. Realizar estudios tendientes a formular propuestas para el desarrollo de proyectos especiales referidos a objetivos prefijados en materia comunitaria, principalmente en problemáticas vinculados a temas de coyuntura o de emergencia económica o social.

8. Realizar las acciones conducentes a la implementación de los proyectos en ejecución.

SUBSECRETARIA DE POBLACION

DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS Y ESTUDIOS DE POBLACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas de población y migraciones e intervenir en la formulación de programas y proyectos que deriven de dichas políticas.

ACCIONES:

1. Elaborar diagnósticos básicos e investigaciones aplicadas sobre el comportamiento de las variables demográficas y sobre sus particularidades sociales, económicas y regionales.

2. Producir, sistematizar, analizar y evaluar las estadísticas sobre migraciones internas e internacionales y su integración al Sistema Estadístico Nacional.

3. Participar en la determinación de pautas que permitan evaluar el cumplimiento de los objetivos y cursos de acción establecidos en los programas y proyectos que se implementen en materia poblacional y migratoria e intervenir en el seguimiento de los mismos.

4. Mantener enlace con los organismos nacionales e internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, como así también con aquellos organismos que producen información básica sobre el comportamiento de las variables demográficas.

5. Asistir al Subsecretario de Población en la gestión y firma de acuerdos con organismos nacionales o internacionales, gubernamentales y no gubernamentales; y efectuar el seguimiento de los compromisos y obligaciones que surjan de estos acuerdos.

6. Promover y proyectar programas de fomento de la inmigración destinados al asentamiento de extranjeros.

7. Estudiar, proponer y diseñar programas tendientes a optimizar los movimientos migratorios internos y a promover el retorno de argentinos en el exterior.

8. Asistir al Subsecretario de Población en su participación dentro del marco de la Comisión Interministerial de Política de Población.

9. Promover la constitución de una comisión coordinadora de políticas relativas a migraciones, su impacto demográfico, regulación y control en el marco del MERCOSUR y gobiernos asociados.

10. Elaborar y producir material gráfico, audiovisual e informático que permita difundir las actividades que se desarrollan en temas poblacionales y migratorios.

11. Atender las relaciones con las colectividades extranjeras, mantener actualizado un registro de las mismas y proponer, con la intervención de aquellas, un programa conjunto de actividades.

12. Participar en la confección de los actos relacionados con la concesión del derecho de asilo.

13. Participar en la elaboración de las políticas para el desarrollo de las áreas de frontera y en su ejecución en el ámbito de su competencia.

14. Asistir al Subsecretario de Población en la coordinación y funcionamiento del Consejo Federal de Población (CO.FE.PO) y brindar asistencia técnica en las actividades que desarrollen las Provincias.

15. Supervisar el accionar del Centro de Información sobre Población (CIP).

SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES

DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Promover y programar las actividades tendientes a difundir el conocimiento, importancia, valor y respeto de los Derechos Humanos en el país y realizar las acciones necesarias para posibilitar la defensa de los mismos.

ACCIONES:

1. Promover el cumplimiento de las normas que reconocen y reglamenten los Derechos Humanos en el ámbito nacional.

2. intervenir en los aspectos jurídico-administrativos inherentes a los Derechos Humanos.

3. Organizar actividades académicas educativas y comunitarias tendientes a difundir, proteger y reafirmar en la sociedad y en el Estado, el conocimiento, valor y fundamento de los Derechos Humanos.

4. Intervenir en el desarrollo del análisis, diagnóstico y evaluación de políticas de Derechos Humanos aplicadas y a aplicarse, en especial las vinculadas con la prevención de eventuales violaciones de los mismos.

5. Participar en la formulación de políticas y normas, y en la ejecución de programas que garanticen la igualdad de oportunidades y la no discriminación de grupos y personas.

6. Organizar y administrar el Centro de Documentación y la Biblioteca en Derechos Humanos, abiertos a la consulta de particulares interesados.

7. Coordinar el Instituto de Promoción de Derechos Humanos y organizar el establecimiento de una red académica en la materia.

