PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 78/99
Modificación de la Decisión Administrativa N° 1/99, en lo referente al detalle de sentencias judiciales correspondientes al presupuesto de causas judiciales en que es parte el Ministerio de Justicia de la Nación.
Bs. As., 26/3/99
B.O.: 05/04/99
VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 1999, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 4 de enero de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3° de la Decisión Administrativa citada establece las causas y montos de las sentencias judiciales que se prevé atender con cargo al presupuesto vigente.
Que en la Planilla Anexa al artículo 3°, obra el detalle de sentencias judiciales correspondientes al presupuesto de causas judiciales en que es parte el MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACION con su asignación de montos para el ejercicio 1999.
Que la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, da cuenta que, al confeccionar la Programación de Sentencias Judiciales, como parte integrante del Proyecto de Ley del ejercicio 1999, consignó una serie de causas que no correspondían con dicha jurisdicción.
Que en la Planilla Anexa al artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 1/99, se han omitido las causa judiciales cuyos montos fueron estimados por la Dirección General de Administración del MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACION.
Que, asimismo, existen obligaciones de pago por sentencias firmes no especificadas en la Decisión Administrativa N° 1/99, cuya ejecución ordenó el Juzgado interviniente, por lo que también corresponde su inclusión en la mencionada Planilla Anexa.
Que de no presupuestarse dichas causas, para su pertinente dación de pago, se podrían causar serios perjuicios al erario.
Que el MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACION propone sustituir el detalle aprobado para el mismo, en función del grado de avance de las distintas causas judiciales.
Que la modificación que se propone introducir no altera el monto total destinado a estos fines, dentro del Presupuesto Nacional autorizado.
Que, por lo tanto, la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes de los artículos 13 y 41 de la Ley N° 25.064 y en las atribuciones previstas en el artículo 100, inciso 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° -Sustitúyese la Planilla Anexa al artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 1 del 4 de enero de 1999 en la parte que corresponde al MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACION, de acuerdo a la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.
Art. 2º -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Jorge A. Rodríguez. -Roque B. Fernández.
NOTA: La planilla Anexa no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).