Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


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MINISTERIO DEL INTERIOR

Decreto 1045/2001

Apruébase la estructura organizativa del citado Departamento de Estado.

Bs. As., 16/8/2001

VISTO los Decretos Nº 20 del 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios y Nº 489 del 26 de junio de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios, entre otras consideraciones, se aprobó el organigrama de aplicación en la Administración Pública Nacional, estableciéndose sus competencias.

Que por la norma citada en segundo término en el VISTO, se procedió a aprobar la estructura organizativa del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que el compromiso asumido por el Gobierno en procura de la racionalización de los recursos disponibles del Estado Nacional, imponen la necesidad de realizar un profundo rediseño organizacional en la Jurisdicción.

Que por tal motivo, resulta necesario adecuar la estructura organizativa de las unidades del primer nivel operativo de esa Jurisdicción.

Que en este sentido, el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS ha considerado conveniente la cobertura de los cargos correspondientes a los titulares de las unidades organizativas de primer nivel operativo que se aprueban por el presente acto, en los términos del artículo 21 de la Ley Nº 25.401.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 21 y 26 de la Ley Nº 25.401, en el artículo 1º, punto I, inciso f) de la Ley Nº 25.414 y en el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación del Apartado XI—, la parte correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como planilla anexa al presente Artículo se acompaña.

Art. 2º — Modifícase del Apartado XI, Anexo II, al Artículo 2º del Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios —Objetivos—, la parte pertinente a las Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DEL INTERIOR que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en las planillas que, como anexas al presente Artículo, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 3º — Apruébase la estructura organizativa del MINISTERIO DEL INTERIOR de acuerdo con los Organigramas, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones y Dotación los que como Anexos la, lb, Ic, Id, le, If, Il, IIIa y IIIb, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 4º — Exceptúase al MINISTERIO DEL INTERIOR, por única vez, de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 25.401 al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos correspondientes a los titulares de las unidades organizativas de primer nivel operativo que se aprueban por el presente decreto. Asimismo facúltase al MINISTERIO DEL INTERIOR a efectuar designaciones de carácter transitorio en los cargos de los titulares de las unidades organizativas referidas en el párrafo anterior, que se creen, que cambien sus competencias o cuyas funciones ejecutivas se encuentren vacantes, como excepción a lo dispuesto por los Títulos III, Capítulo III; y IV art. 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I, del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Los cargos involucrados deberán ser cubiertos mediante los sistemas de selección previstos en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa en el término de CIENTO OCHENTA (180) días de la respectiva designación.

Art. 5º — La designación transitoria efectivizada conforme las disposiciones precedentes, deberá ajustarse a los requisitos mínimos que para el acceso a los niveles escalafonarios corresponda a cada agrupamiento, establecidos en el Titulo Il, Capítulos I, Il y lIl del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Art. 6º — El MINISTERIO DEL INTERIOR deberá elaborar la estructura organizativa de las aperturas inferiores a las que se aprueban por este acto en un plazo de CIENTO VEINTE (120) días, en concordancia con lo establecido por el Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994 y la Resolución de la ex Secretaría de la Función Pública Nº 422 del 13 de septiembre de 1994. Hasta su aprobación, quedarán vigentes las unidades existentes con la asignación de los respectivos cargos con funciones ejecutivas.

Art. 7º — Derógase el artículo 5º del Decreto Nº 402 del 13 de abril de 1998 por el cual se creara el Instituto Nacional de Seguridad, dependiente de la Subsecretaría de Seguridad de la Secretaría de Seguridad Interior del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Art. 8º — Transfiérese el REGISTRO NACIONAL OBLIGATORIO DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES - O.N.G., creado por el Decreto N° 422 del 27 de abril de 1999 y complementado por su similar Nº 916 del 23 de agosto de 1999, al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE.

Art. 9º — La transferencia dispuesta por el artículo precedente comprenderá los bienes y créditos presupuestarios vigentes a la fecha del presente y aquellas competencias oportunamente asignadas.

Art. 10. — Transfórmase en organismo desconcentrado a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INTERIOR. Dicha organización deberá elaborar en el plazo de CIENTO VEINTE (120) días un proyecto de estructura organizativa. El Servicio Administrativo Financiero de la citada Dirección Nacional será ejercido por la Dirección General del Servicio Administrativo Financiero dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del MINISTERIO DEL INTERIOR. Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias pertinentes, el Servicio Financiero de la Dirección Nacional de Migraciones continuará prestando sus servicios.

Art. 11. — Transfórmase en organismo desconcentrado a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INTERIOR. Dicha organización deberá elaborar en el plazo de CIENTO VEINTE (120) días un proyecto de estructura organizativa. El Servicio Administrativo Financiero de la citada Dirección Nacional será ejercido por la Dirección General del Servicio Administrativo Financiero dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del MINISTERIO DEL INTERIOR. Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias pertinentes, el Servicio Financiero de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas continuará prestando sus servicios.

Art. 12. — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las unidades organizativas del MINISTERIO DEL INTERIOR, como así también los órganos transferidos, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.

Art. 13. — Derógase el Decreto N° 489 de fecha 26 de junio de 2000.

Art. 14. — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con las partidas presupuestarias asignadas en el presupuesto del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Art. 15. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Ramón B. Mestre. — Domingo F. Cavallo. — Juan P. Cafiero.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

XI - MINISTERIO DEL INTERIOR

• SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS

• SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

• SECRETARIA DE PROVINCIAS

• SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES

• SUBSECRETARIA DE COORDINACION

• SUBSECRETARIA DE INTERIOR

• SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS OBJETIVOS:

OBJETIVOS

1- Participar en las relaciones interprovinciales y en la intervención del Gobierno Federal en las provincias.

2- Asistir en las relaciones con los Gobiernos de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires asesorando en las cuestiones regionales y municipales.

3- Promover políticas públicas a nivel federal y regional tendientes a la armonización con las políticas correspondientes al Gobierno Nacional.

4- Supervisar la gestión política de los proyectos de asistencia y reforma del sector público de los estados provinciales.

5- Promover el establecimiento de acuerdos y pactos federales para propender a una mayor coordinación en la implementación de políticas nacionales, provinciales, municipales y regionales.

6- Reunir, conservar y tener disponible para su consulta o utilización la documentación escrita, fotográfica, fílmica, videográfica, sonora y legible por máquina, que interese al país como testimonio acerca de su ser y acontecer.

7- Intervenir en la tramitación de los exhortos judiciales.

8- Establecer las políticas de funcionamiento del Archivo General de la Nación

9- Coordinar los aspectos técnicos, operativos y administrativos de las Redes y Servicios de Telecomunicaciones y teleinformáticos del Ministerio, relacionadas con la Seguridad Interior y las relaciones interprovinciales.

10- Programar, planificar, ejecutar y realizar el seguimiento de la política de relaciones institucionales, así como también su permanente actualización legislativa.

11- Realizar el estudio de las normas que hagan a la plena vigencia de los derechos y garantías constitucionales.

12- Asistir en la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus instituciones representativas.

13- Fomentar el federalismo a través de la participación de organizaciones juveniles de todo el país en las actividades del Instituto de Capacitación Política, realizando cursos y seminarios en forma coordinada y conjunta con gobiernos provinciales y organizaciones no gubernamentales.

14- Intervenir en la determinación de pautas destinadas a coordinar la ejecución de planes, programas y proyectos referidos a objetivos y cursos de acción en materia comunitaria.

15- Entender en la elaboración, ejecución y control de las políticas inherentes a la promoción de los intereses de la comunidad y sus instituciones representativas.

16- Asistir en los temas de la Comisión Nacional de Ex-Combatientes de Malvinas.

17- Intervenir en las reformas atinentes al régimen de los Partidos Políticos y en el análisis de los proyectos de legislación nacional en los que sea necesario coordinar normas nacionales y provinciales.

18- Entender en las propuestas de reforma de la Constitución Nacional y en las relaciones con las Convenciones que se reúnan a tal efecto.

19- Supervisar el accionar del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

OBJETIVOS

1- Asistir al Ministro en todo lo concerniente a la Seguridad Interior: preservar la libertad, la vida y el patrimonio de los argentinos, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático.

2- Dirigir el esfuerzo Nacional de la Policía, planificando y coordinando las acciones individuales y de conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, atendiendo a todo lo que a ellas concierne en cuanto a su preparación, doctrina y equipamiento.

3- Coordinar y ejecutar las acciones de prevención y respuesta requeridas para la protección civil de los ciudadanos ante hechos del hombre y de la naturaleza.

4- Entender en la organización, doctrina, despliegue, equipamiento y esfuerzos operativos de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Policiales.

