SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL
HABER MENSUAL DEL PERSONAL - INCORPORACIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Ene-2003
Resumen:
INCORPORASE AL HABER MENSUAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD Y DEFENSA, DEFINIDO EN EL ARTICULO 95 DEL CAPITULO XIV DE LA LEY ORGANICA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL NRO. 20.416, LA COMPENSACION POR INESTABILIDAD DE RESIDENCIA.
Observaciones:
ABROGADO POR EL ARTICULO 11 DEL DECRETO 243/2015 DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL, B.O. 27/02/2015, PAGINA 3.