8. Diseñar y proponer publicaciones de revistas, folletos, afiches, etc., con contenidos de Derechos Humanos.

9. Asesorar y asistir al Subsecretario de Derechos Humanos y Sociales en la supervisión del accionar del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

CONSEJO ASESOR DE SEGURIDAD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir al Secretario de Seguridad Interior en la planificación, coordinación y supervisión de las actividades operativas de la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina, tendientes al cumplimiento de las políticas del área.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD INTERIOR

DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD INTERIOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asesorar al Secretario de Seguridad Interior en la conducción y coordinación del Esfuerzo Nacional de Policía, orientados al cumplimiento de la Seguridad Interior, planificando, coordinando y supervisando el accionar individual o de conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Policiales en el marco de la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior.

Integrar el Consejo Asesor de Seguridad y asistir al Secretario de Seguridad Interior en la planificación de nivel operativo, coordinación y supervisión referidas, exclusivamente, a la aplicación de la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior.

ACCIONES:

1. Cumplimentar las políticas de Seguridad Interior mediante la coordinación funcional entre el Sistema de Seguridad Interior y el Esfuerzo Nacional de Policía.

2. Dirigir al Esfuerzo Nacional de Policía en todas las acciones tendientes a garantizar un adecuado nivel de Seguridad Interior.

3. Asistir a la Secretaría de Seguridad Interior en los asuntos de operaciones e inteligencia que se traten en el Consejo de Seguridad Interior y en el funcionamiento del Comité de Crisis.

4. Supervisar todo empleo operacional del Esfuerzo Nacional de Policía, en acciones individuales o de conjunto, de cada Fuerza de Seguridad o Fuerza Policial.

5. Coordinar los requerimientos de apoyo, de servicios y materiales de las Fuerzas Armadas, para contribuir en operaciones de Seguridad Interior.

6. Intervenir en la elaboración de la situación de Seguridad Interior y formular diagnóstico sobre su probable evoluación.

7. Ejercer funciones de superintendencia en todo lo referente a la Seguridad de Fronteras.

8. Intervenir en la elaboración de doctrina, políticas y legislación en materia de Seguridad de Fronteras.

9. Asistir y asesorar al Subsecretario de Coordinación de Programas de Seguridad Interior en la coordinación de las funciones administrativas y sustantivas de las Direcciones Nacionales que integran la Secretaría de Seguridad Interior.

DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO Y PROTECCION CIVIL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Integrar el Consejo Asesor de Seguridad y asistir al Secretario de Seguridad Interior, en la formulación de las políticas de seguridad interior y en el planeamiento estratégico del Esfuerzo Nacional de Policía.

Elaborar las políticas, los estudios, el planeamiento y la coordinación de las acciones de Protección Civil, tendientes a prevenir, evitar, disminuir o mitigar los efectos de los desastres naturales o causados por el hombre, y a ilícitos que por su naturaleza sean de su competencia, en el marco de la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior.

ACCIONES:

1. Elaborar y definir, con el apoyo técnico del Consejo Asesor de Seguridad, las políticas de Seguridad Interior. Desarrollar el planeamiento dirigido a dar cumplimiento a dichas políticas.

2. Realizar el planeamiento estratégico operativo de respuesta a los conflictos sociales y situaciones de hecho que impongan la intervención del Estado Nacional.

3. Impulsar los estudios de prevención e investigación científica de la delincuencia en aquellas formas que afecten de manera grave a la sociedad, e integrarlos a las políticas de Seguridad Interior y Protección Civil.

4. Formular la agenda del Consejo de Seguridad Interior, redactar las actas de las reuniones y proponer la derivación a los organismos responsables de las propuestas que surjan de las mismas.

5. Proponer medidas de racionalización y optimización del equipamiento de las Fuerzas de Seguridad y su actualización, estandarización y homogeneización.

6. Analizar las estructuras organizativas de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, a fin de impulsar las modificaciones necesarias para la racionalización y optimización del sistema y participar en el estudio de los Sistemas Educativos de las Fuerzas de Seguridad.

7. Formular las acciones tendientes a supervisar la actuación de la Oficina del Convenio Policial Argentino. Participar en la suscripción de convenios nacionales y promover la ratificación de tratados y convenios internacionales que se consideren necesarios o convenientes, relacionados con la Seguridad Interior y la Protección Civil.

8. Elaborar la doctrina, políticas y planeamiento de la Protección Civil de la República Argentina.

9. Preveer la coordinación de los planes y actividades de Protección Civil de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de la Nación. Coordinar el apoyo federal e internacional para casos de desastre y participar en la ayuda al extranjero en situaciones similares.

