Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 910/2024

DA-2024-910-APN-JGM - Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-101282905-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 88 del 26 de diciembre de 2023, el Decreto Nº 280 del 26 de marzo de 2024 y la Decisión Administrativa N° 5 del 11 de enero de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de diversas Jurisdicciones y Entidades del SECTOR PÚBLICO NACIONAL, con el objeto de afrontar gastos impostergables para su normal funcionamiento.

Que resulta necesario adecuar los créditos correspondientes a la “Marca País Argentina” y a la Dirección Nacional de Estudios de la Gestión Gubernamental de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 644 del 18 de julio de 2024, incrementando el presupuesto de la citada Secretaría, disminuyendo el presupuesto de la SUBSECRETARÍA DE TURISMO de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que es menester reforzar el presupuesto vigente correspondiente a la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con el objeto de afrontar obras de los Centros de Frontera.

Que resulta oportuno reforzar el presupuesto vigente de la SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, incorporando mayores recursos, con el fin de atender erogaciones relacionadas a las actividades del Servicio Nacional de Manejo del Fuego.

Que con la finalidad de atender la adquisición de insumos críticos para la producción de DNI y Pasaportes y su distribución, resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el incremento citado en el considerando precedente se financia con la incorporación de recursos propios.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, destinado a transferencias corrientes y de capital, que se financia con la incorporación de recursos propios.

Que se modifica por compensación el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, para atender erogaciones correspondientes al Sistema de Información Nacional Tributario y Social.

Que con la finalidad de afrontar gastos de funcionamiento y de capital, es menester incrementar el presupuesto vigente correspondiente a la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMAC), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que el incremento citado en el considerando anterior se financia con la incorporación de recursos propios.

Que resulta necesario ampliar el presupuesto del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, a efectos de incorporar los reembolsos que realiza la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) por la participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en las Operaciones de Mantenimiento de Paz, los que se destinarán a recuperar, modernizar y/o reemplazar el equipamiento militar en las mencionadas operaciones de paz.

Que resulta necesario ampliar el presupuesto del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, compensado con una devolución de los créditos de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por el uso de instalaciones compartidas en Campo de Mayo, Provincia de BUENOS AIRES.

Que es necesario ampliar el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para atender erogaciones relacionadas con los gastos en personal.

Que es menester incrementar el presupuesto del ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MININSTERIO DE ECONOMÍA, con la finalidad de afrontar diversas obras de saneamiento.

Que el incremento citado en el considerando precedente se financia con la incorporación de crédito externo.

Que, asimismo, resulta menester ampliar el presupuesto vigente del HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, para atender diversas erogaciones que hacen a su funcionamiento.

Que el aumento mencionado en el considerando anterior se financia con la mayor estimación de sus recursos propios.

Que, por otra parte, se refuerza el presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, con el fin de atender la compra del Factor de Coagulación VIII a través del mecanismo de compras consolidadas, transferencias para la Asistencia Financiera a los Agentes del Seguro de Salud y otras asignaciones corrientes y de capital.

Que el incremento mencionado se financia con la incorporación de recursos propios remanentes de ejercicios anteriores.

Que resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, en detrimento de las Aplicaciones Financieras, con el objeto de afrontar gastos de funcionamiento.

Que, asimismo, se aumenta el presupuesto vigente de la FUNDACIÓN MIGUEL LILLO, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, para atender erogaciones relacionadas con su funcionamiento.

Que el citado aumento se financia con un incremento en la estimación de recursos propios del organismo.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, destinado a gastos de funcionamiento.

Que dicho aumento se financia con la incorporación de mayores recursos propios.

Que resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE CULTURA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, en detrimento de las Aplicaciones Financieras, con el objeto de afrontar gastos de funcionamiento y otros relacionados con el cumplimiento de las políticas institucionales.

Que resulta necesario adecuar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO con relación a los créditos destinados al “Programa Volver al Trabajo (VAT)”.

Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO- destinados a atender las necesidades del financiamiento del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP), ente del SECTOR PÚBLICO NACIONAL actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD.

Que, asimismo, resulta necesario adecuar los créditos destinados a las Empresas CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, empresa del SECTOR PÚBLICO NACIONAL actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; FABRICACIONES MILITARES SOCIEDAD DEL ESTADO y FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES BRIGADIER SAN MARTÍN SOCIEDAD ANÓNIMA, empresas del SECTOR PÚBLICO NACIONAL actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que por el artículo 2° del Decreto Nº 280/24 se sustituyó el artículo 6º de la Ley N° 27.701, determinando el total de cargos y horas cátedra para cada Jurisdicción y Entidad de la Administración Nacional.

Que resulta necesario modificar los cargos en el marco del artículo 6° citado en el considerando precedente.

Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL se realizan con cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias y por los artículos 6°, 8° y 9° de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, vigente en los términos del Decreto Nº 88/23, y 24 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.2014).

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2024, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2024-101895185-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2024 en lo que corresponde a los cargos, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2024-101894948-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Francos - Luis Andres Caputo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/09/2024 N° 68241/24 v. 30/09/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)
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