5- Elaborar las medidas necesarias para el cumplimiento de las políticas que hacen a la protección de la comunidad colaborando con los entes nacionales, provinciales o privados, frente a desastres naturales o causados por el hombre, y a ilícitos que por naturaleza sean de su competencia.

6- Formular el diagnóstico de la situación de la Seguridad Interior en el MERCOSUR e impulsar la coordinación de políticas de seguridad conjuntas con los países miembros.

7- Supervisar el accionar individual o conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior.

8- Entender en la producción de Inteligencia e Información que compete a las fuerzas nucleadas en el Ministerio del Interior.

9- Intervenir en la distribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados para el logro de los objetivos en función de lo prescripto por la Ley de Seguridad Interior.

10- Coordinar la formulación de planes de mediano y largo plazo de capacitación inversión, equipamiento y bienestar de las fuerzas, en el marco del sistema de Seguridad Interior.

SECRETARIA DE PROVINCIAS

OBJETIVOS

1. Diseñar planes y coordinar acciones en materia económica con los Gobiernos de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, asesorando en la formulación y gestión de proyectos de carácter federal.

2. Administrar el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias, propiciando que la administración de los mismos tienda a mejorar la actividad económica y la calidad de vida en las diferentes regiones.

3. Coordinar con el Ministerio de Economía el desarrollo de las políticas y programas de asistencia a las Provincias.

4. Instrumentar la asistencia técnica y económica financiera a los estados provinciales para ejecutar programas tendientes a la modernización de las instituciones públicas provinciales.

5. Intervenir en lo atinente a cuestiones interprovinciales e intermunicipales.

6. Integrar la conducción de la Corporación Antiguo Puerto Madero Sociedad del Estado y supervisar en lo que hace a su competencia, el funcionamiento de la misma.

7. Entender en los asuntos municipales.

8. Coordinar las políticas inherentes a la regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo regional.

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES

OBJETIVOS

1- Elaborar y ejecutar la reforma política de las administraciones municipales.

2- Promover asistencia técnica para la modernización de los sistemas administrativos locales

3- Proponer medios tendientes a la formulación y ejecución de políticas de descentralización.

4- Promover la capacitación, asistencia técnica e información a los gobiernos municipales.

5- Realizar el relevamiento de opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento de los sistemas política y electoral.

6- Desarrollar actividades tendientes a la capacitación y formación de jóvenes políticos de distintas extracciones partidarias y organizaciones sociales, a través de la enseñanza de materias propias de disciplinas afines al quehacer político y del contacto e interacción con actores políticos y sociales.

7- Coordinar el accionar del Instituto Federal de Asuntos Municipales (IFAM)

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

OBJETIVOS

1- Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4- Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

5- Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos perteneciente a sus organismos descentralizados.

6- Coordinar en lo atinente a las cuestiones administrativas de las áreas que conforman el Ministerio del Interior y las entidades descentralizadas dependientes del mismo.

7- Coordinar la aplicación de políticas de recursos humanos, organización y sistemas de administración, ordenar la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios, supervisar las actividades.

8- Coordinar con la UAI (Unidad de Auditoría Interna) y la SIGEN (Sindicatura General de la Nación) la observancia de la aplicación de los Sistemas de Control interno.

9- Gestionar y asistir en la asignación y en la supervisión de la ejecución de fondos con destino a las provincias provenientes de los organismos multilaterales de crédito, organismos no gubernamentales y fuentes de financiamiento bilateral, así como de los recursos que se destinen a la reforma de los sectores públicos provinciales, Municipales y la Ciudad de Buenos Aires.

SUBSECRETARIA DE INTERIOR

OBJETIVOS

1- Coordinar la programación de la política electoral nacional.

2- Proponer las medidas pertinentes para agilizar y perfeccionar la mecánica del proceso de conformación del Registro Nacional de Electores y conservar los ejemplares autenticados del padrón electoral.

3- Proponer los proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios que le competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.

4- Coordinar con los organismos involucrados en su ejecución todos los aspectos operativos vinculados con la programación y desarrollo de los actos electorales nacionales.

5- Realizar estudios estadísticos de los actos eleccionarios, proporcionar a los sectores correspondientes los resultados obtenidos y reunir, procesar y difundir la información relativa a los mismos.

6- Efectuar la concesión de franquicias y el otorgamiento y distribución de los aportes del Fondo Partidario Permanente, a las agrupaciones políticas.

7- Diseñar los mecanismos para las relaciones político-institucionales del Ministerio con las provincias y las regiones.

8- Atender los planteos y requerimientos de naturaleza política que formulen las provincias y las regiones a este Ministerio.

9- Proponer la ejecución de planes, programas y proyectos referidos a las provincias y las Municipalidades del Interior del país y a la temática regional.

10- Sistematizar la información sobre la realidad socioeconómica e institucional de las Provincias y sus municipios con el fin de obtener un cuadro permanente de situación.

11- Proponer y planificar las políticas, planes y proyectos en materia poblacional.

12- Elaborar estudios e investigaciones tendientes a facilitar definiciones de políticas demográficas.

13- Supervisar el accionar de la Dirección Nacional de Migraciones.

14- Supervisar el funcionamiento del Registro Nacional de las Personas y coordinar el debido cumplimiento de las normas previstas en la Ley Nº 17.671 de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional.

ANEXO II

SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS

INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL

RACISMO

OBJETIVOS

1. Elaborar políticas nacionales y medidas concretas para combatir la discriminación, la xenofobia y el racismo, impulsando y llevando a cabo acciones con tal fin.

2. Actuar como organismo de aplicación de la Ley Nro. 24.515 velando por su cumplimiento y la consecución de sus objetivos, a través del análisis de la realidad nacional en materia de discriminación, xenofobia y racismo, y la elaboración de informes y propuestas con respecto a dichos temas.

3. Difundir los principios normados por la Ley Nro. 23.592, normas concordantes y complementarias, así como los resultados de los estudios que realice o promueva y las propuestas que formule.

4. Diseñar e impulsar campañas educativas tendientes a la valoración del pluralismo social y cultural y a la eliminación de actitudes discriminatorias, xenofóbicas o racistas, participando en la ejecución de estas campañas.

5. Recopilar y mantener actualizada la información sobre el Derecho Internacional y extranjero en materia de discriminación, xenofobia y racismo, estudiar esos materiales y elaborar informes comparativos sobre los mismos.

6. Recibir y centralizar denuncias sobre conductas discriminatorias, xenofóbicas o racistas y llevar un registro de ellas.

7. Constituir un registro en el que se reunirán todos los documentos, pruebas y evidencias vinculadas con los objetivos del INADI.

8. Brindar un servicio de asesoramiento integral y gratuito para personas o grupos discriminados o víctimas de xenofobia o racismo.

9. Proporcionar patrocinio gratuito y, a pedido de parte interesada, solicitar vistas de las actuaciones judiciales, o administrativas relativas a los temas de su competencia.

10. Proporcionar al Ministerio Público y a los tribunales judiciales asesoramiento técnico especializado en los asuntos relativos a la temática de su competencia.

11.Informar a la opinión pública sobre actitudes y conductas discriminatorias, xenofóbicas o racistas que pudieran manifestarse en cualquier ámbito de la vida nacional, especialmente en las áreas de educación salud, acción social y empleo, provengan ellas de autoridades públicas o entidades o personas privadas.

12. Constatar, prima facie, la existencia en el territorio argentino de personas que, durante la Segunda Guerra Mundial o con posterioridad a ella, participaron en el exterminio de pueblos o en la muerte de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad u opinión política; y cuando corresponda, efectuar las denuncias ante las autoridades competentes.

13. Promover e impulsar cuando existan suficientes evidencias y de acuerdo a lo previsto en el artículo 43 de la Constitución Nacional, las acciones judiciales y administrativas pertinentes con relación a las personas comprendidas en el punto anterior.

14. Establecer vínculos de colaboración con organismos nacionales o extranjeros, públicos o privados, que tengan similares objetivos a los asignados al presente Instituto.

15. Proponer al organismo competente, la celebración de nuevos tratados sobre extradición.

16. Celebrar convenios con organismos y/o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, con el objeto de propender a dar cabal cumplimiento a los objetivos asignados a este Instituto.

SUBSECRETARIA DE INTERIOR

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

OBJETIVOS

1- Fiscalizar el cumplimiento de las normas migratorias e intervenir en la ejecución de las políticas, planes y proyectos para efectivizar el control migratorio.

2- Dictar normas interpretativas de la legislación migratoria vigente, establecer los procedimientos inherentes a su aplicación y sancionar las infracciones a dichas normas.

3- Intervenir en la celebración de acuerdos administrativos u operativos con organismos extranjeros e internacionales de población y migración, como así también promover y participar en la concertación de tratados sobre estas cuestiones.

