PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 833/2011
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011.
Bs. As., 24/8/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0184902/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, el Decreto Nº 192 de fecha 24 de febrero de 2011 y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la BIBLIOTECA NACIONAL, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a efectos de atender los gastos derivados de la puesta en marcha del “Museo del Libro y de la Lengua”.
Que mediante el Decreto Nº 192 de fecha 24 de febrero de 2011, se dispuso la disolución de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO - Organismo Descentralizado 611, dependiente de la JURISDICCION 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que como consecuencia de ello, y a los efectos de implementar el procedimiento dispuesto en el Decreto Nº 192/11, resulta menester adecuar los presupuestos de cargos, créditos y recursos de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO - Organismo Descentralizado 611 y del Programa 43 - Administración y Control Comercial Agropecuario, dependientes de la JURISDICCION 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que resulta necesario compensar créditos dentro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, financiados con Recursos Propios, a efectos de dar cumplimiento a los compromisos asumidos por el ESTADO NACIONAL en materia de Políticas de Comunicaciones.
Que, asimismo, se refuerzan los créditos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con el objeto de financiar la fabricación e instalación de radares Monopulso a lo largo del territorio nacional.
Que, adicionalmente, se incorporan Recursos con Afectación Específica correspondientes al INSTITUTO DE PREVENCION SISMICA, dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, provenientes de una mayor recaudación por la Venta de Normas, Manuales y de los Servicios de Laboratorio de Estructuras.
Que, por otra parte, se efectúan otras adecuaciones presupuestarias en la Administración Central del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y en el Organismo Descentralizado 613 - ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, del citado Ministerio.
Que resulta necesario incorporar al presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL saldos de recursos disponibles al 31 de diciembre de 2010, provenientes de la Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/ME 9355-AR, con destino al “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD PARA EMPRESAS AUTOGESTIONADAS Y SISTEMATIZACION DE MODELOS DE GESTION”.
Que resulta necesario incrementar los créditos correspondientes a las Transferencias a EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES S.A., de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, a efectos de atender los requerimientos del Contrato para los Estudios de Viabilidad y Proyecto Básico de Garabí y Panambí.
Que también resulta necesario incrementar el crédito destinado a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA S.E, actuante bajo la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, y de las Actividades de Fortalecimiento Institucional dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a efectos de dar cumplimiento a diversas obras encaradas por el ESTADO NACIONAL en materia de transporte ferroviario.
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124, en el Artículo 5º del Decreto Nº 192/11 y en el Artículo 9º de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo, que forman parte integrante del mismo.
Art. 2º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011 - Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar
Decisión Administrativa 833/2011
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011.
Bs. As., 24/8/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0184902/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, el Decreto Nº 192 de fecha 24 de febrero de 2011 y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la BIBLIOTECA NACIONAL, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a efectos de atender los gastos derivados de la puesta en marcha del “Museo del Libro y de la Lengua”.
Que mediante el Decreto Nº 192 de fecha 24 de febrero de 2011, se dispuso la disolución de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO - Organismo Descentralizado 611, dependiente de la JURISDICCION 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que como consecuencia de ello, y a los efectos de implementar el procedimiento dispuesto en el Decreto Nº 192/11, resulta menester adecuar los presupuestos de cargos, créditos y recursos de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO - Organismo Descentralizado 611 y del Programa 43 - Administración y Control Comercial Agropecuario, dependientes de la JURISDICCION 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que resulta necesario compensar créditos dentro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, financiados con Recursos Propios, a efectos de dar cumplimiento a los compromisos asumidos por el ESTADO NACIONAL en materia de Políticas de Comunicaciones.
Que, asimismo, se refuerzan los créditos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con el objeto de financiar la fabricación e instalación de radares Monopulso a lo largo del territorio nacional.
Que, adicionalmente, se incorporan Recursos con Afectación Específica correspondientes al INSTITUTO DE PREVENCION SISMICA, dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, provenientes de una mayor recaudación por la Venta de Normas, Manuales y de los Servicios de Laboratorio de Estructuras.
Que, por otra parte, se efectúan otras adecuaciones presupuestarias en la Administración Central del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y en el Organismo Descentralizado 613 - ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, del citado Ministerio.
Que resulta necesario incorporar al presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL saldos de recursos disponibles al 31 de diciembre de 2010, provenientes de la Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/ME 9355-AR, con destino al “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD PARA EMPRESAS AUTOGESTIONADAS Y SISTEMATIZACION DE MODELOS DE GESTION”.
Que resulta necesario incrementar los créditos correspondientes a las Transferencias a EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES S.A., de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, a efectos de atender los requerimientos del Contrato para los Estudios de Viabilidad y Proyecto Básico de Garabí y Panambí.
Que también resulta necesario incrementar el crédito destinado a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA S.E, actuante bajo la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, y de las Actividades de Fortalecimiento Institucional dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a efectos de dar cumplimiento a diversas obras encaradas por el ESTADO NACIONAL en materia de transporte ferroviario.
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124, en el Artículo 5º del Decreto Nº 192/11 y en el Artículo 9º de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo, que forman parte integrante del mismo.
Art. 2º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011 - Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar