SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Decisión Administrativa 1881/2018
DA-2018-1881-APN-JGM - Estructura Organizativa.
Ciudad de Buenos Aires, 10/12/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-52926174-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nros. 40 del 25 de enero de 2007, 825 del 10 de junio de 2010 y sus modificatorios, 174 del 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios, y 632 del 6 de julio de 2018, la Decisión Administrativa Nº 267 del 2 de marzo de 2018, sus modificatorias y complementarias, y las Resoluciones Nros. 805 del 9 de noviembre de 2010 y 301 del 12 de junio de 2012 y sus modificatorias, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos el referido a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que, asimismo, por el citado Decreto N° 174/18 se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados de la Administración Pública Nacional, entre ellos el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que por el Decreto Nº 40/07 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la actualidad en la órbita de la citada SECRETARÍA DE GOBIERNO.
Que mediante el artículo 11 del Decreto N° 632/18 se estableció que los organismos descentralizados y desconcentrados de la Administración Pública Nacional, deberían presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en un plazo de SESENTA (60) días contados a partir de la entrada en vigencia del referido decreto, un proyecto de optimización de su estructura organizativa.
Que por el artículo 15 del Decreto N° 825/10 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que por las Resoluciones Nros. 805/10 y 301/12 y sus modificatorias, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se aprobaron las aperturas estructurales de segundo y tercer nivel operativo del referido organismo.
Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno recomienda una reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del Estado Nacional, incluyendo sus organismos descentralizados, entre los que se encuentra el referido Servicio Nacional.
Que, asimismo, resulta necesario incorporar, homologar y derogar diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto Nº 40/07.
Que a fin de atender las necesidades y la nueva organización de la Entidad, resulta necesaria la incorporación del titular del citado organismo a las previsiones de la Decisión Administrativa N° 267/18.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado intervención en virtud del artículo 5° del Decreto Nº 72/18.
Que los Servicios Jurídicos Permanentes del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA y del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y el artículo 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos I (IF-2018-52930269-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2018-63195986-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo del referido SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como Anexos IIIa, IIIb, IIIc, IIId, IIIe, IIIf, IIIg, IIIh, IIIi (IF-2018-52931564-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2018-63201091-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto Nº 40/07, los cargos pertenecientes al mencionado Servicio Nacional de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-63219324-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 4º.- Suprímese el cargo extraescalafonario de Gerente General creado por el artículo 2º del Decreto Nº 825/10 con dependencia directa de la Presidencia del precitado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, con remuneración equivalente a la Categoría Profesional, Tramo Superior, Grado 1, con Nivel de Función Directiva I (Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto Nº 40/07).
ARTÍCULO 5º.- Suprímense las unidades de nivel departamental, aprobadas por la Resolución N° 301/12 y sus modificatorias del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, que se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-63222504-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 6º.- Facúltase al Presidente del mencionado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a modificar las aperturas aprobadas por el artículo 2º de la presente decisión administrativa, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias.
ARTÍCULO 7º.- El referido SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA deberá aprobar en un plazo de TREINTA (30) días a partir de la publicación de la presente medida, las aperturas inferiores a las aprobadas por el artículo 2º de la presente decisión administrativa, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se realicen las adecuaciones de la estructura de nivel departamental del mencionado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, previstas en el artículo 7º, mantiénese la vigencia de las unidades de nivel departamental aprobadas por la citada Resolución N° 301/12 y sus modificatorias, obrantes en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-63225210-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa, las que mantendrán las acciones y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 9º.- Incorpórase al Anexo I del artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 267/18 y sus modificatorias, al Presidente del precitado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 10.- Asígnase al Presidente del referido SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la cantidad adicional de QUINCE MIL (15.000) Unidades Retributivas.
ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Dante Sica
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')
Número: IF-2018-52930269-APN-DNDO#JGM
Referencia: EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM - ANEXO I
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MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el funcionamiento del sistema de control interno de la Entidad, con ajuste a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental y demás normas, metodologías y herramientas establecidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
ACCIONES
1. Elaborar el Plan Estratégico de Auditoría y el Plan Anual de Trabajo de la Unidad, conforme a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental, los lineamientos y pautas definidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y por la máxima autoridad del organismo.
2. Ejecutar el Plan de Trabajo, procurando la obtención de evidencias competentes, relevantes y suficientes para formar y sustentar sus juicios y afirmaciones.
3. Revisar y evaluar la aplicación del Sistema de Control Interno del organismo en sus aspectos operativos, contables, de legalidad y financieros.
4. Elaborar informes de auditoría informando sus resultados a la máxima autoridad y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
5. Efectuar el seguimiento periódico de la instrumentación de las medidas correctivas comprometidas, dirigidas al fortalecimiento del sistema de control interno y brindar asesoramiento en aspectos de su competencia.
6. Propiciar el fortalecimiento del Sistema de Control Interno promoviendo la cultura de control en toda la organización, a través de la identificación de procesos y gestión de riesgos y el diseño e implementación de planes compromiso de fortalecimiento del Sistema de Control Interno, entre otros.
7. Intervenir, en forma previa a su aprobación, en los reglamentos y manuales de procedimientos y sus modificaciones, emitiendo opinión y constatando que posean instrumentos idóneos para el ejercicio del control previo y posterior.
8. Intervenir en los trámites de consolidación del pasivo público.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Actuar como servicio jurídico permanente del Organismo, asesorando en todos los asuntos de carácter jurídico en el que se solicite o corresponda su intervención y ejercer la representación del Organismo en los asuntos de carácter jurisdiccional.
Entender en el diligenciamiento de oficios judiciales e intervenir en la sustanciación de los sumarios por infracciones al marco normativo agroalimentario.
ACCIONES:
1. Dirigir el servicio jurídico del Organismo y el accionar de las Coordinaciones Jurídicas de Delegaciones Regionales, supervisando las tareas desarrolladas en cada una de las delegaciones.
2. Entender e intervenir en el estudio y elaboración de proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones, disposiciones y demás actos administrativos vinculados con los cometidos de la Entidad, y en el análisis, direccionamiento, control y seguimiento de las actuaciones radicadas en el despacho del área de su competencia.
3. Brindar asesoramiento sobre la normativa aplicable y dictaminar en las cuestiones jurídicas relacionadas con el cumplimiento de las funciones del Organismo, aplicando un criterio uniforme de interpretación
4. Intervenir en la revisión, ordenamiento, compatibilización, actualización y armonización del marco normativo agroalimentario.
5. Organizar y mantener actualizado el registro de dictámenes y fallos jurisprudenciales vinculados a la materia de competencia del Organismo.
6. Intervenir en la elaboración de los proyectos de convenios con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, entes sanitarios, entidades intermedias e integrantes de la red sanitaria pública y privada, vinculados con los cometidos de la Entidad.
7. Asumir la representación y defensa en juicio del Estado Nacional, en la medida que sea competencia del Organismo, en su carácter de Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, proponiendo los funcionarios letrados que deberán actuar e impartiéndoles las instrucciones que fueren pertinentes.
8. Entender e intervenir en las respuestas y diligenciamientos de oficios y toda documentación emanada de autoridades judiciales, administrativas y legislativas, sean nacionales, provinciales o municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
9. Intervenir en la sustanciación de sumarios por infracciones al marco normativo agroalimentario.
10. Formular las denuncias y querellas que correspondan interponer ante la Justicia Penal competente, cuando surjan indicios de la comisión de delitos de acción pública.
11. Gestionar las denuncias administrativas realizadas por los usuarios del Organismo.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en las actividades de apoyo técnico, administrativo y de servicios del Organismo, como así también en la administración de recursos humanos llevando a cabo su control de gestión. Planificar las acciones para el apoyo técnico y administrativo que se brinden en los Centros Regionales del Organismo.
Actuar como enlace en materia de integridad y ética en el ejercicio de la función pública, brindando asistencia y promoviendo internamente la aplicación de la normativa vigente y de sus sanciones, de conformidad con lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación.
ACCIONES:
1. Coordinar la ejecución de las actividades vinculadas con la gestión contable, económico-financiera, patrimonial y de servicios, necesarias para el funcionamiento del Organismo.
2. Coordinar la política de recursos humanos.
3. Atender en el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo. Controlar el sistema de calidad para la atención ciudadana en todas las dependencias del Organismo y los sistemas de gestión de la información.
4. Coordinar las actividades de tecnología de la información del Organismo, incluyendo la infraestructura de equipamiento, software y de comunicaciones de datos y de voz, los sistemas de información y las tecnologías asociadas.
5. Intervenir en el marco de sus competencias en la implementación y seguimiento de los Convenios de Cooperación y Asistencia Técnica y la administración de programas, celebrados por el Organismo.
6. Coordinar el estudio y propuesta de actualización de las tasas y aranceles por los servicios que presta el Organismo y las acciones inherentes a la registración operativa y contable de los créditos del Organismo en concepto de ingresos por aranceles, tasas, contribuciones, multas y/o perjuicios fiscales determinados por acto administrativo firme, emitiendo los pertinentes certificados de deuda.
7. Entender y coordinar técnica y administrativamente a las Coordinaciones Regionales Administrativas (TIPO) en el interior del país y a la Coordinación Administrativa de Laboratorio de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico, en lo que respecta a la organización y control de sus tareas como asimismo en la ejecución presupuestaria, atento los requerimientos efectuados.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la protección fitosanitaria de los vegetales, sus partes, productos, subproductos y derivados, elaborando las normas a que deberán ajustarse las personas humanas o jurídicas, organismos e instituciones públicas o privadas que actúen en la materia.
Entender en la elaboración, coordinación y supervisión de los planes y programas destinados al análisis de riesgo, la vigilancia, detección, prevención, control de plagas de los vegetales y sus productos, y regular la certificación fitosanitaria para la exportación, importación y tránsito, como así también del control de los requisitos establecidos para la producción, comercialización y uso de productos fitosanitarios, fertilizantes, enmiendas y biológicos, llevando a cabo su control de gestión.
ACCIONES
1. Ejercer las funciones que la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria establece para las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria.
2. Elaborar la estrategia fitosanitaria nacional en pos del cumplimiento de las responsabilidades y objetivos del Organismo.
3. Analizar las demandas sectoriales y territoriales en el marco de sus competencias.
4. Elaborar y proponer la normativa fitosanitaria que debe regir la producción silvoagrícola, importación, exportación, acondicionamiento, acopio, empaque, transporte y comercialización de los vegetales, sus productos y subproductos, con el fin de proteger el estatus fitosanitario nacional y contribuir a la protección de la salud pública.
5. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los planes, programas y actividades de protección fitosanitaria, promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación en materia fitosanitaria con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, entes sanitarios; tanto para vegetales convencionales como para los organismos vegetales genéticamente modificados, respetando los criterios de sustentabilidad de la flora silvestre y el medio ambiente.
6. Entender en el control de gestión de los planes, programas y actividades de su competencia que sean ejecutados por las Direcciones de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que presten servicios de asistencia sanitaria y atender en la administración de los mismos.
7. Establecer y administrar los sistemas de prevención, vigilancia y monitoreo de plagas que afecten los vegetales manejados y no manejados en el Territorio Nacional.
8. Entender en la elaboración de las normas y procedimientos referentes al sistema de certificación fitosanitaria de los vegetales, sus partes, productos y subproductos.
9. Proponer la elaboración de las normas técnicas y los requisitos para la elaboración, producción, comercialización y uso de productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas.
10. Proponer los períodos de carencia y los niveles de tolerancia de residuos o contaminantes o sobre productos, subproductos y derivados de origen vegetal, ocasionados por el uso de productos fitosanitarios, en resguardo de la salud pública.
11. Entender en la inscripción de toda persona humana o jurídica u objeto a ser registrado, en acuerdo a las normas técnicas de su competencia y en la inscripción y registro para el uso y comercialización de productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas, pudiendo disponer la restricción o prohibición de su comercialización y uso.
12. Entender en las situaciones de emergencia fitosanitaria, coordinando y liderando el accionar con organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales, entes sanitarios, entidades intermedias y/o personas humanas y jurídicas.
13. Participar, cuando así se le requiera, en organizaciones regionales, hemisféricas y globales, tanto en el país como en el exterior, en eventos relacionados con su quehacer específico.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la protección zoosanitaria de los animales y en la producción, comercialización y uso de productos veterinarios, definiendo la estrategia para la elaboración de las normas a las que deberán ajustarse las personas humanas o jurídicas, organismos e instituciones públicas o privadas que actúen en la materia.
Entender en la elaboración, coordinación y supervisión de los planes y programas destinados al análisis de riesgo, la vigilancia epidemiológica, detección, prevención, control de enfermedades de los animales y sus productos, y regular la certificación zoosanitaria para la exportación, importación y tránsito, llevando a cabo su control de gestión.
ACCIONES
1. Establecer la estrategia zoosanitaria nacional en pos del cumplimiento de las responsabilidades y objetivos del Organismo.
2. Analizar las demandas sectoriales y territoriales en el marco de sus competencias.
3. Proponer, liderar, coordinar y ejercer el control público de los planes, programas y actividades de protección zoosanitaria, promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, entes sanitarios o entidades intermedias.
4. Proponer la normativa zoosanitaria que debe regir la producción ganadera, importación, exportación, tránsito internacional, bienestar animal, identificación, trazabilidad, transporte y comercialización de los animales y su material reproductivo, con el fin de proteger el estatus zoosanitario nacional y contribuir a la protección de la salud pública.
5. Entender en el control de gestión de los planes, programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que presenten servicios de asistencia sanitaria y atender en la administración de los mismos.
6. Establecer y administrar los sistemas de prevención, control y erradicación de enfermedades que afecten a los animales y de bienestar animal.
7. Entender en las normas y procedimientos referentes al sistema de certificación zoosanitaria de animales y material reproductivo y proponer las normas técnicas y los requisitos para la elaboración, producción, comercialización y uso de productos veterinarios.
8. Entender en la inscripción de toda persona humana o jurídica u objeto a ser registrado, de acuerdo a las normas técnicas de su competencia y en la inscripción y registro para el uso y comercialización de productos veterinarios, pudiendo disponer la restricción o prohibición de su comercialización y uso.
9. Entender en las situaciones de emergencia zoosanitaria, coordinando y liderando el accionar con organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales, entes sanitarios, entidades intermedias y/o personas humanas y jurídicas.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el análisis del riesgo alimentario, elaborando las normas específicas, planes y programas, y en los procedimientos de habilitación, control, elaboración y certificación aplicables a la higiene, inocuidad y calidad de materias primas, productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, en los establecimientos y/o instalaciones involucrados en su producción, procesamiento, elaboración, captura, faena, industrialización, fraccionamiento, distribución, transporte, almacenamiento, manipuleo, acopio y comercialización, como así también en los insumos específicos, productos destinados para la alimentación animal, contaminantes químicos, físicos y biológicos, para consumo interno, importación, exportación y tráfico federal.
Entender en la certificación higiénico-sanitaria y de calidad de los productos, subproductos y derivados de su competencia.
ACCIONES
1. Entender en la elaboración de las normas y procedimientos referentes al sistema de certificación de la calidad e inocuidad de los productos de su competencia, incluso la actualización de los modelos de certificados internacionales sanitarios y de calidad para la exportación, así como autorizar la importación de productos, subproductos, derivados de origen animal y vegetal, alimentos para animales y procedimientos de certificación respectivos.
2. Evaluar, aprobar y auditar a las entidades y sistemas de certificación de agroalimentos.
3. Desarrollar y proponer las normas técnicas y procedimientos relacionados con la ingeniería sanitaria, habilitación, control y certificación de los establecimientos faenadores, elaboradores, de depósito, de transporte, producción, acondicionadores e industrializadores de productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, como así también con el control de sus procesos de producción, incluyendo los productos de origen pesquero y de la acuicultura.
4. Entender en la elaboración, modificación y actualización de las regulaciones que en materia de higiene, inocuidad y calidad de las materias primas que impacten en los intercambios de productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, alimentos para animales, a nivel nacional e internacional y en la autorización de destinos de exportación de mercancías de su incumbencia.
5. Intervenir en la formulación de procedimientos para la aplicación de las acciones de control de las zoonosis infecciosas y parasitarias de los animales, que sean establecidos por los programas de salud animal y/o salud pública para su ejecución en el ámbito de su competencia.
6. Evaluar, para su aprobación o rechazo, la higiene, inocuidad, identidad y calidad de los alimentos de origen animal y vegetal destinados al consumo humano o animal incluidos los provenientes de la biotecnología moderna como son los Organismos Genéticamente Modificados, organismos editados genéticamente, nuevas técnicas de mejoramiento, nanobiotecnológicos, clonados y derivados de cualquier otra nueva tecnología, tanto de producción nacional como importados, que fueren elaborados, industrializados y/o fraccionados en las plantas habilitadas por el Organismo.
7. Entender en el monitoreo y vigilancia de la inocuidad de los productos y subproductos de origen animal y vegetal para consumo humano y animal en materia de residuos y contaminantes priorizados conforme a las evaluaciones de riesgos que correspondan.
8. Efectuar la gestión de la información sanitaria estratégica y los sistemas para obtener los datos de las actividades productivas y comerciales en el marco de las competencias de la Dirección Nacional.
9. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los planes, programas y actividades de inocuidad y calidad agroalimentaria, promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales y entes sanitarios.
10. Entender en el control de gestión de los planes, programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que presenten servicios de asistencia sanitaria y atender en la administración de los mismos.
11. Entender en la autorización e inscripción de envases, materiales de empaque, acondicionamiento y en contacto con alimentos, aditivos alimentarios, coadyuvantes de tecnología para uso en productos de origen animal y vegetal de su competencia.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender, en su carácter de Laboratorio de Referencia Nacional e Internacional en sanidad animal, protección vegetal e inocuidad alimentaria, en el control analítico de: alimentos, productos, subproductos y derivados de origen animal y/o vegetal, drogas, plaguicidas, fertilizantes y enmiendas de uso agrícola, vacunas, productos biológicos de uso agrícola y veterinario, alimentos para animales, tejidos y fluidos, pasturas, tierras, aguas, envases, aditivos alimentarios, productos conexos, determinación de plagas y enfermedades de los vegetales y de los animales, formulando, proponiendo y evaluando los métodos, programas, normas específicas e investigaciones aplicadas. Administrar la Red de Laboratorios del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ACCIONES
1. Entender en la realización de los análisis para el diagnóstico de las plagas y enfermedades de los animales y los vegetales, incluidas las exóticas, en el control, certificación y/o realización de las determinaciones analíticas en productos alimenticios, subproductos y derivados, residuos agroquímicos, medicamentos y contaminantes, de naturaleza inorgánica o biológica, productos biológicos, alimentos para animales, fertilizantes y enmiendas, tejidos, fluidos, pasturas, tierras, aguas, envases, aditivos alimentarios y productos conexos, drogas de uso en medicina veterinaria y protección vegetal.
2. Programar las actividades de su incumbencia en colaboración con las Direcciones Nacionales del organismo, en apoyo a los planes y prioridades fijados por la institución.
3. Programar sus actividades para mantener y mejorar el Sistema de Gestión de la Calidad y las acreditaciones y certificaciones obtenidas de acuerdo a las normas nacionales e internacionales de su incumbencia.
4. Proponer la normativa vinculada a temas de laboratorio y redes asociadas, incluida la Red de Laboratorios Regionales y Campos Experimentales del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
5. Mantener el sistema de redes de laboratorios conforme a la normativa vigente.
6. Entender en el desarrollo y aprobación de métodos analíticos, auditorías, organización y participación en ensayos interlaboratorios o de pericia técnica.
7. Entender en controversias analíticas nacionales e internacionales, en el ámbito de su competencia.
8. Efectuar la implementación e investigación aplicada de nuevas tecnologías y/o planificar y coordinar las mismas en colaboración con instituciones nacionales o internacionales.
9. Entender en la aplicación de las recomendaciones y directrices del 'Codex Alimentarius' y de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL en el ámbito de su incumbencia.
10. Representar y respaldar técnicamente al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA en foros científicos y auditorías nacionales e internacionales.
11. Entender en el control de gestión de los planes, programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que presenten servicios de asistencia sanitaria y asistir en la administración de los mismos.
12. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los planes, programas y actividades de laboratorios, promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales y entes sanitarios.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender, en el ámbito de los Centros Regionales, en la ejecución de los programas y planes sanitarios y de las acciones de inspección, control, habilitación, certificación, supervisión y tipificación de los animales, vegetales y de productos, subproductos y derivados de ellos, y de los establecimientos vinculados a su producción e insumos.
ACCIONES
1. Entender en la coordinación de las acciones de control, habilitación, certificación y aplicación de la normativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en el ámbito de los Centros Regionales.
2. Entender en la ejecución, a través de los Centros Regionales, de medidas sanitarias con carácter preventivo y/o precautorio sobre productos y establecimientos sujetos a la Entidad y responsabilidad del Organismo, que pudieran representar un riesgo para la sanidad animal, vegetal y/o salud pública, comunicando a las áreas competentes los procedimientos implementados.
3. Participar en la elaboración de los programas y planes que sean de ejecución en las regiones.
4. Coordinar la implementación de las tareas asignadas a los Centros Regionales a partir de los planes, programas y actividades aprobados y realizar su seguimiento.
5. Participar en representación del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA ante organismos públicos y privados nacionales, regionales e internacionales, en lo que es materia de su competencia.
6. Intervenir en la gestión de Convenios de Asistencia y Cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales, entes sanitarios y entidades intermedias destinados a optimizar el accionar de los Centros Regionales.
7. Proponer las necesidades presupuestarias en forma conjunta con los Centros Regionales.
8. Entender en el control de gestión de los planes, programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que presenten servicios de asistencia sanitaria y asistir en la administración de los mismos.
9. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los planes, programas y actividades desde el ámbito de su competencia, promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales y entes sanitarios.
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2018-63195986-APN-DNDQ#JGM
Referencia: Anexo II - EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM
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Número: IF-2018-52931564-APN-DNDQ#JGM
Referencia: EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM - ANEXO III
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MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE SUMARIOS
ACCIONES
1. Entender en la planificación, organización y control de los sumarios administrativos para deslindar responsabilidades administrativas, disciplinarias y/o patrimoniales, respecto de los hechos que la autoridad superior del Organismo resuelva investigar.
2. Coordinar la asignación y realización de los sumarios administrativos, supervisando la substanciación de los mismos.
3. Supervisar los registros que corresponda llevar en relación a la materia.
4. Elevar la conclusión definitiva de los sumarios administrativos.
5. Efectuar las comunicaciones a las áreas correspondientes con motivo de los sumarios que se instruyan en el organismo.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Planificar, programar y desarrollar la comunicación pública del Organismo, tanto interna como externa.