10. Promover la capacitación, racionalización, difusión y optimización del uso y empleo de los recursos humanos y medios disponibles, y formular los planes de capacitación y coordinar congresos, cursos y seminarios sobre temas de Seguridad Interior y Protección Civil, a nivel nacional, en concordancia con la política en la materia.

11. Organizar el registro de entidades intervinientes en las actividades de Protección Civil. Regular y fiscalizar a los Bomberos Voluntarios y coordinar las actividades de Protección Civil de la Cruz Roja Argentina, guidismo-scoutismo, voluntarios de defensa civil, socorrismo y afines reconocidas oficialmente y radioaficionados.

12. Asesorar en la formulación del presupuesto para el cumplimiento de las necesidades de Protección Civil.

13. Asistir y asesorar al Subsecretario de Coordinación de Programas de Seguridad Interior en la coordinación de las funciones administrativas y sustantivas de las Direcciones Nacionales que integran la Secretaría de Seguridad Interior.

DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS TECNICOS DE SEGURIDAD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Integrar el Consejo Asesor de Seguridad y asistir al Secretario de Seguridad Interior, en lo referido a la vinculación permanente del Ministerio del Interior con la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, y administrar tal vinculación.

Coordinar las comunicaciones entre el Ministerio del Interior, los servicios policiales de todo el país y las fuerzas de seguridad.

Intervenir en todos los trámites vinculados con el personal policial y de las fuerzas de seguridad en actividad y pasividad, cuando requieren instancia ministerial.

ACCIONES:

1. Intervenir y asesorar en los trámites y medidas a adoptarse de carácter administrativo, legislativo y judicial, referidos a la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, que sean de competencia del Ministerio del Interior, por aplicación del ordenamiento legal vigente.

2. Coordinar los requerimientos originados en cualquiera de los Poderes del Estado, organismos estatales y entidades públicas o privadas que se vinculen con la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, por temas de su competencia.

3. Intervenir en la tramitación de los actos administrativos relacionados con el personal de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, que requieran la instancia institucional del Ministerio del Interior.

4. Intervenir en los trámites vinculados con los retiros y jubilaciones del personal de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, que requieran la instancia institucional del Ministerio del Interior,

5. Intervenir en la concesión de las condecoraciones nacionales a civiles y condecoraciones extranjeras a funcionarios del Ministerio del Interior, Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina.

6. Intervenir en los aspectos técnicos de las representaciones de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, ante organismos internacionales, nacionales, provinciales, municipales, privados y en las comisiones existentes y a crearse.

7. Asistir y asesorar al Subsecretario de Coordinación de Programas de Seguridad Interior en la coordinación de las funciones administrativas y sustantivas de las Direcciones Nacionales que integran la Secretaría de Seguridad Interior.

DIRECCION DE COORDINACION DE PROGRAMAS

ACCIONES:

1. Coordinar la obtención de información consolidada referida a las Actividades de gestión presupuestaria de Seguridad Interior.

2. Intervenir en la formulación, ejecución, modificación y seguimiento presupuestario de los Programas de Seguridad interior.

3. Implementar un registro de información de los planes de mediano y largo plazo de inversión, equipamiento y bienestar de las Fuerzas de Seguridad y Policiales Nacionales.

4. Elaborar indicadores de gestión presupuestaria para el seguimiento y evaluación de las Actividades de Seguridad Interior.

5. Coordinar las adquisiciones de recursos materiales y equipamiento en función de los requerimientos individuales y existencias de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, y de las políticas de Seguridad Interior.

6. Efectuar el análisis de la racionalidad y factibilidad presupuestaria y económica de los pedidos de adquisiciones de materiales y equipamiento por parte de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, referidos a las Actividades de Seguridad Interior.

7. Asistir y asesorar al Subsecretario de Coordinación de Programas de Seguridad Interior en la coordinación de las actividades que desarrollan las unidades organizativas integrantes de la Secretaría de Seguridad Interior.

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Dirigir las actividades que permitan proporcionar el apoyo técnico administrativo para la gestión de los recursos financieros y materiales a través de la sistematización y simplificación de los procedimientos y garantizando la obtención de la información necesaria para la toma de decisiones.

ACCIONES:

1. Planificar, dirigir y controlar la administración financiera y de los recursos materiales de la Jurisdicción, a través de los sistemas de presupuesto, información contable, contrataciones, tesorería y administración y mantenimiento de bienes físicos.

