Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decisión Administrativa 338/2018

Cobertura de cargos. Procedimiento.

Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2018


VISTO el Expediente N° EX-2018-04117823-APN-SECEP#MM, las Leyes Nros. 25.164 y 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, los Decretos Nros. 214 del 27 de febrero de 2006 y 1327 del 28 de diciembre de 2016, las Decisiones Administrativas Nros. 1145 del 18 de octubre de 2016, 6 de fecha 12 de enero de 2018 y 267 de fecha 2 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 6/18 se procedió a distribuir el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, aprobado por la Ley Nº 27.431.

Que corresponde en esta instancia fijar los procedimientos necesarios a los fines de instrumentar las adecuaciones de los Anexos correspondientes a la distribución de cargos, producto de altas y bajas de personal, así como la asignación de vacantes y descongelamiento de cargos destinados a procesos de selección de personal o designaciones en dichos cargos.

Que por el artículo 2° de la referida decisión administrativa se instruyó al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a realizar el detalle analítico de cargos y horas cátedra de conformidad con la distribución efectuada en el artículo 1º y la Planilla “B” anexa al artículo 6º de la Ley Nº 27.431, dentro de los DIEZ (10) días hábiles de su publicación; y la actualización periódica que corresponda de conformidad con la evolución de la dotación.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 1145/16 y el Acta Acuerdo de fecha 7 de noviembre de 2016 homologada por el Decreto N° 1327/16, se establecieron diversas acciones orientadas a promover la cobertura de los cargos vacantes.

Que con el objeto de profundizar las medidas orientadas a asegurar las convocatorias para la cobertura de los cargos de planta permanente y continuando con el plan de regularización de acceso a la carrera administrativa mediante los correspondientes procesos de selección de personal, resulta necesario el descongelamiento de ciertas vacantes que puedan ser ocupadas en el marco de mejores oportunidades para el desempeño de tareas.

Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de selección, conforme la Ley Nº 25.164 y el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006, aplicables también para la promoción del personal permanente a cargos superiores.

Que como consecuencia de lo expuesto se concluye necesario autorizar la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de SIETE MIL (7.000) cargos vacantes correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2018 en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.

Que para llevar adelante los objetivos de la presente Decisión Administrativa se estima oportuno en esta instancia que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO identifique - sobre la base de la información que suministren los titulares de las jurisdicciones y entidades, y el análisis respecto de las necesidades de cobertura de vacantes - los cargos vacantes que se considerarán autorizados a cubrir.

Que por la Decisión Administrativa N° 267/18 se constituyeron los gabinetes de las Autoridades Superiores que allí se detallan y que en concordancia con la reestructuración de la Administración Pública Nacional en la que este Gobierno viene trabajando, se estima conveniente constituir el gabinete de los titulares de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES y de la SECRETARÍA GENERAL, todos dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que han tomado la intervención que les compete el MINISTERIO DE HACIENDA y el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 30 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, y los artículos 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese el detalle al 1° de enero de 2018 de los Cargos Ocupados y Financiados de las Jurisdicciones y Entidades pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL conforme Anexo I (IF-2018-07762764-APN-SECEP#MM); la disponibilidad de cargos conforme se detalla en el Anexo II (IF-2018-07761930-APN-SECEP#MM); los cargos correspondientes al personal científico y técnico de los organismos que integran el CONSEJO INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICYT) en los términos del inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 25.467, conforme se consigna en el Anexo III (IF-2018-06096862-APN-SECEP#MM), los contratos autorizados en el Anexo IV (IF-2018-06096859-APN-SECEP#MM) según detalle de las distintas jurisdicciones y entidades que conforman la Administración Pública Nacional en los términos de los artículos 4° y 5° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 12 de enero de 2018; y los cargos vacantes asociados a unidades organizativas con Funciones Ejecutivas como Anexo V (IF-2018-07762094-APN-SECEP#MM); los que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- El MINISTERIO de MODERNIZACIÓN intervendrá en todas las acciones que resulten necesarias a efectos de instrumentar las compensaciones de cargos previstas en el artículo 6° de la Ley N° 27.431 y la actualización periódica de conformidad con la evolución de la dotación, siempre que ello no implique efectuar incrementos en los cargos y horas de cátedra que excedan los totales fijados en la referida Ley.

ARTÍCULO 3°.- En los procesos de designaciones de personal, la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN emitirá un informe a fin de verificar la existencia del cargo en los Anexos I, III o V, según corresponda. Dicho informe deberá incorporarse al expediente y mencionarse en el acto administrativo a ser dictado por la autoridad competente para efectuar la designación. Los cargos incluidos en el Anexo I mencionado, se entienden descongelados a los efectos del artículo 7° de la Ley N° 27.431. En todos los casos deberá contarse con la certificación de la existencia de crédito presupuestario emitida por la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.431 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de SIETE MIL (7.000) cargos vacantes pertenecientes a la reserva establecida por el artículo 6° de dicha Ley, en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214/06 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 5°.- La SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, sobre la base de la información suministrada por los titulares de las jurisdicciones y entidades, y el análisis que efectúe respecto de las necesidades de cobertura de vacantes, procederá a identificar los cargos vacantes que se considerarán autorizados a cubrir, y cuyo descongelamiento se dispone en el artículo 4° de la presente medida.

ARTÍCULO 6°.- La actualización a la que refiere el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 6/18 se hará en forma cuatrimestral en los meses de abril, agosto y diciembre, respectivamente. Cualquier modificación que la entidad y jurisdicción hubiera tramitado en los datos consignados en las Planillas Anexas al artículo 6° de la Ley Nº 27.431 deberá ser informada al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en cada actualización correspondiente.

ARTÍCULO 7°.- Incorpórase al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 267/18, al Titular de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con la cantidad de DIECISIETE MIL QUINIENTOS QUINCE (17.515) Unidades Retributivas.

ARTÍCULO 8°.- Incorpórase al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 267/18 al Titular del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con la cantidad de OCHO MIL (8.000) Unidades Retributivas.

ARTÍCULO 9º.- Asígnase al Titular de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la cantidad adicional de SESENTA Y CUATRO MIL CIEN (64.100) Unidades Retributivas.

(Artículo sustituido por art. 2° de la Desición Administrativa N° 207/2024 B.O. 16/4/2024)

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Andrés Horacio Ibarra.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 19/03/2018 N° 17453/18 v. 19/03/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')


Antecedentes Normativos

- Artículo 9° sustituido por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 371/2022 B.O. 12/4/2022;

- Artículo 9° sustituido por art. 2°
de la Decisión Administrativa N° 487/2019 B.O. 12/6/2019.
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