2. Entender en la producción de contenidos que permitan compartir con los actores públicos y privados, una visualización global de la cadena agroindustrial y los procesos sanitarios relacionados.
3. Entender en la generación y propuesta de una imagen institucional normalizada.
4. Entender en la administración de los contenidos del sitio web y de intranet en materia de su competencia.
5. Entender en la confección de los documentos y materiales de difusión del Organismo.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular en la elaboración del Plan Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de Auditoría, coordinar y controlar su ejecución, a fin de formular los ajustes correspondientes conforme las Normas de Auditoría Interna Gubernamental, los lineamientos y pautas definidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y por la máxima autoridad del Organismo.
2. Establecer el orden de prioridades en la ejecución de las auditorías en función de los riesgos y contingencias que pudieran alterar el cronograma previsto inicialmente para la ejecución de los proyectos de auditoría.
3. Diseñar y elaborar la matriz de ponderación, evaluación y mapa de riesgos, sobre la que se funda la planificación de los proyectos de auditoría, manteniéndolo actualizado en función de los resultados de las actividades de auditoría y cambios organizacionales que se produzcan.
4. Realizar el seguimiento continuo de las acciones desarrolladas en cumplimiento del Plan Anual de Auditoría, evaluar la calidad de los informes de auditoría realizados por los Responsables de Auditoría, asignar los recursos humanos destinados a cada uno de los proyectos, proporcionar instrucciones y verificar la observancia de las Normas de Auditoría Interna Gubernamental.
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
RESPONSABLE DE AUDITORÍA CONTABLE, LEGAL Y DE SISTEMAS
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular y/o Adjunto en la formulación del Plan Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de Auditoría, como asimismo en los proyectos de auditoría que se establezcan en el área de su competencia.
2. Evaluar y emitir opinión en materia contable, legal, presupuestaria, financiera y de sistemas informáticos requeridos por el Auditor Interno Titular.
3. Coordinar las tareas del equipo de auditoría actuante y participar en la elaboración de proyectos de informes, determinando hallazgos y proponiendo recomendaciones en las auditorías realizadas en el ámbito de su competencia.
4. Colaborar con los responsables de las demás áreas de la Unidad de Auditoría Interna en los temas que requieran opiniones interdisciplinarias.
5. Evaluar el cumplimiento de las acciones correctivas comprometidas por las áreas competentes para regularizar las observaciones de los informes de auditoría.
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
RESPONSABLE DE AUDITORÍA EN PROTECCIÓN E INOCUIDAD VEGETAL
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular y/o Adjunto en la formulación del Plan Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de Auditoría, como asimismo en los proyectos de auditoría que se establezcan en el área de su competencia.
2. Evaluar y emitir opinión en materia de protección vegetal, calidad e inocuidad de los productos de origen vegetal y sus áreas de apoyo técnico, requerida por el Auditor Interno Titular.
3. Coordinar las tareas del equipo de auditoría actuante y participar en la elaboración de proyectos de informes, determinando hallazgos y proponiendo recomendaciones en las auditorías realizadas en el ámbito de su competencia.
4. Auditar la pertinencia, oportunidad, exactitud e integridad de las acciones desarrolladas por las áreas operativas en la ejecución de los Planes, Programas, Protocolos y Actividades en el área de su competencia.
5. Evaluar el cumplimiento de las acciones correctivas comprometidas por las áreas competentes para regularizar las observaciones de los informes de auditoría
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
RESPONSABLE DE AUDITORÍA EN SANIDAD E INOCUIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular y/o Adjunto en la formulación del Plan Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de Auditoría, como así también en los proyectos de auditoría que se establezcan en el área de su competencia.
2. Evaluar y emitir opinión en materia de sanidad animal e inocuidad de los productos de origen animal y sus áreas de apoyo técnico, requerida por el Auditor Interno Titular.
3. Coordinar las tareas del equipo de auditoría actuante y participar en la elaboración de proyectos de informes, determinando hallazgos y proponiendo recomendaciones en las auditorías realizadas en el ámbito de su competencia.
4. Auditar la pertinencia, oportunidad, exactitud e integridad de las acciones desarrolladas por las áreas operativas en la ejecución de los Planes, Programas, Protocolos y Actividades en el área de su competencia.
5. Evaluar el cumplimiento de las acciones correctivas comprometidas por las áreas competentes para regularizar las observaciones de los informes de auditoría.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE DICTÁMENES
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección en el asesoramiento jurídico de los asuntos que se le encomienden.
2. Asistir jurídicamente a las dependencias del Organismo, en el ámbito de su competencia.
3. Coordinar la emisión de dictámenes jurídicos con relación a los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones y disposiciones, como así también en la redacción de los instrumentos de carácter jurídico del Organismo.
4. Coordinar la elaboración de dictámenes en materia de sustanciación de los procedimientos de compras y contrataciones de bienes y servicios; recursos y reclamos administrativos; empleo público; actuaciones disciplinarias; habilitaciones e inscripciones establecidas en el marco normativo agroalimentario; y denuncias administrativas en el ámbito de la Jurisdicción.
5. Organizar y mantener actualizado el registro de dictámenes vinculados a la materia de competencia del Organismo.
6. Verificar y supervisar el funcionamiento de sus unidades dependientes y centralizar la información que produzcan, a fin de uniformar criterio de dictámenes.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS SANITARIOS
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección en el asesoramiento jurídico de los asuntos que se le encomienden.
2. Asesorar jurídicamente a las dependencias del Organismo, en materia de legislación sanitaria y en los sumarios por infracciones al marco normativo agroalimentario.
3. Coordinar las medidas administrativas y/o judiciales que correspondan en el marco de los sumarios por infracciones al marco normativo agroalimentario.
4. Capacitar y efectuar estudios vinculados a materias de su competencia, a fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.
5. Supervisar en las acciones de unificación, adecuación, actualización y armonización del marco normativo agroalimentario.
6. Organizar y mantener actualizado el registro de antecedentes por sumarios por infracción al marco normativo agroalimentario.
7. Supervisar el funcionamiento de sus unidades dependientes.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS JUDICIALES
ACCIONES
1. Supervisar, organizar y controlar los asuntos judiciales en los que el Organismo sea parte y/o deba intervenir.
2. Asistir en la programación y supervisión de las tareas técnicas, jurídicas y administrativas de gestión de la documentación y de administración de recursos humanos, materiales, financieros, presupuestarios e informáticos del Servicio Jurídico.
3. Coordinar la presentación y seguimiento de las causas respectivas y articular con las Coordinaciones Jurídicas ante los Centros Regionales del Organismo, las tareas de asistencia jurídica brindadas por las mismas.
4. Coordinar la representación y patrocinio judicial del Estado Nacional en materia de su competencia, a través de los representantes designados por el Organismo y demás integrantes del Cuerpo de Abogados del Estado, participando en el proceso de asignación y remisión de antecedentes e informes necesarios para el desempeño de la representación, impartiendo las instrucciones respectivas.
5. Mantener actualizados los registros, el material bibliográfico, los sistemas informáticos y las bases de datos de gestión judicial y consulta.
6. Coordinar las tareas vinculadas con las respuestas de oficios y remisión de toda otra documentación requerida por autoridades judiciales, administrativas o legislativas, nacionales, provinciales o municipales e intervenir en la presentación de denuncias penales formuladas por el Organismo.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS FISCALES
ACCIONES
1. Efectuar la planificación, organización y control de los asuntos administrativos, jurídicos y legales de naturaleza fiscal del Organismo.
2. Emitir opinión legal en los temas referidos en materia fiscal del Organismo.
3. Coordinar la presentación y seguimiento de las causas tendientes al cobro de créditos a favor del Organismo impartiendo las instrucciones respectivas.
4. Intervenir en el Registro de Deudores sobre los cuales el Organismo ha iniciado la gestión de cobro de créditos.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN DOCUMENTAL
ACCIONES
1. Coordinar las tareas vinculadas a la recepción, tramitación de los proyectos de actos administrativos y toda la documentación administrativa emanada de las autoridades del Organismo, entendiendo en el control de los mismos desde el punto de vista formal y formular las observaciones que puedan corresponder.
2. Coordinar las tareas de recepción, clasificación y digitalización de la documentación dirigida al Organismo y su derivación a las áreas sustantivas, asegurando su tramitación de acuerdo a las normas vigentes.
3. Coordinar la guarda de la documentación administrativa del Organismo.
4. Coordinar la notificación de los actos administrativos, de acuerdo a la normativa en vigencia, así como las tareas vinculadas al despacho de correspondencia y telegramas que gire el Organismo.
5. Coordinar las tareas vinculadas con el Centro de Información al Usuario, mediante la gestión de la información pública y bibliográfica, los servicios al ciudadano, la compilación de los trámites y procedimientos del Organismo en el marco del Gobierno Abierto y la Transparencia Activa.
6. Intervenir en el seguimiento y la asistencia técnica del sistema de Gestión Documental Electrónica, determinando las medidas correctivas pertinentes, fijando lineamientos para su adecuado uso. Entender en la administración local de dicho sistema.
7. Coordinar la elaboración, formalización y seguimiento de los Convenios de Cooperación y Asistencia Técnica y administración de programas, celebrados por la Entidad con organismos nacionales e internacionales, bloques de naciones, gobiernos provinciales y municipales, organizaciones internacionales de crédito, y otros organismos intervinientes.
8. Asistirá la Dirección General en los temas vinculados al área de su competencia en las evaluaciones realizadas por los organismos de control internos y externos.
9. Coordinar el procedimiento para la inscripción y el registro de los entes sanitarios y mantener actualizada la base registral de los mismos, de conformidad con la normativa vigente.
10. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES
1. Organizar y mantener actualizados los sistemas de información relacionados con la administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.
2. Efectuar el relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, como también de los procesos, flujos y procedimientos de trabajo, proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.
3. Custodiar y mantener actualizados los Legajos Únicos del Personal y las bases de datos correspondientes.
4. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración del personal.
5. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación de desempeño, asistiendo a las autoridades y Comités de Evaluación en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la administración de los resultados del proceso.
6. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de capacitación.
7. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes, asistiendo técnicamente a la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera de la repartición.
8. Analizar el esquema general de incentivos al personal y proponer las medidas que correspondan.
9. Participar como referente del Organismo en el diálogo con los representantes gremiales en la administración y negociación de Acuerdos o Convenios.
10. Supervisar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos, higiene y seguridad laboral.
11. Actuar como enlace en materia de integridad y ética en el ejercicio de la función pública, brindando asistencia y promoviendo internamente la aplicación de la normativa vigente y de sus sanciones, de conformidad con lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación.
12. Imple mentar estrategias de sensibilización y capacitación en temas de transparencia, ética y lucha contra la corrupción, realizando el seguimiento de aquellos asuntos que le sean remitidos por la OFICINA ANTICORRUPCIÓN.
13. Promover el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales en materia de lucha contra la corrupción y reportar a la OFICINA ANTICORRUPCIÓN sobre el nivel de avance, en el ámbito de su competencia.
14. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en los temas vinculados al área de su competencia en las evaluaciones realizadas por los organismos de control internos y externos.
15. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
COORDINACIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
ACCIONES
1. Coordinar las tareas entre las unidades organizativas del área y asistir y supervisar a las mismas en la organización, planificación y ejecución de las tareas en materia de recursos humanos del organismo.
2. Coordinar el relevamiento, evaluación, diseño y actualización de los puestos de trabajo del organismo.
3. Asistir en programas de mejoramiento de la calidad de servicios y mejora en la atención al público, en el ámbito de su competencia.
4. Coordinar el planeamiento, diseño de procesos y flujos de trabajo del organismo.
5. Administrar la información para la liquidación de haberes y demás compensaciones del personal.
6. Supervisar el control del cumplimiento de las normas que regulen al empleado público.
7. Efectuar la actualización y mantenimiento de las bases de datos de los recursos humanos del Organismo.
8. Intervenir en la elaboración de los proyectos de actos administrativos atinentes al personal del organismo.
9. Controlar la asistencia del personal y garantizar la actualización de los Legajos Únicos del Personal.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN
ACCIONES
1. Planificar y supervisar los desarrollos de proyectos informáticos, las comunicaciones, la seguridad informática, la administración de bases de datos y el soporte técnico, en el marco del Plan de Modernización del Estado, en el ámbito del organismo.
2. Entender en el relevamiento de las necesidades organizativas y de información del Organismo, para el desarrollo de procedimientos y sistemas, y en la implementación de políticas y planes informáticos consecuentes al mismo.
3. Planificar, desarrollar e implementar software de gestión, necesarios para optimizar el funcionamiento institucional.
4. Proveer de asistencia tecnológica a todas las áreas del Organismo.
5. Proponer y verificar el cumplimiento de políticas tendientes a preservar la seguridad, confidencialidad e integridad de la información y de los sistemas de aplicación del organismo.
6. Analizar e investigar tendencias tecnológicas para su aplicación en el Organismo.
7. Analizar, planificar y administrar la estructura de telecomunicaciones del Organismo.
8. Administrar servidores, redes y bases de datos centralizadas de la Entidad.
9. Entender en las relaciones con los Organismos externos en materia de su competencia.
10. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en los temas vinculados al área de su competencia en las evaluaciones realizadas por los organismos de control internos y externos.
11. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS
ACCIONES
1. Asistir a las máximas autoridades del Organismo en el diseño de la política presupuestaria de la Entidad.
2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación del presupuesto, la programación de la ejecución presupuestaria y las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
3. Registrar la información contable y financiera del presupuesto anual del Organismo.
4. Planificar y supervisar las tareas de conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles afectados al Organismo, registrando las altas y bajas de los mismos.
5. Entender en la ejecución de las contrataciones de bienes y suministros como asimismo de los servicios generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad y de mantenimiento de automotores.
6. Entender en las tareas relacionadas con el almacenamiento y distribución de suministros.
7. Promover y mantener adecuadas condiciones de infraestructura en los lugares de trabajo.
8. Controlar, en materia de su competencia, los Planes de Trabajo correspondientes a los Convenios de Cooperación y Asistencia Técnica y administración de programas celebrados por el Organismo.
9. Participar, desde el ámbito de su competencia, en el control de los entes sanitarios.
10. Entender en los procesos de registraciones contables, financieras, presupuestarias, preparación de balances, estados de ejecución, rendición de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos, y administrar las diferentes cuentas bancarias de los programas y/o proyectos en el ámbito de su competencia.
11. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en los temas vinculados al área de su competencia en las evaluaciones realizadas por los organismos de control internos y externos.
12. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Proponer los lineamientos para la programación de las actividades administrativas de toda la Dirección, a partir de un diagnóstico organizacional que permita elaborar propuestas de acción con contenidos razonables de eficacia, eficiencia y economicidad.
2. Asistir en la realización del diagnóstico de los procesos que utilizan las diferentes áreas administrativas, asesorar y evaluar en materia de análisis de tareas, sistemas administrativos, diseño de procesos, métodos y medición de trabajo administrativo.
3. Analizar y elaborar propuestas sobre el mejoramiento de procesos administrativos identificados como prioritarios, brindando asistencia técnica en la materia; evaluar y asesorar sobre el grado de oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de nuevos procesos y procedimientos, desarrollar y proponer instrumentos metodológicos para la reingeniería de procesos sustitutivos y de apoyo administrativo.
4. Asistir al Director en el desarrollo de criterios e indicadores que simplifiquen el monitoreo del desempeño operativo.
5. Asistir en la elaboración de los procesos en materia de los planes anuales de compras, supervisar la gestión de las compras y contrataciones y coordinar la provisión de bienes y servicios.
6. Supervisar los procedimientos en materia de contrataciones y en el almacenamiento y distribución de bienes y suministros, y los correspondientes al desarrollo de las prestaciones de los servicios generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, y de mantenimiento de automotores, asegurando la optimización de dichos procesos y la eficiente ejecución de los programas.
7. Supervisar que los manuales de procedimientos del área de su competencia, se mantengan actualizados y controlar su efectivo cumplimiento.
8. Asesorar e intervenir, cuando corresponda, en las diferentes etapas de los procesos de adquisición de bienes, contratación de obras y consultores llevados a cabo por los distintos programas y/o proyectos nacionales e internacionales en el ámbito de su competencia.
9. Propiciar contrataciones de asistencia técnica y/o consultorías, que considere necesarias u oportunas para llevar a cabo una mejor gestión de los diferentes proyectos.
10. Atender e intervenir en la planificación, dirección y control de las actividades destinadas a proyectos, restauración, conservación, preservación, mantenimiento y reciclaje de los inmuebles del Servicio Nacional.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL PRESUPUESTARIA
ACCIONES
1. Coordinar la elaboración de la política presupuestaria de la Entidad, sobre la base de las normas técnicas que determine la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.
2. Asistir a las autoridades y a los responsables de cada una de las categorías programáticas del presupuesto en la interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación de la ejecución, modificación y evaluación de la ejecución presupuestaria.
3. Supervisar la preparación del anteproyecto de la Entidad, dentro de los límites financieros establecidos, y como resultado del análisis y compatibilización de las propuestas de cada una de las unidades ejecutoras de los programas presupuestarios.
4. Proponer y justificar cambios en la apertura programática del organismo.
5. Consolidar la información remitida por las unidades ejecutoras de programas referidas a la ejecución físico-financiera del presupuesto.
6. Entender en la preparación de los proyectos de cooperación, administración de programas y asistencia técnica.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL FINANCIERA
ACCIONES
1. Participar en la formulación de la política financiera y arancelaria de la Entidad y colaborar con la programación de la ejecución del presupuesto.
2. Desarrollar estudios y análisis económico financiero de la gestión institucional, evaluando las proyecciones, la ejecución presupuestaria y la situación financiera global del Organismo.
3. Coordinar la planificación del flujo de fondos, conformando el presupuesto de caja.
4. Coordinar el cobro de la totalidad de los ingresos que se produzcan, cualquiera sea su naturaleza.
5. Coordinar el cumplimiento de los plazos de pagos de terceros, de acuerdo a las normas legales vigentes, así como también la gestión del reclamo de deudas a los usuarios externos en situación de mora ante el Organismo.
6. Controlar los ingresos y egresos de fondos y valores, y la correspondiente emisión del parte diario de caja en el ámbito de su competencia.
7. Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores del organismo.
8. Asistir al a la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros en lo referente al control y ejecución del manejo del Fondo Rotatorio Central.
9. Coordinar desde el ámbito de su competencia el Sistema de Gestión Administrativa, interviniendo en el desarrollo de las mejoras necesarias.
10. Coordinar el desarrollo y firma de convenios de medios de pago con las distintas entidades financieras y la Dirección de Servicios Administrativos Financieros.
11. Analizar las fuentes de financiamiento del Organismo y la cartera de préstamos, proponiendo estimaciones de recursos y solicitudes de desembolsos y anticipos de fondos.
12. Participar en la formulación de las solicitudes de préstamos que se gestionen ante organismos crediticios.
13. Revisar y aprobar en materia financiera, los Planes Operativos Anuales y Planes de Trabajo correspondientes a los convenios celebrados en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL CONTABLE
ACCIONES
1. Llevar la contabilidad general supervisando las tareas de registros contables y presupuestarios.
2. Coordinar la preparación de los balances y estados de ejecución y la confección de la cuenta de ahorro, inversión y financiamiento del Organismo.
3. Supervisar las liquidaciones de haberes y servicios extraordinarios, y los aportes personales, contribuciones patronales, obra social, Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y Administración Nacional de la Seguridad Social; las liquidaciones de embargos u otras medidas cautelares emanadas de la autoridad judicial; las liquidaciones de cesiones de créditos y prendas.
4. Coordinar el registro y liquidación de las deudas del Organismo, verificando las condiciones de las mismas.
5. Supervisar la aplicación de la normativa vigente en materia impositiva en el ámbito de su competencia.
6. Procesar y producir información contable y oportuna, que sirva de apoyo a la toma de decisiones por parte de las autoridades del organismo.
7. Realizar el registro contable de los ingresos y egresos que surjan de la implementación de convenios de cooperación y asistencia técnica celebrados con organismos nacionales e internacionales, bloques de naciones, gobiernos provinciales y municipales, entidades nacionales, organizaciones internacionales de crédito, entre otros, que tengan por objeto el fortalecimiento institucional.
8. Intervenir en los procesos de aprobación de las rendiciones de cuentas, previa aceptación del área técnica que le da origen proponiendo las medidas correctivas, en los casos que correspondan.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN TÉCNICA EN PROTECCIÓN VEGETAL
ACCIONES
1. Coordinar y armonizar los procesos de gestión interna de la Dirección en materia de presupuesto, capacitación, comunicación, gestión administrativa y del personal, demandas de laboratorio vegetal, actualización normativa y seguimiento de acuerdos y convenios.
2. Coordinar la formulación, implementación y seguimiento de la ejecución del plan anual de control de gestión de la Dirección.
3. Desarrollar e implementar el control de gestión, supervisando el cumplimiento de las metas y objetivos de los programas y actividades de la Dirección.
4. Coordinar las actividades de seguimiento de los informes de auditoría interna de la Dirección.
5. Supervisar la implementación de los programas especiales de la Dirección que, por su carácter transversal, incipiente o particular, se implementen desde la Coordinación.
6. Coordinar los ámbitos de trabajo conjunto entre las distintas áreas de la Dirección Nacional y los temas de articulación con otras áreas del Organismo.
7. Asistir a la Dirección Nacional en la elaboración de informes u otras actividades que ésta encomiende y en la coordinación y comunicación mensual de las actividades que se proyecten realizar en los Centros Regionales por parte del personal de la Dirección.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS FITOSANITARIOS INTERNACIONALES
ACCIONES
1. Intervenir en la coordinación de negociaciones fitosanitarias bilaterales con otros países para el establecimiento de requisitos fitosanitarios de exportación e importación, interactuando con todas las áreas técnicas intervinientes.
2. Intervenir en los asuntos regionales y multilaterales fitosanitarios, entre ellos el Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur, el Mercado Común del Sur, el Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio y la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, coordinando las actividades que desde los distintos órganos regionales y multilaterales se requieran.
3. Asistirá la Dirección Nacional en la coordinación de asuntos bilaterales y multilaterales, incluyendo temas de cooperación, en materia fitosanitaria.
4. Colaborar en la elaboración de normas fitosanitarias nacionales relacionadas con los ámbitos regional y multilateral, así como en las actividades que puedan tener impacto en los mercados de destino de productos vegetales de origen argentino.
