Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


SECTOR PÚBLICO NACIONAL

Decisión Administrativa 451/2024

DA-2024-451-APN-JGM - Unidad retributiva de servicios.

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-47816163-APN-STEYFP#JGM, la Ley Nº 11.672 (T.O. 2014), el Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017, la Decisión Administrativa N° 791 del 28 de septiembre de 2023 y la Resolución del ex-MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 729 del 28 de diciembre de 2017 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 81 de la Ley Nº 11.672 (T.O. 2014) se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a disponer un régimen de contrataciones de servicios personales destinados a desarrollar estudios, proyectos y/o programas especiales en los términos que determine la reglamentación.

Que dicho régimen es de aplicación al ámbito del SECTOR PÚBLICO NACIONAL, quedando excluido de la Ley de Contrato de Trabajo, sus modificatorias y complementarias.

Que por el Decreto N° 1109/17 se aprobó el actual régimen de contrataciones previsto por la citada ley.

Que el referido decreto estableció que la Autoridad de Aplicación del referido régimen de contrataciones sería el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, quien en ejercicio de dicha competencia dictó la Resolución N° 729/17 que estableció, entre otras cuestiones, la cantidad máxima de unidades retributivas de servicios aplicables a las contrataciones de Consultores, Asesores y Asistentes.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 791/23 se estableció el valor de la unidad retributiva de servicios (URS), aplicable a los contratos regidos por el Decreto Nº 1109/17 a partir del 1° de octubre de 2023.

Que en esta instancia resulta necesario readecuar los valores máximos previstos para las contrataciones citadas.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL y la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO, ambas dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGUIMIENTO DE LA INVERSIÓN EN CAPITAL HUMANO DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el Título V de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y por el artículo 12 del Decreto N° 1109/17.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese el valor de la unidad retributiva de servicios (URS), aplicable a los contratos regidos por el Decreto N° 1109/17, en el marco de los rangos máximos establecidos por la Resolución ex-MM N° 729/17 para cada nivel, en las sumas y a partir de las fechas que en cada caso se indican:


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Francos - E/E Mariano Cúneo Libarona

e. 03/06/2024 N° 34867/24 v. 03/06/2024
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