2. Promover la capacitación necesaria para garantizar la eficaz y eficiente implementación de las políticas, normas y procedimientos del Sistema de Administración Financiera del Sector Público Nacional, en la Jurisdicción.

3. Coordinar la aplicación de las políticas, normas y la administración presupuestaria y financiera de los recursos y gastos del Ministerio.

4. Brindar apoyo técnico-administrativo a las Unidades Ejecutoras de Programas en los temas de su competencia.

5. Validar las propuestas de correcciones a la Red Programática y del Anteproyecto, el análisis de la Ejecución Física y Financiera y el informe de Evaluación Presupuestaria, elevándolos para su aprobación a la conducción del Ministerio.

6. Coordinar la aplicación de las políticas, normas y procedimientos para la contratación de bienes y servicios.

7. Validar la integración del Plan Anual y de la programación trimestral de contrataciones de bienes y servicios.

8. Intervenir en la gestión de contratación de bienes y servicios, con facultades para validar las mismas en casos de excepción y para aprobar y firmar la documentación correspondiente a la rescisión de contrataciones.

9. Aprobar los informes de Gestión de Contrataciones de Bienes y Servicios, inclusive los informes periódicos para la Unidad de Auditoría Interna.

10. Intervenir en la gestión de administración de los bienes físicos de la Jurisdicción.

11. Coordinar la aplicación de las políticas, normas y procedimientos emanados de la Contaduría General de la Nación.

12. Intervenir con su firma las órdenes de pago y los cheques para pago por Fondo Rotatorio.

13. Supervisar los pedidos de reposición del Fondo Rotatorio Interno y validar la autorización de pedido de reposición y la rendición final del Fondo Rotatorio.

14. Validar y aprobar los informes contables emitidos, los informes sobre recaudación y la actualización de saldos.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Procurar que la planificación y el diseño organizacional, los métodos y procedimientos administrativos y las normas que los rigen, garanticen el mejoramiento de la calidad en la prestación de los servicios a cargo de la Jurisdicción, atendiendo a principios de economía, eficiencia y eficacia.

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su selección, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales, promoviendo la satisfacción laboral, la realización personal y la motivación de los recursos humanos de la Jurisdicción.

ACCIONES:

1. Planifica, dirigir y controlar la administración de los recursos humanos de la Jurisdicción.

2. Asesorar y asistir al Subsecretario de Administración y a la conducción de la Jurisdicción en las materias de su competencia.

3. Promover, coordinar y supervisar técnicamente la capacitación del personal, necesaria para garantizar la eficaz y eficiente implementación de las políticas, normas y procedimientos del Sistema de Administración de Recursos Humanos del Sector Público Nacional, en la Jurisdicción.

4. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de planeamiento organizacional y de administración de recursos humanos, aplicando los controles que garanticen la correcta liquidación de haberes del personal.

5. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional.

6. Elaborar y proponer las modificaciones de las estructuras organizativas que correspondan en consecuencia.

7. Ejercer la coordinación técnica jurisdiccional y la actualización del sistema de relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, como así también de los procesos, flujos y procedimientos de trabajo, proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.

8. Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la Jurisdicción y en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.

9. Controlar que los Legajos Unicos del Personal y las bases de datos correspondientes se mantengan permanentemente actualizados y debidamente custodiados.

10. Coordinar y supervisar técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración del personal de la Jurisdicción.

11. Coordinar y supervisar técnicamente el proceso de evaluación de desempeño, asistiendo a las autoridades intervinientes y Comités de Evaluación.

12. Evaluar el grado de desarrollo de carrera del personal y el sistema de incentivos dentro del régimen vigente, y proponer las políticas y medidas pertinentes.

13. Atender las relaciones con los representantes gremiales en la administración y la negociación de acuerdos o convenios.

14. Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos, organización de las estructuras y procedimientos de trabajo, y los servicios asistenciales y de reconocimientos médicos.

15. Asistir técnicamente e integrar la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.

16. Intervenir en los trámites vinculados con las resoluciones de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL, que involucren a agentes activos y pasivos de la Jurisdicción.

DIRECCION GENERAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Reunir, conservar y tener disponible para su consulta o utilización la documentación escrita, fotográfica, fílmica, videográfica, sónica y legible por máquina, que interese al país como testimonio acerca de su ser y acontecer, sea ella producida en forma oficial, adquirida o donada por instituciones privadas o particulares.