5. Asistir a la Dirección Nacional en el seguimiento y monitoreo de los acuerdos y compromisos asumidos en foros internacionales.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA FITOSANITARIA
ACCIONES
1. Generar y aportar la información estratégica a la Dirección Nacional de Protección Vegetal para apoyar la toma de decisiones en el ámbito de la protección fitosanitaria nacional y/o regional.
2. Definir el estatus fitosanitario de los cultivos nacionales de acuerdo a los lineamientos establecidos para la vigilancia general por las normas internacionales vigentes e implementar sistemas de vigilancia general y específica asociados a las problemáticas priorizadas
3. Mantener y fortalecer el Sistema Nacional de Vigilancia y Monitoreo a fin de establecer oficialmente la condición fitosanitaria de las plagas en los principales cultivos, los ecosistemas naturales, así como en las áreas públicas y urbanas cuando se considere necesario.
4. Alertar sobre el riesgo de ingreso al territorio nacional de plagas ausentes y cambios en las plagas presentes cuando su impacto económico resulte significativo.
5. Desarrollar la capacidad de detección precoz de brotes o incursiones de plagas ausentes de importancia económica y/o cuarentenaria en coordinación con otras áreas pertinentes.
6. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en sistemas de vigilancia, prevención y gestión de información en el ámbito de su competencia.
7. Intervenir en la bioseguridad agroambiental referida a organismos vegetales genéticamente modificados, plagas resistentes, organismos biológicos y agentes de control biológico.
8. Proponer la redacción de la normativa aplicable en materia de competencia de la Dirección.
9. Promover acuerdos de cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios, y/o entidades intermedias relacionados al ámbito fitosanitario a fin de mejorar los sistemas de vigilancia, prevención y de gestión de la información.
10. Generar, organizar y mantener actualizados los registros de competencia de la Dirección.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA FITOSANITARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE ANÁLISIS DE RIESGO Y VIGILANCIA
ACCIONES
1. Evaluar las problemáticas fitosanitarias que ameriten la implementación de sistemas de vigilancia general y específica.
2. Priorizar los escenarios plaga-territorio-cadena y generar las matrices de decisión para apoyar la definición de estrategias de prevención.
3. Identificar cambios en las plagas presentes que pudieran constituir un riesgo a la economía regional o nacional.
4. Generar sistemas que permitan la detección temprana de incursiones de plagas cuarentenarias ausentes.
5. Coordinar las acciones de vigilancia para el diagnóstico fitosanitario territorial.
6. Formular y validar modelos predictivos y de distribución potencial de plagas.
7. Establecer y evaluarlos impactos económicos, ambientales y sociales en los escenarios priorizados, en materia de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA FITOSANITARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN FITOSANITARIA
ACCIONES
1. Desarrollar sistemas de apoyo para la gestión de información estratégica fitosanitaria.
2. Generar las vinculaciones necesarias con otros sistemas de información internos y externos que resulten relevantes en el ámbito de su competencia.
3. Desarrollar la red de referentes expertos para el intercambio de conocimiento y validación en el ámbito de su competencia.
4. Gestionar la información necesaria por cadena de cultivo para el apoyo a las negociaciones fitosanitarias internacionales.
5. Aportar información para el sistema de certificación fitosanitaria de los productos de exportación.
6. Vincular el sistema del Documento de Tránsito Vegetal con otros sistemas relacionados, estandarizando la información para clasificar los perfiles de riesgo en las cadenas productivas involucradas.
7. Suministrar información para los análisis de riesgo de plagas que se realizan a fin de establecer los requisitos fitosanitarios de importación.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL
ACCIONES
1. Proponer los programas de prevención y control de plagas de vegetales a nivel nacional y su implementación acorde a las necesidades y características de cada región.
2. Establecer procedimientos y actividades para el control de plagas vegetales de alto impacto económico a nivel provincial, nacional y regional.
3. Promover acuerdos de cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios, y/o entidades intermedias y privados a fin de implementar acciones conjuntas en materia de su competencia.
4. Intervenir en el desarrollo y ejecución de acciones en materia fitosanitaria, con los Centros Regionales y los servicios provinciales y el sector privado.
5. Articular los procesos y procedimientos necesarios para la implementación y seguimiento de los planes y programas fitosanitarios.
6. Analizar el costo beneficio de la implementación de los programas fitosanitarios desde el punto de vista económico y socio ambiental.
7. Proponer la matriz de riesgo para la implementación de los programas fitosanitarios.
8. Proponer la redacción de la normativa aplicable en materia de competencia de la Dirección.
9. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica y articular con los organismos competentes y propiciar la implementación de innovaciones tecnológicas y sistemas informáticos para los programas fitosanitarios en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PROGRAMAS FITOSANITARIOS
ACCIONES
1. Proponer la estrategia de intervención territorial para aquellas plagas presentes priorizadas a nivel nacional y regional.
2. Coordinar la formulación de los planes sanitarios para las plagas priorizadas a nivel nacional y regional
3. Coordinar el desarrollo y la ejecución operativa de programas fitosanitarios destinados a lograr la prevención y control de las plagas priorizadas contemplando la gestión eficiente de los recursos.
4. Proponer los manuales de procedimientos específicos inherentes a las actividades de los programas fitosanitarios.
5. Evaluar el grado de cumplimiento de las actividades planificadas en los diferentes programas fitosanitarios y proponer las correcciones necesarias.
6. Proponer las actividades específicas de capacitación y difusión inherentes a los programas fitosanitarios.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIAS
ACCIONES
1. Coordinar la elaboración de planes de contingencia para las plagas que se encuentren bajo control oficial y aquellas plagas ausentes priorizadas.
2. Evaluar y seleccionar opciones para disminuir el riesgo de establecimiento y dispersión de una plaga priorizada.
3. Participar en la elaboración de protocolos de riesgo para las plagas priorizadas.
4. Evaluar la necesidad de la declaración de emergencia fitosanitaria y la finalización de la misma para una plaga priorizada.
5. Planificar, coordinar y evaluar las acciones de emergencia para una plaga priorizada, en forma conjunta con los programas fitosanitarios y los actores involucrados.
6. Cooperar en la elaboración y seguimiento del presupuesto de la contingencia y emergencia en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR VEGETAL
ACCIONES
1. Proponer y mantener los requisitos fitosanitarios de importación y tránsito internacional de los artículos reglamentados para prevenir la introducción y dispersión de plagas cuarentenarias al territorio nacional.
2. Proponer el estatus cuarentenario de las plagas a nivel nacional.
3. Proponer e implementar el sistema de cuarentena post-entrada.
4. Proponer las opciones de manejo de riesgo de plagas para la certificación fitosanitaria de artículos reglamentados de exportación.
5. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica para la implementación de medidas de manejo de riesgo para la exportación de artículos reglamentados
6. Proponer y liderar la matriz de riesgo fitosanitario en la importación, exportación y tránsito internacional de artículos reglamentados.
7. Proponer y liderar los sistemas informáticos de auto gestión en la certificación fitosanitaria para la importación, exportación y tránsito internacional.
8. Establecer los procedimientos necesarios para prevenir la introducción y dispersión de plagas cuarentenarias a través de artículos reglamentados de importación, tránsito internacional y pasajeros, incluyendo su seguimiento mediante los controles de gestión.
9. Establecer los procesos y procedimientos de inspección y certificación para la exportación de artículos reglamentados, incluyendo el seguimiento de su implementación mediante los controles de gestión.
10. Proponer los puertos, aeropuertos, aduanas secas y pasos fronterizos habilitados como puntos de ingreso y egreso comercial del país de los productos de competencia de la Dirección.
11. Proponer la normativa aplicable de competencia de la Dirección para cargas comerciales y de pasajeros en cumplimiento de las normas internacionales.
12. Promover acuerdos de cooperación con entes u organismos públicos y privados fin de desarrollar acciones conjuntas de competencia de la Dirección.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE REGULACIONES FITOSANITARIAS
ACCIONES
1. Coordinar el desarrollo de los Análisis de Riesgos de Plagas para el establecimiento y actualización de los requisitos fitosanitarios para artículos reglamentados de importación y tránsito internacional para prevenir la introducción y dispersión de plagas cuarentenarias al Territorio Nacional.
2. Proponer una programación para la elaboración de los Análisis de Riesgo de Plagas, estableciendo una priorización en permanente actualización mediante la evaluación técnica correspondiente.
3. Analizar la información técnica y los requisitos fitosanitarios establecidos por países potencialmente importadores de productos vegetales argentinos y definir las medidas de manejo de riesgo adecuadas para la certificación fitosanitaria.
4. Mantener actualizada la información técnica que avala los requisitos fitosanitarios vigentes.
5. Proponer y mantener actualizado el listado de plagas cuarentenarias a nivel nacional.
6. Formular el sistema de cuarentena post-entrada.
7. Elaborar la matriz de riesgo fitosanitario en la importación, exportación y tránsito internacional de artículos reglamentados.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA
ACCIONES
1. Generar y mantener actualizada una base de datos de los requisitos fitosanitarios oficiales de los países importadores para la correspondiente certificación fitosanitaria de exportación.
2. Generar y mantener actualizada una base de datos de requisitos fitosanitarios para importación, exportación y tránsito internacional.
3. Asistir en la definición de las necesidades de desarrollo de sistemas informáticos de gestión en la certificación fitosanitaria para la importación, exportación y tránsito internacional.
4. Coordinar el desarrollo e implementación de los sistemas, procesos y procedimientos de inspección y certificación para la importación, exportación y tránsito internacional.
5. Proponer los manuales de procedimientos específicos inherentes a las actividades de certificación fitosanitaria.
6. Coordinar las tareas de implementación de los protocolos acordados bilateralmente para la certificación de exportaciones.
7. Evaluar las condiciones de los puertos, aeropuertos, aduanas secas y pasos fronterizos como puntos de ingreso, egreso y tránsito internacional del país, tanto para el control del cumplimiento de las medidas fitosanitarias de cargas comerciales como de pasajeros.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE AGROQUÍMICOS Y BIOLÓGICOS
ACCIONES
1. Entender en el cumplimiento de las normas técnico-administrativas referidas a la elaboración y/o formulación de productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas utilizados para la producción agrícola y el control de plagas vegetales.
2. Inscribir, registrar y auditar los establecimientos que elaboren y/o formulen productos fitosanitarios, como así también proponer la inscripción de toda persona humana o jurídica u objeto a ser registrado en el ámbito de su competencia.
3. Realizar la evaluación técnica, de la documentación presentada para la aprobación y registro de los principios activos y/o productos formulados, fertilizantes y enmiendas.
4. Proponer la restricción o prohibición de los productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas de uso agrícola.
5. Proponer la política de tramitaciones de importación y exportación de agroquímicos y biológicos.
6. Colaborar con los programas que llevan otras áreas del Organismo, en el control de la elaboración, comercialización y uso de los productos de su competencia.
7. Reglamentar, administrar y mantener actualizados los Registros de su competencia.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN TÉCNICA EN SANIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Coordinar y armonizar los procesos de gestión interna de la Dirección Nacional en materia de presupuesto, capacitación, comunicación, gestión administrativa y del personal, demandas de laboratorio animal, actualización normativa y seguimiento de acuerdos y convenios.
2. Coordinar las actividades de la Dirección Nacional en articulación con otras áreas del Organismo.
3. Coordinar la formulación, implementación y seguimiento de la ejecución del Plan Anual de Control de Gestión de la Dirección Nacional.
4. Coordinar las actividades de seguimiento de los informes de auditoría interna de la Dirección Nacional.
5. Supervisar la implementación de los programas especiales de la Dirección Nacional que, por su carácter transversal, incipiente o particular, se implementen desde la Coordinación General.
6. Coordinar los ámbitos de trabajo conjunto entre las distintas áreas de la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS ZOOSANITARIOS INTERNACIONALES
ACCIONES
1. Coordinar la participación de las áreas técnicas, en el ámbito de competencia de la Dirección Nacional, en los ámbitos zoosanitarios bilaterales y multilaterales internacionales.
2. Intervenir en los asuntos regionales y multilaterales zoosanitarios, coordinando las actividades que desde los distintos órganos regionales y multilaterales se requieran.
3. Asistir a la Dirección Nacional en la coordinación de asuntos bilaterales y multilaterales, incluyendo temas de cooperación, en materia zoosanitaria.
4. Coordinar y priorizar las actividades de la Dirección Nacional que puedan tener impacto en el proceso de apertura y mantenimiento del comercio internacional de mercancías animales de origen nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Desarrollar la estrategia nacional para la protección zoosanitaria nacional y/o regional.
2. Elaborar las estrategias de control, prevención y erradicación de enfermedades y la normativa y programas para su aplicación.
3. Elaborarlas estrategias para la implementación y consolidación del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica.
4. Desarrollar las estrategias para adquirir y mantener reconocimientos de estatus sanitarios, en el ámbito de su competencia.
5. Proponer las estrategias adecuadas de detección precoz de brotes o incursiones de enfermedades animales ausentes de importancia económica y/o cuarentenaria en coordinación con otras áreas pertinentes.
6. Comunicar sobre los cambios en la situación de una enfermedad presente y su impacto económico, cuando resulte significativo.
7. Desarrollar los Análisis de Riesgo en materia zoosanitaria.
8. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en sistemas de epidemiología, prevención y gestión de información.
9. Promover acuerdos/convenios de cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, relacionados al ámbito zoosanitario a fin de mejorar los sistemas de epidemiología, prevención y de gestión de la información.
10. Analizar el costo beneficio de la implementación de los programas zoosanitarios desde el punto de vista económico y socio-ambiental.
11. Proponer la matriz de riesgo para la implementación de los programas zoosanitarios.
12. Participar en las acciones derivadas de la aplicación de convenios zoosanitarios, en el ámbito de comités o comisiones técnicas y otros, tanto nacionales como internacionales.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
ACCIONES
1. Diseñar estudios epidemiológicos a efectos de apoyar las estrategias sanitarias de la Dirección Nacional de Sanidad Animal y a los requerimientos del comercio internacional.
2. Realizar el análisis de la información sanitaria y de los estudios para determinar factores e indicadores de riesgo asociados a enfermedades animales.
3. Estudiar la distribución y dinámica de las enfermedades animales presentes en el país y demostrar la ausencia de las enfermedades animales exóticas.
4. Realizar análisis de riesgo de enfermedades animales.
5. Establecer las estrategias de vigilancia en fauna silvestre y coordinar la red de expertos en el tema.
6. Identificar las características sanitarias y geográficas de las áreas productivas para la implementación de estrategias de zonificación y compartimentación en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE SANIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Definir estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades animales y proponer las normas, programas y procedimientos técnicos relacionados.
2. Elaborar las estrategias para mantener y obtener reconocimientos de estatus sanitario.
3. Elaborar estrategias de bienestar animal en el ámbito de su competencia.
4. Coordinar y gestionar las comisiones nacionales y grupos técnicos involucradosen las estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades animales.
5. Proponer las actividades específicas de capacitación, comunicación, difusión y divulgación relacionadas con la prevención, control y erradicación de enfermedades animales.
6. Ejercer la contraparte técnica con los Centros Regionales en los temas de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN SANITARIA Y CONTROL DE GESTIÓN
ACCIONES
1. Coordinar la ejecución de los programas de prevención y control de enfermedades animales a nivel nacional y su implementación, acorde a las necesidades y características de cada región.
2. Coordinar la ejecución de las acciones destinadas a la detección precoz de brotes o incursiones de enfermedades animales y el control de los mismos, en coordinación con otras áreas pertinentes y su implementación, de acuerdo a las necesidades y características de cada región.
3. Intervenir en el desarrollo de los acuerdos/convenios de cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, a fin de implementar acciones conjuntas en el ámbito de su competencia.
4. Proponer y articular con las áreas competentes en la materia, el desarrollo de los sistemas de información y gestión sanitaria.
5. Articular con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, el desarrollo de sistemas de intercambio de información para la gestión zoosanitaria.
6. Articular los procesos y procedimientos necesarios para la implementación y seguimiento de los planes y programas zoosanitarios.
7. Coordinar los procesos de control de gestión de los planes y programas zoosanitarios.
8. Proponer la redacción de la normativa aplicable en materia de competencia de la Dirección.
9. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica y articular con los organismos competentes en materia de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN SANITARIA Y CONTROL DE GESTIÓN
COORDINACIÓN GENERAL DE SISTEMAS DE GESTIÓN SANITARIA
ACCIONES
1. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las actividades vinculadas a la habilitación y control de establecimientos y/o instalaciones asociadas a la producción primaria animal.
2. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las actividades vinculadas a la identificación y trazabilidad animal.
3. Controlar y verificar el cumplimiento de las normas, programas y procedimientos que regulen las actividades vinculadas a la habilitación y control de establecimientos y/o instalaciones asociadas a la producción primaria, identificación y trazabilidad animal.
4. Desarrollar y gestionar los sistemas de gestión e información sanitaria inherentes a la sanidad animal.
5. Articular la interacción de los sistemas de gestión e información sanitaria con otros sistemas y brindar asistencia técnica a los usuarios internos y externos.
6. Procesar y consolidar la información de los Sistemas de Gestión Sanitaria para su posterior análisis y elaboración de informes.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN SANITARIA Y CONTROL DE GESTIÓN
COORDINACIÓN GENERAL DE CONTROL TERRITORIAL
ACCIONES
1. Planificar, coordinar y supervisar la implementación de las acciones en terreno, de acuerdo a las estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades animales.
2. Controlar y verificar el cumplimiento de las acciones en terreno implementadas, de acuerdo a las estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades animales.
3. Proponer las normas y procedimientos de los sistemas de atención de eventos y emergencias sanitarias.
4. Coordinar, supervisar y evaluar la implementación de las normas y procedimientos de los sistemas de atención de eventos y emergencias sanitarias.
5. Coordinar la interacción con organismos públicos y privados nacionales e internacionales, entes sanitarios o entidades intermedias para la implementación de las acciones en terreno, de acuerdo a las estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades animales.
6. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en materia de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ANIMAL
ACCIONES
1. Proponer los requisitos zoosanitarios de importación y tránsito internacional de mercancías animales, para prevenir la introducción y dispersión de enfermedades animales en el Territorio Nacional.
2. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la negociación de protocolos zoosanitarios para la exportación, importación y tránsito internacional de mercancías animales.
3. Proponer la estrategia y coordinar la implementación de los sistemas cuarentenarios para el movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo.
4. Participar en ámbitos públicos o privados, nacionales e internacionales en la discusión de regulaciones zoosanitarias que impacten en el movimiento internacional de mercancías animales.
5. Asistir en la formulación de los planes de prevención, control y erradicación de enfermedades de los animales en los temas cuarentenarios.
6. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica para la implementación de medidas de manejo de riesgo para el movimiento internacional de mercancías animales.
7. Proponer y liderar la matriz de riesgo zoosanitario en la importación, exportación y tránsito internacional de mercancías animales.
8. Establecer los procedimientos necesarios para prevenir la introducción y dispersión de enfermedades a través del movimiento internacional de mercancías animales, incluyendo su seguimiento mediante los controles de gestión.
9. Establecer los procesos y procedimientos de autorización, inspección y certificación para el movimiento internacional de mercancías animales, incluyendo su seguimiento de implementación mediante los controles de gestión.
10. Promover acuerdos/convenios de cooperación con organismos públicos, nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, a fin de desarrollar acciones conjuntas de competencia de la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE REGULACIONES CUARENTENARIAS
ACCIONES
1. Elaborar los requisitos zoosanitarios para la gestión de riesgo asociado a la importación y tránsito internacional de mercancías animales.
2. Participar en la negociación de protocolos zoosanitarios de exportación y tránsito internacional de mercancías animales.
3. Participar en las cláusulas zoosanitarias para la consolidación de los acuerdos de certificación de exportación de mercancías animales.
4. Intervenir en la elaboración de las normas y estándares para cuarentenas zoosanitarias internas y externas y para el movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo.
5. Ejecutar la programación anual de las actividades previstas por la Dirección de Comercio Exterior Animal, mediante el cumplimiento de la normativa cuarentenaria, en las operaciones de exportación, importación y tránsito internacional entre terceros países, de animales vivos y de productos de origen animal, en aras de preservar el patrimonio zoosanitario nacional.
6. Ejercer la contraparte técnica con los Centros Regionales del Organismo en los temas de incumbencia de la Dirección de Comercio Exterior Animal.
7. Participar en las decisiones técnicas relacionadas con el movimiento internacional de mercancías animales en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE OPERACIONES CUARENTENARIAS
ACCIONES
1. Generar el sistema de comunicación de alerta ante la aparición en terceros países, de focos y/o epidemias de enfermedades de los animales que impacten en el comercio internacional, minimizando el riesgo de su introducción y diseminación en el Territorio Nacional.
2. Elaborar los instrumentos para la implementación de las acciones relacionadas con el movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
3. Coordinar la implementación de las acciones relacionadas con el movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
4. Desarrollar y gestionarlos sistemas de información de las operaciones de movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
5. Intervenir en la autorización de importación de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
6. Intervenir en la emisión de los certificados zoosanitarios de exportación de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
7. Proponer los manuales de procedimiento específicos inherentes a las actividades de certificación zoosanitaria en el ámbito de su competencia.
8. Procesar y consolidar los datos de los sistemas de información de las operaciones de movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PRODUCTOS VETERINARIOS
ACCIONES
1. Proponer y aplicar las normas técnico-administrativas referidas a la inscripción, habilitación, control y certificación de plantas destinadas a la elaboración, fraccionamiento y depósito de productos veterinarios y drogas aplicadas en medicina veterinaria.
2. Realizar la evaluación técnica de la documentación presentada para la aprobación y registro de los productos veterinarios, de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente.
3. Entender en la habilitación y registro de los establecimientos que desarrollan actividades de elaboración, fraccionamiento, depósito y expendio de productos veterinarios y proponer la inscripción de toda persona humana o jurídica u objeto a ser registrado en el ámbito de su competencia.
4. Proponer la prohibición o restricción de los productos veterinarios, cuando corresponda.
5. Intervenir en las tramitaciones de importación y exportación de productos y drogas de uso en medicina veterinaria.
6. Proponer, en resguardo de la salud pública, los períodos de carencia y los niveles de tolerancia de residuos o contaminantes, en productos comestibles de origen animal derivados del uso de productos veterinarios.
7. Reglamentar, administrar y mantener actualizados los Registros de su competencia.
8. Certificar y constatar el cumplimiento de la Norma de Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Veterinarios.
9. Fiscalizar la elaboración, fraccionamiento, depósito, expendio, distribución, despacho, conservación y condiciones de venta de todos los fármacos y drogas de uso en medicina veterinaria, así como también controlar los importados y elaborados y/o fraccionados en todo el país.
