SISTEMA FEDERAL DE BUSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y EXTRAVIADAS
CREACION
Resumen:
CREASE EL SISTEMA FEDERAL DE BUSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y EXTRAVIADAS EN LA ORBITA DE LA SECRETARIA DE COOPERACION CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PUBLICOS Y LEGISLATURAS DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD, QUE TENDRA POR OBJETO COORDINAR LA COOPERACION ENTRE DICHO MINISTERIO, EL PODER JUDICIAL Y LOS MINISTERIOS PUBLICOS, LAS DEMAS CARTERAS DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL Y CUALQUIER OTRO ORGANISMO O ENTE CENTRALIZADO O DESCENTRALIZADO, DEL ORDEN NACIONAL, PROVINCIAL, MUNICIPAL O DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES QUE INTERVENGA EN LA BUSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS O EXTRAVIADAS Y EL HALLAZGO DE PERSONAS NO IDENTIFICADAS O CUYA INFORMACION PUEDA SER DE UTILIDAD PARA DAR CON EL PARADERO Y/O IDENTIDAD DE LAS MISMAS.