ACCIONES:

1. Efectuar el seguimiento de la documentación pública en general, su conservación y su destino, en permanente contacto con los organismos del Estado.

2. Promover sistemas y medidas que permitan la incorporación, selección, clasificación, ordenamiento y descripción de los fondos documentales, su custodia y conservación, como asimismo su consulta e investigación.

3. Elaborar proyectos sobre normativa nacional referida a archivos, supervisar el cumplimiento de la vigente y prestar asesoramiento archivístico a otros organismos públicos.

4. Difundir el conocimiento del acervo documental del Organismo y sus actividades y prestar asesoramiento histórico-archivístico, promoviendo la formación técnico-profesional y el intercambio con otros organismos del país y del extranjero que estén vinculados al quehacer archivístico.

5. Promover medidas tendientes a la localización y potencial incorporación de documentación perteneciente a personas o instituciones privadas.

6. Participar en organismos, reuniones o proyectos nacionales o internacionales.

DIRECCION DE REDES, TELECOMUNICACIONES Y ENLACES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar y supervisar los aspectos operativos, técnicos y administrativos de las Redes y Servicios de Telecomunicaciones del Ministerio, destinados a las relaciones entre los Organismos Gubernamentales de nivel nacional, provincial y municipal.

ACCIONES:

1. Ejercer la Jefatura de la Estación Principal de la Red Nacional y del Centro de Procesamiento de Comunicaciones.

2. Asesorar en todo lo concerniente a las telecomunicaciones y microcomunicaciones.

3. Instalar, operar y mantener los medios y facilidades de los sistemas de comunicaciones.

4. Confeccionar, proveer y controlar el cumplimiento de reglamentaciones técnicas vigentes por el empleo y uso de los medios.

5. Mantener relaciones y enlaces con los servicios de comunicaciones de los Organismos de Gobierno a nivel nacional, provincial y municipal.

6. Coordinar los aspectos funcionales con las empresas proveedoras de servicios y sistemas de telecomunicaciones.

7. Asesorar en todo lo concerniente a la renovación y adquisición de equipamiento de telecomunicaciones terrestres, satelitales, vinculadas con la misión y proponer las modificaciones a los sistemas de telecomunicaciones con el fin de adecuar los medios a las circunstancias del servicio y a la tecnología de última generación.

DIRECCION DE SUMARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Instruir en la Jurisdicción los sumarios administrativos que deban iniciarse por razones administrativas o disciplinarias.

ACCIONES:

1. Proyectar las denuncias a interponer ante la Justicia Penal competente, cuando en un sumario surjan indicios de la comisión de un delito de acción pública.

2. Proponer cuando fuere necesario, la autorización de diligencias concretas y determinadas fuera del asiento de sus funciones.

3. Proponer la designación de un instructor 'ad-hoc' en los casos en que existan razones debidamente fundadas que lo justifiquen.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA

DIRECCION GENERAL DE INFORMACION DOCUMENTAL Y SISTEMAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Dirigir las actividades que permitan cumplimentar las políticas relativas a documentación administrativa entre las distintas unidades organizacionales y de los sistemas de información e informáticos, asegurando el flujo adecuado de toda la documentación que ingrese a, o egrese del Ministerio.

Realizar el seguimiento de los trámites administrativos de la Jurisdicción, incluyendo los legislativos referidos a las fuerzas de seguridad dependientes, todo ello en el marco de las normas y procedimientos administrativos vigentes.

ACCIONES:

1. Dirigir el despacho general y asegurar la distribución de la documentación administrativa a las unidades de la Jurisdicción, controlando la firma de las autoridades correspondientes en los proyectos normativos.

2. Dirigir la recepción, salida y archivo de la documentación, como así también las notificaciones, guardando los recaudos prescriptos en las normas pertinentes.

3. Dirigir todo lo relacionado con el suministro de información acerca de fines, competencia y funcionamiento del Ministerio.

4. Intervenir en la legalización de documentos públicos.

5. Supervisar la prestación de un servicio bibliotecario integral.

6. Proponer el diagnóstico y supervisar el diseño, análisis, evaluación, implementación, seguimiento y control de los sistemas de información, para la informatización de los distintos programas, proyectos y actividades de la Jurisdicción.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asesorar jurídica y legalmente en los asuntos de competencia del Ministerio.}

ACCIONES:

1. Representar en juicio al Estado Nacional en asuntos de competencia del Ministerio, asignando las causas y dando las instrucciones pertinentes a los letrados representantes patrocinantes que deban intervenir.

