SECTOR TEXTIL
DETRACCION DECRETO N° 814/2001
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
23-Nov-2018
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS EMPLEADORES DE LOS SECTORES TEXTIL, DE CONFECCION, DE CALZADO Y DE MARROQUINERIA APLICARAN LA DETRACCION PREVISTA EN EL ARTICULO 4° DEL DECRETO N° 814 DEL 20 DE JUNIO DE 2001 Y SUS MODIFICACIONES, CONSIDERANDO EL CIEN POR CIENTO (100 %) DEL IMPORTE DE ESE ARTICULO, VIGENTE EN CADA MES.