Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 618/2011

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011.

Bs. As., 15/7/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0240675/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que es menester reforzar el Presupuesto vigente de la PROCURACION PENITENCIARIA DE LA NACION, a efectos de afrontar mayores gastos de funcionamiento.

Que asimismo resulta pertinente incrementar los créditos vigentes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con el objeto de atender gastos en personal y gastos inherentes al funcionamiento del INSTITUTO SUPERIOR DE CONTROL DE LA GESTION PUBLICA.

Que, por otra parte, es necesario reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de posibilitar la atención de gastos operativos y de personal, como así también para afrontar los compromisos asumidos en el marco del programa de "Desarrollo de Economías Regionales".

Que asimismo es menester aumentar los créditos del Ministerio mencionado en el considerando precedente, financiados con préstamos externos, para atender acciones desarrolladas en el marco de los programas de "Servicios Agrícolas Provinciales" y de proyecto de "Integración de Pequeños Productores a la Cadena Vitivinícola".

Que en lo que se refiere al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado bajo la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, resulta necesario reforzar su presupuesto vigente a efectos de atender gastos vinculados a las acciones derivadas del "Programa de Cambio Rural".

Que asimismo, en el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA se efectúan compensaciones de crédito con el objeto de atender mayores gastos vinculados a tareas de capacitación de los agentes de ese Instituto.

Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, a efectos de fortalecer la promoción turística argentina en el exterior.

Que es menester modificar por compensación el presupuesto vigente de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con el objeto de prever los créditos destinados a suscribir las acciones necesarias para mantener la participación en el capital accionario de la FABRICA ARGENTINA DE AVIONES "BRIG. SAN MARTIN" SOCIEDAD ANONIMA (FAdeA), en virtud del incremento de capital dispuesto por Asamblea de fecha 16 de mayo de 2011.

Que en el caso del MINISTERIO DE EDUCACION se contempla un incremento en sus créditos para atender actualizaciones en concepto de gastos de sistema educativo del Municipio de General Pueyrredón, Provincia de Buenos Aires, en cumplimiento de las cláusulas del Convenio Nº 421 de fecha 20 de mayo de 2009.

Que resulta necesario incrementar los créditos del MINISTERIO DE SALUD con el objeto de dar cobertura a la compra de la vacuna conjugada para neumococo, recientemente incorporada al Calendario Nacional de Inmunizaciones; afrontar erogaciones correspondientes a la atención médica de los pensionados no contributivos, a transferencias en el marco del Programa Salud Familiar y a la adquisición de insumos destinados a distintos programas desarrollados por la Jurisdicción, entre otros conceptos.

Que es menester reforzar el presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE SALUD, a efectos de readecuar sus sistemas operativos.

Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, para permitir la atención de compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que los incrementos señalados se financian mediante compensaciones de créditos entre distintas Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar

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