10. Coordinar y ejecutar el Programa Nacional de Vigilancia de la Resistencia a los Antimicrobianos en animales destinados al consumo humano.
11. Intervenir en la emisión de certificados concernientes a su competencia para ser presentados ante las autoridades sanitarias u organismos de terceros países y nacionales.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN TÉCNICA EN INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección Nacional en las propuestas y desarrollo de los proyectos de resoluciones y disposiciones vinculadas a la inocuidad y calidad agroalimentaria, verificándose la inclusión y/o consideración de las exigencias del comercio local e internacional de agroalimentos.
2. Promover la articulación y vinculación interinstitucional a nivel nacional e internacional, para la consecución de los objetivos estratégicos de la Dirección Nacional y con los representantes de las cadenas agroindustriales.
3. Monitorear el cumplimiento de metas en los Programas de la Dirección Nacional, tanto a nivel central como en los Centros Regionales.
4. Articular las acciones tendientes al cumplimiento de objetivos estratégicos en el ámbito de su competencia establecidos por las autoridades.
5. Asistir en la evaluación de proyectos de cooperación y convenios, de alcance nacional, regional o internacional, entes sanitarios, instituciones públicas, privadas y/o de la sociedad civil en la temática de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE APROBACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS
ACCIONES
1. Evaluar y definir la aprobación o rechazo de los productos, subproductos y derivados de origen animal y productos destinados al consumo animal elaborados y/o fraccionados en plantas habilitadas por el Organismo, de producción nacional o importados, llevando el registro pertinente.
2. Analizar técnicamente la documentación que sustente la asignación de atributos de calidad diferencia la los productos alimenticios de origen animal y vegetal para ser incluidos en el rotulado, en los términos de la normativa vigente.
3. Proponer e intervenir en normas técnico-administrativas que reglen los parámetros de composición, elaboración, rotulación, envasado y conservación de los productos, subproductos y derivados de origen animal y productos lácteos destinados a la alimentación humana y aquellos ingredientes lácteos no aditivos y alimentos destinados al consumo animal, elaborados y/o fraccionados tanto en plantas de producción nacional o en terceros países habilitadas por el Organismo, incluyendo las materias primas de origen animal destinadas a la elaboración de productos farmacéuticos opoterápicos y los incomestibles.
4. Intervenir en la autorización e inscripción de envases, materiales de empaque, acondicionamiento y en contacto con alimentos, aditivos alimentarios, coadyuvantes de tecnología para uso en productos de origen animal y vegetal de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE RIESGO
ACCIONES
1. Asistir en la preparación de informes sanitarios periódicos nacionales e internacionales a requerimiento de la Dirección Nacional y/o de las máximas autoridades del Organismo.
2. Formular y analizar documentos de análisis de riesgo, normativa y códigos internacionales: SPS, 'Codex Alimentarius', Manuales de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL, Normativa de la UNIÓN EUROPEA, y otros organismos nacionales e internacionales.
3. Entender en los análisis de riesgo de inocuidad y calidad de los alimentos, a requerimiento de las áreas técnicas y determinar las prioridades que puedan establecerse por la Dirección Nacional.
4. Proponer evaluaciones técnicas a la demanda de reconocimiento y equivalencia internacional de los sistemas de certificación de calidad, además de la autorización e inscripción de entidades certificadoras de calidad de productos agroalimentarios.
5. Llevar a cabo el diseño y ejecución de los planes de control de residuos y contaminantes en los productos y subproductos de origen animal y vegetal, incluyendo los piensos.
6. Entender en la actualización de los modelos de certificados internacionales sanitarios y de calidad para la exportación y autorización de la importación de productos, subproductos, derivados de origen animal y vegetal, alimentos para animales y procedimientos de certificación respectivos.
7. Evaluar y auditar a las entidades y sistemas de certificación de agroalimentos en el ámbito de su competencia.
8. Entender, en el ámbito de su competencia, en la autorización de las operaciones de importación, exportación y de tránsito internacional a través del Territorio Nacional de productos, subproductos y derivados de origen animal o vegetal o productos con componente o ingrediente animal o vegetal, incluyendo alimentos para animales, de acuerdo a las exigencias sanitarias y/o de calidad.
9. Participar en las inspecciones y auditorías nacionales e internacionales en la temática de su competencia, en vinculación con las áreas involucradas.
10. Relevar datos estadísticos y efectuar los informes estratégicos vinculados con los datos de producción y comercialización de productos y subproductos de competencia de la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE RIESGO
COORDINACIÓN GENERAL DE BIOTECNOLOGÍA
ACCIONES
1. Intervenir en la realización de evaluaciones de riesgo alimentario de productos provenientes de la biotecnología moderna, como son los Organismos Genéticamente Modificados, organismos editados genéticamente, nuevas técnicas de mejoramiento, nanobiotecnológicos, clonados y derivados de cualquier otra nueva tecnología, incluyendo los aditivos alimentarios a utilizar en productos vegetales.
2. Desarrollar e implementar sistemas de control de importación y exportación de granos y subproductos que puedan contener Organismos Genéticamente Modificados.
3. Elaborar y proponer reglamentos técnicos en materia de productos provenientes de la biotecnología moderna en el ámbito de su competencia.
4. Intervenir en la evaluación de incumplimientos normativos relacionados con los productos derivados de la biotecnología moderna, emitiendo los dictámenes técnicos correspondientes.
5. Participar en la actualización de los modelos de certificados internacionales que involucren Organismos Genéticamente Modificados y de los procedimientos de certificación respectivos, a los efectos de dar cumplimiento a los requisitos de los países importadores.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE RIESGO
COORDINACIÓN GENERAL DE CERTIFICACIONES E INFORMACIÓN
ACCIONES
1. Desarrollar y controlar los procedimientos de exportación, importación y tránsito internacional, que contemplen el control sanitario, documental y de identidad de las mercaderías, para resguardar la inocuidad de los alimentos, la salud pública y/o la calidad de las mercancías que correspondan al ámbito de su competencia.
2. Asistir en el análisis de riesgo asociado a los productos en las operaciones de importación y tránsito de productos de su competencia, integrando grupos de trabajo de evaluación de riesgo de inocuidad de los alimentos, en base a las recomendaciones de los Organismos de referencia, como así también en la verificación de análisis de protocolos y convenios sanitarios internacionales que hagan al intercambio de mercancías de incumbencia.
3. Entender en la definición de los atributos de calidad diferencial a los productos orgánicos, biológicos y ecológicos, de origen animal y vegetal.
4. Proponer los procedimientos de certificación de inocuidad y calidad de los alimentos, incluso la actualización de los modelos de certificados internacionales sanitarios y de calidad para la exportación y autorización de la importación de productos, subproductos, derivados de origen animal y vegetal y alimentos para animales, incluyendo los Organismos Genéticamente Modificados, y los productos orgánicos, biológicos y ecológicos.
5. Suministrar información de reportes y datos estadísticos de comercio exterior en el ámbito de su competencia, como así también articular los medios para efectuar prenotificaciones de certificados emitidos que son competencia de la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE RIESGO
COORDINACIÓN GENERAL DE VIGILANCIA Y ALERTA DE RESIDUOS Y CONTAMINANTES
ACCIONES
1. Diseñar y planificar los programas destinados al monitoreo y vigilancia de residuos y contaminantes en alimentos, propuestos a través de los Planes de Control de Residuos y Contaminantes e Higiene de alimentos de origen animal, vegetal y piensos.
2. Supervisar la gestión de los planes de monitoreo y vigilancia de residuos y contaminantes en alimentos de origen animal, vegetal y piensos, producidos a nivel nacional o importados.
3. Intervenir en la gestión de alertas sanitarias internas y externas, su investigación y gestión de riesgos en conjunto con las áreas centrales y/o regionales del organismo que correspondan.
4. Coordinar la gestión de las no conformidades derivadas de los planes de control de residuos y contaminantes en alimentos de origen animal, vegetal y piensos, ejecutada por las áreas técnicas competentes, en el ámbito de su competencia.
5. Conformar comisiones científico-técnicas de evaluación ad-hoc, permanentes o temporarias, de los Planes de Control de Residuos y Contaminantes e Higiene de alimentos de origen animal, vegetal y piensos, en virtud de los avances científico-técnicos y de los antecedentes derivados de su ejecución.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
ACCIONES
1. Entender en la propuesta de las normas de clasificación, tipificación, calidad y especificaciones técnicas que deben regir el comercio interno y externo de productos de origen animal y autorizaciones específicas sobre la calidad convenida para la exportación.
2. Proponer las normas y programas destinados al control de las condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos donde se faenen, elaboren e industrialicen productos, subproductos y derivados de origen animal, incluyendo la pesca y acuicultura.
3. Proponer los procedimientos e instructivos referidos al control de la inocuidad de los productos, subproductos y derivados de origen animal, incluyendo la pesca y acuicultura, tanto en lo referente al consumo interno como a la exportación e importación.
4. Entender en el control de gestión de las acciones establecidas en los programas y actividades de su competencia, tanto a nivel central como en los Centros Regionales.
5. Evaluar la autorización de destinos de exportación solicitados por establecimientos elaboradores de productos, subproductos y derivados de origen animal, incluyendo la pesca y acuicultura.
6. Organizar, reglamentar y administrar los Registros Nacionales de competencia del área.
7. Proponer la elaboración de convenios con organismos públicos, nacionales e internacionales y entes sanitarios, a fin de implementar los programas y acciones de su competencia y su seguimiento y evaluación.
8. Asistir en la elaboración de los análisis de riesgo en inocuidad de los alimentos de origen animal.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA
ACCIONES
1. Proponer las normas y programas destinados al control de las condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos donde se faenen, elaboren e industrialicen productos, subproductos y derivados de la pesca y acuicultura.
2. Proponer los procedimientos e instructivos referidos al control de la inocuidad de los productos, subproductos y derivados de la pesca y acuicultura, tanto en lo referente al consumo interno como a la exportación e importación.
3. Entender en la auditoría y el control de gestión de las acciones establecidas en los programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las regiones.
4. Evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos por los países para otorgar autorizaciones de exportación a requerimiento de los establecimientos elaboradores de productos, subproductos y derivados de la pesca y acuicultura.
5. Intervenir en el desarrollo del sistema de control de inocuidad en la importación en el ámbito de su competencia, para garantizar la prevención del ingreso de enfermedades exóticas o de alto riesgo para el país.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE ANIMALES TERRESTRES
ACCIONES
1. Proponer la elaboración de normas específicas y sus modificaciones a la normativa vigente conforme a las exigencias de los mercados interno y externo, vinculada con el control de las condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos donde se faenen, elaboren e industrialicen productos, subproductos y derivados de animales terrestres, incluyendo lácteos y apícolas.
2. Proponer los procedimientos e instructivos referidos al control de la inocuidad de los productos, subproductos y derivados de animales terrestres, incluyendo lácteos y apícolas, tanto en lo referente al consumo interno como a la exportación e importación.
3. Entender en la auditoría y el control de gestión de las acciones establecidas en los programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las regiones.
4. Evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos por los países para otorgar autorizaciones de exportación a requerimiento de los establecimientos elaboradores de productos, subproductos y derivados de animales terrestres, incluyendo lácteos y apícolas.
5. Intervenir en el desarrollo del sistema de control de inocuidad en la importación en el ámbito de su competencia, para garantizar la prevención del ingreso de enfermedades exóticas o de alto riesgo para el país.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL
ACCIONES
1. Proponer las normas, programas y procedimientos tendientes a la mejora continua de las condiciones de higiene e inocuidad de los productos, subproductos y materias primas de origen vegetal para la importación, exportación y tráfico federal, como así también los procedimientos para la fiscalización de la inocuidad vinculada a las diversas cadenas agroalimentarias en el ámbito de su competencia.
2. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las actividades vinculadas con la habilitación y control de establecimientos y/o instalaciones dedicados a la producción, procesamiento, elaboración, industrialización, fraccionamiento, distribución, transporte y almacenamiento de productos destinados a la alimentación animal y los piensos, y aquellos dedicados a las actividades de acopio, empaque, frigorífico, establecimientos mayoristas y proceso de productos de origen vegetal.
3. Intervenir en la inscripción de aditivos alimentarios, coadyuvantes de tecnología, envases, materiales de acondicionamiento y agentes de control higiénico-sanitario para uso en productos de origen vegetal.
4. Realizar el control de gestión de las áreas operativas regionales, en la temática de su competencia.
5. Proponer la elaboración de convenios con organismos públicos, nacionales e internacionales y entes sanitarios, a fin de implementar los programas y acciones de su competencia y su seguimiento y evaluación.
6. Asistir en la elaboración de los análisis de riesgo en inocuidad de los alimentos de origen vegetal.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE FRUTAS, HORTALIZAS Y AROMÁTICAS
ACCIONES
1. Proponer y elaborar normas y reglamentos técnicos de clasificación, tipificación, estandarización, aptitud, contaminantes y demás especificaciones de frutas, hortalizas, especies aromáticas, condimentos vegetales, especies de recolección silvestre, algodón y otros aplicables a la producción para consumo interno o la exportación y sus procesos de producción.
2. Intervenir en la emisión de autorizaciones de calidad convenida de frutas, hortalizas y otros para la exportación e importación, así como los sistemas de acondicionamiento, de producción nacional e importada, para consumo directo o uso industrial para importación y exportación.
3. Proponer la elaboración de normas específicas y modificaciones a la normativa vigente conforme a las exigencias de los mercados interno y externo, vinculada con el control de las condiciones higiénico- sanitarias de los establecimientos empacadores, procesadores, frigoríficos de productos vegetales y establecimientos mayoristas.
4. Intervenir en la gestión de las no conformidades derivadas de los planes de control de residuos y contaminantes en alimentos de origen vegetal y piensos, en el ámbito de su competencia.
5. Entender en el control de gestión de las acciones establecidas en los programas y actividades de su competencia que sean de ejecución de las regiones.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PIENSOS Y GRANARIOS
ACCIONES
1. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las actividades vinculadas con la habilitación y control de establecimientos y/o instalaciones, dedicados a la producción, acopio, procesamiento, acondicionamiento, industrialización, fraccionamiento, transporte y almacenamiento de cereales, granos, oleaginosos, legumbres, subproductos de molienda y productos vegetales destinados al consumo humano y/o animal.
2. Proponer y elaborar reglamentos técnicos de clasificación, tipificación, estandarización y demás especificaciones técnicas para el tratamiento, acondicionamiento, acopio, conservación, transporte y comercialización de cereales, oleaginosos y legumbres.
3. Realizar el seguimiento y monitoreo de la calidad de los sistemas de clasificación y análisis, y de su evolución, detectando las necesidades de actualización normativa o técnica en función de los requerimientos de los mercados nacionales e internacionales.
4. Intervenir en la emisión de autorizaciones de calidad convenida de cereales, granos, oleaginosos, legumbres, subproductos de molienda y productos alimenticios destinados al consumo humano y/o animal, para consumo directo o uso industrial para importación y exportación.
5. Entender en el control de gestión de las acciones establecidas en los programas y actividades de su competencia que sean de ejecución de las regiones.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN TÉCNICA EN LABORATORIO
ACCIONES
1. Producir informes para ser utilizados en el análisis estadístico de los programas en vigencia, en el ámbito de su competencia.
2. Gestionar y supervisar la implementación y auditoría del Sistema de Gestión de Calidad de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico.
3. Intervenir en la confección de informes a requerimiento de la Dirección General.
4. Asistir y asesorar a usuarios internos y externos en temas relacionados con sus tareas específicas.
5. Coordinar y supervisar las actividades de auditorías, habilitaciones, ensayos de pericia y resultados de análisis, produciendo informes unificados con fines estadísticos.
6. Coordinar, supervisar y auditar el seguimiento y monitoreo de los procedimientos operativos vinculados a la gestión de la información generada por el laboratorio y las redes asociadas; y los programas que permitan verificar la calidad, trazabilidad, políticas de seguridad y protección de los datos.
7. Coordinar y supervisar la implementación de trabajos científicos y de investigación; las interacciones, Proyectos y Convenios con instituciones oficiales y privadas, nacionales y extranjeras, en el ámbito de su competencia.
8. Supervisar la evaluación de la legislación nacional e internacional y la elaboración de proyectos de legislación en las actividades atinentes a la Dirección General.
9. Intervenir en la gestión de las recomendaciones y directrices del Codex Alimentarius y de otros Organismos nacionales e internacionales en el ámbito de su incumbencia.
10. Coordinar y supervisar la gestión y las actividades de los Laboratorios Regionales y de los Campos Experimentales.
11. Coordinar y supervisar la Red Nacional de Laboratorios, en el ámbito de su competencia.
12. Supervisar la interacción de la Red Nacional de Laboratorios, Laboratorios Regionales y de los Campos Experimentales en los aspectos técnicos.
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO
DIRECCIÓN DE LABORATORIO VEGETAL
ACCIONES
1. Coordinar, supervisar y/o auditar los estudios para establecer y certificar analíticamente los ensayos para la detección e identificación y certificación fitosanitaria de plagas de importancia cuarentenaria para la REPÚBLICA ARGENTINA y países compradores de productos nacionales de origen agrícola, la detección de todo tipo de sustancias contaminantes y/o residuales en productos, subproductos, alimentos y sus materias primas de origen vegetal, la realización de los controles analíticos en los aspectos microbiológicos, tecnológicos, químicos y físicos de productos, subproductos, alimentos y sus materias primas de origen vegetal.
2. Supervisar el cumplimiento de las normas de calidad y bioseguridad establecidas por la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico, en sus laboratorios y en los pertenecientes a la Red Nacional de Laboratorios en el área de su incumbencia.
3. Coordinar y realizar las certificaciones de calidad comercial, industrial y sanitaria en productos, subproductos y alimentos de origen vegetal y en la extensión del certificado argentino de calidad exigido por mercados compradores, así como la certificación de calidad de los insumos químicos y/o biológicos de uso agrícola.
4. Coordinar, supervisar y realizar el seguimiento y monitoreo de los planes de acción y los programas de su incumbencia, de acuerdo a la legislación vigente, participando en el diseño de los muestreos de productos alimenticios de origen vegetal y de insumos que se utilicen en su producción, en función de la capacidad operativa propia y de la Red de Laboratorios, de la seguridad para la salud del consumidor y de las exigencias de los mercados importadores de productos nacionales.
5. Participar en el cumplimiento de las políticas de seguridad, protección de datos y calidad establecidos por el Organismo en el ámbito de su incumbencia.
6. Participar en la gestión de las recomendaciones y directrices del Codex Alimentarius en el ámbito de su incumbencia.
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO
DIRECCIÓN DE LABORATORIO ANIMAL
ACCIONES
1. Coordinar, supervisar y/o auditar los estudios para establecer y certificar analíticamente las características técnicas de materias primas, productos, drogas, envases, rótulos, entre otros, relacionados con la medicina veterinaria, la detección de todo tipo de sustancias contaminantes y/o residuales en productos, subproductos y derivados de origen animal, los controles analíticos en los aspectos microbiológicos, tecnológicos, químicos y físicos de productos, subproductos y derivados de origen animal destinados a la alimentación; la elaboración, fraccionamiento, distribución, tenencia y expendio de productos biológicos destinados al diagnóstico y prevención de las enfermedades de los animales, diagnóstico de enfermedades animales y apoyo a la Dirección Nacional de Sanidad Animal.
2. Supervisar el cumplimiento de las normas de calidad y bioseguridad establecidas por la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico, en sus laboratorios y en los pertenecientes a la Red Nacional de Laboratorios en el área de su incumbencia.
3. Coordinar, supervisar y realizar el seguimiento y monitoreo de los planes de acción y los programas de su incumbencia de acuerdo a la legislación vigente, participando en el diseño de los muestreos de productos alimenticios de origen animal y de insumos que se utilicen en su producción, en función de la capacidad operativa de la Red de Laboratorios, de la seguridad para la salud del consumidor y de las exigencias de mercados importadores de productos nacionales.
4. Participar en el cumplimiento de las políticas de seguridad, protección de datos y calidad, establecidas por el Organismo, en el ámbito de su incumbencia.
5. Participar en la gestión de las recomendaciones y directrices del Codex Alimentarius y la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL en el ámbito de su incumbencia.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
COORDINACIÓN GENERAL DE FRONTERAS Y BARRERAS
ACCIONES
1. Entender en las actividades operativas asignadas por las normas y reglamentos técnicos en materia sanitaria, inocuidad y calidad agroalimentaria en la frontera, las barreras sanitarias vigentes y los aeropuertos, tanto para el mercado interno como externo.
2. Asistir en el desarrollo de las directrices, procedimientos e instructivos para las actividades de vigilancia y control fronterizo, de competencia de la Dirección Nacional.
3. Asistir en la implementación de las acciones de control de gestión de las tareas vinculadas a los procedimientos de competencia de la Dirección Nacional.
4. Asistir en las acciones de interrelación e integración con otros Organismos con competencia en cuestiones fronterizas, tanto a nivel nacional como internacional.
5. Intervenir en el procesamiento de la información de su competencia, así como en el establecimiento de medidas para garantizar la calidad y seguridad de la documentación oficial requerida.
6. Coordinar el desarrollo de los procedimientos que aplicarán los inspectores de las barreras y fronteras, en función de los requerimientos impartidos por las Direcciones Nacionales con competencia en la materia.
7. Intervenir en el tráfico federal, en materia de su competencia, sobre aquellos productos que según las Direcciones Nacionales sean prioritarios.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
COORDINACIÓN GENERAL DE PUERTOS
ACCIONES
1. Entender en las actividades operativas asignadas por las normas y reglamentos técnicos en materia sanitaria, inocuidad y calidad agroalimentaria en los puertos.
2. Asistir en el desarrollo de las directrices, procedimientos e instructivos para las actividades de vigilancia y control en el ámbito de los puertos, de competencia de la Dirección Nacional.
3. Asistir en las acciones de interrelación e integración con otros Organismos con competencia en cuestiones portuarias, tanto a nivel nacional como internacional.
4. Intervenir en el procesamiento de la información de su competencia, así como en el establecimiento de medidas para garantizar la calidad y seguridad de la documentación oficial requerida.
5. Coordinar el desarrollo de los procedimientos que aplicarán los inspectores de puertos, en función de los requerimientos impartidos por las Direcciones Nacionales con competencia en la materia.
6. Asistir al Director Nacional en el control de gestión, la planificación y coordinación de la ejecución de las acciones operativas relativas a su área temática, garantizando su implementación y seguimiento, en función de los programas nacionales aprobados.