4- Resolver la admisión de extranjeros e intervenir en las peticiones de asilo político territorial y de refugio que aquellos formulen.

5- Controlar el ingreso y egreso de personas al país, habilitar los lugares para tales efectos y controlar la permanencia de los extranjeros en el Territorio Nacional.

6- Ejercer las actividades inherentes a los registros de ingreso y egreso de personas y de permanencia de extranjeros, así como también intervenir en la celebración y coordinación de los convenios pertinentes con organismos y autoridades nacionales, provinciales y municipales.

7- Delegar funciones y facultades en las instituciones que cumplan tareas de Policía Migratoria Auxiliar.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

OBJETIVOS

1. Coordinar el debido cumplimiento de las normas previstas en la Ley Nro. 17.671 referida a Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional.

2. Efectuar la inscripción e identificación de las personas de existencia visible que se domicilien en territorio o jurisdicción nacional, y de todos los argentinos, se cual fuere el lugar donde se domiciliaren, llevando un registro permanentemente actualizado de los antecedentes de mayor importancia, desde su nacimiento y a través de las distintas etapas de su vida.

3. Expedir, en forma exclusiva, el Documento Nacional de Identidad.

4. Efectuar la clasificación y procesamiento de la información relacionada con el Potencial Humano Nacional con el fin de satisfacer ante el Gobierno Nacional, Organismos del Estado y Entes Particulares que lo requieran, las exigencias previstas en su Ley de creación.

5. Intervenir con los organismos competentes en la realización coordinada de las actividades estadísticas tendientes a asegurar el censo permanente de las personas.

UNIDAD MINISTRO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Establecer y asegurar la aplicación de los sistemas de control interno basados en principios de economía, eficiencia y eficacia.

ACCIONES

1. Elaborar el plan anual y global de la Unidad de Auditoría Interna, conforme a las normas vigentes.

2. Producir información integral e integrada sobre la gestión de las distintas áreas del Ministerio, analizando el cumplimiento de las políticas y metas establecidas por la Autoridad Superior.

3. Asesorar a la Autoridad Superior sobre los sistemas y procedimientos que resulten convenientes aplicar o modificar en la organización, como asimismo efectuar recomendaciones respecto de los desvíos que se detecten.

4. Poner en conocimiento de la Autoridad Superior y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION los actos que hubiesen acarreado o se estimen puedan acarrear perjuicios para el patrimonio de la Jurisdicción.

5. Evaluar la precisión de la regularidad contable en las registraciones y las medidas de salvaguarda tomadas para el acceso restringido a los activos líquidos, fijos, documentación y registros.

6. Emitir informes periódicos sobre los controles de auditoría interna de revisión limitada especiales y financieros sobre la materia objeto de control.

7. Diagnosticar sobre el grado de confiabilidad de los sistemas de información analizados, tomando como base la existencia de disciplinas de control y controles contables básicos.

DEPARTAMENTO APOYO ADMINISTRATIVO

ACCIONES

1. Recibir, clasificar y presentar al Ministerio del Interior las actuaciones, correspondencia y demás documentación que ingresen directamente a su despacho y dar traslado de las mismas a las áreas competentes cuando corresponda.

2. Ingresar toda la correspondencia recibida a una base de datos creada a tal efecto, con la finalidad de brindar una respuesta inmediata acerca del trámite seguido por la documentación.

3. Realizar el seguimiento y confeccionar informes sobre trámites de interés prioritario para el Ministro.

DEPARTAMENTO CEREMONIAL Y AUDIENCIAS

ACCIONES

1. Programar y organizar las audiencias.

2. Coordinar los actos protocolares a que asista el Ministerio o los Secretarios y Subsecretarios, en los casos en que éstos lo representen.

3. Asistir en el protocolo para los actos oficiales.

4. Participar en la programación y organización de los viajes del Ministro al interior del pais.

DEPARTAMENTO PRENSA

ACCIONES

1. Mantener contactos con los medios de comunicación masiva.

2. Programar la difusión de las informaciones de la Jurisdicción en el ámbito nacional.

3. Analizar y evaluar la información periodística que se refiera o interese a la Jurisdicción. Elaborar la síntesis de las informaciones locales y del extranjero.

4. Asistir al Ministro en conferencias de prensa y reportajes.

SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS

DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS POLITICOS Y REFORMA POLITICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir al Secretario de Asuntos Políticos en los temas relacionados con la declaración del estado de sitio, la intervención del gobierno federal a las provincias y las leyes de amnistía política.

Participar en las relaciones con los partidos políticos y en el relevamiento de opiniones y formulación de propuestas tendientes a fortalecer las instituciones democráticas.

ACCIONES

1- Asistir al Secretario de Asuntos Políticos en los actos relacionados con la intervención del Gobierno Federal a las Provincias.

2- Asistir al Secretario de Asuntos Políticos en los actos relacionados con las leyes de amnistía política.

3- Asistir al Secretario de Asuntos Políticos en los actos relacionados con la declaración del estado de sitio y sus efectos.

4- Realizar estudios de opinión pública y diagnósticos de la realidad socio política en todo el territorio de la Nación con el objeto de formular propuestas vinculadas al perfeccionamiento del sistema representativo y federal.

5- Promover la realización de actividades relacionadas con el fortalecimiento de las instituciones democráticas.

6- Realizar el relevamiento de opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos y normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento de los sistemas político y electoral.

7- Participar en la confección de los actos relacionados con la concesión del derecho de asilo.

8- Participar en la realización de los actos de carácter patriótico, efemérides, feriados, custodia de emblemas y símbolos nacionales, uso de emblemas y símbolos extranjeros e intervenir en lo relativo a la erección y emplazamiento de monumentos.

9- Entender en el diligenciamiento de los exhortos judiciales.

10- Participar en los temas relacionados con la reforma de la Constitución Nacional y en las relaciones con las Convenciones que se reúnan a tal efecto.

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD Y ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES.

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Articular la participación organizada de las instituciones representativas y estructuras intermedias de la comunidad en la resolución de las demandas sociales y económicas de los sectores involucrados.

Elaborar, diseñar y proponer alternativas de articulación entre el Estado Federal, los países miembros del MERCOSUR y sus respectivas Organizaciones No Gubernamentales.

Entender en la formulación, ejecución y seguimiento de los anteproyectos de reforma institucionales y en el seguimiento de la política de relaciones institucionales con su permanente actualización legislativa.

Asistir en las relaciones institucionales con los Gobiernos de las Provincias y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, asesorando en las cuestiones regionales, interprovinciales y municipales.

Elaborar, diseñar y proponer alternativas de articulación que faciliten y fortalezcan la vinculación de las diferentes instituciones con el Gobierno federal y otros organismos.

ACCIONES

1- Proponer y asistir en la planificación, elaboración, seguimiento y ejecución de las políticas comunitarias en el marco de sus instituciones representativas.

2- Asesorar en la elaboración de distintas normativas que vinculen las diferentes realidades comunitarias en el marco del Estado Federal.

3- Elaborar proyectos de normas legales tendientes a facilitar la existencia de organizaciones representativas de la comunidad y realizar el estudio comparado de legislación nacional y extranjera sobre esta temática.

4- Dirigir, ejecutar y evaluar programas, proyectos, medidas e incentivos tendientes a fomentar la participación ciudadana, así como su articulación con las demandas sociales.

5- Apoyar la creación y el fortalecimiento de instituciones representativas y estructuras intermedias de la comunidad, manteniendo actualizada la información correspondiente a las mismas.

6- Elaborar, coordinar y ejecutar programas de fortalecimiento institucional, con Cámaras de Comercio, Cámaras Industriales y Organizaciones Sociales.

7- Diseñar, ejecutar y evaluar programas tendientes a la capacitación de las entidades gubernamentales y no gubernamentales cuyo objeto sea generar propuestas tendientes a satisfacer las demandas de la comunidad.

8- Realizar el relevamiento de las demandas de las instituciones representativas y estructuras intermedias de la comunidad y coordinar con los organismos de gobierno que resulten pertinentes la implementación de las medidas conducentes a su satisfacción.

9- Brindar asesoramiento para la elaboración de proyectos que requieran de asistencia técnica, financiera y/o económica de organismos nacionales e internacionales gubernamentales y no gubernamentales.

10- Promover Políticas tendientes a la articulación comunitaria a través de la conformación de Redes de Organizaciones No Gubernamentales nacionales y entre los países pertenecientes al MERCOSUR.

11- Realizar estudios tendientes a formular propuestas para el desarrollo de proyectos especiales referidos a objetivos prefijados en materia comunitaria, principalmente en problemáticas vinculadas a las de coyuntura o de emergencia económica o social.

