Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 53/2009

Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009.

Bs. As., 9/3/2009

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional, para el Ejercicio 2009, aprobado por la Ley Nº 26.422, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 9 de enero de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que dicha adecuación de crédito será asignada a la partida de transferencias a la Fundación Export.Ar, con destino a la promoción y difusión de productos vitivinícolas argentinos, con el objetivo de incrementar su inserción en el mercado externo.

Que es importante impulsar medidas tendientes a apoyar el desarrollo de pequeños y medianos productores de uva para integrarlos rentablemente en el negocio vitivinícola.

Que para ello resulta prioritario y estratégico fortalecer la penetración de las cepas de origen local en los mercados internacionales.

Que las acciones previstas se encararán en el marco del Plan Estratégico Vitivinícola 2020 ('PEVI'), aprobado por la Ley Nº 25.849.

Que asimismo estas actividades reforzarán el posicionamiento de 'Marca Argentina' en los mercados más competitivos del mundo en materia vitivinícola.

Que la medida propiciada está amparada en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Sergio T. Massa. — Carlos R. Fernández.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

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