7. Controlar la correcta aplicación de las normas vigentes en su área temática.
8. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de las tareas de control e inspección en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL METROPOLITANO (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y LOS PARTIDOS DE ESCOBAR, TIGRE, PILAR, MORENO, MALVINAS ARGENTINAS, GENERAL SAN MARTÍN, GENERAL RODRÍGUEZ, TRES DE FEBRERO, MORÓN, MERLO, SAN FERNANDO, SAN ISIDRO, ITUZAINGÓ, HURLINGHAN, VICENTE LÓPEZ, JOSÉ C. PAZ, LA PLATA, FLORENCIO VARELA, BERAZATEGUI, BERISSO, ENSENADA, ALMIRANTE BROWN, ESTEBAN ECHEVERRÍA, LOMAS DE ZAMORA, LANÚS, QUILMES, MARCOS PAZ, AVELLANEDA, LA MATANZA, PRESIDENTE PERÓN, SAN MIGUEL Y EZEIZA)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO (BUENOS AIRES -EXCEPTO AREA METROPOLITANA Y PARTIDO DE CARMEN DE PATAGONES -Y LA PAMPA)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO (SANTA FE, CÓRDOBA y ENTRE RÍOS).
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO (MENDOZA, SAN JUAN y SAN LUIS)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA (CORRIENTES, MISIONES, CHACO y FORMOSA).
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA (SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, CATAMARCA y SANTIAGO DEL ESTERO)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA (NEUQUÉN, RÍO NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ, TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR E INCLUYE EL PARTIDO DE CARMEN DE PATAGONES, Provincia de BUENOS AIRES)
ACCIONES (TIPO)
1. Entender en las actividades operativas asignadas por las normas y reglamentos técnicos en materia sanitaria, inocuidad y calidad agroalimentaria en la región, tanto para el mercado interno como externo.
2. Dirigir la ejecución de las acciones operativas contempladas en los planes, programas y actividades del Organismo en la región, a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de sanidad animal y vegetal e inocuidad y calidad agroalimentaria.
3. Dirigir las actividades interinstitucionales e intrainstitucionales del Centro Regional, y la difusión de las actividades del Organismo en la región.
4. Representar al Organismo ante organismos públicos y privados, nacionales, regionales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, en lo que es materia de su competencia en la región.
5. Promover Convenios de Asistencia y Cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades intermedias que permitan optimizar el accionar del Centro Regional.
6. Participar en la elaboración del presupuesto anual regional requerido para el funcionamiento del Centro Regional, en coordinación con las Direcciones Nacionales y/o Generales que correspondan.
7. Entender en la ejecución presupuestaria correspondiente a la región.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL (7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director del Centro Regional en la planificación y coordinación de la ejecución de las acciones operativas de su temática, en función de los Programas Nacionales aprobados.
2. Controlar, en el ámbito regional, la correcta aplicación de las normas vigentes que rigen en su área temática.
3. Intervenir en la habilitación, clausura, suspensión, control público e inspección de los establecimientos objeto de su incumbencia temática en la región.
4. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de tareas preventivas y de atención de emergencias sanitarias en su área temática de la región.
5. Participar, bajo la supervisión de la Dirección Nacional de Protección Vegetal, en la confección y revisión permanente de las acciones de los Programas Nacionales aprobados, en materia de su incumbencia.
6. Asistir al Director de Centro Regional, cuando la autoridad lo determine, en las comisiones regionales y/o provinciales de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL DE SANIDAD ANIMAL (7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director de Centro Regional en la planificación y coordinación de la ejecución de las acciones operativas de su temática, en función de los Programas Nacionales aprobados.
2. Controlar, en el ámbito regional, la correcta aplicación de las normas vigentes que rigen en su área temática.
3. Intervenir en la habilitación, clausura, suspensión, control público e inspección de los establecimientos objeto de su incumbencia temática en la región.
4. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de tareas preventivas y de atención de emergencias sanitarias en su área temática de la región.
5. Participar, bajo la supervisión de la Dirección Nacional de Sanidad Animal, en la confección y revisión permanente de las acciones de los Programas Nacionales aprobados en el ámbito de su incumbencia.
6. Asistir al Director de Centro Regional, cuando la autoridad lo determine, en las comisiones regionales y/o provinciales de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director de Centro Regional en la planificación y coordinación de la ejecución de las acciones operativas de su temática, en función de los Programas Nacionales aprobados.
2. Controlar, en el ámbito regional, la correcta aplicación de las normas vigentes que rigen en su área temática.
3. Intervenir en la habilitación, clausura, suspensión, control público, fiscalización e inspección de los establecimientos y/o instalaciones involucrados en la producción, procesamiento, elaboración, captura, faenamiento, industrialización, fraccionamiento, distribución, transporte, almacenamiento, manipuleo, acopio y comercialización, como así también en los insumos específicos, materias primas, productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, productos destinados para la alimentación animal, contaminantes químicos, físicos, biológicos para consumo interno, importación, exportación, tráfico federal y control de fronteras, objeto de su incumbencia temática en la región, así como en cuestiones inherentes a la calidad.
4. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de tareas preventivas y de atención de emergencias sanitarias en su área temática de la región.
5. Participar, bajo la supervisión de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en la confección y revisión permanente de las acciones de los Programas Nacionales aprobados en el ámbito de su incumbencia.
6. Asistir al Director de Centro Regional, cuando la autoridad lo determine, en las comisiones regionales y/o provinciales de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL ADMINISTRATIVA (7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director de Centro Regional en la preparación del presupuesto y del Plan Anual de Compras del Centro Regional.
2. Asistir al Director de Centro Regional en la gestión administrativa en el ámbito de sus competencias y funciones.
3. Asistir al Director de Centro Regional en el seguimiento de la utilización de los recursos asignados.
4. Asistir en la elaboración de informes gerenciales en lo atinente a gastos y recursos aplicados en la región.
5. Asistir al Director de Centro Regional en el cumplimiento de los manuales e instructivos elaborados por las áreas pertinentes de la Dirección General Técnica y Administrativa, como así también de toda la normativa aplicable emanada, entre otras, de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus respectivas modificatorias.
6. Asistir al Director de Centro Regional en los requerimientos de dotación, perfiles y capacitación de los recursos humanos de la región.
7. Supervisar la ejecución presupuestaria de la región, de conformidad a los lineamientos establecidos por la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros.
Número: IF-2018-6320109 l-APN-DNDO#JGM
Referencia: Anexo IV - EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM
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Número: IF-2018-63219324-APN-DNDO#JGM
Referencia: Planilla anexa al artículo 3° - EX-2018-52926174- -APN -DNDO#JGM
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Número: IF-2018-63222504-APN-DNDO#JGM
Referencia: Planilla anexa artículo 5° - EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM
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Número: IF-2018-63225210-APN-DNDC>#JGM
Referencia: Planilla anexa artículo 8° - EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM
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Decisión Administrativa 1881/2018
DA-2018-1881-APN-JGM - Estructura Organizativa.
Ciudad de Buenos Aires, 10/12/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-52926174-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nros. 40 del 25 de enero de 2007, 825 del 10 de junio de 2010 y sus modificatorios, 174 del 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios, y 632 del 6 de julio de 2018, la Decisión Administrativa Nº 267 del 2 de marzo de 2018, sus modificatorias y complementarias, y las Resoluciones Nros. 805 del 9 de noviembre de 2010 y 301 del 12 de junio de 2012 y sus modificatorias, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos el referido a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que, asimismo, por el citado Decreto N° 174/18 se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados de la Administración Pública Nacional, entre ellos el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que por el Decreto Nº 40/07 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la actualidad en la órbita de la citada SECRETARÍA DE GOBIERNO.
Que mediante el artículo 11 del Decreto N° 632/18 se estableció que los organismos descentralizados y desconcentrados de la Administración Pública Nacional, deberían presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en un plazo de SESENTA (60) días contados a partir de la entrada en vigencia del referido decreto, un proyecto de optimización de su estructura organizativa.
Que por el artículo 15 del Decreto N° 825/10 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que por las Resoluciones Nros. 805/10 y 301/12 y sus modificatorias, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se aprobaron las aperturas estructurales de segundo y tercer nivel operativo del referido organismo.
Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno recomienda una reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del Estado Nacional, incluyendo sus organismos descentralizados, entre los que se encuentra el referido Servicio Nacional.
Que, asimismo, resulta necesario incorporar, homologar y derogar diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto Nº 40/07.
Que a fin de atender las necesidades y la nueva organización de la Entidad, resulta necesaria la incorporación del titular del citado organismo a las previsiones de la Decisión Administrativa N° 267/18.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado intervención en virtud del artículo 5° del Decreto Nº 72/18.
Que los Servicios Jurídicos Permanentes del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA y del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y el artículo 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos I (IF-2018-52930269-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2018-63195986-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo del referido SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como Anexos IIIa, IIIb, IIIc, IIId, IIIe, IIIf, IIIg, IIIh, IIIi (IF-2018-52931564-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2018-63201091-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto Nº 40/07, los cargos pertenecientes al mencionado Servicio Nacional de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-63219324-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 4º.- Suprímese el cargo extraescalafonario de Gerente General creado por el artículo 2º del Decreto Nº 825/10 con dependencia directa de la Presidencia del precitado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, con remuneración equivalente a la Categoría Profesional, Tramo Superior, Grado 1, con Nivel de Función Directiva I (Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto Nº 40/07).
ARTÍCULO 5º.- Suprímense las unidades de nivel departamental, aprobadas por la Resolución N° 301/12 y sus modificatorias del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, que se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-63222504-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 6º.- Facúltase al Presidente del mencionado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a modificar las aperturas aprobadas por el artículo 2º de la presente decisión administrativa, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias.
ARTÍCULO 7º.- El referido SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA deberá aprobar en un plazo de TREINTA (30) días a partir de la publicación de la presente medida, las aperturas inferiores a las aprobadas por el artículo 2º de la presente decisión administrativa, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se realicen las adecuaciones de la estructura de nivel departamental del mencionado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, previstas en el artículo 7º, mantiénese la vigencia de las unidades de nivel departamental aprobadas por la citada Resolución N° 301/12 y sus modificatorias, obrantes en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-63225210-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa, las que mantendrán las acciones y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 9º.- Incorpórase al Anexo I del artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 267/18 y sus modificatorias, al Presidente del precitado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 10.- Asígnase al Presidente del referido SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la cantidad adicional de QUINCE MIL (15.000) Unidades Retributivas.
ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Dante Sica
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/12/2018 N° 94617/18 v. 11/12/2018
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Anexo
Número: IF-2018-52930269-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 19 de Octubre de 2018
Viernes 19 de Octubre de 2018
Referencia: EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM - ANEXO I
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ANEXO II
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el funcionamiento del sistema de control interno de la Entidad, con ajuste a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental y demás normas, metodologías y herramientas establecidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
ACCIONES
1. Elaborar el Plan Estratégico de Auditoría y el Plan Anual de Trabajo de la Unidad, conforme a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental, los lineamientos y pautas definidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y por la máxima autoridad del organismo.
2. Ejecutar el Plan de Trabajo, procurando la obtención de evidencias competentes, relevantes y suficientes para formar y sustentar sus juicios y afirmaciones.
3. Revisar y evaluar la aplicación del Sistema de Control Interno del organismo en sus aspectos operativos, contables, de legalidad y financieros.
4. Elaborar informes de auditoría informando sus resultados a la máxima autoridad y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
5. Efectuar el seguimiento periódico de la instrumentación de las medidas correctivas comprometidas, dirigidas al fortalecimiento del sistema de control interno y brindar asesoramiento en aspectos de su competencia.
6. Propiciar el fortalecimiento del Sistema de Control Interno promoviendo la cultura de control en toda la organización, a través de la identificación de procesos y gestión de riesgos y el diseño e implementación de planes compromiso de fortalecimiento del Sistema de Control Interno, entre otros.
7. Intervenir, en forma previa a su aprobación, en los reglamentos y manuales de procedimientos y sus modificaciones, emitiendo opinión y constatando que posean instrumentos idóneos para el ejercicio del control previo y posterior.
8. Intervenir en los trámites de consolidación del pasivo público.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Actuar como servicio jurídico permanente del Organismo, asesorando en todos los asuntos de carácter jurídico en el que se solicite o corresponda su intervención y ejercer la representación del Organismo en los asuntos de carácter jurisdiccional.
Entender en el diligenciamiento de oficios judiciales e intervenir en la sustanciación de los sumarios por infracciones al marco normativo agroalimentario.
ACCIONES:
1. Dirigir el servicio jurídico del Organismo y el accionar de las Coordinaciones Jurídicas de Delegaciones Regionales, supervisando las tareas desarrolladas en cada una de las delegaciones.
2. Entender e intervenir en el estudio y elaboración de proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones, disposiciones y demás actos administrativos vinculados con los cometidos de la Entidad, y en el análisis, direccionamiento, control y seguimiento de las actuaciones radicadas en el despacho del área de su competencia.
3. Brindar asesoramiento sobre la normativa aplicable y dictaminar en las cuestiones jurídicas relacionadas con el cumplimiento de las funciones del Organismo, aplicando un criterio uniforme de interpretación
4. Intervenir en la revisión, ordenamiento, compatibilización, actualización y armonización del marco normativo agroalimentario.
5. Organizar y mantener actualizado el registro de dictámenes y fallos jurisprudenciales vinculados a la materia de competencia del Organismo.
6. Intervenir en la elaboración de los proyectos de convenios con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, entes sanitarios, entidades intermedias e integrantes de la red sanitaria pública y privada, vinculados con los cometidos de la Entidad.
7. Asumir la representación y defensa en juicio del Estado Nacional, en la medida que sea competencia del Organismo, en su carácter de Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, proponiendo los funcionarios letrados que deberán actuar e impartiéndoles las instrucciones que fueren pertinentes.
8. Entender e intervenir en las respuestas y diligenciamientos de oficios y toda documentación emanada de autoridades judiciales, administrativas y legislativas, sean nacionales, provinciales o municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
9. Intervenir en la sustanciación de sumarios por infracciones al marco normativo agroalimentario.
10. Formular las denuncias y querellas que correspondan interponer ante la Justicia Penal competente, cuando surjan indicios de la comisión de delitos de acción pública.
11. Gestionar las denuncias administrativas realizadas por los usuarios del Organismo.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en las actividades de apoyo técnico, administrativo y de servicios del Organismo, como así también en la administración de recursos humanos llevando a cabo su control de gestión. Planificar las acciones para el apoyo técnico y administrativo que se brinden en los Centros Regionales del Organismo.
Actuar como enlace en materia de integridad y ética en el ejercicio de la función pública, brindando asistencia y promoviendo internamente la aplicación de la normativa vigente y de sus sanciones, de conformidad con lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación.
ACCIONES:
1. Coordinar la ejecución de las actividades vinculadas con la gestión contable, económico-financiera, patrimonial y de servicios, necesarias para el funcionamiento del Organismo.
2. Coordinar la política de recursos humanos.
3. Atender en el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo. Controlar el sistema de calidad para la atención ciudadana en todas las dependencias del Organismo y los sistemas de gestión de la información.
4. Coordinar las actividades de tecnología de la información del Organismo, incluyendo la infraestructura de equipamiento, software y de comunicaciones de datos y de voz, los sistemas de información y las tecnologías asociadas.
5. Intervenir en el marco de sus competencias en la implementación y seguimiento de los Convenios de Cooperación y Asistencia Técnica y la administración de programas, celebrados por el Organismo.
6. Coordinar el estudio y propuesta de actualización de las tasas y aranceles por los servicios que presta el Organismo y las acciones inherentes a la registración operativa y contable de los créditos del Organismo en concepto de ingresos por aranceles, tasas, contribuciones, multas y/o perjuicios fiscales determinados por acto administrativo firme, emitiendo los pertinentes certificados de deuda.
7. Entender y coordinar técnica y administrativamente a las Coordinaciones Regionales Administrativas (TIPO) en el interior del país y a la Coordinación Administrativa de Laboratorio de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico, en lo que respecta a la organización y control de sus tareas como asimismo en la ejecución presupuestaria, atento los requerimientos efectuados.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la protección fitosanitaria de los vegetales, sus partes, productos, subproductos y derivados, elaborando las normas a que deberán ajustarse las personas humanas o jurídicas, organismos e instituciones públicas o privadas que actúen en la materia.
Entender en la elaboración, coordinación y supervisión de los planes y programas destinados al análisis de riesgo, la vigilancia, detección, prevención, control de plagas de los vegetales y sus productos, y regular la certificación fitosanitaria para la exportación, importación y tránsito, como así también del control de los requisitos establecidos para la producción, comercialización y uso de productos fitosanitarios, fertilizantes, enmiendas y biológicos, llevando a cabo su control de gestión.
ACCIONES
1. Ejercer las funciones que la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria establece para las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria.
2. Elaborar la estrategia fitosanitaria nacional en pos del cumplimiento de las responsabilidades y objetivos del Organismo.
3. Analizar las demandas sectoriales y territoriales en el marco de sus competencias.
4. Elaborar y proponer la normativa fitosanitaria que debe regir la producción silvoagrícola, importación, exportación, acondicionamiento, acopio, empaque, transporte y comercialización de los vegetales, sus productos y subproductos, con el fin de proteger el estatus fitosanitario nacional y contribuir a la protección de la salud pública.
5. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los planes, programas y actividades de protección fitosanitaria, promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación en materia fitosanitaria con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, entes sanitarios; tanto para vegetales convencionales como para los organismos vegetales genéticamente modificados, respetando los criterios de sustentabilidad de la flora silvestre y el medio ambiente.
6. Entender en el control de gestión de los planes, programas y actividades de su competencia que sean ejecutados por las Direcciones de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que presten servicios de asistencia sanitaria y atender en la administración de los mismos.
7. Establecer y administrar los sistemas de prevención, vigilancia y monitoreo de plagas que afecten los vegetales manejados y no manejados en el Territorio Nacional.
8. Entender en la elaboración de las normas y procedimientos referentes al sistema de certificación fitosanitaria de los vegetales, sus partes, productos y subproductos.
9. Proponer la elaboración de las normas técnicas y los requisitos para la elaboración, producción, comercialización y uso de productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas.
10. Proponer los períodos de carencia y los niveles de tolerancia de residuos o contaminantes o sobre productos, subproductos y derivados de origen vegetal, ocasionados por el uso de productos fitosanitarios, en resguardo de la salud pública.
11. Entender en la inscripción de toda persona humana o jurídica u objeto a ser registrado, en acuerdo a las normas técnicas de su competencia y en la inscripción y registro para el uso y comercialización de productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas, pudiendo disponer la restricción o prohibición de su comercialización y uso.
12. Entender en las situaciones de emergencia fitosanitaria, coordinando y liderando el accionar con organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales, entes sanitarios, entidades intermedias y/o personas humanas y jurídicas.
13. Participar, cuando así se le requiera, en organizaciones regionales, hemisféricas y globales, tanto en el país como en el exterior, en eventos relacionados con su quehacer específico.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la protección zoosanitaria de los animales y en la producción, comercialización y uso de productos veterinarios, definiendo la estrategia para la elaboración de las normas a las que deberán ajustarse las personas humanas o jurídicas, organismos e instituciones públicas o privadas que actúen en la materia.
Entender en la elaboración, coordinación y supervisión de los planes y programas destinados al análisis de riesgo, la vigilancia epidemiológica, detección, prevención, control de enfermedades de los animales y sus productos, y regular la certificación zoosanitaria para la exportación, importación y tránsito, llevando a cabo su control de gestión.
ACCIONES
1. Establecer la estrategia zoosanitaria nacional en pos del cumplimiento de las responsabilidades y objetivos del Organismo.
2. Analizar las demandas sectoriales y territoriales en el marco de sus competencias.
3. Proponer, liderar, coordinar y ejercer el control público de los planes, programas y actividades de protección zoosanitaria, promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, entes sanitarios o entidades intermedias.
4. Proponer la normativa zoosanitaria que debe regir la producción ganadera, importación, exportación, tránsito internacional, bienestar animal, identificación, trazabilidad, transporte y comercialización de los animales y su material reproductivo, con el fin de proteger el estatus zoosanitario nacional y contribuir a la protección de la salud pública.
5. Entender en el control de gestión de los planes, programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que presenten servicios de asistencia sanitaria y atender en la administración de los mismos.
6. Establecer y administrar los sistemas de prevención, control y erradicación de enfermedades que afecten a los animales y de bienestar animal.
7. Entender en las normas y procedimientos referentes al sistema de certificación zoosanitaria de animales y material reproductivo y proponer las normas técnicas y los requisitos para la elaboración, producción, comercialización y uso de productos veterinarios.
8. Entender en la inscripción de toda persona humana o jurídica u objeto a ser registrado, de acuerdo a las normas técnicas de su competencia y en la inscripción y registro para el uso y comercialización de productos veterinarios, pudiendo disponer la restricción o prohibición de su comercialización y uso.
9. Entender en las situaciones de emergencia zoosanitaria, coordinando y liderando el accionar con organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales, entes sanitarios, entidades intermedias y/o personas humanas y jurídicas.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el análisis del riesgo alimentario, elaborando las normas específicas, planes y programas, y en los procedimientos de habilitación, control, elaboración y certificación aplicables a la higiene, inocuidad y calidad de materias primas, productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, en los establecimientos y/o instalaciones involucrados en su producción, procesamiento, elaboración, captura, faena, industrialización, fraccionamiento, distribución, transporte, almacenamiento, manipuleo, acopio y comercialización, como así también en los insumos específicos, productos destinados para la alimentación animal, contaminantes químicos, físicos y biológicos, para consumo interno, importación, exportación y tráfico federal.
Entender en la certificación higiénico-sanitaria y de calidad de los productos, subproductos y derivados de su competencia.
ACCIONES
1. Entender en la elaboración de las normas y procedimientos referentes al sistema de certificación de la calidad e inocuidad de los productos de su competencia, incluso la actualización de los modelos de certificados internacionales sanitarios y de calidad para la exportación, así como autorizar la importación de productos, subproductos, derivados de origen animal y vegetal, alimentos para animales y procedimientos de certificación respectivos.
2. Evaluar, aprobar y auditar a las entidades y sistemas de certificación de agroalimentos.
3. Desarrollar y proponer las normas técnicas y procedimientos relacionados con la ingeniería sanitaria, habilitación, control y certificación de los establecimientos faenadores, elaboradores, de depósito, de transporte, producción, acondicionadores e industrializadores de productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, como así también con el control de sus procesos de producción, incluyendo los productos de origen pesquero y de la acuicultura.