12- Dirigir el programa de servicio de atención telefónico a la comunidad (El Nº de la Comunidad).

13- Asistir al Secretario de Asuntos Políticos en el análisis de los proyectos de legislación nacional en los que sea necesario coordinar normas nacionales y provinciales.

14- Elaborar anteproyectos de reformas, actualización y adecuación de la legislación en materia institucional y partidos políticos.

15- Realizar estudios tendientes a formular proyectos referidos a reformas constitucionales.

16- Efectuar el estudio y seguimiento de leyes y anteproyectos que hagan a la plena vigencia de las normas constitucionales, detectando desvíos o conflictos que puedan producirse y proponer las adecuaciones que correspondan.

17- Diseñar, planificar y ejecutar programas de asistencia técnica y económico-financiera para facilitar la aplicación de leyes sancionadas por las legislaturas provinciales y municipales.

18- Elaborar, planificar y ejecutar programas de asistencia técnica y capacitación que faciliten una mejor articulación entre las Instituciones de carácter público y/o privado con el Gobierno Federal.

19- Brindar asesoramiento a los efectos de articular de manera eficaz las relaciones entre instituciones afines, para un mejor cumplimiento de los objetivos, proponiendo a la generación de redes.

DIRECCION GENERAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Reunir, conservar y tener disponible para su consulta o utilización la documentación escrita, fotográfica, fílmica, videográfica, sónica y legible por máquina, que interese al país como testimonio acerca de su ser y acontecer, sea ella producida en forma oficial, adquirida o donada por instituciones privadas o particulares.

1- Efectuar el seguimiento de la documentación pública en general, su conservación y su destino, en permanente contacto con los organismos del Estado.

2- Promover sistemas y medidas que permitan la incorporación, selección, clasificación, ordenamiento y descripción de los fondos documentales, su custodia y conservación, como asimismo su consulta e investigación.

3- Elaborar proyectos sobre normativa nacional referida a archivos, supervisar el cumplimiento de la vigente y prestar asesoramiento archivístico a otros organismos públicos.

4- Difundir el conocimiento del acervo documental del Organismo y sus actividades y prestar asesoramiento histórico-archivístico, promoviendo la formación técnico-profesional y el intercambio con otros organismos del país y del extranjero que estén vinculados al quehacer archivístico.

5- Promover medidas tendientes a la localización y potencial incorporación de documentación perteneciente a personas o instituciones privadas.

6- Participar en organismos, reuniones o proyectos nacionales o internacionales.

DIRECCION DE SISTEMAS, REDES, TELECOMUNICACIONES Y ENLACES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar y supervisar los aspectos operativos, técnicos y administrativos de los Sistemas, las Redes y Servicios de Telecomunicaciones del Ministerio, destinados a las relaciones entre los Organismos Gubernamentales de nivel nacional, provincial y municipal.

ACCIONES

1- Ejercer la Jefatura de la Estación Principal de la Red y del Centro de Procesamiento de Comunicaciones.

2- Asesorar en todo lo concerniente a las telecomunicaciones y microcomunicaciones.

3- Instalar, operar y mantener los medios y facilidades de los sistemas de comunicaciones.

4- Confeccionar, proveer y controlar el cumplimiento de reglamentaciones técnicas vigentes por el empleo y uso de los medios.

5- Mantener relaciones y enlaces con los servicios de comunicaciones de los Organismos de Gobierno en el ámbito nacional, provincial y municipal.

6- Coordinar los aspectos funcionales con las empresas proveedoras de servicios y sistemas de telecomunicaciones.

7- Asesorar en todo lo concerniente a la renovación y adquisición de equipamiento de telecomunicaciones terrestres, satelitales, vinculadas con la misión y proponer las modificaciones a los sistemas de telecomunicaciones con el fin de adecuar los medios a las circunstancias del servicio y a la tecnología de última generación.

8- Instalar, operar y mantener los sistemas informáticos.

INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACION POLITICA

ACCIONES

1- Organizar cursos y seminarios en el campo del derecho la política la economía, las ciencias sociales, las relaciones internacionales, la integración regional, la gestión pública y la extensión federal.

2- Realizar estudios, investigaciones y proyectos especiales en las áreas mencionadas en el apartado precedente.

3- Propiciar el intercambio de la dirigencia política nacional e internacional con los alumnos.

4- Promover convenios de cooperación con los gobiernos provinciales, municipales y universidades para la concreción de los cursos oficiales del Instituto en sus jurisdicciones.

5- Promover la especialización de los alumnos en instituciones internacionales afines a través de becas, subsidios o convenios de intercambio.

COMISION NACIONAL DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Coordinar a nivel nacional los distintos programas de carácter social, existentes o que se puedan crear en el futuro, que tengan por objeto el otorgar beneficios a los excombatientes que participaron en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982, posibilitando su ingreso en forma preferencial.

ACCIONES:

1. Recopilar y ordenar toda la información existente en el ámbito del Estado Nacional, Estados Provinciales y Municipios sobre programas de salud, empleo, vivienda, acción social, capacitación y toda otra materia que resulte de interés para los ex soldados conscriptos, oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y civiles convocados que participaron activa y efectivamente en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur para la recuperación de las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, entre el 2 de abril y el 1º de junio de 1982.

2. Coordinar e impulsar los reclamos e inquietudes, individuales o grupales de los mismos ante los diversos órganos del Estado Nacional, Estados Provinciales y Municipios.

3. Representar al Estado Nacional en su relación con las distintas organizaciones o asociaciones que nucleen a los Veteranos de Guerra y Familiares de Caídos en Combate en las acciones bélicas del Atlántico Sur.

4. Crear y llevar un Registro actualizado de las entidades referidas en el punto anterior.

5. Promover la realización de estudios e investigaciones en relación a los proyectos ya existentes o a otros nuevos que estime necesario emprender.

6. Estudiar y recomendar la elaboración de normas, proyectos o acciones que resulten de especial interés para los ex combatientes que participaron de las acciones bélicas del Atlántico Sur.

7. Analizar la totalidad de la normativa vinculada con los beneficios sociales que se otorgan a ex combatientes en distintas jurisdicciones, procurando su unificación para evitar discriminaciones entre éstos, realizando un continuo seguimiento del cumplimiento de la normativa vigente.

8. Estudiar y recomendar la elaboración de los proyectos de normas y/o la modificación de las vigentes en la materia, destinadas a tipificar inequívoca y unificadamente la condición de Veterano de Guerra.

9. Investigar las razones del crecimiento del padrón de Veteranos de Guerra obrante en las Fuerzas Armadas y Ministerio de Defensa desde la finalización del conflicto bélico hasta la actualidad, y elevar dentro del término de 180 días al Ministerio del Interior, un informe detallado en tal sentido conteniendo las eventuales irregularidades que se hayan cometido en el manejo de dichos listados y una propuesta para su saneamiento, si así correspondiere.

10. Organizar en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en los aspectos de su competencia específica, los viajes a realizar a las Islas Malvinas de los familiares de los Caídos en combate.

11. Requerir de toda dependencia de la Administración Pública Nacional, entes autárquicos, organismos descentralizados, Fuerzas Armadas y de Seguridad, toda información que la Comisión considere necesaria para el cumplimiento de su cometido.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION Y ANALISIS PARA LA PREVENCION DEL DELITO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejercer la dirección funcional, coordinación y control de la actividad de los órganos de información e inteligencia de la Policía Federal Argentina, como también de los pertenecientes a la Gendarmería Nacional y a la Prefectura Naval Argentina, en estos últimos casos exclusivamente a los efectos concernientes a la seguridad interior, y de los existentes a nivel provincial de acuerdo a los convenios que se celebren, según lo previsto en el artículo 16 de la Ley Nº 24.059.

Entender en la producción de inteligencia, a fin de satisfacer las necesidades del Ministerio del Interior, del Consejo de Seguridad Interior y de la Secretaría de Seguridad Interior, y optimizar la toma de decisiones a fin de orientar el planeamiento de las actividades preventivas, disuasivas y de apoyo a la comunidad derivadas de las políticas de seguridad interior.

Ejercer la coordinación de los esfuerzos de producción de inteligencia referida a delitos complejos.

ACCIONES

1- Elaborar inteligencia sobre situaciones de interés desde el punto de vista de la Seguridad Interior para asistir a la conducción superior de la Secretaría de Seguridad Interior y del Ministerio del Interior.

2- Colaborar con la Dirección de Asuntos Regionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en lo atinente a la producción de inteligencia.

3- Elaborar los requerimientos y pedidos de información en materia de inteligencia y para la Seguridad Interior solicitados por la Dirección de Asuntos Regionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, según necesidades de conocimiento, autorizadas por el Secretario de Seguridad Interior.

