Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 285/2010

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Bs. As., 12/5/2010

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 aprobado por la Ley Nº 26.546 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, los Decretos Nros. 1262 de fecha 15 de septiembre de 2009, 2048 de fecha 15 de diciembre de 2009, la Resolución Nº 2 de fecha 30 de julio de 2009 del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario incrementar los créditos vigentes de la Jurisdicción 10 – MINISTERIO PUBLICO, Programa 16 - Ejercicio de la Acción Pública y Defensa de la Legalidad a efectos de atender gastos relacionados a la adquisición de UN (1) inmueble para albergar CINCO (5) fiscalías federales y el equipamiento necesario para las mismas.

Que a fin de continuar con las acciones del Plan Integral de Protección Ciudadana, se deben reforzar los créditos de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por otra parte, y con motivo de llevarse a cabo diversos eventos previstos en el marco del festejo del Bicentenario de la Revolución de Mayo, es menester otorgar un incremento presupuestario a la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que asimismo se prevé incorporar créditos a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para ser destinados a la atención de gastos de publicidad y propaganda oficial.

Que ante la necesidad de financiar tareas de ingeniería impostergables relacionadas con desarrollos específicos para la generación y distribución de información de origen espacial, se debe incrementar el presupuesto de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que con la finalidad de proseguir con las acciones que en materia de políticas antidiscriminatorias viene desarrollando el Gobierno Nacional, se refuerzan los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que resulta necesario compensar y reforzar los créditos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del mismo.

Que, por otra parte, y a fin de dar cumplimiento y cancelar la ejecución financiera de la operatoria vinculada con los Regímenes de Transferencias creados por la Resolución Conjunta Nº 73 del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, Nº 96 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 17 del MINISTERIO DEL INTERIOR de fecha 11 de marzo de 2009 y la Resolución Nº 550 de fecha 11 de septiembre de 2009 de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS como consecuencia de la declaración del estado de emergencia agropecuaria para los productores afectados por la sequía en el marco del Decreto Nº 33 de fecha 26 de enero de 2009, resulta necesario incrementar los créditos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que es menester aumentar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, a efectos de atender servicios de la deuda.

Que asimismo se prevé incrementar los recursos provenientes del FONDO FIDUCIARIO DEL SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE, los que serán destinados al financiamiento de obras ejecutadas por la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que se estima pertinente proceder a efectuar reasignaciones internas en los créditos de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD y del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, organismos descentralizados actuantes en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a fin de atender las erogaciones que hacen a su normal funcionamiento.

Que el Artículo 12 de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 fija el crédito total para las Universidades Nacionales, y detalla en la Planilla A Anexa al mismo el importe para cada una de ellas.

Que resulta necesario reforzar el crédito presupuestario asignado a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO, a fin de atender los gastos que genera el normal funcionamiento de esa Casa de Estudios.

Que en virtud de ello surge la necesidad de ampliar los créditos de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION, Programa 26 - Desarrollo de la Educación Superior a efectos de incorporar las sumas correspondientes que permitan atender los compromisos asumidos por el ESTADO NACIONAL con relación a lo expresado en el considerando anterior.

Que a efectos de asegurar el cumplimiento de las acciones previstas en el Convenio de Préstamo "Proyecto de Emergencia para la Prevención y Atención de las Enfermedades Tipo Influenza y Fortalecimiento del Sistema Epidemiológico de la República Argentina" resulta procedente reforzar el presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD.

Que es menester modificar el presupuesto de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en lo atinente al Programa 28 - Familias por la Inclusión Social, en virtud de la transferencia de beneficiarios del mismo a la órbita de la Asignación Universal por Hijo.

Que se estima pertinente atender las disposiciones del Decreto Nº 353 de fecha 10 de marzo de 2010 por el cual se aprobó el Convenio Marco y el Plan de Renovación de Flota del Transporte Automotor de Cargas, cuyo principal objetivo, es el de promover la renovación de la flota mencionada.

Que, por otra parte, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 86 de la Ley Nº 26.546 se reasignan los créditos para la atención de Transferencias para financiar gastos de capital al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público excluido del Presupuesto Nacional.

Que es conveniente incrementar los créditos de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de atender erogaciones correspondientes a la adquisición de UN (1) inmueble sede de dicha Secretaría, y demás gastos que hacen a la operatoria normal del servicio.

Que se estima pertinente reforzar los créditos de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a fin de atender gastos vinculados al pago de salarios del personal.

Que los incrementos señalados en los DOS (2) considerandos precedentes se financian mediante rebajas del presupuesto vigente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que a fin de continuar con las acciones que se llevan a cabo en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS en materia de energía, transporte, obras públicas, minería y comunicaciones; resulta necesario efectuar compensaciones internas dentro de su presupuesto vigente, como así también reasignar créditos de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.

Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente destinado a jubilaciones, retiros y pensiones del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, de la GENDARMERIA NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, conforme lo dispuesto por el Decreto Nº 2048 de fecha 15 de diciembre de 2009 y por la Resolución Nº 3 de fecha 28 de julio de 2008 del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL.

Que el Decreto Nº 2048/09 crea un adicional transitorio no remunerativo y no bonificable del SIETE CON TREINTA Y CUATRO POR CIENTO (7,34%) sobre el salario bruto mensual desde el mes de septiembre de 2009 y actualiza los montos de los suplementos y compensaciones de haberes para el personal de las Fuerzas de Seguridad, de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, entre otros.

Que el Decreto Nº 1262 de fecha 15 de septiembre de 2009 dispuso un aumento de la escala salarial para el personal de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, que tiene un impacto sobre los haberes del personal retirado y pensionado de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA.

Que la Resolución Nº 2 de fecha 30 de julio de 2009 del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL eleva el salario mínimo, vital y móvil incrementando la recaudación por aportes y contribuciones por el aumento de haberes del personal en actividad de las FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD.

Que la estimación de recursos a percibir en el ejercicio supera el cálculo vigente, por lo que los gastos asociados a las normas citadas precedentemente pueden ser financiados con el incremento de los Recursos Propios y Recursos con Afectación Específica.

Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, para permitir la atención de compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituído por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124, y por el Artículo 9º de la Ley Nº 26.546.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Débora A. Giorgi.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.

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