FONDO DE RECONVERSION LABORAL
COND. DE INGRESO Y FUNCIONAMIENTO - MODIFICACION -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
01-Nov-1996
Resumen:
SUSTITUYENSE LOS ARTICULOS 15, 19, 21, 22 Y 26; Y AGREGUENSE LOS ARTICULOS 27 AL 32 DEL DECRETO Nº 852/96, POR EL CUAL SE ESTABLECIERON LAS CONDICIONES DE INGRESO AL FONDO DE RECONVERSION LABORAL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL Y LAS PAUTAS BASICAS PARA SU FUNCIONAMIENTO.- CAD.