4- Asistir a la Secretaría de Seguridad Interior en todos los asuntos de inteligencia que se traten en el Consejo de seguridad Interior y el Comité de Crisis.

5- Asistir a la Secretaría de Seguridad Interior en todos los asuntos de inteligencia que se traten en el Consejo de Seguridad Interior y el Comité de Crisis.

6- Proponer a la Secretaría de Seguridad Interior el Plan de Reunión de información del Esfuerzo Nacional de Policía para la Seguridad Interior de la Nación.

7- Presidir las reuniones periódicas de los titulares de los órganos de inteligencia de las Fuerzas de Seguridad y Policiales.

8- Proporcionar, según disponga el Secretario de Seguridad Interior, inteligencia a otros Ministros, Secretarios y Subsecretarios.

9- Dirigir el esfuerzo para la obtención de la información incluida en el Plan de Reunión de inteligencia para la seguridad interior.

10- Atender los requerimientos y pedidos de información de las Fuerzas de Seguridad, policiales y de los organismos cooperantes del sistema, emergentes del Esfuerzo Nacional de Policía, según sus necesidades de conocimiento, autorizadas por el Secretario de Seguridad interior.

11- Asistir a la Secretaría de Seguridad Interior en todo lo concerniente a la situación de Seguridad Interior y del MERCOSUR, garantizando una capacidad de anticipación, dominio de la realidad y oportuno conocimiento de hechos imprevistos.

12- Administrar un banco de datos informatizado sobre cuestiones atinentes a la seguridad interior en base a los productos generados por la propia Dirección y a los aportes de los órganos de inteligencia de las Fuerzas de Seguridad y Policiales así como los originados en el Sistema Nacional de Inteligencia, en este último caso, en lo atinente a la seguridad interior.

13- Mantener actualizada la situación de inteligencia referida al Esfuerzo Nacional de Policía.

14- Coordinar a los organismos de inteligencia de las Policías y de las Fuerzas de Seguridad en lo concerniente a la producción de inteligencia para la prevención e investigación de delitos, en particular de crímenes complejos o en los que se emplee medios avanzados de tecnificación o se encuentren asociados a conexiones locales, interjurisdiccionales e internacionales o que puedan producir alto impacto de victimizaciones.

15- Supervisar la metodología y calidad de la producción de la inteligencia mencionada y realizada por los organismos citados en el párrafo anterior.

DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD REGIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir y asesorar al Secretario de Seguridad Interior en lo referido a las políticas y acciones en materia de seguridad interior en el MERCOSUR, en los ámbitos regional y continental.

Formular el diagnóstico de la situación de Seguridad en el MERCOSUR y asesorar al Secretario de Seguridad Interior en lo referente a la coordinación de políticas de seguridad conjunta con los países miembros.

Interactuar con las instancias técnicas bilaterales, regionales y continentales en la materia.

Intervenir en el ejercicio de las funciones de superintendencia referidas a la Seguridad de Fronteras y asesorar en la elaboración de la doctrina, políticas y legislación en la materia.

ACCIONES

1- Asistir y asesorar al Secretario de Seguridad Interior, en todo lo concerniente al área de su competencia respecto de la seguridad en el ámbito del MERCOSUR, en los ámbitos regional y continental.

2- Elaborar la normativa relativa a la seguridad en el ámbito del MERCOSUR, en los ámbitos regional y continental.

3- Supervisar la coordinación con otras instituciones policiales y de seguridad extranjera a los fines del cumplimiento de los acuerdos internacionales en los que nuestro país haya sido signatario.

4- Procurar y difundir a autoridades y dependencias competentes estudios científicos e informes de inteligencia en materias de su incumbencia.

5- Ejercer la titularidad de la Delegación Argentina ante el Comando Tripartito de la Zona de la Triple Frontera.

6- Ejercer la titularidad de la Delegación argentina ante las Unidades de Coordinación Conjunta.

7- Apoyar a través de las acciones pertinentes el funcionamiento del Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE).

8- Participar en el Foro de la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR, Bolivia y Chile.

Asimismo, participar en todas las comisiones y subcomisiones correspondientes en el marco de este Foro.

9- Participar en toda otra instancia técnica bilateral, regional o continental en representación del Secretario de Seguridad.

10- Intervenir en el ejercicio de las funciones de superintendencia referidas a la seguridad de Fronteras, en la administración y coordinación de los Centros y Pasos de Frontera y en el ejercicio de la Policía de Radicación en las Zonas de Seguridad de Fronteras y asesorar en la elaboración de la doctrina, políticas y legislación en dicha materia.

DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO Y CONTROL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir y asesorar al Ministerio del Interior y al Comité de Crisis en la conducción de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad a los efectos derivados de la Ley 24.059.

Elaborar la planificación operativa e implementar la coordinación y supervisión de las acciones individuales y de conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, según lo previsto en la Ley 24.059.

Cooperar con la Dirección Nacional de Políticas de Seguridad y Protección Civil en la elaboración de la doctrina, organización, despliegue, capacitación y equipamiento de las Fuerzas de seguridad y policiales nacionales para el mejor cumplimiento de las misiones asignadas en coordinación con las policías provinciales.

Intervenir en los aspectos operativos y de coordinación en materia delictiva de seguridad de frontera.

ACCIONES

1- Confeccionar y mantener actualizado el Cuadro de situación en materia delictiva y conflictos sociales a nivel nacional.

2- Ejecutar la planificación de nivel operativo, coordinación y supervisión referida a la aplicación de la Ley 24.059 de Seguridad Interior.

3- Elaborar el planeamiento estratégico operativo de respuesta a los conflictos sociales y situaciones de hecho que imponga la intervención del Estado Nacional.

4- Desempeñarse como núcleo de elaboración de acciones coordinadas entre los distintos elementos componentes de la Secretaría de Seguridad Interior.

5- Suministrar el alerta a los distintos funcionarios responsables y niveles de coordinación de la Secretaría de Seguridad interior acerca de hechos de trascendencia que ameriten la toma de conocimiento inmediato y la celeridad en las decisiones, mediante funcionamiento continuo y permanente.

6- Realizar la coordinación del Esfuerzo Nacional de Policía en los aspectos que se le ordene.

7- Implementar la coordinación de los requerimientos originados en cualquiera de los poderes del estado, organismos estatales y entidades públicas o privadas que se vinculen con la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval argentina, en los temas de su competencia.

8- Desempeñarse como Sala de Situación para el Comité de Crisis creado por el artículo 13 de la Ley 24.059.

DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIVIL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Secretario de Seguridad Interior en lo referido a la vinculación permanente del Ministerio del Interior con la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, administrar tal vinculación y coordinar las comunicaciones entre el Ministerio del Interior los servicios policiales de todo el país y las Fuerzas de Seguridad.

Asesorar en la elaboración de la doctrina, políticas, organización, despliegue, formación y capacitación, equipamiento personal y legislación de las Fuerzas de Seguridad y Policías Nacionales para el mejor cumplimiento de las misiones asignadas en coordinación con las Policías Provinciales y supervisar los modos de actuación de las Fuerzas de Seguridad y Policiales.

Intervenir en la interacción con los sectores en materia de participación ciudadana en lo relativo a seguridad pública, y entender y coordinar, según corresponda, los estudios y acciones de seguridad en materia de deportes, espectáculos y actos públicos, así como en todo lo atinente a la seguridad privada, según la legislación vigente.

Atender las demandas o denuncias por abuso funcional y corrupción de los funcionarios de las fuerzas de seguridad y policiales, dando inmediata intervención a las autoridades judiciales o Ministerio Público Fiscal y a organismos administrativos de instrucción de sumarios competentes.

Preservar la vida, los bienes y el hábitat de la población ante desastres de origen natural o causados por el hombre.

Asistir al Secretario de Seguridad Interior en todo lo atinente al resarcimiento de los efectos que producen las situaciones de emergencia y catástrofe, y en la implementación de acciones preventivas y de estimulo que hagan al desarrollo de las infraestructuras provinciales y regionales.

ACCIONES

1- Participar en la formulación de la Agencia del Consejo de Seguridad Interior, redactar las actas de sus funciones ordinarias y extraordinarias y tramitar toda otra documentación que genere su funcionamiento.

2- Elaborar los proyectos normativos relacionados con el sistema de seguridad interior y sus componentes, y realizar las tareas relacionadas con la supervisión del Convenio Policial Argentino y los estudios vinculados con Convenios nacionales e internacionales.

3- Asistir en la elaboración de la doctrina, políticas, organización despliegue, formación y capacitación, de las Fuerzas de Seguridad y Policías Nacionales para el mejor cumplimiento de las misiones asignadas en coordinación con las policías provinciales y en conjunción con las instancias actuantes en materia de Participación Ciudadana.