4. Entender en la elaboración, modificación y actualización de las regulaciones que en materia de higiene, inocuidad y calidad de las materias primas que impacten en los intercambios de productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, alimentos para animales, a nivel nacional e internacional y en la autorización de destinos de exportación de mercancías de su incumbencia.
5. Intervenir en la formulación de procedimientos para la aplicación de las acciones de control de las zoonosis infecciosas y parasitarias de los animales, que sean establecidos por los programas de salud animal y/o salud pública para su ejecución en el ámbito de su competencia.
6. Evaluar, para su aprobación o rechazo, la higiene, inocuidad, identidad y calidad de los alimentos de origen animal y vegetal destinados al consumo humano o animal incluidos los provenientes de la biotecnología moderna como son los Organismos Genéticamente Modificados, organismos editados genéticamente, nuevas técnicas de mejoramiento, nanobiotecnológicos, clonados y derivados de cualquier otra nueva tecnología, tanto de producción nacional como importados, que fueren elaborados, industrializados y/o fraccionados en las plantas habilitadas por el Organismo.
7. Entender en el monitoreo y vigilancia de la inocuidad de los productos y subproductos de origen animal y vegetal para consumo humano y animal en materia de residuos y contaminantes priorizados conforme a las evaluaciones de riesgos que correspondan.
8. Efectuar la gestión de la información sanitaria estratégica y los sistemas para obtener los datos de las actividades productivas y comerciales en el marco de las competencias de la Dirección Nacional.
9. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los planes, programas y actividades de inocuidad y calidad agroalimentaria, promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales y entes sanitarios.
10. Entender en el control de gestión de los planes, programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que presenten servicios de asistencia sanitaria y atender en la administración de los mismos.
11. Entender en la autorización e inscripción de envases, materiales de empaque, acondicionamiento y en contacto con alimentos, aditivos alimentarios, coadyuvantes de tecnología para uso en productos de origen animal y vegetal de su competencia.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender, en su carácter de Laboratorio de Referencia Nacional e Internacional en sanidad animal, protección vegetal e inocuidad alimentaria, en el control analítico de: alimentos, productos, subproductos y derivados de origen animal y/o vegetal, drogas, plaguicidas, fertilizantes y enmiendas de uso agrícola, vacunas, productos biológicos de uso agrícola y veterinario, alimentos para animales, tejidos y fluidos, pasturas, tierras, aguas, envases, aditivos alimentarios, productos conexos, determinación de plagas y enfermedades de los vegetales y de los animales, formulando, proponiendo y evaluando los métodos, programas, normas específicas e investigaciones aplicadas. Administrar la Red de Laboratorios del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ACCIONES
1. Entender en la realización de los análisis para el diagnóstico de las plagas y enfermedades de los animales y los vegetales, incluidas las exóticas, en el control, certificación y/o realización de las determinaciones analíticas en productos alimenticios, subproductos y derivados, residuos agroquímicos, medicamentos y contaminantes, de naturaleza inorgánica o biológica, productos biológicos, alimentos para animales, fertilizantes y enmiendas, tejidos, fluidos, pasturas, tierras, aguas, envases, aditivos alimentarios y productos conexos, drogas de uso en medicina veterinaria y protección vegetal.
2. Programar las actividades de su incumbencia en colaboración con las Direcciones Nacionales del organismo, en apoyo a los planes y prioridades fijados por la institución.
3. Programar sus actividades para mantener y mejorar el Sistema de Gestión de la Calidad y las acreditaciones y certificaciones obtenidas de acuerdo a las normas nacionales e internacionales de su incumbencia.
4. Proponer la normativa vinculada a temas de laboratorio y redes asociadas, incluida la Red de Laboratorios Regionales y Campos Experimentales del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
5. Mantener el sistema de redes de laboratorios conforme a la normativa vigente.
6. Entender en el desarrollo y aprobación de métodos analíticos, auditorías, organización y participación en ensayos interlaboratorios o de pericia técnica.
7. Entender en controversias analíticas nacionales e internacionales, en el ámbito de su competencia.
8. Efectuar la implementación e investigación aplicada de nuevas tecnologías y/o planificar y coordinar las mismas en colaboración con instituciones nacionales o internacionales.
9. Entender en la aplicación de las recomendaciones y directrices del 'Codex Alimentarius' y de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL en el ámbito de su incumbencia.
10. Representar y respaldar técnicamente al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA en foros científicos y auditorías nacionales e internacionales.
11. Entender en el control de gestión de los planes, programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que presenten servicios de asistencia sanitaria y asistir en la administración de los mismos.
12. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los planes, programas y actividades de laboratorios, promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales y entes sanitarios.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender, en el ámbito de los Centros Regionales, en la ejecución de los programas y planes sanitarios y de las acciones de inspección, control, habilitación, certificación, supervisión y tipificación de los animales, vegetales y de productos, subproductos y derivados de ellos, y de los establecimientos vinculados a su producción e insumos.
ACCIONES
1. Entender en la coordinación de las acciones de control, habilitación, certificación y aplicación de la normativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en el ámbito de los Centros Regionales.
2. Entender en la ejecución, a través de los Centros Regionales, de medidas sanitarias con carácter preventivo y/o precautorio sobre productos y establecimientos sujetos a la Entidad y responsabilidad del Organismo, que pudieran representar un riesgo para la sanidad animal, vegetal y/o salud pública, comunicando a las áreas competentes los procedimientos implementados.
3. Participar en la elaboración de los programas y planes que sean de ejecución en las regiones.
4. Coordinar la implementación de las tareas asignadas a los Centros Regionales a partir de los planes, programas y actividades aprobados y realizar su seguimiento.
5. Participar en representación del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA ante organismos públicos y privados nacionales, regionales e internacionales, en lo que es materia de su competencia.
6. Intervenir en la gestión de Convenios de Asistencia y Cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales, entes sanitarios y entidades intermedias destinados a optimizar el accionar de los Centros Regionales.
7. Proponer las necesidades presupuestarias en forma conjunta con los Centros Regionales.
8. Entender en el control de gestión de los planes, programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que presenten servicios de asistencia sanitaria y asistir en la administración de los mismos.
9. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los planes, programas y actividades desde el ámbito de su competencia, promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales y entes sanitarios.
IF-2018-63195986-APN-DNDO#JGM
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2018-63195986-APN-DNDQ#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
Referencia: Anexo II - EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 11 pagina/s.
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Anexo
Número: IF-2018-52931564-APN-DNDQ#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 19 de Octubre de 2018
Viernes 19 de Octubre de 2018
Referencia: EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM - ANEXO III
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 9 pagina/s.
ANEXO IV
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE SUMARIOS
ACCIONES
1. Entender en la planificación, organización y control de los sumarios administrativos para deslindar responsabilidades administrativas, disciplinarias y/o patrimoniales, respecto de los hechos que la autoridad superior del Organismo resuelva investigar.
2. Coordinar la asignación y realización de los sumarios administrativos, supervisando la substanciación de los mismos.
3. Supervisar los registros que corresponda llevar en relación a la materia.
4. Elevar la conclusión definitiva de los sumarios administrativos.
5. Efectuar las comunicaciones a las áreas correspondientes con motivo de los sumarios que se instruyan en el organismo.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Planificar, programar y desarrollar la comunicación pública del Organismo, tanto interna como externa.
2. Entender en la producción de contenidos que permitan compartir con los actores públicos y privados, una visualización global de la cadena agroindustrial y los procesos sanitarios relacionados.
3. Entender en la generación y propuesta de una imagen institucional normalizada.
4. Entender en la administración de los contenidos del sitio web y de intranet en materia de su competencia.
5. Entender en la confección de los documentos y materiales de difusión del Organismo.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular en la elaboración del Plan Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de Auditoría, coordinar y controlar su ejecución, a fin de formular los ajustes correspondientes conforme las Normas de Auditoría Interna Gubernamental, los lineamientos y pautas definidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y por la máxima autoridad del Organismo.
2. Establecer el orden de prioridades en la ejecución de las auditorías en función de los riesgos y contingencias que pudieran alterar el cronograma previsto inicialmente para la ejecución de los proyectos de auditoría.
3. Diseñar y elaborar la matriz de ponderación, evaluación y mapa de riesgos, sobre la que se funda la planificación de los proyectos de auditoría, manteniéndolo actualizado en función de los resultados de las actividades de auditoría y cambios organizacionales que se produzcan.
4. Realizar el seguimiento continuo de las acciones desarrolladas en cumplimiento del Plan Anual de Auditoría, evaluar la calidad de los informes de auditoría realizados por los Responsables de Auditoría, asignar los recursos humanos destinados a cada uno de los proyectos, proporcionar instrucciones y verificar la observancia de las Normas de Auditoría Interna Gubernamental.
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
RESPONSABLE DE AUDITORÍA CONTABLE, LEGAL Y DE SISTEMAS
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular y/o Adjunto en la formulación del Plan Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de Auditoría, como asimismo en los proyectos de auditoría que se establezcan en el área de su competencia.
2. Evaluar y emitir opinión en materia contable, legal, presupuestaria, financiera y de sistemas informáticos requeridos por el Auditor Interno Titular.
3. Coordinar las tareas del equipo de auditoría actuante y participar en la elaboración de proyectos de informes, determinando hallazgos y proponiendo recomendaciones en las auditorías realizadas en el ámbito de su competencia.
4. Colaborar con los responsables de las demás áreas de la Unidad de Auditoría Interna en los temas que requieran opiniones interdisciplinarias.
5. Evaluar el cumplimiento de las acciones correctivas comprometidas por las áreas competentes para regularizar las observaciones de los informes de auditoría.
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
RESPONSABLE DE AUDITORÍA EN PROTECCIÓN E INOCUIDAD VEGETAL
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular y/o Adjunto en la formulación del Plan Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de Auditoría, como asimismo en los proyectos de auditoría que se establezcan en el área de su competencia.
2. Evaluar y emitir opinión en materia de protección vegetal, calidad e inocuidad de los productos de origen vegetal y sus áreas de apoyo técnico, requerida por el Auditor Interno Titular.
3. Coordinar las tareas del equipo de auditoría actuante y participar en la elaboración de proyectos de informes, determinando hallazgos y proponiendo recomendaciones en las auditorías realizadas en el ámbito de su competencia.
4. Auditar la pertinencia, oportunidad, exactitud e integridad de las acciones desarrolladas por las áreas operativas en la ejecución de los Planes, Programas, Protocolos y Actividades en el área de su competencia.
5. Evaluar el cumplimiento de las acciones correctivas comprometidas por las áreas competentes para regularizar las observaciones de los informes de auditoría
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
RESPONSABLE DE AUDITORÍA EN SANIDAD E INOCUIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular y/o Adjunto en la formulación del Plan Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de Auditoría, como así también en los proyectos de auditoría que se establezcan en el área de su competencia.
2. Evaluar y emitir opinión en materia de sanidad animal e inocuidad de los productos de origen animal y sus áreas de apoyo técnico, requerida por el Auditor Interno Titular.
3. Coordinar las tareas del equipo de auditoría actuante y participar en la elaboración de proyectos de informes, determinando hallazgos y proponiendo recomendaciones en las auditorías realizadas en el ámbito de su competencia.
4. Auditar la pertinencia, oportunidad, exactitud e integridad de las acciones desarrolladas por las áreas operativas en la ejecución de los Planes, Programas, Protocolos y Actividades en el área de su competencia.
5. Evaluar el cumplimiento de las acciones correctivas comprometidas por las áreas competentes para regularizar las observaciones de los informes de auditoría.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE DICTÁMENES
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección en el asesoramiento jurídico de los asuntos que se le encomienden.
2. Asistir jurídicamente a las dependencias del Organismo, en el ámbito de su competencia.
3. Coordinar la emisión de dictámenes jurídicos con relación a los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones y disposiciones, como así también en la redacción de los instrumentos de carácter jurídico del Organismo.
4. Coordinar la elaboración de dictámenes en materia de sustanciación de los procedimientos de compras y contrataciones de bienes y servicios; recursos y reclamos administrativos; empleo público; actuaciones disciplinarias; habilitaciones e inscripciones establecidas en el marco normativo agroalimentario; y denuncias administrativas en el ámbito de la Jurisdicción.
5. Organizar y mantener actualizado el registro de dictámenes vinculados a la materia de competencia del Organismo.
6. Verificar y supervisar el funcionamiento de sus unidades dependientes y centralizar la información que produzcan, a fin de uniformar criterio de dictámenes.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS SANITARIOS
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección en el asesoramiento jurídico de los asuntos que se le encomienden.
2. Asesorar jurídicamente a las dependencias del Organismo, en materia de legislación sanitaria y en los sumarios por infracciones al marco normativo agroalimentario.
3. Coordinar las medidas administrativas y/o judiciales que correspondan en el marco de los sumarios por infracciones al marco normativo agroalimentario.
4. Capacitar y efectuar estudios vinculados a materias de su competencia, a fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.
5. Supervisar en las acciones de unificación, adecuación, actualización y armonización del marco normativo agroalimentario.
6. Organizar y mantener actualizado el registro de antecedentes por sumarios por infracción al marco normativo agroalimentario.
7. Supervisar el funcionamiento de sus unidades dependientes.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS JUDICIALES
ACCIONES
1. Supervisar, organizar y controlar los asuntos judiciales en los que el Organismo sea parte y/o deba intervenir.
2. Asistir en la programación y supervisión de las tareas técnicas, jurídicas y administrativas de gestión de la documentación y de administración de recursos humanos, materiales, financieros, presupuestarios e informáticos del Servicio Jurídico.
3. Coordinar la presentación y seguimiento de las causas respectivas y articular con las Coordinaciones Jurídicas ante los Centros Regionales del Organismo, las tareas de asistencia jurídica brindadas por las mismas.
4. Coordinar la representación y patrocinio judicial del Estado Nacional en materia de su competencia, a través de los representantes designados por el Organismo y demás integrantes del Cuerpo de Abogados del Estado, participando en el proceso de asignación y remisión de antecedentes e informes necesarios para el desempeño de la representación, impartiendo las instrucciones respectivas.
5. Mantener actualizados los registros, el material bibliográfico, los sistemas informáticos y las bases de datos de gestión judicial y consulta.
6. Coordinar las tareas vinculadas con las respuestas de oficios y remisión de toda otra documentación requerida por autoridades judiciales, administrativas o legislativas, nacionales, provinciales o municipales e intervenir en la presentación de denuncias penales formuladas por el Organismo.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS FISCALES
ACCIONES
1. Efectuar la planificación, organización y control de los asuntos administrativos, jurídicos y legales de naturaleza fiscal del Organismo.
2. Emitir opinión legal en los temas referidos en materia fiscal del Organismo.
3. Coordinar la presentación y seguimiento de las causas tendientes al cobro de créditos a favor del Organismo impartiendo las instrucciones respectivas.
4. Intervenir en el Registro de Deudores sobre los cuales el Organismo ha iniciado la gestión de cobro de créditos.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN DOCUMENTAL
ACCIONES
1. Coordinar las tareas vinculadas a la recepción, tramitación de los proyectos de actos administrativos y toda la documentación administrativa emanada de las autoridades del Organismo, entendiendo en el control de los mismos desde el punto de vista formal y formular las observaciones que puedan corresponder.
2. Coordinar las tareas de recepción, clasificación y digitalización de la documentación dirigida al Organismo y su derivación a las áreas sustantivas, asegurando su tramitación de acuerdo a las normas vigentes.
3. Coordinar la guarda de la documentación administrativa del Organismo.
4. Coordinar la notificación de los actos administrativos, de acuerdo a la normativa en vigencia, así como las tareas vinculadas al despacho de correspondencia y telegramas que gire el Organismo.
5. Coordinar las tareas vinculadas con el Centro de Información al Usuario, mediante la gestión de la información pública y bibliográfica, los servicios al ciudadano, la compilación de los trámites y procedimientos del Organismo en el marco del Gobierno Abierto y la Transparencia Activa.
6. Intervenir en el seguimiento y la asistencia técnica del sistema de Gestión Documental Electrónica, determinando las medidas correctivas pertinentes, fijando lineamientos para su adecuado uso. Entender en la administración local de dicho sistema.
7. Coordinar la elaboración, formalización y seguimiento de los Convenios de Cooperación y Asistencia Técnica y administración de programas, celebrados por la Entidad con organismos nacionales e internacionales, bloques de naciones, gobiernos provinciales y municipales, organizaciones internacionales de crédito, y otros organismos intervinientes.
8. Asistirá la Dirección General en los temas vinculados al área de su competencia en las evaluaciones realizadas por los organismos de control internos y externos.
9. Coordinar el procedimiento para la inscripción y el registro de los entes sanitarios y mantener actualizada la base registral de los mismos, de conformidad con la normativa vigente.
10. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES
1. Organizar y mantener actualizados los sistemas de información relacionados con la administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.
2. Efectuar el relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, como también de los procesos, flujos y procedimientos de trabajo, proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.
3. Custodiar y mantener actualizados los Legajos Únicos del Personal y las bases de datos correspondientes.
4. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración del personal.
5. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación de desempeño, asistiendo a las autoridades y Comités de Evaluación en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la administración de los resultados del proceso.
6. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de capacitación.
7. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes, asistiendo técnicamente a la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera de la repartición.
8. Analizar el esquema general de incentivos al personal y proponer las medidas que correspondan.
9. Participar como referente del Organismo en el diálogo con los representantes gremiales en la administración y negociación de Acuerdos o Convenios.
10. Supervisar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos, higiene y seguridad laboral.
11. Actuar como enlace en materia de integridad y ética en el ejercicio de la función pública, brindando asistencia y promoviendo internamente la aplicación de la normativa vigente y de sus sanciones, de conformidad con lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación.
12. Imple mentar estrategias de sensibilización y capacitación en temas de transparencia, ética y lucha contra la corrupción, realizando el seguimiento de aquellos asuntos que le sean remitidos por la OFICINA ANTICORRUPCIÓN.
13. Promover el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales en materia de lucha contra la corrupción y reportar a la OFICINA ANTICORRUPCIÓN sobre el nivel de avance, en el ámbito de su competencia.
14. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en los temas vinculados al área de su competencia en las evaluaciones realizadas por los organismos de control internos y externos.
15. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
COORDINACIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
ACCIONES
1. Coordinar las tareas entre las unidades organizativas del área y asistir y supervisar a las mismas en la organización, planificación y ejecución de las tareas en materia de recursos humanos del organismo.
2. Coordinar el relevamiento, evaluación, diseño y actualización de los puestos de trabajo del organismo.
3. Asistir en programas de mejoramiento de la calidad de servicios y mejora en la atención al público, en el ámbito de su competencia.
4. Coordinar el planeamiento, diseño de procesos y flujos de trabajo del organismo.
5. Administrar la información para la liquidación de haberes y demás compensaciones del personal.
6. Supervisar el control del cumplimiento de las normas que regulen al empleado público.
7. Efectuar la actualización y mantenimiento de las bases de datos de los recursos humanos del Organismo.
8. Intervenir en la elaboración de los proyectos de actos administrativos atinentes al personal del organismo.
9. Controlar la asistencia del personal y garantizar la actualización de los Legajos Únicos del Personal.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN
ACCIONES
1. Planificar y supervisar los desarrollos de proyectos informáticos, las comunicaciones, la seguridad informática, la administración de bases de datos y el soporte técnico, en el marco del Plan de Modernización del Estado, en el ámbito del organismo.
2. Entender en el relevamiento de las necesidades organizativas y de información del Organismo, para el desarrollo de procedimientos y sistemas, y en la implementación de políticas y planes informáticos consecuentes al mismo.
3. Planificar, desarrollar e implementar software de gestión, necesarios para optimizar el funcionamiento institucional.
4. Proveer de asistencia tecnológica a todas las áreas del Organismo.
5. Proponer y verificar el cumplimiento de políticas tendientes a preservar la seguridad, confidencialidad e integridad de la información y de los sistemas de aplicación del organismo.
6. Analizar e investigar tendencias tecnológicas para su aplicación en el Organismo.
7. Analizar, planificar y administrar la estructura de telecomunicaciones del Organismo.
8. Administrar servidores, redes y bases de datos centralizadas de la Entidad.
9. Entender en las relaciones con los Organismos externos en materia de su competencia.
10. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en los temas vinculados al área de su competencia en las evaluaciones realizadas por los organismos de control internos y externos.
11. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS
ACCIONES
1. Asistir a las máximas autoridades del Organismo en el diseño de la política presupuestaria de la Entidad.
2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación del presupuesto, la programación de la ejecución presupuestaria y las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
3. Registrar la información contable y financiera del presupuesto anual del Organismo.
4. Planificar y supervisar las tareas de conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles afectados al Organismo, registrando las altas y bajas de los mismos.
5. Entender en la ejecución de las contrataciones de bienes y suministros como asimismo de los servicios generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad y de mantenimiento de automotores.
6. Entender en las tareas relacionadas con el almacenamiento y distribución de suministros.
7. Promover y mantener adecuadas condiciones de infraestructura en los lugares de trabajo.
8. Controlar, en materia de su competencia, los Planes de Trabajo correspondientes a los Convenios de Cooperación y Asistencia Técnica y administración de programas celebrados por el Organismo.
9. Participar, desde el ámbito de su competencia, en el control de los entes sanitarios.
10. Entender en los procesos de registraciones contables, financieras, presupuestarias, preparación de balances, estados de ejecución, rendición de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos, y administrar las diferentes cuentas bancarias de los programas y/o proyectos en el ámbito de su competencia.
11. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en los temas vinculados al área de su competencia en las evaluaciones realizadas por los organismos de control internos y externos.
12. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Proponer los lineamientos para la programación de las actividades administrativas de toda la Dirección, a partir de un diagnóstico organizacional que permita elaborar propuestas de acción con contenidos razonables de eficacia, eficiencia y economicidad.
2. Asistir en la realización del diagnóstico de los procesos que utilizan las diferentes áreas administrativas, asesorar y evaluar en materia de análisis de tareas, sistemas administrativos, diseño de procesos, métodos y medición de trabajo administrativo.
3. Analizar y elaborar propuestas sobre el mejoramiento de procesos administrativos identificados como prioritarios, brindando asistencia técnica en la materia; evaluar y asesorar sobre el grado de oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de nuevos procesos y procedimientos, desarrollar y proponer instrumentos metodológicos para la reingeniería de procesos sustitutivos y de apoyo administrativo.
4. Asistir al Director en el desarrollo de criterios e indicadores que simplifiquen el monitoreo del desempeño operativo.
5. Asistir en la elaboración de los procesos en materia de los planes anuales de compras, supervisar la gestión de las compras y contrataciones y coordinar la provisión de bienes y servicios.
