Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Decisión Administrativa 316/2018

Apruébanse estructuras organizativas.

Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-10025646- -APN-SECCI#JGM, el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, las Decisiones Administrativas Nros. 761 de fecha 27 de Julio de 2016 y 267 de fecha 2 de marzo de 2018 y la Resolución N° 143 de fecha 4 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 174/2018 se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos el correspondiente al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por el artículo 4º del citado Decreto N° 174/2018 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por la Decisión Administrativa N° 761 de fecha 27 de Julio de 2016 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por la resolución citada en el VISTO se aprobó la estructura de segundo nivel operativo del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que en función de las competencias asignadas a las distintas jurisdicciones ministeriales resulta necesario reordenar las responsabilidades de las distintas áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno recomienda una reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del Estado Nacional.

Que, por ello, resulta necesario en esta instancia, efectuar modificaciones en la estructura organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA e incorporar, homologar, reasignar y derogar diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.

Que, en el marco de la reforma estructural de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL encarada por el ESTADO NACIONAL, corresponde la supresión de los cargos que ya no resulten estrictamente necesarios para el cumplimiento de las acciones y misiones de los organismos y Jurisdicciones que la componen.

Que en tal virtud, y a fin de atender las necesidades y la nueva organización de la Jurisdicción, resulta necesario ampliar la asignación de Unidades Retributivas otorgadas mediante la Decisión Administrativa N° 267/2018.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el artículo 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- (Artículo derogado por art. 5° de la Decisión Administrativa N° 511/2019 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 21/06/2019)

ARTÍCULO 2º.- (Artículo derogado por art. 5° de la Decisión Administrativa N° 511/2019 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 21/06/2019)

ARTÍCULO 3º.- (Artículo derogado por art. 5° de la Decisión Administrativa N° 511/2019 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 21/06/2019)

ARTÍCULO 4º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstas en el Decreto Nº 2098/08.

ARTÍCULO 5º.- Facúltase al Titular del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA a modificar la estructura aprobada por el artículo 2º de la presente Decisión Administrativa, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen.

ARTÍCULO 6º.- Suprímense los cargos extraescalafonarios que se detallan en Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-10041875-APN-SECCI#JGM), que forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

ARTÍCULO 7º.- (Artículo derogado por art. 4° de la Decisión Administrativa N° 371/2022 B.O. 12/4/2022)

ARTÍCULO 8º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 58 – MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Juan José Aranguren.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 14/03/2018 N° 16101/18 v. 14/03/2018

(Nota Infoleg: por art. 14 del Decreto N° 802/2018 B.O. 05/09/2018 se crea el cargo de Secretario de Gobierno de Energía, con dependencia del MINISTERIO DE HACIENDA, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al artículo de la norma de referencia. Vigencia: a partir del día siguiente a la fecha de su publicación)

(Nota Infoleg: por art. 8° del Decreto 575/2018 B.O. 22/6/2018, se sustituye la denominación del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA por la de MINISTERIO DE ENERGÍA, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera ministerial citada en primer término, en orden a las competencias asignadas en el artículo 6° del Decreto de referencia. Vigencia: a partir del dictado de la medida)

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoVI)

(Anexos I, II, III, IV y V derogados por art. 5° de la Decisión Administrativa N° 511/2019 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 21/06/2019)

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')
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