Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 790/97

Amplíase el Presupuesto de la Administración Nacional correspondiente al Ejercicio 1997 aprobado por la Ley Nº 24.764 y distribuido por la Decisión Administrativa 12/97 para atender el pago de remuneraciones de agentes cuyos cargos fueron suprimidos por la aplicación de la Segunda Reforma del Estado.

Bs. As., 10/12/97

B.O: 15/12/97

VISTO la Ley Nº 24.764 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 1997 y la Decisión Administrativa Nº 12 de fecha 16 de Enero de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la citada ley autoriza al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a incorporar en la partida 115 Otros Gastos en Personal, del inciso 1 - Gastos en Personal, los montos necesarios para atender el pago de las remuneraciones de los agentes cuyos cargos fueron suprimidos por aplicación de la Segunda Reforma del Estado y que se hallan comprendidos en las situaciones previstas en el artículo 26 del Decreto Nº 852 de fecha 25 de Julio de 1996, sustituido por el artículo 5º del Decreto Nº 1231 de fecha 30 de octubre de 1996.

Que la Decisión Administrativa Nº 12 del 16 de Enero de 1997 incluyó en las jurisdicciones y entidades los créditos a que se refiere el considerando anterior, financiados con los recursos previstos para el Fondo de Reconversión Laboral a que alude el artículo 9º de la Ley Nº 24.629.

Que, en diversos casos, la aprobación de estructuras organizativas con su correspondiente publicación en el Boletín Oficial, se produjo durante la primera quincena del mes de enero del corriente año, lo cual impidió efectuar con la debida anticipación las notificaciones al personal cuyos cargos fueron suprimidos.

Que asimismo en algunas entidades se ha advertido que el cálculo del monto de la mencionada partida parcial, incorporado en la Decisión Administrativa Nº 12 del 16 de Enero de 1997, resulta insuficiente para atender el pago de las remuneraciones del personal involucrado.

Que en razón de lo expuesto resulta necesario incrementar los créditos de la citada partida parcial como así también los recursos provenientes de las Fuentes Financieras previstas en la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA, considerando la presente medida como complementaria de la Decisión Administrativa Nº 12 del 16 de Enero de 1997.

Que la presente medida se halla amparada en las disposiciones del artículo 14 de la Ley Nº 24.764.

Por ello.

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º-Amplíanse, en la suma de CIENTO VEINTISIETE MIL QUINIENTOS PESOS ($ 127.500) el PRESUPUESTO DE LAADMINISTRACION NACIONAL correspondiente al Ejercicio 1997 aprobado por la Ley Nº 24.764, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 12 del 16 de enero de 1997, en las entidades que se detallan en planillas anexas al presente artículo, a fin de reforzar la partida parcial 115 - Otros Gastos en Personal, del Inciso 1 - Gastos en Personal.

Art. 2º-Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior de la presente decisión administrativa, amplíanse en igual monto los recursos provenientes de las Fuentes Financieras correspondientes a la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA, de acuerdo con el detalle obrante en planilla anexa al presente artículo.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.

NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal.)

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