4- Proponer medidas de racionalización y optimización del equipamiento de las Fuerzas de Seguridad y policiales, su actualización, estandarización y homogeneización, y asistir y asesorar a la Secretaría de Seguridad en la coordinación de las adquisiciones de materiales y equipamientos en función de los requerimientos individuales y existencia de las Fuerzas de Seguridad y Policiales y de las políticas de Seguridad Interior, e intervenir en la evaluación técnica de las solicitudes de exenciones aduaneras del equipamiento de las policías provinciales dispuestas por leyes especiales.

5- Intervenir en la tramitación de los actos administrativos y retiros y jubilaciones relacionados con el personal de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, que requieran la instancia institucional del Ministerio del Interior, así como la coordinación de trámites de dichas fuerzas originadas en aspectos administrativos y legales.

6- Intervenir en la coordinación de los requerimientos originados en cualquiera de los Poderes del Estado, organismos estatales y entidades públicas o privadas que se vinculen con la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, por temas de su competencia.

7- Intervenir en la concesión de las condecoraciones nacionales a civiles y condecoraciones extranjeras a funcionarios del Ministerio del Interior, Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina.

8- Intervenir en los aspectos técnicos de las representaciones de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, ante organismos internacionales, nacionales, provinciales, municipales, privados y en las comisiones existentes y a crearse.

9- Intervenir en las actividades relativas a la transferencia de los sistemas previsionales policiales al ámbito de la Nación.

10- Intervenir en la coordinación de las funciones administrativas y sustantivas de las Unidades Organizativas que integran la Secretaría de Seguridad Interior, con el objeto de optimizar la eficiencia de las mismas, así como en la interacción con otras instancias del Ministerio del interior y de los Gobiernos Provinciales vinculadas a la seguridad ciudadana.

11- Asesorar a la Secretaría de Seguridad Interior, en la coordinación y aplicación de normas legales y reglamentarias que hagan al funcionamiento del sistema de Seguridad Interior y los propios de cada una de las Fuerzas.

12- Desarrollar las tareas relacionadas con el asesoramiento al Secretario de Seguridad Interior, en todo lo concerniente al área de su competencia respecto de la coordinación general de la seguridad en el ámbito de los espectáculos deportivos, como así también en lo referido a la Participación Ciudadana en lo relativo a la seguridad pública, elaborar los proyectos de resoluciones y demás disposiciones y/o actos administrativos complementarios y programar campañas de difusión sobre las normas de seguridad en la materia, y colaborar en la actualización y adecuación de las reglamentaciones de las entidades deportivas relativas al futuro Régimen de Seguridad deportiva.

13- Realizar la coordinación general y el seguimiento técnico de las vinculaciones de la Secretaría de Seguridad Interior con los magistrados y demás funcionarios judiciales intervinientes en la seguridad en el deporte, espectáculos y actos públicos.

14- Realizar el seguimiento técnico-jurídico del sistema concesionado de informatización de venta de entradas, control de accesos y contratación de policía adicional, en lo relativo al régimen de seguridad deportiva, espectáculos y actos públicos.

15- Intervenir en las sanciones administrativas que imponga la Secretaría de Seguridad Interior como consecuencia del régimen de seguridad deportiva, así como de realizar el seguimiento de las sanciones impuestas por la Asociación de Fútbol Argentino y demás entidades deportivas por infracciones a las normas de seguridad.

16- Llevar un registro de infracciones e infractores a las normas de seguridad deportiva, así como de los procesos judiciales por violación de las disposiciones de Ley 24.192 y realizar el contralor global y técnico-jurídico del funcionamiento del sistema de seguridad en el deporte, espectáculos y actos públicos.

17- Fomentar y difundir la participación comunitaria e interactuar con las instancias de participación ciudadana en lo relativo a la seguridad pública, incluyendo también a las organizaciones no gubernamentales.

18- Formular la doctrina, política y planeamiento de la Protección Civil de la República Argentina.

19- Coordinar los planes y actividades de la Protección/Defensa Civil de las provincias y de la ciudad Autónoma de Buenos Aires.

20- Realizar la promoción, concientización, difusión, capacitación y ejercitación en materia de Protección Civil.

21- Coordinar la ayuda federal para casos de desastre o conmoción interior.

22- Organizar el registro de entidades intervinientes en las actividades de Protección/Defensa Civil.

23- Regular y fiscalizar a los Bomberos Voluntarios en los términos fijados por la ley Nº 25.054 y coordinar las actividades de Protección/Defensa Civil de la Cruz Roja Argentina, Guidismo-Scoutismo, Voluntarios de Defensa Civil Socorrismo y afines reconocidas oficialmente y radioaficionados.

24- Coordinar el apoyo de las Fuerzas de Seguridad, de la Policía Federal Argentina y de las Fuerzas Armadas a la Protección/Defensa Civil que pueda disponerse a efectos de la mitigación de desastres, respuesta a las necesidades de poblaciones afectadas por éstos y en las actividades de reconstrucción que se dispongan.

25- Integrar en representación de la Secretaría de Seguridad Interior cualquier esquema interministerial que pueda disponerse a efectos de la mitigación de desastres, respuesta a las necesidades de poblaciones afectadas por éstos y en las actividades de reconstrucción que se dispongan posteriormente.

26- Implementar, gestionar la tramitación y ejecutar las actividades resarcitorias para la población e instituciones afectadas por desastres y demás situaciones de fuerza mayor, que por su naturaleza y consecuencias hagan necesaria la instrumentación de medidas de emergencia.

27- Diseñar los sistemas de información relativos a los procedimientos y gestiones implementadas que permitan administrar una base de datos de la población damnificada.

SECRETARIA DE PROVINCIAS

DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA TECNICA Y FINANCIERA A PROVINCIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir técnicamente a las Provincias y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en el diseño, la implementación y el seguimiento del proceso de reforma de su Sector Público.

Promover el establecimiento de acuerdos y pactos federales, para propender a una mayor coordinación en la implementación de políticas nacionales, provinciales, municipales y regionales.

Diseñar planes y asistir en la administración del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a los Gobiernos provinciales y municipales.

ACCIONES

1- Efectuar el diagnóstico económico-financiero y organizacional del Sector Público en las Provincias y en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

2- Asistir técnicamente a las Provincias en la formulación de los proyectos de reforma.

3- Efectuar el seguimiento de los procesos de reforma que se implementen.

4- Articular la acción de los distintos organismos nacionales y federales que, en razón de la materia afectan a las Provincias y sus Municipios.

5- Asistir a los Gobiernos Provinciales en su descentralización administrativa, con el objeto de dar a sus Municipios una mayor participación en la gestión del Sector Público.

6- Organizar y administrar una base de datos de los indicadores provinciales y municipales relevante para la gestión del área.

7- Desarrollar planes y programas destinados a promover la movilización de los sectores productivos; diseñar políticas que tiendan a la transferencia de personal del Sector Público Provincial al Sector Privado.

8- Asistir a los ministerios de la producción provinciales en el estudio y desarrollo de propuestas que potencien la producción provincial y procuren el aprovechamiento local de los recursos humanos.

9- Promover y organizar programas que tengan por finalidad el desarrollo de emprendimientos productivos con alto impacto en la generación de empleo local, articulando su implementación a nivel regional.

10- Evaluar las posibilidades de diversificación productiva que surgen de los acuerdos internacionales firmados por el Gobierno Nacional, en especial el MERCOSUR, para las economías provinciales y/o regionales.

11- Asistir en la formulación de proyectos que generen capacidad de correspondencia entre funciones y atribuciones jurisdiccionales, para lograr la corresponsabilidad entre los distintos niveles de gobierno.

12- Efectuar estudios y propuestas orientados a facilitar la articulación entre políticas del Gobierno Nacional, las de las Provincias y las de las regiones existentes o a crearse, promoviendo el desarrollo de estas instancias institucionales.

13- Asistir a la Secretaría en la administración del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.

DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS REGIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proponer políticas y estrategias de desarrollo e impulsar programas y proyectos para las regiones ya existentes como la Patagónica y las del Noroeste Argentino y las que se creen en el futuro conforme el art. Nº 124 de la Constitución Nacional, teniendo en cuenta los nuevos escenarios existentes en el ámbito nacional e internacional.

Diseñar políticas que apunten al crecimiento integral de las regiones en un todo de acuerdo con el Gobierno Nacional.

Asistir en lo inherente a la regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo regional.

Asistir en lo atinente al régimen jurídico de las aguas de los ríos interprovinciales.

ACCIONES

1- Participar en la elaboración de las políticas para el desarrollo de las áreas de frontera y en su ejecución en el ámbito de su competencia.