2. Atender las relaciones con los Procuradores Fiscales Federales.

3. Diligenciar los oficios judiciales dirigidos al Ministerio, centralizar los trámites internos vinculados con ellos y fiscalizar el cumplimiento de los términos prescriptos por las normas vigentes, salvo en aquéllos que según disposición de la autoridad competente, deban intervenir específicamente las oficinas requeridas.

4. Intervenir en la redacción de proyectos de leyes, decretos, disposiciones administrativas, resoluciones, contratos, convenios y demás instrumentos jurídicos propios de la competencia ministerial.

5. Intervenir en los recursos, reclamos y denuncias administrativas e impulsar los procedimientos respectivos, a fin de controlar la legitimidad de los actos de los organismos pertenecientes a la Jurisdicción.

6. Intervenir en toda tramitación de carácter normativo, judicial o contencioso que sea de competencia del Ministerio, en su carácter de Organismo de Alzada de las Fuerzas de Seguridad y Policiales dependientes de este Departamento de Estado.

SUBSECRETARIA DE GESTION DE PROGRAMAS

DIRECCION NACIONAL DE COMPENSACION DE EMERGENCIAS E INFRAESTRUCTURAS PROVINCIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir al Subsecretario de Gestión de Programas en todo lo atinente al resarcimiento de los efectos que producen las situaciones de emergencia y catástrofe, y en la implementación de las acciones preventivas y de estímulo que hagan al desarrollo de las infraestructuras provinciales y regionales.

ACCIONES:

1. Implementar y ejecutar las actividades resarcitorias para la población e instituciones afectadas por catástrofes y demás situaciones generales de fuerza mayor, que por su naturaleza y consecuencias hagan necesaria la instrumentación de medidas de urgencia.

2. Gestionar la tramitación de los requerimientos de compensación formulados por la población y entes afectados.

3. Intervenir en los recursos administrativos que los damnificados interpongan.

4. Diseñar los sistemas de información relativos a los procedimientos y gestiones implementadas que permitan administrar una base de datos de la población damnificada.

5. Requerir el apoyo de los organismos oficiales y de las organizaciones no gubernamentales representativas de la población afectada, a fin de cumplimentar más acabadamente su objetivo.

6. Ejecutar las actividades de fomento y preventivas que le sean asignadas en los ámbitos provinciales y regionales.

7. Desarrollar toda otra actividad que el Ministro del Interior disponga, analizando su integración dentro de la acción global de gobierno y evaluando el impacto que la misma registre, en particular aquéllos que pudieran surgir de la eventual transferencia de los sistemas previsionales policiales al ámbito de la Nación.

MINISTERIO DEL INTERIOR

COMISION NACIONAL DE EX-COMBATIENTES DE MALVINAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Coordinar a nivel nacional los distintos programas de carácter social, existentes o que se puedan crear en el futuro, que tengan por objeto el otorgar beneficios a los ex-combatientes que participaron en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, posibilitando su ingreso en forma preferencial.

ACCIONES:

1. Recopilar y ordenar toda la información existente sobre programas de salud, empleo, vivienda, acción social y capacitación que resulten de interés para los ex-soldados conscriptos, que participaron de las acciones bélicas del Atlántico Sur.

2. Coordinar e impulsar las demandas individuales o grupales de los mismos ante los diversos órganos del Estado Nacional, Estados Provinciales y Municipios.

3. Representar al Estado Nacional en su relación con las distintas organizaciones que nucleen a los ex-soldados conscriptos, que participaron de las acciones bélicas del Atlántico Sur.

4. Promover la realización de estudios e investigaciones en relación a los proyectos ya existentes o a otros nuevos que estime necesario emprender.

5. Estudiar y recomendar la elaboración de normas, proyectos o acciones que resulten de especial interés para los ex-soldados conscriptos, que participaron de las acciones bélicas del Atlántico Sur.

SECRETARIA DEL INTERIOR

COMISION NACIONAL PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA REGION PATAGONICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Promover políticas y estrategias de desarrollo, como así también generar, impulsar y concretar programas y proyectos para la Región Patagónica en un todo de acuerdo con el Gobierno Nacional.

