SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Decreto 1349/2016
Designaciones.
Buenos Aires, 30/12/2016
VISTO el Expediente N° EX-2016-01424355-APN-DRRHHYO#SLYT del registro de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos N° 78 de fecha 20 de enero de 2000 y sus modificatorios, N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 y lo solicitado por la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que por el artículo 7° de la citada Ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la mencionada Ley N° 27.198 se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que por el Decreto N° 78 de fecha 20 de enero de 2000 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que resulta necesario incorporar al Nomenclador de Funciones Ejecutivas la Unidad de Control de Gestión y la Unidad de Documentación y Enlace Registral, ambas de la Dirección Nacional del Registro de Dominios de Internet dependiente de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con un Nivel de Ponderación IV.
Que conforme lo dispuesto por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 compete al señor Presidente de la Nación efectuar las designaciones de personal en las jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, en el ámbito de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se encuentran vacantes diversos cargos de la planta permanente, resultando necesario proceder a su inmediata cobertura en virtud de la particular naturaleza de las tareas asignadas a la citada Secretaría, vinculadas directamente con el accionar del señor Presidente de la Nación y del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que los agentes propuestos deben ser exceptuados del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos por el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.198 y por lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en ANEXO I (IF-2016-05365688-APN-DGA#SLYT), que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2° — Desígnanse con carácter transitorio, a partir del 15 de septiembre de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto, en la Planta Permanente de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a las personas consignadas en el ANEXO II (IF-2016-05303709-APN-DGA#SLYT), que forma parte integrante del presente, en las unidades organizativas, cargos, niveles, y grados, que allí se detallan autorizándose a partir del dictado de la presente medida el pago de la Función Ejecutiva que en cada caso se indica del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 14 del referido Convenio, y a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198.
ARTÍCULO 3° — Los cargos involucrados en el artículo 2° deberán ser cubiertos conforme lo dispuesto en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del dictado del presente decreto.
ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas correspondientes a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
Decreto 1349/2016
Designaciones.
Buenos Aires, 30/12/2016
VISTO el Expediente N° EX-2016-01424355-APN-DRRHHYO#SLYT del registro de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos N° 78 de fecha 20 de enero de 2000 y sus modificatorios, N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 y lo solicitado por la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que por el artículo 7° de la citada Ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la mencionada Ley N° 27.198 se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que por el Decreto N° 78 de fecha 20 de enero de 2000 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que resulta necesario incorporar al Nomenclador de Funciones Ejecutivas la Unidad de Control de Gestión y la Unidad de Documentación y Enlace Registral, ambas de la Dirección Nacional del Registro de Dominios de Internet dependiente de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con un Nivel de Ponderación IV.
Que conforme lo dispuesto por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 compete al señor Presidente de la Nación efectuar las designaciones de personal en las jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, en el ámbito de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se encuentran vacantes diversos cargos de la planta permanente, resultando necesario proceder a su inmediata cobertura en virtud de la particular naturaleza de las tareas asignadas a la citada Secretaría, vinculadas directamente con el accionar del señor Presidente de la Nación y del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que los agentes propuestos deben ser exceptuados del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos por el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.198 y por lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en ANEXO I (IF-2016-05365688-APN-DGA#SLYT), que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2° — Desígnanse con carácter transitorio, a partir del 15 de septiembre de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto, en la Planta Permanente de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a las personas consignadas en el ANEXO II (IF-2016-05303709-APN-DGA#SLYT), que forma parte integrante del presente, en las unidades organizativas, cargos, niveles, y grados, que allí se detallan autorizándose a partir del dictado de la presente medida el pago de la Función Ejecutiva que en cada caso se indica del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 14 del referido Convenio, y a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198.
ARTÍCULO 3° — Los cargos involucrados en el artículo 2° deberán ser cubiertos conforme lo dispuesto en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del dictado del presente decreto.
ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas correspondientes a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
ANEXO I
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
INCORPORACIÓN
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
INCORPORACIÓN
UNIDAD ORGANIZATIVA | NIVEL |
SUBSECRETARÍA TÉCNICA | |
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET | |
UNIDAD DE CONTROL DE GESTIÓN | IV |
UNIDAD DE DOCUMENTACIÓN Y ENLACE REGISTRAL | IV |
IF-2016-05365688-APN-DGA#SLYT
ANEXO II
APELLIDO Y NOMBRE | TIPO Y N° DE DOCUMENTO | CARGO | NIVEL Y GRADO | UNIDAD ORGANIZATIVA | NIVEL F.E. |
CHISTÉ, Sandra Lilián | DNI N° 21.798.794 | JEFA UNIDAD DE CONTROL DE GESTIÓN | B-0 | DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET | IV |
DEMAYO FERNÁNDEZ, Javier Adrián | DNI N° 25.696.273 | JEFE UNIDAD DE ENLACE INTERNACIONAL | B-0 | DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET | IV |
MOLLO, Alejandra Gabriela | DNI N° 31.283.591 | JEFA UNIDAD DE DOCUMENTACIÓN Y ENLACE REGISTRAL | B-0 | DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET | IV |
IF-2016-05303709-APN-DGA#SLYT