2- Asesorar en lo atinente al régimen de las aguas de los ríos interprovinciales y sus afluentes.

3- Gerenciar y viabilizar programas y proyectos para el desarrollo de las regiones.

4- Proponer las políticas, estrategias y mecanismos que apunten al crecimiento integral de las regiones con una concepción autogenerada y sostenible.

5- Fomentar el acompañamiento en el proceso de inversiones nacionales y extranjeras y el de intercambio y cooperación entre el sector público y privado.

6- Fomentar el diálogo y la interacción entre el Poder Ejecutivo Nacional y todos los actores sociales de la región.

COMISION NACIONAL PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA REGION PATAGONICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proponer al Director Nacional de Políticas Regionales estrategias y políticas de desarrollo para la región patagónica, como así también impulsar y concretar programas y proyectos para la región.

ACCIONES

1- Asistir al Director Nacional de Políticas regionales en temas vinculados a la problemática y potencialidad de la región Patagónica.

2- Asesorar a los organismos provinciales y municipales de la región Patagónica en la elaboración de sus políticas, estrategias y programas de desarrollo.

3- Proponer al Director Nacional de Políticas Regionales los instrumentos legales e institucionales necesarios para la implementación y ejecución de los objetivos perseguidos.

4- Coordinar con los gobiernos provinciales de la región las acciones tendientes a impulsar la instalación de emprendimientos productivos y promover la realización de obras, equipamientos y servicios para la región.

COMISION NACIONAL PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA REGION DEL NOROESTE ARGENTINO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proponer al Director Nacional de Políticas Regionales estrategias y políticas de desarrollo para la región patagónica, como así también impulsar y concretar programas y proyectos para la región.

ACCIONES

1- Asistir al Director Nacional de Políticas regionales en temas vinculados a la problemática y potencialidad de la región del Noroeste.

2- Compilar, ordenar y compatibilizar los programas de la región del Noroeste recomendando las políticas pertinentes para su desarrollo.

3- Asesorar a los organismos provinciales y municipales de la región del Noroeste en la elaboración de sus políticas, estrategias y programas de desarrollo.

4- Promover estudios e investigaciones con relación a los proyectos ya existentes y a otros nuevos que se estime necesario emprender.

5- Proponer al Director Nacional de Políticas Regionales los instrumentos legales e institucionales necesarios para la implementación y ejecución de los fines perseguidos por el Decreto Nº 377 del 25 de agosto de 1995.

6- Facilitar la instalación de centros productivos y la creación de asentamientos poblacionales, en coordinación con los organismos nacionales y provinciales que tienen a su cargo la construcción de viviendas populares, fomentando el traslado de familias residentes en grandes centros urbanos, capaces de aportar mano de obra calificada, revirtiendo los flujos migratorios que han despoblado el interior.

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES

DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS MUNICIPALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración de propuestas de reforma del sistema político municipal y desarrollar acciones que promuevan la mejora de los sistemas de representación, la eficiencia y transparencia en la gestión de los gobiernos locales y la participación comunitaria.

ACCIONES

1- Promover las reformas del sistema política municipal que mejoren los sistemas de representación, la eficiencia y transparencia de la gestión y la participación comunitaria.

2- Intervenir y participar en la determinación de las políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus instituciones representativas.

3- Intervenir en la asistencia técnica para la modernización de los sistemas administrativos locales.

4- Asistir en la propuesta de medios tendientes a la formulación y ejecución de políticas de descentralización.

5- Intervenir en la capacitación, asistencia técnica e información a los gobiernos municipales.

INSTITUTO DE ASUNTOS MUNICIPALES (IFAM)

ACCIONES

1. Promover la reforma política en las administraciones locales con el fin de mejorar los sistemas de representación, la eficiencia y transparencia de gestión y la participación comunitaria.

2. Propiciar y colaborar en el mejoramiento de la capacidad de gestión de los gobiernos municipales por medio de la asistencia técnica para la modernización de los sistemas administrativos y para la optimización de la capacidad de gerencia de las políticas públicas.

3. Elaborar y proner medios tendientes a formulación y ejecución de políticas públicas de descentralización.

4. Respaldar los esfuerzos orientados a la mejora de la calidad de los servicios comunitarios y al desarrollo económico-social.

5. Colaborar con los estados provinciales en la elaboración de regímenes de coparticipación municipal que privilegien la eficacia de gestión y la calidad de los servicios prestados.

6. Organizar un sistema de atención a municipios y comunas que les permita el acceso a información relativa a transferencias coparticipables Nación Provincias.

7. Colaborar conforme a las directivas impartidas por el MINISTERIO DEL INTERIOR, con la JEFATURA DE MINISTROS en la coordinación de la cooperación internacional y de todos los planes y programas nacionales de base municipal, comunal y/o territorial.

8. Colaborar con el fortalecimiento de la administración y la eficiencia de los sistemas de recaudación Tributaria.

9. Promover la implementación y el desarrollo de sistemas de control de la gestión municipal de servicios públicos, por la comunidad.

10. Impulsar la realización de acuerdos múltiples entre instituciones municipales para la elaboración de estrategias y la solución de problemáticas regionales o de interés común.

11. Relevar las necesidades de capacitación y diseñar e implementar planes de capacitación y posteriormente evaluar el impacto y resultados de los mismos.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir las actividades de apoyo técnico administrativo para la gestión de los recursos financieros, materiales y de los sistemas de información e informáticos, a través de la sistematización y simplificación de los procedimientos.

Obtener la información necesaria para la toma de decisiones.

Procurar que la planificación y el diseño organizacional, los métodos y procedimientos administrativos y las normas que lo rigen, produzcan el continuo mejoramiento de la calidad en la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.

Mantener el inventario permanente de los bienes y verificar su utilización.

ACCIONES

1- Planificar, dirigir y controlar la administración financiera y de los recursos materiales de la jurisdicción, a través de los sistemas de presupuesto, información contable, contrataciones, tesorería y administración y mantenimiento de bienes físicos.

2- Asegurar el cumplimiento de las leyes Nº 24.156 y Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), y complementarias, reglamentaciones y normas de administración financiera del sector público.

3- Brindar apoyo técnico-administrativo a las Unidades Ejecutoras de Programas en los temas de su competencia.

4- Validar las propuestas de correcciones a la Red Programática y del Anteproyecto, el análisis de la Ejecución Física y Financiera y el informe de Evaluación Presupuestaria, elevándolos para su aprobación a la conducción del Ministerio.

5- Elaborar y proponer las modificaciones de las estructuras organizativas que correspondan en consecuencia.

6- Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional.

7- Coordinar la aplicación de las políticas, normas y procedimientos para la contratación de bienes y servicios.

8- Validar la integración del Plan Anual y de la programación trimestral de contrataciones de bienes y servicios.

9- Aprobar los informes de Gestión de Contrataciones de Bienes y Servicios, inclusive los informes periódicos para la Unidad de Auditoría Interna.

10- Intervenir en la gestión de la administración de los bienes físicos de la jurisdicción.

11- Intervenir las órdenes de pagos de la Tesorería General de la Nación y los cheques que

correspondiera emitir.

12- Administrar y supervisar la utilización del Fondo Rotatorio, y asegurar la rendición oportuna para el reintegro de los fondos utilizados.

13- Intervenir en todos los estados contables económico-financieros y de avance físico.

14- Efectuar el desarrollo e implementación de los sistemas.

15- Proponer el diagnóstico y supervisar el diseño, análisis, evaluación, implementación, seguimiento y control de los sistemas de información, para la informatización de los distintos programas, proyectos y actividades de la jurisdicción.

16- Efectuar estudios y propuestas que permitan analizar la distribución de recursos de coparticipación entre la Nación y las Provincias, asistiendo al Subsecretario en la elaboración de pautas para ser consideradas en la discusión de un nuevo régimen.

17- Participar en la distribución de los recursos asignados al ex - Fondo de Desarrollo Regional y al Fondo de Emergencias Regionales.

18- Participar en la gestión de fuentes alternativas de financiamiento.

19- Asistir a la Secretaría de Provincias en la administración del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional.

20- Administrar los fondos correspondientes a la Dirección Nacional de Migraciones, provenientes de la Tesorería General de la Nación y los recursos de afectación específica.

21- Administrar los fondos correspondientes a la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, provenientes de la Tesorería General de la Nación y los recursos de afectación específica.

22- Gestionar y asistir en la asignación y en la supervisión de la ejecución de fondos con destino a las provincias provenientes de los organismos multilaterales de crédito, organismos no gubernamentales y fuentes de financiamiento bilateral, así como de los recursos que se destinen a la reforma de los sectores públicos provinciales, municipales y la Ciudad de Buenos Aires.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su selección, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales, promoviendo la satisfacción laboral, la realización personal y la motivación de los recursos humanos de la Jurisdicción.