ACCIONES:

1. Gerenciar y viabilizar programas y proyectos prioritarios para el desarrollo de la región.

2. Identificar fuentes de financiamiento nacional e internacional y gestionar fondos para proyectos públicos y privados que hagan al crecimiento regional.

3. Propiciar y proponer mecanismos de flexibilidad que permitan ajustar el modelo de desarrollo regional a los nuevos escenarios existentes a nivel nacional e internacional.

4. Fomentar y acompañar el proceso de inversiones nacionales y extranjeras, y el de intercambio y cooperación entre el sector público y el privado.

5. Asesorar a los organismos provinciales y municipales de la Región Patagónica en la elaboración de sus políticas, estrategias y programas de desarrollo.

6. Proponer al Poder Ejecutivo Nacional los instrumentos legales e institucionales necesarios para la implementación y ejecución de los objetivos perseguidos.

7. Coordinar con los Gobiernos Provinciales de la región, las acciones tendientes a impulsar la instalación de emprendimientos productivos, y promover la realización de nuevas obras, equipamientos y servicios para la región.

8. Proponer al Secretario del Interior políticas, estrategias y mecanismos que apunten al crecimiento integral de la región, con una concepción autogenerada y sostenible.

9. Asistir al Secretario del Interior en temas vinculados a la problemática y potencialidad de la Región Patagónica.

10. Fomentar el diálogo y la interacción entre el Poder Ejecutivo Nacional y todos los actores sociales de la región.

11. Propiciar la generación del empleo y el asentamiento poblacional en todo el territorio patagónico.

COMISION NACIONAL PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA REGION DEL NOROESTE ARGENTINO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Promover estrategias y políticas de desarrollo, como así también impulsar programas y proyectos de la Región del Noroeste Argentino.

ACCIONES:

1. Compilar, ordenar y hacer compatibles los programas de la Región del Noroeste Argentino, recomendando las políticas pertinentes para su desarrollo.

2. Promover estudios e investigaciones con relación a los proyectos ya existentes, o con otros nuevos que estime necesario emprender.

3. Estudiar la forma de impulsar la participación de la actividad primaria y fomentar inversiones en los proyectos y programas mencionados.

4. Facilitar la instalación de centros productivos y estudiar la factibilidad de crear asentamientos poblacionales, en coordinación con los organismos nacionales y provinciales que tienen a su cargo la construcción de viviendas populares, fomentando el traslado de familias residentes en grandes centros urbanos, capaces de aportar mano de obra calificada para la producción, revirtiendo los flujos migratorios que han despoblado el interior, repoblando y poblando las zonas menos habitadas, mediante la instalación o ampliación de fuentes de trabajo que permitan a los pobladores condiciones de vida adecuadas.

5. Proponer al Poder Ejecutivo Nacional los instrumentos legales e institucionales que sean necesarios para la implementación y ejecución de los fines perseguidos por el Decreto Nº 377 del 25 de agosto de 1995.

COMITE INTERJURISDICCIONAL DEL RIO COLORADO (COIRCO)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir al Ministro en la ejecución del Programa Unico de Habilitación de Areas de Riego y Distribución de Caudales de río Colorado (Programa Unico) acordado en el Tratado suscripto en la Sexta Conferencia de Gobernadores del Río Colorado del 26 de octubre de 1976.

ACCIONES:

1. Fiscalizar el cumplimiento por parte de las signatarias y de terceros del régimen de distribución de caudales establecido en el Programa Unico Acordado.

2. Controlar que el proyecto, la construcción y los planes de operación y mantenimiento de las obras de regulación y derivación, ejecutadas o a ejecutar sobre la Cuenca del Río Colorado, así como el caudal y salinidad de los retornos de las obras de regadío, se adecuen a lo previsto en el Programa Unico Acordado.

3. Establecer prioridades en la construcción de las obras para lograr una ejecución gradual y coordinada del Programa Unico Acordado.

4. Centralizar la información referida a los aspectos meteorológicos, hidrológicos y geológicos de la Cuenca del Río Colorado y a cualquier otro que se relacione con el Programa Unico Acordado.

5. Estudiar y acordar los recursos hídricos de la Cuenca del Río Colorado en función del objeto del Programa Unico Acordado, decidiendo los reajustes que fueran necesarios introducir al mismo.

6. Ajustar temporariamente los caudales derivados por las Provincias ribereñas cuando las variaciones del derrame así lo impongan decidiendo las modificaciones a la distribución de caudales establecida en el Programa Unico Acordado.

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