6. Supervisar los procedimientos en materia de contrataciones y en el almacenamiento y distribución de bienes y suministros, y los correspondientes al desarrollo de las prestaciones de los servicios generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, y de mantenimiento de automotores, asegurando la optimización de dichos procesos y la eficiente ejecución de los programas.
7. Supervisar que los manuales de procedimientos del área de su competencia, se mantengan actualizados y controlar su efectivo cumplimiento.
8. Asesorar e intervenir, cuando corresponda, en las diferentes etapas de los procesos de adquisición de bienes, contratación de obras y consultores llevados a cabo por los distintos programas y/o proyectos nacionales e internacionales en el ámbito de su competencia.
9. Propiciar contrataciones de asistencia técnica y/o consultorías, que considere necesarias u oportunas para llevar a cabo una mejor gestión de los diferentes proyectos.
10. Atender e intervenir en la planificación, dirección y control de las actividades destinadas a proyectos, restauración, conservación, preservación, mantenimiento y reciclaje de los inmuebles del Servicio Nacional.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL PRESUPUESTARIA
ACCIONES
1. Coordinar la elaboración de la política presupuestaria de la Entidad, sobre la base de las normas técnicas que determine la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.
2. Asistir a las autoridades y a los responsables de cada una de las categorías programáticas del presupuesto en la interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación de la ejecución, modificación y evaluación de la ejecución presupuestaria.
3. Supervisar la preparación del anteproyecto de la Entidad, dentro de los límites financieros establecidos, y como resultado del análisis y compatibilización de las propuestas de cada una de las unidades ejecutoras de los programas presupuestarios.
4. Proponer y justificar cambios en la apertura programática del organismo.
5. Consolidar la información remitida por las unidades ejecutoras de programas referidas a la ejecución físico-financiera del presupuesto.
6. Entender en la preparación de los proyectos de cooperación, administración de programas y asistencia técnica.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL FINANCIERA
ACCIONES
1. Participar en la formulación de la política financiera y arancelaria de la Entidad y colaborar con la programación de la ejecución del presupuesto.
2. Desarrollar estudios y análisis económico financiero de la gestión institucional, evaluando las proyecciones, la ejecución presupuestaria y la situación financiera global del Organismo.
3. Coordinar la planificación del flujo de fondos, conformando el presupuesto de caja.
4. Coordinar el cobro de la totalidad de los ingresos que se produzcan, cualquiera sea su naturaleza.
5. Coordinar el cumplimiento de los plazos de pagos de terceros, de acuerdo a las normas legales vigentes, así como también la gestión del reclamo de deudas a los usuarios externos en situación de mora ante el Organismo.
6. Controlar los ingresos y egresos de fondos y valores, y la correspondiente emisión del parte diario de caja en el ámbito de su competencia.
7. Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores del organismo.
8. Asistir al a la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros en lo referente al control y ejecución del manejo del Fondo Rotatorio Central.
9. Coordinar desde el ámbito de su competencia el Sistema de Gestión Administrativa, interviniendo en el desarrollo de las mejoras necesarias.
10. Coordinar el desarrollo y firma de convenios de medios de pago con las distintas entidades financieras y la Dirección de Servicios Administrativos Financieros.
11. Analizar las fuentes de financiamiento del Organismo y la cartera de préstamos, proponiendo estimaciones de recursos y solicitudes de desembolsos y anticipos de fondos.
12. Participar en la formulación de las solicitudes de préstamos que se gestionen ante organismos crediticios.
13. Revisar y aprobar en materia financiera, los Planes Operativos Anuales y Planes de Trabajo correspondientes a los convenios celebrados en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL CONTABLE
ACCIONES
1. Llevar la contabilidad general supervisando las tareas de registros contables y presupuestarios.
2. Coordinar la preparación de los balances y estados de ejecución y la confección de la cuenta de ahorro, inversión y financiamiento del Organismo.
3. Supervisar las liquidaciones de haberes y servicios extraordinarios, y los aportes personales, contribuciones patronales, obra social, Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y Administración Nacional de la Seguridad Social; las liquidaciones de embargos u otras medidas cautelares emanadas de la autoridad judicial; las liquidaciones de cesiones de créditos y prendas.
4. Coordinar el registro y liquidación de las deudas del Organismo, verificando las condiciones de las mismas.
5. Supervisar la aplicación de la normativa vigente en materia impositiva en el ámbito de su competencia.
6. Procesar y producir información contable y oportuna, que sirva de apoyo a la toma de decisiones por parte de las autoridades del organismo.
7. Realizar el registro contable de los ingresos y egresos que surjan de la implementación de convenios de cooperación y asistencia técnica celebrados con organismos nacionales e internacionales, bloques de naciones, gobiernos provinciales y municipales, entidades nacionales, organizaciones internacionales de crédito, entre otros, que tengan por objeto el fortalecimiento institucional.
8. Intervenir en los procesos de aprobación de las rendiciones de cuentas, previa aceptación del área técnica que le da origen proponiendo las medidas correctivas, en los casos que correspondan.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN TÉCNICA EN PROTECCIÓN VEGETAL
ACCIONES
1. Coordinar y armonizar los procesos de gestión interna de la Dirección en materia de presupuesto, capacitación, comunicación, gestión administrativa y del personal, demandas de laboratorio vegetal, actualización normativa y seguimiento de acuerdos y convenios.
2. Coordinar la formulación, implementación y seguimiento de la ejecución del plan anual de control de gestión de la Dirección.
3. Desarrollar e implementar el control de gestión, supervisando el cumplimiento de las metas y objetivos de los programas y actividades de la Dirección.
4. Coordinar las actividades de seguimiento de los informes de auditoría interna de la Dirección.
5. Supervisar la implementación de los programas especiales de la Dirección que, por su carácter transversal, incipiente o particular, se implementen desde la Coordinación.
6. Coordinar los ámbitos de trabajo conjunto entre las distintas áreas de la Dirección Nacional y los temas de articulación con otras áreas del Organismo.
7. Asistir a la Dirección Nacional en la elaboración de informes u otras actividades que ésta encomiende y en la coordinación y comunicación mensual de las actividades que se proyecten realizar en los Centros Regionales por parte del personal de la Dirección.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS FITOSANITARIOS INTERNACIONALES
ACCIONES
1. Intervenir en la coordinación de negociaciones fitosanitarias bilaterales con otros países para el establecimiento de requisitos fitosanitarios de exportación e importación, interactuando con todas las áreas técnicas intervinientes.
2. Intervenir en los asuntos regionales y multilaterales fitosanitarios, entre ellos el Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur, el Mercado Común del Sur, el Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio y la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, coordinando las actividades que desde los distintos órganos regionales y multilaterales se requieran.
3. Asistirá la Dirección Nacional en la coordinación de asuntos bilaterales y multilaterales, incluyendo temas de cooperación, en materia fitosanitaria.
4. Colaborar en la elaboración de normas fitosanitarias nacionales relacionadas con los ámbitos regional y multilateral, así como en las actividades que puedan tener impacto en los mercados de destino de productos vegetales de origen argentino.
5. Asistir a la Dirección Nacional en el seguimiento y monitoreo de los acuerdos y compromisos asumidos en foros internacionales.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA FITOSANITARIA
ACCIONES
1. Generar y aportar la información estratégica a la Dirección Nacional de Protección Vegetal para apoyar la toma de decisiones en el ámbito de la protección fitosanitaria nacional y/o regional.
2. Definir el estatus fitosanitario de los cultivos nacionales de acuerdo a los lineamientos establecidos para la vigilancia general por las normas internacionales vigentes e implementar sistemas de vigilancia general y específica asociados a las problemáticas priorizadas
3. Mantener y fortalecer el Sistema Nacional de Vigilancia y Monitoreo a fin de establecer oficialmente la condición fitosanitaria de las plagas en los principales cultivos, los ecosistemas naturales, así como en las áreas públicas y urbanas cuando se considere necesario.
4. Alertar sobre el riesgo de ingreso al territorio nacional de plagas ausentes y cambios en las plagas presentes cuando su impacto económico resulte significativo.
5. Desarrollar la capacidad de detección precoz de brotes o incursiones de plagas ausentes de importancia económica y/o cuarentenaria en coordinación con otras áreas pertinentes.
6. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en sistemas de vigilancia, prevención y gestión de información en el ámbito de su competencia.
7. Intervenir en la bioseguridad agroambiental referida a organismos vegetales genéticamente modificados, plagas resistentes, organismos biológicos y agentes de control biológico.
8. Proponer la redacción de la normativa aplicable en materia de competencia de la Dirección.
9. Promover acuerdos de cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios, y/o entidades intermedias relacionados al ámbito fitosanitario a fin de mejorar los sistemas de vigilancia, prevención y de gestión de la información.
10. Generar, organizar y mantener actualizados los registros de competencia de la Dirección.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA FITOSANITARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE ANÁLISIS DE RIESGO Y VIGILANCIA
ACCIONES
1. Evaluar las problemáticas fitosanitarias que ameriten la implementación de sistemas de vigilancia general y específica.
2. Priorizar los escenarios plaga-territorio-cadena y generar las matrices de decisión para apoyar la definición de estrategias de prevención.
3. Identificar cambios en las plagas presentes que pudieran constituir un riesgo a la economía regional o nacional.
4. Generar sistemas que permitan la detección temprana de incursiones de plagas cuarentenarias ausentes.
5. Coordinar las acciones de vigilancia para el diagnóstico fitosanitario territorial.
6. Formular y validar modelos predictivos y de distribución potencial de plagas.
7. Establecer y evaluarlos impactos económicos, ambientales y sociales en los escenarios priorizados, en materia de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA FITOSANITARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN FITOSANITARIA
ACCIONES
1. Desarrollar sistemas de apoyo para la gestión de información estratégica fitosanitaria.
2. Generar las vinculaciones necesarias con otros sistemas de información internos y externos que resulten relevantes en el ámbito de su competencia.
3. Desarrollar la red de referentes expertos para el intercambio de conocimiento y validación en el ámbito de su competencia.
4. Gestionar la información necesaria por cadena de cultivo para el apoyo a las negociaciones fitosanitarias internacionales.
5. Aportar información para el sistema de certificación fitosanitaria de los productos de exportación.
6. Vincular el sistema del Documento de Tránsito Vegetal con otros sistemas relacionados, estandarizando la información para clasificar los perfiles de riesgo en las cadenas productivas involucradas.
7. Suministrar información para los análisis de riesgo de plagas que se realizan a fin de establecer los requisitos fitosanitarios de importación.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL
ACCIONES
1. Proponer los programas de prevención y control de plagas de vegetales a nivel nacional y su implementación acorde a las necesidades y características de cada región.
2. Establecer procedimientos y actividades para el control de plagas vegetales de alto impacto económico a nivel provincial, nacional y regional.
3. Promover acuerdos de cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios, y/o entidades intermedias y privados a fin de implementar acciones conjuntas en materia de su competencia.
4. Intervenir en el desarrollo y ejecución de acciones en materia fitosanitaria, con los Centros Regionales y los servicios provinciales y el sector privado.
5. Articular los procesos y procedimientos necesarios para la implementación y seguimiento de los planes y programas fitosanitarios.
6. Analizar el costo beneficio de la implementación de los programas fitosanitarios desde el punto de vista económico y socio ambiental.
7. Proponer la matriz de riesgo para la implementación de los programas fitosanitarios.
8. Proponer la redacción de la normativa aplicable en materia de competencia de la Dirección.
9. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica y articular con los organismos competentes y propiciar la implementación de innovaciones tecnológicas y sistemas informáticos para los programas fitosanitarios en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PROGRAMAS FITOSANITARIOS
ACCIONES
1. Proponer la estrategia de intervención territorial para aquellas plagas presentes priorizadas a nivel nacional y regional.
2. Coordinar la formulación de los planes sanitarios para las plagas priorizadas a nivel nacional y regional
3. Coordinar el desarrollo y la ejecución operativa de programas fitosanitarios destinados a lograr la prevención y control de las plagas priorizadas contemplando la gestión eficiente de los recursos.
4. Proponer los manuales de procedimientos específicos inherentes a las actividades de los programas fitosanitarios.
5. Evaluar el grado de cumplimiento de las actividades planificadas en los diferentes programas fitosanitarios y proponer las correcciones necesarias.
6. Proponer las actividades específicas de capacitación y difusión inherentes a los programas fitosanitarios.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIAS
ACCIONES
1. Coordinar la elaboración de planes de contingencia para las plagas que se encuentren bajo control oficial y aquellas plagas ausentes priorizadas.
2. Evaluar y seleccionar opciones para disminuir el riesgo de establecimiento y dispersión de una plaga priorizada.
3. Participar en la elaboración de protocolos de riesgo para las plagas priorizadas.
4. Evaluar la necesidad de la declaración de emergencia fitosanitaria y la finalización de la misma para una plaga priorizada.
5. Planificar, coordinar y evaluar las acciones de emergencia para una plaga priorizada, en forma conjunta con los programas fitosanitarios y los actores involucrados.
6. Cooperar en la elaboración y seguimiento del presupuesto de la contingencia y emergencia en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR VEGETAL
ACCIONES
1. Proponer y mantener los requisitos fitosanitarios de importación y tránsito internacional de los artículos reglamentados para prevenir la introducción y dispersión de plagas cuarentenarias al territorio nacional.
2. Proponer el estatus cuarentenario de las plagas a nivel nacional.
3. Proponer e implementar el sistema de cuarentena post-entrada.
4. Proponer las opciones de manejo de riesgo de plagas para la certificación fitosanitaria de artículos reglamentados de exportación.
5. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica para la implementación de medidas de manejo de riesgo para la exportación de artículos reglamentados
6. Proponer y liderar la matriz de riesgo fitosanitario en la importación, exportación y tránsito internacional de artículos reglamentados.
7. Proponer y liderar los sistemas informáticos de auto gestión en la certificación fitosanitaria para la importación, exportación y tránsito internacional.
8. Establecer los procedimientos necesarios para prevenir la introducción y dispersión de plagas cuarentenarias a través de artículos reglamentados de importación, tránsito internacional y pasajeros, incluyendo su seguimiento mediante los controles de gestión.
9. Establecer los procesos y procedimientos de inspección y certificación para la exportación de artículos reglamentados, incluyendo el seguimiento de su implementación mediante los controles de gestión.
10. Proponer los puertos, aeropuertos, aduanas secas y pasos fronterizos habilitados como puntos de ingreso y egreso comercial del país de los productos de competencia de la Dirección.
11. Proponer la normativa aplicable de competencia de la Dirección para cargas comerciales y de pasajeros en cumplimiento de las normas internacionales.
12. Promover acuerdos de cooperación con entes u organismos públicos y privados fin de desarrollar acciones conjuntas de competencia de la Dirección.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE REGULACIONES FITOSANITARIAS
ACCIONES
1. Coordinar el desarrollo de los Análisis de Riesgos de Plagas para el establecimiento y actualización de los requisitos fitosanitarios para artículos reglamentados de importación y tránsito internacional para prevenir la introducción y dispersión de plagas cuarentenarias al Territorio Nacional.
2. Proponer una programación para la elaboración de los Análisis de Riesgo de Plagas, estableciendo una priorización en permanente actualización mediante la evaluación técnica correspondiente.
3. Analizar la información técnica y los requisitos fitosanitarios establecidos por países potencialmente importadores de productos vegetales argentinos y definir las medidas de manejo de riesgo adecuadas para la certificación fitosanitaria.
4. Mantener actualizada la información técnica que avala los requisitos fitosanitarios vigentes.
5. Proponer y mantener actualizado el listado de plagas cuarentenarias a nivel nacional.
6. Formular el sistema de cuarentena post-entrada.
7. Elaborar la matriz de riesgo fitosanitario en la importación, exportación y tránsito internacional de artículos reglamentados.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA
ACCIONES
1. Generar y mantener actualizada una base de datos de los requisitos fitosanitarios oficiales de los países importadores para la correspondiente certificación fitosanitaria de exportación.
2. Generar y mantener actualizada una base de datos de requisitos fitosanitarios para importación, exportación y tránsito internacional.
3. Asistir en la definición de las necesidades de desarrollo de sistemas informáticos de gestión en la certificación fitosanitaria para la importación, exportación y tránsito internacional.
4. Coordinar el desarrollo e implementación de los sistemas, procesos y procedimientos de inspección y certificación para la importación, exportación y tránsito internacional.
5. Proponer los manuales de procedimientos específicos inherentes a las actividades de certificación fitosanitaria.
6. Coordinar las tareas de implementación de los protocolos acordados bilateralmente para la certificación de exportaciones.
7. Evaluar las condiciones de los puertos, aeropuertos, aduanas secas y pasos fronterizos como puntos de ingreso, egreso y tránsito internacional del país, tanto para el control del cumplimiento de las medidas fitosanitarias de cargas comerciales como de pasajeros.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DIRECCIÓN DE AGROQUÍMICOS Y BIOLÓGICOS
ACCIONES
1. Entender en el cumplimiento de las normas técnico-administrativas referidas a la elaboración y/o formulación de productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas utilizados para la producción agrícola y el control de plagas vegetales.
2. Inscribir, registrar y auditar los establecimientos que elaboren y/o formulen productos fitosanitarios, como así también proponer la inscripción de toda persona humana o jurídica u objeto a ser registrado en el ámbito de su competencia.
3. Realizar la evaluación técnica, de la documentación presentada para la aprobación y registro de los principios activos y/o productos formulados, fertilizantes y enmiendas.
4. Proponer la restricción o prohibición de los productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas de uso agrícola.
5. Proponer la política de tramitaciones de importación y exportación de agroquímicos y biológicos.
6. Colaborar con los programas que llevan otras áreas del Organismo, en el control de la elaboración, comercialización y uso de los productos de su competencia.
7. Reglamentar, administrar y mantener actualizados los Registros de su competencia.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN TÉCNICA EN SANIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Coordinar y armonizar los procesos de gestión interna de la Dirección Nacional en materia de presupuesto, capacitación, comunicación, gestión administrativa y del personal, demandas de laboratorio animal, actualización normativa y seguimiento de acuerdos y convenios.
2. Coordinar las actividades de la Dirección Nacional en articulación con otras áreas del Organismo.
3. Coordinar la formulación, implementación y seguimiento de la ejecución del Plan Anual de Control de Gestión de la Dirección Nacional.
4. Coordinar las actividades de seguimiento de los informes de auditoría interna de la Dirección Nacional.
5. Supervisar la implementación de los programas especiales de la Dirección Nacional que, por su carácter transversal, incipiente o particular, se implementen desde la Coordinación General.
6. Coordinar los ámbitos de trabajo conjunto entre las distintas áreas de la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS ZOOSANITARIOS INTERNACIONALES
ACCIONES
1. Coordinar la participación de las áreas técnicas, en el ámbito de competencia de la Dirección Nacional, en los ámbitos zoosanitarios bilaterales y multilaterales internacionales.
2. Intervenir en los asuntos regionales y multilaterales zoosanitarios, coordinando las actividades que desde los distintos órganos regionales y multilaterales se requieran.
3. Asistir a la Dirección Nacional en la coordinación de asuntos bilaterales y multilaterales, incluyendo temas de cooperación, en materia zoosanitaria.
4. Coordinar y priorizar las actividades de la Dirección Nacional que puedan tener impacto en el proceso de apertura y mantenimiento del comercio internacional de mercancías animales de origen nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Desarrollar la estrategia nacional para la protección zoosanitaria nacional y/o regional.
2. Elaborar las estrategias de control, prevención y erradicación de enfermedades y la normativa y programas para su aplicación.
3. Elaborarlas estrategias para la implementación y consolidación del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica.
4. Desarrollar las estrategias para adquirir y mantener reconocimientos de estatus sanitarios, en el ámbito de su competencia.
5. Proponer las estrategias adecuadas de detección precoz de brotes o incursiones de enfermedades animales ausentes de importancia económica y/o cuarentenaria en coordinación con otras áreas pertinentes.
6. Comunicar sobre los cambios en la situación de una enfermedad presente y su impacto económico, cuando resulte significativo.
7. Desarrollar los Análisis de Riesgo en materia zoosanitaria.
8. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en sistemas de epidemiología, prevención y gestión de información.
9. Promover acuerdos/convenios de cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, relacionados al ámbito zoosanitario a fin de mejorar los sistemas de epidemiología, prevención y de gestión de la información.
10. Analizar el costo beneficio de la implementación de los programas zoosanitarios desde el punto de vista económico y socio-ambiental.
11. Proponer la matriz de riesgo para la implementación de los programas zoosanitarios.
12. Participar en las acciones derivadas de la aplicación de convenios zoosanitarios, en el ámbito de comités o comisiones técnicas y otros, tanto nacionales como internacionales.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
ACCIONES
1. Diseñar estudios epidemiológicos a efectos de apoyar las estrategias sanitarias de la Dirección Nacional de Sanidad Animal y a los requerimientos del comercio internacional.
2. Realizar el análisis de la información sanitaria y de los estudios para determinar factores e indicadores de riesgo asociados a enfermedades animales.
3. Estudiar la distribución y dinámica de las enfermedades animales presentes en el país y demostrar la ausencia de las enfermedades animales exóticas.
4. Realizar análisis de riesgo de enfermedades animales.
5. Establecer las estrategias de vigilancia en fauna silvestre y coordinar la red de expertos en el tema.
6. Identificar las características sanitarias y geográficas de las áreas productivas para la implementación de estrategias de zonificación y compartimentación en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE SANIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Definir estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades animales y proponer las normas, programas y procedimientos técnicos relacionados.
2. Elaborar las estrategias para mantener y obtener reconocimientos de estatus sanitario.
3. Elaborar estrategias de bienestar animal en el ámbito de su competencia.
4. Coordinar y gestionar las comisiones nacionales y grupos técnicos involucradosen las estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades animales.
5. Proponer las actividades específicas de capacitación, comunicación, difusión y divulgación relacionadas con la prevención, control y erradicación de enfermedades animales.
6. Ejercer la contraparte técnica con los Centros Regionales en los temas de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN SANITARIA Y CONTROL DE GESTIÓN
ACCIONES
1. Coordinar la ejecución de los programas de prevención y control de enfermedades animales a nivel nacional y su implementación, acorde a las necesidades y características de cada región.
2. Coordinar la ejecución de las acciones destinadas a la detección precoz de brotes o incursiones de enfermedades animales y el control de los mismos, en coordinación con otras áreas pertinentes y su implementación, de acuerdo a las necesidades y características de cada región.
3. Intervenir en el desarrollo de los acuerdos/convenios de cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, a fin de implementar acciones conjuntas en el ámbito de su competencia.