ACCIONES

1- Planificar, dirigir y controlar la administración de los recursos humanos.

2- Asesorar y asistir al Subsecretario de Coordinación y a la conducción de la Jurisdicción en las materias de su competencia.

3- Promover, coordinar y supervisar técnicamente la capacitación del personal, necesaria para garantizar la eficaz y eficiente implementación de las políticas, normas y procedimientos del Sistema de Administración de Recursos Humanos del Sector Público Nacional en la Jurisdicción.

4- Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de planeamiento organizacional y de administración de recursos humanos, aplicando los controles que garanticen la correcta liquidación de haberes del personal.

5- Controlar que los Legajos Unicos del Personal y las bases de datos correspondientes se mantengan permanentemente actualizados y debidamente custodiados.

6- Coordinar y supervisar técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración del personal de la jurisdicción.

7- Coordinar y supervisar técnicamente el proceso de evaluación de desempeño, asistiendo a las autoridades intervinientes y Comités de Evaluación.

8- Evaluar el grado de desarrollo de carrera del personal y el sistema de incentivos dentro del régimen vigente, y proponer las políticas y medidas pertinentes.

9- Atender las relaciones con los representantes gremiales en la administración y la negociación de acuerdos o convenios.

10- Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y los servicios asistenciales y de reconocimiento médicos.

11- Asistir técnicamente e integrar la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.

12- Ejercer la coordinación técnica jurisdiccional y la actualización del sistema de relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, como así también de los procesos, flujos y procedimientos de trabajo, proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.

13- Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción y en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.

14- Administrar el despacho, trámite y archivo de la documentación.

15- Dirigir el despacho general y asegurar la distribución de la documentación administrativa a las unidades de la jurisdicción, controlando la firma de las autoridades correspondientes en los proyectos normativos.

16- Dirigir la recepción, salida y archivo de la documentación, como así también las notificaciones, guardando los recaudos prescriptos en las normas pertinentes.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar jurídica y legalmente en los asuntos de competencia del Ministerio, dictaminando y elaborando los informes necesarios de los actos administrativos de la jurisdicción.

ACCIONES

1- Representar en juicio al Estado Nacional en asuntos de competencia del Ministerio, asignando las causas y dando las instrucciones pertinentes a los letrados representantes o patrocinantes que deban intervenir.

2- Atender las relaciones con los Procuradores Fiscales Federales.

3- Diligenciar los oficios judiciales dirigidos al Ministerio, centralizar los trámites internos vinculados con ellos y fiscalizar el cumplimiento de los términos prescritos por las normas vigentes, salvo en aquellos que según disposición de la autoridad competente, deban intervenir específicamente las oficinas requeridas.

4- Intervenir en la redacción de proyectos de leyes, decretos, disposiciones administrativas, resoluciones, contratos, convenios y demás instrumentos jurídicos propios de la competencia Ministerial.

5- Intervenir en los recursos, reclamos y denuncias administrativas e impulsar los procedimientos respectivos, a fin de controlar la legitimidad de los actos de los organismos pertenecientes a la Jurisdicción.

DIRECCION DE SUMARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Efectuar los sumarios administrativos o disciplinarios.

ACCIONES

1- Proyectar las denuncias a interponer ante la Justicia Penal competente, cuando en un sumario surjan indicios de la comisión de un delito de acción pública.

2- Proponer cuando fuere necesario, la autorización de diligencias concretas y determinadas fuera del asiento de sus funciones.

3- Proponer la designación de un instructor 'ad-hoc' en los casos en que existan razones debidamente fundadas que lo justifiquen.

DIRECCION DE MESAS DE ENTRADAS, NOTIFICACIONES Y DESPACHO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Efectuar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa.

ACCIONES

1- Administrar el despacho, trámite y archivo de la documentación.

2- Dirigir el despacho general y asegurar la distribución de la documentación administrativa a las unidades de la jurisdicción, controlando la firma de las autoridades correspondientes en los proyectos normativos.

3- Dirigir la recepción, salida y archivo de la documentación, como así también las notificaciones, guardando los recaudos prescriptos en las normas pertinentes.

SUBSECRETARIA DE INTERIOR

DIRECCION NACIONAL ELECTORAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la programación y ejecución de la política electoral nacional.

ACCIONES

1- Programar, coordinar y ejecutar la legislación electoral nacional.

2- Proponer las medidas pertinentes para agilizar y perfeccionar la mecánica del proceso de conformación del Registro Nacional de Electores y conservar los ejemplares autenticados del padrón electoral.

3- Proponer las medidas de coordinación y de control de las tareas a desarrollar por los distintos organismos nacionales y provinciales tendientes a la confección, actualización e impresión de los listados provisionales y padrones electorales de todo el país.

4- Proponer los proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios que le competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.

5- Efectuar la coordinación, con los organismos involucrados en su ejecución de todos los aspectos operativos vinculados con la programación y desarrollo de los actos electorales nacionales.

6- Programar, organizar y ejecutar los escrutinios provisionales de las elecciones nacionales.

7- Realizar estudios estadísticos de los actos eleccionarios, proporcionar a los sectores correspondientes los resultados obtenidos y reunir, procesar y difundir la información relativa a los mismos.

8- Efectuar la concesión de franquicias y el otorgamiento y distribución de aportes del Fondo Partidario Permanente, a las agrupaciones políticas.

9- Realizar estudios y compilación de las normas electorales nacionales y provinciales, efectuar su estudio y proponer las reformas correspondientes para una mejor implementación de las normas comprometidas.

DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACION, POLITICAS Y DESARROLLO DEMOGRAFICO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, elaborar y evaluar las políticas de población y migraciones e intervenir en la formulación de los programas que deriven de dichas políticas.

ACCIONES

1- Realizar estudios sobre la situación demográfica del país en lo que hace a la composición de la población, su distribución espacial y el nivel y tendencia de su crecimiento.

2- Elaborar diagnósticos básicos e investigaciones aplicadas sobre el comportamiento de las variables demográficas y sobre sus particularidades sociales, económicas y regionales.

3- Determinar las pautas de elaboración y evaluación del cumplimiento de los objetivos y cursos de acción establecidos en los programas y proyectos que se implementen en materia poblacional y migratoria e intervenir en el seguimiento de los mismos.

4- Mantener enlace con los organismos nacionales e internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, como así también con aquellos organismos que producen información básica sobre el comportamiento de las variables demográficas.

5- Asistir al Subsecretario de Interior en la gestión y firma de acuerdos con organismos nacionales o internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, efectuando el seguimiento de los compromisos y obligaciones que surjan de los mismos.

6- Producir, sistematizar, analizar y evaluar las estadísticas sobre migraciones internas e internacionales, y su integración al sistema estadístico nacional.

7- Estudiar, proponer y diseñar programas tendientes a optimizar los movimientos migratorios internos y a promover el retorno de argentinos en el exterior.

8- Realizar estudios tendientes a determinar las características de adaptación e integración de los inmigrantes, y formular los lineamientos tendientes a asegurar la integración socio ambiental de la población extranjera o migrante interna.

9- Elaborar los proyectos de normativa inherentes a las migraciones internas y externas.

10- Promover y proyectar programas de fomento de la inmigración destinados al asentamiento de extranjeros, orientándolo hacia zonas que se declaren prioritarias para el poblamiento, de baja densidad demográfica y/o de interés geopolítico.

11- Organizar y mantener actualizado un servicio de información y asesoramiento para inmigrantes que deseen instalarse en el país.

12- Promover la constitución de una comisión coordinadora de políticas relativas a migraciones, su impacto demográfico, regulación y control en el marco del MERCOSUR y países asociados.

13- Promover la constitución de una comisión para el estudio de políticas comparadas sobre movimientos migratorios en el ámbito extra Mercosur, y el impacto demográfico de las migraciones extranjeras sobre nuestro país.

14- Organizar y actualizar periódicamente estudios e investigaciones en temas de población y migraciones elaborados en ámbitos académicos públicos, privados nacionales e internacionales, y prestar un servicio bibliotecario especializado en Demografía.

15- Elaborar y producir material gráfico, audiovisual e informático que permita difundir las actividades que se desarrollan en temas poblacionales y migratorios.

16- Atender las relaciones con las colectividades extranjeras. mantener actualizado un registro de las mismas y proponer, con la intervención de aquéllas, un programa conjunto de actividades.

17- Asistir, a su solicitud, a los gobiernos provinciales en el diagnóstico de problemas de población y en la proposición de políticas.

18- Participar, a requerimiento de la superioridad, en aquellos eventos convocados por organismos nacionales o internacionales en relación a temas de población.

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