Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS

Decisión Administrativa 2052/2020

DECAD-2020-2052-APN-JGM - Autorización.

Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-40057175-APN-GRH#CONICET, el Decreto-Ley Nº 20.464 del 23 de mayo de 1973 y sus modificatorios, la Ley Nº 27.467, el Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa N° 1 del 10 de enero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que a través del Decreto-Ley Nº 20.464/73 se aprobó el Estatuto de las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo de la Investigación y Desarrollo del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Que el citado CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) tiene como objetivo fortalecer la capacidad científica y tecnológica nacional sosteniendo la ejecución de actividades de I+D+i en todo el territorio nacional en las diversas áreas del conocimiento.

Que este objetivo se lleva adelante bajo el paradigma del conocimiento como eje del desarrollo con el fin de orientar la ciencia, la tecnología y la innovación al fortalecimiento de un modelo productivo que genere una mayor inclusión social y una mejora en la competitividad de la economía nacional.

Que, a tal fin, la incorporación y formación de recursos humanos altamente calificados dedicados a tareas vinculadas a la investigación científica, tecnológica y de innovación constituye un pilar fundamental.

Que por los motivos expuestos y con el fin de fortalecer la capacidad científica y tecnológica actual resulta necesario el incremento de OCHOCIENTOS (800) cargos en la planta permanente de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico y de TRESCIENTOS (300) cargos en la planta permanente de la Carrera del Personal de Apoyo de la Investigación y Desarrollo.

Que dicho incremento de cargos se propicia promoviendo una distribución geográfica equilibrada y priorizando las actividades científicas de interés estratégico nacional.

Que los servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN y del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el incremento de OCHOCIENTOS (800) cargos en la planta permanente correspondientes a la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico y de TRESCIENTOS (300) cargos en la planta permanente de la Carrera del Personal de Apoyo de la Investigación y Desarrollo en el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO I (IF-2020-74000077-APN-CONICET#MCT) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 71 – Entidad 103 - CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET).

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Roberto Carlos Salvarezza

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/11/2020 N° 55747/20 v. 13/11/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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