4. Proponer y articular con las áreas competentes en la materia, el desarrollo de los sistemas de información y gestión sanitaria.
5. Articular con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, el desarrollo de sistemas de intercambio de información para la gestión zoosanitaria.
6. Articular los procesos y procedimientos necesarios para la implementación y seguimiento de los planes y programas zoosanitarios.
7. Coordinar los procesos de control de gestión de los planes y programas zoosanitarios.
8. Proponer la redacción de la normativa aplicable en materia de competencia de la Dirección.
9. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica y articular con los organismos competentes en materia de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN SANITARIA Y CONTROL DE GESTIÓN
COORDINACIÓN GENERAL DE SISTEMAS DE GESTIÓN SANITARIA
ACCIONES
1. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las actividades vinculadas a la habilitación y control de establecimientos y/o instalaciones asociadas a la producción primaria animal.
2. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las actividades vinculadas a la identificación y trazabilidad animal.
3. Controlar y verificar el cumplimiento de las normas, programas y procedimientos que regulen las actividades vinculadas a la habilitación y control de establecimientos y/o instalaciones asociadas a la producción primaria, identificación y trazabilidad animal.
4. Desarrollar y gestionar los sistemas de gestión e información sanitaria inherentes a la sanidad animal.
5. Articular la interacción de los sistemas de gestión e información sanitaria con otros sistemas y brindar asistencia técnica a los usuarios internos y externos.
6. Procesar y consolidar la información de los Sistemas de Gestión Sanitaria para su posterior análisis y elaboración de informes.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN SANITARIA Y CONTROL DE GESTIÓN
COORDINACIÓN GENERAL DE CONTROL TERRITORIAL
ACCIONES
1. Planificar, coordinar y supervisar la implementación de las acciones en terreno, de acuerdo a las estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades animales.
2. Controlar y verificar el cumplimiento de las acciones en terreno implementadas, de acuerdo a las estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades animales.
3. Proponer las normas y procedimientos de los sistemas de atención de eventos y emergencias sanitarias.
4. Coordinar, supervisar y evaluar la implementación de las normas y procedimientos de los sistemas de atención de eventos y emergencias sanitarias.
5. Coordinar la interacción con organismos públicos y privados nacionales e internacionales, entes sanitarios o entidades intermedias para la implementación de las acciones en terreno, de acuerdo a las estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades animales.
6. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en materia de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ANIMAL
ACCIONES
1. Proponer los requisitos zoosanitarios de importación y tránsito internacional de mercancías animales, para prevenir la introducción y dispersión de enfermedades animales en el Territorio Nacional.
2. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la negociación de protocolos zoosanitarios para la exportación, importación y tránsito internacional de mercancías animales.
3. Proponer la estrategia y coordinar la implementación de los sistemas cuarentenarios para el movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo.
4. Participar en ámbitos públicos o privados, nacionales e internacionales en la discusión de regulaciones zoosanitarias que impacten en el movimiento internacional de mercancías animales.
5. Asistir en la formulación de los planes de prevención, control y erradicación de enfermedades de los animales en los temas cuarentenarios.
6. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica para la implementación de medidas de manejo de riesgo para el movimiento internacional de mercancías animales.
7. Proponer y liderar la matriz de riesgo zoosanitario en la importación, exportación y tránsito internacional de mercancías animales.
8. Establecer los procedimientos necesarios para prevenir la introducción y dispersión de enfermedades a través del movimiento internacional de mercancías animales, incluyendo su seguimiento mediante los controles de gestión.
9. Establecer los procesos y procedimientos de autorización, inspección y certificación para el movimiento internacional de mercancías animales, incluyendo su seguimiento de implementación mediante los controles de gestión.
10. Promover acuerdos/convenios de cooperación con organismos públicos, nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, a fin de desarrollar acciones conjuntas de competencia de la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE REGULACIONES CUARENTENARIAS
ACCIONES
1. Elaborar los requisitos zoosanitarios para la gestión de riesgo asociado a la importación y tránsito internacional de mercancías animales.
2. Participar en la negociación de protocolos zoosanitarios de exportación y tránsito internacional de mercancías animales.
3. Participar en las cláusulas zoosanitarias para la consolidación de los acuerdos de certificación de exportación de mercancías animales.
4. Intervenir en la elaboración de las normas y estándares para cuarentenas zoosanitarias internas y externas y para el movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo.
5. Ejecutar la programación anual de las actividades previstas por la Dirección de Comercio Exterior Animal, mediante el cumplimiento de la normativa cuarentenaria, en las operaciones de exportación, importación y tránsito internacional entre terceros países, de animales vivos y de productos de origen animal, en aras de preservar el patrimonio zoosanitario nacional.
6. Ejercer la contraparte técnica con los Centros Regionales del Organismo en los temas de incumbencia de la Dirección de Comercio Exterior Animal.
7. Participar en las decisiones técnicas relacionadas con el movimiento internacional de mercancías animales en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE OPERACIONES CUARENTENARIAS
ACCIONES
1. Generar el sistema de comunicación de alerta ante la aparición en terceros países, de focos y/o epidemias de enfermedades de los animales que impacten en el comercio internacional, minimizando el riesgo de su introducción y diseminación en el Territorio Nacional.
2. Elaborar los instrumentos para la implementación de las acciones relacionadas con el movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
3. Coordinar la implementación de las acciones relacionadas con el movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
4. Desarrollar y gestionarlos sistemas de información de las operaciones de movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
5. Intervenir en la autorización de importación de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
6. Intervenir en la emisión de los certificados zoosanitarios de exportación de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
7. Proponer los manuales de procedimiento específicos inherentes a las actividades de certificación zoosanitaria en el ámbito de su competencia.
8. Procesar y consolidar los datos de los sistemas de información de las operaciones de movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PRODUCTOS VETERINARIOS
ACCIONES
1. Proponer y aplicar las normas técnico-administrativas referidas a la inscripción, habilitación, control y certificación de plantas destinadas a la elaboración, fraccionamiento y depósito de productos veterinarios y drogas aplicadas en medicina veterinaria.
2. Realizar la evaluación técnica de la documentación presentada para la aprobación y registro de los productos veterinarios, de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente.
3. Entender en la habilitación y registro de los establecimientos que desarrollan actividades de elaboración, fraccionamiento, depósito y expendio de productos veterinarios y proponer la inscripción de toda persona humana o jurídica u objeto a ser registrado en el ámbito de su competencia.
4. Proponer la prohibición o restricción de los productos veterinarios, cuando corresponda.
5. Intervenir en las tramitaciones de importación y exportación de productos y drogas de uso en medicina veterinaria.
6. Proponer, en resguardo de la salud pública, los períodos de carencia y los niveles de tolerancia de residuos o contaminantes, en productos comestibles de origen animal derivados del uso de productos veterinarios.
7. Reglamentar, administrar y mantener actualizados los Registros de su competencia.
8. Certificar y constatar el cumplimiento de la Norma de Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Veterinarios.
9. Fiscalizar la elaboración, fraccionamiento, depósito, expendio, distribución, despacho, conservación y condiciones de venta de todos los fármacos y drogas de uso en medicina veterinaria, así como también controlar los importados y elaborados y/o fraccionados en todo el país.
10. Coordinar y ejecutar el Programa Nacional de Vigilancia de la Resistencia a los Antimicrobianos en animales destinados al consumo humano.
11. Intervenir en la emisión de certificados concernientes a su competencia para ser presentados ante las autoridades sanitarias u organismos de terceros países y nacionales.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN TÉCNICA EN INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección Nacional en las propuestas y desarrollo de los proyectos de resoluciones y disposiciones vinculadas a la inocuidad y calidad agroalimentaria, verificándose la inclusión y/o consideración de las exigencias del comercio local e internacional de agroalimentos.
2. Promover la articulación y vinculación interinstitucional a nivel nacional e internacional, para la consecución de los objetivos estratégicos de la Dirección Nacional y con los representantes de las cadenas agroindustriales.
3. Monitorear el cumplimiento de metas en los Programas de la Dirección Nacional, tanto a nivel central como en los Centros Regionales.
4. Articular las acciones tendientes al cumplimiento de objetivos estratégicos en el ámbito de su competencia establecidos por las autoridades.
5. Asistir en la evaluación de proyectos de cooperación y convenios, de alcance nacional, regional o internacional, entes sanitarios, instituciones públicas, privadas y/o de la sociedad civil en la temática de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE APROBACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS
ACCIONES
1. Evaluar y definir la aprobación o rechazo de los productos, subproductos y derivados de origen animal y productos destinados al consumo animal elaborados y/o fraccionados en plantas habilitadas por el Organismo, de producción nacional o importados, llevando el registro pertinente.
2. Analizar técnicamente la documentación que sustente la asignación de atributos de calidad diferencia la los productos alimenticios de origen animal y vegetal para ser incluidos en el rotulado, en los términos de la normativa vigente.
3. Proponer e intervenir en normas técnico-administrativas que reglen los parámetros de composición, elaboración, rotulación, envasado y conservación de los productos, subproductos y derivados de origen animal y productos lácteos destinados a la alimentación humana y aquellos ingredientes lácteos no aditivos y alimentos destinados al consumo animal, elaborados y/o fraccionados tanto en plantas de producción nacional o en terceros países habilitadas por el Organismo, incluyendo las materias primas de origen animal destinadas a la elaboración de productos farmacéuticos opoterápicos y los incomestibles.
4. Intervenir en la autorización e inscripción de envases, materiales de empaque, acondicionamiento y en contacto con alimentos, aditivos alimentarios, coadyuvantes de tecnología para uso en productos de origen animal y vegetal de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE RIESGO
ACCIONES
1. Asistir en la preparación de informes sanitarios periódicos nacionales e internacionales a requerimiento de la Dirección Nacional y/o de las máximas autoridades del Organismo.
2. Formular y analizar documentos de análisis de riesgo, normativa y códigos internacionales: SPS, 'Codex Alimentarius', Manuales de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL, Normativa de la UNIÓN EUROPEA, y otros organismos nacionales e internacionales.
3. Entender en los análisis de riesgo de inocuidad y calidad de los alimentos, a requerimiento de las áreas técnicas y determinar las prioridades que puedan establecerse por la Dirección Nacional.
4. Proponer evaluaciones técnicas a la demanda de reconocimiento y equivalencia internacional de los sistemas de certificación de calidad, además de la autorización e inscripción de entidades certificadoras de calidad de productos agroalimentarios.
5. Llevar a cabo el diseño y ejecución de los planes de control de residuos y contaminantes en los productos y subproductos de origen animal y vegetal, incluyendo los piensos.
6. Entender en la actualización de los modelos de certificados internacionales sanitarios y de calidad para la exportación y autorización de la importación de productos, subproductos, derivados de origen animal y vegetal, alimentos para animales y procedimientos de certificación respectivos.
7. Evaluar y auditar a las entidades y sistemas de certificación de agroalimentos en el ámbito de su competencia.
8. Entender, en el ámbito de su competencia, en la autorización de las operaciones de importación, exportación y de tránsito internacional a través del Territorio Nacional de productos, subproductos y derivados de origen animal o vegetal o productos con componente o ingrediente animal o vegetal, incluyendo alimentos para animales, de acuerdo a las exigencias sanitarias y/o de calidad.
9. Participar en las inspecciones y auditorías nacionales e internacionales en la temática de su competencia, en vinculación con las áreas involucradas.
10. Relevar datos estadísticos y efectuar los informes estratégicos vinculados con los datos de producción y comercialización de productos y subproductos de competencia de la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE RIESGO
COORDINACIÓN GENERAL DE BIOTECNOLOGÍA
ACCIONES
1. Intervenir en la realización de evaluaciones de riesgo alimentario de productos provenientes de la biotecnología moderna, como son los Organismos Genéticamente Modificados, organismos editados genéticamente, nuevas técnicas de mejoramiento, nanobiotecnológicos, clonados y derivados de cualquier otra nueva tecnología, incluyendo los aditivos alimentarios a utilizar en productos vegetales.
2. Desarrollar e implementar sistemas de control de importación y exportación de granos y subproductos que puedan contener Organismos Genéticamente Modificados.
3. Elaborar y proponer reglamentos técnicos en materia de productos provenientes de la biotecnología moderna en el ámbito de su competencia.
4. Intervenir en la evaluación de incumplimientos normativos relacionados con los productos derivados de la biotecnología moderna, emitiendo los dictámenes técnicos correspondientes.
5. Participar en la actualización de los modelos de certificados internacionales que involucren Organismos Genéticamente Modificados y de los procedimientos de certificación respectivos, a los efectos de dar cumplimiento a los requisitos de los países importadores.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE RIESGO
COORDINACIÓN GENERAL DE CERTIFICACIONES E INFORMACIÓN
ACCIONES
1. Desarrollar y controlar los procedimientos de exportación, importación y tránsito internacional, que contemplen el control sanitario, documental y de identidad de las mercaderías, para resguardar la inocuidad de los alimentos, la salud pública y/o la calidad de las mercancías que correspondan al ámbito de su competencia.
2. Asistir en el análisis de riesgo asociado a los productos en las operaciones de importación y tránsito de productos de su competencia, integrando grupos de trabajo de evaluación de riesgo de inocuidad de los alimentos, en base a las recomendaciones de los Organismos de referencia, como así también en la verificación de análisis de protocolos y convenios sanitarios internacionales que hagan al intercambio de mercancías de incumbencia.
3. Entender en la definición de los atributos de calidad diferencial a los productos orgánicos, biológicos y ecológicos, de origen animal y vegetal.
4. Proponer los procedimientos de certificación de inocuidad y calidad de los alimentos, incluso la actualización de los modelos de certificados internacionales sanitarios y de calidad para la exportación y autorización de la importación de productos, subproductos, derivados de origen animal y vegetal y alimentos para animales, incluyendo los Organismos Genéticamente Modificados, y los productos orgánicos, biológicos y ecológicos.
5. Suministrar información de reportes y datos estadísticos de comercio exterior en el ámbito de su competencia, como así también articular los medios para efectuar prenotificaciones de certificados emitidos que son competencia de la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE RIESGO
COORDINACIÓN GENERAL DE VIGILANCIA Y ALERTA DE RESIDUOS Y CONTAMINANTES
ACCIONES
1. Diseñar y planificar los programas destinados al monitoreo y vigilancia de residuos y contaminantes en alimentos, propuestos a través de los Planes de Control de Residuos y Contaminantes e Higiene de alimentos de origen animal, vegetal y piensos.
2. Supervisar la gestión de los planes de monitoreo y vigilancia de residuos y contaminantes en alimentos de origen animal, vegetal y piensos, producidos a nivel nacional o importados.
3. Intervenir en la gestión de alertas sanitarias internas y externas, su investigación y gestión de riesgos en conjunto con las áreas centrales y/o regionales del organismo que correspondan.
4. Coordinar la gestión de las no conformidades derivadas de los planes de control de residuos y contaminantes en alimentos de origen animal, vegetal y piensos, ejecutada por las áreas técnicas competentes, en el ámbito de su competencia.
5. Conformar comisiones científico-técnicas de evaluación ad-hoc, permanentes o temporarias, de los Planes de Control de Residuos y Contaminantes e Higiene de alimentos de origen animal, vegetal y piensos, en virtud de los avances científico-técnicos y de los antecedentes derivados de su ejecución.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
ACCIONES
1. Entender en la propuesta de las normas de clasificación, tipificación, calidad y especificaciones técnicas que deben regir el comercio interno y externo de productos de origen animal y autorizaciones específicas sobre la calidad convenida para la exportación.
2. Proponer las normas y programas destinados al control de las condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos donde se faenen, elaboren e industrialicen productos, subproductos y derivados de origen animal, incluyendo la pesca y acuicultura.
3. Proponer los procedimientos e instructivos referidos al control de la inocuidad de los productos, subproductos y derivados de origen animal, incluyendo la pesca y acuicultura, tanto en lo referente al consumo interno como a la exportación e importación.
4. Entender en el control de gestión de las acciones establecidas en los programas y actividades de su competencia, tanto a nivel central como en los Centros Regionales.
5. Evaluar la autorización de destinos de exportación solicitados por establecimientos elaboradores de productos, subproductos y derivados de origen animal, incluyendo la pesca y acuicultura.
6. Organizar, reglamentar y administrar los Registros Nacionales de competencia del área.
7. Proponer la elaboración de convenios con organismos públicos, nacionales e internacionales y entes sanitarios, a fin de implementar los programas y acciones de su competencia y su seguimiento y evaluación.
8. Asistir en la elaboración de los análisis de riesgo en inocuidad de los alimentos de origen animal.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA
ACCIONES
1. Proponer las normas y programas destinados al control de las condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos donde se faenen, elaboren e industrialicen productos, subproductos y derivados de la pesca y acuicultura.
2. Proponer los procedimientos e instructivos referidos al control de la inocuidad de los productos, subproductos y derivados de la pesca y acuicultura, tanto en lo referente al consumo interno como a la exportación e importación.
3. Entender en la auditoría y el control de gestión de las acciones establecidas en los programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las regiones.
4. Evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos por los países para otorgar autorizaciones de exportación a requerimiento de los establecimientos elaboradores de productos, subproductos y derivados de la pesca y acuicultura.
5. Intervenir en el desarrollo del sistema de control de inocuidad en la importación en el ámbito de su competencia, para garantizar la prevención del ingreso de enfermedades exóticas o de alto riesgo para el país.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE ANIMALES TERRESTRES
ACCIONES
1. Proponer la elaboración de normas específicas y sus modificaciones a la normativa vigente conforme a las exigencias de los mercados interno y externo, vinculada con el control de las condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos donde se faenen, elaboren e industrialicen productos, subproductos y derivados de animales terrestres, incluyendo lácteos y apícolas.
2. Proponer los procedimientos e instructivos referidos al control de la inocuidad de los productos, subproductos y derivados de animales terrestres, incluyendo lácteos y apícolas, tanto en lo referente al consumo interno como a la exportación e importación.
3. Entender en la auditoría y el control de gestión de las acciones establecidas en los programas y actividades de su competencia que sean de ejecución en las regiones.
4. Evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos por los países para otorgar autorizaciones de exportación a requerimiento de los establecimientos elaboradores de productos, subproductos y derivados de animales terrestres, incluyendo lácteos y apícolas.
5. Intervenir en el desarrollo del sistema de control de inocuidad en la importación en el ámbito de su competencia, para garantizar la prevención del ingreso de enfermedades exóticas o de alto riesgo para el país.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL
ACCIONES
1. Proponer las normas, programas y procedimientos tendientes a la mejora continua de las condiciones de higiene e inocuidad de los productos, subproductos y materias primas de origen vegetal para la importación, exportación y tráfico federal, como así también los procedimientos para la fiscalización de la inocuidad vinculada a las diversas cadenas agroalimentarias en el ámbito de su competencia.
2. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las actividades vinculadas con la habilitación y control de establecimientos y/o instalaciones dedicados a la producción, procesamiento, elaboración, industrialización, fraccionamiento, distribución, transporte y almacenamiento de productos destinados a la alimentación animal y los piensos, y aquellos dedicados a las actividades de acopio, empaque, frigorífico, establecimientos mayoristas y proceso de productos de origen vegetal.
3. Intervenir en la inscripción de aditivos alimentarios, coadyuvantes de tecnología, envases, materiales de acondicionamiento y agentes de control higiénico-sanitario para uso en productos de origen vegetal.
4. Realizar el control de gestión de las áreas operativas regionales, en la temática de su competencia.
5. Proponer la elaboración de convenios con organismos públicos, nacionales e internacionales y entes sanitarios, a fin de implementar los programas y acciones de su competencia y su seguimiento y evaluación.
6. Asistir en la elaboración de los análisis de riesgo en inocuidad de los alimentos de origen vegetal.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE FRUTAS, HORTALIZAS Y AROMÁTICAS
ACCIONES
1. Proponer y elaborar normas y reglamentos técnicos de clasificación, tipificación, estandarización, aptitud, contaminantes y demás especificaciones de frutas, hortalizas, especies aromáticas, condimentos vegetales, especies de recolección silvestre, algodón y otros aplicables a la producción para consumo interno o la exportación y sus procesos de producción.
2. Intervenir en la emisión de autorizaciones de calidad convenida de frutas, hortalizas y otros para la exportación e importación, así como los sistemas de acondicionamiento, de producción nacional e importada, para consumo directo o uso industrial para importación y exportación.
3. Proponer la elaboración de normas específicas y modificaciones a la normativa vigente conforme a las exigencias de los mercados interno y externo, vinculada con el control de las condiciones higiénico- sanitarias de los establecimientos empacadores, procesadores, frigoríficos de productos vegetales y establecimientos mayoristas.
4. Intervenir en la gestión de las no conformidades derivadas de los planes de control de residuos y contaminantes en alimentos de origen vegetal y piensos, en el ámbito de su competencia.
5. Entender en el control de gestión de las acciones establecidas en los programas y actividades de su competencia que sean de ejecución de las regiones.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PIENSOS Y GRANARIOS
ACCIONES
1. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las actividades vinculadas con la habilitación y control de establecimientos y/o instalaciones, dedicados a la producción, acopio, procesamiento, acondicionamiento, industrialización, fraccionamiento, transporte y almacenamiento de cereales, granos, oleaginosos, legumbres, subproductos de molienda y productos vegetales destinados al consumo humano y/o animal.
2. Proponer y elaborar reglamentos técnicos de clasificación, tipificación, estandarización y demás especificaciones técnicas para el tratamiento, acondicionamiento, acopio, conservación, transporte y comercialización de cereales, oleaginosos y legumbres.
3. Realizar el seguimiento y monitoreo de la calidad de los sistemas de clasificación y análisis, y de su evolución, detectando las necesidades de actualización normativa o técnica en función de los requerimientos de los mercados nacionales e internacionales.
4. Intervenir en la emisión de autorizaciones de calidad convenida de cereales, granos, oleaginosos, legumbres, subproductos de molienda y productos alimenticios destinados al consumo humano y/o animal, para consumo directo o uso industrial para importación y exportación.
5. Entender en el control de gestión de las acciones establecidas en los programas y actividades de su competencia que sean de ejecución de las regiones.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN TÉCNICA EN LABORATORIO
ACCIONES
1. Producir informes para ser utilizados en el análisis estadístico de los programas en vigencia, en el ámbito de su competencia.
2. Gestionar y supervisar la implementación y auditoría del Sistema de Gestión de Calidad de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico.
3. Intervenir en la confección de informes a requerimiento de la Dirección General.
4. Asistir y asesorar a usuarios internos y externos en temas relacionados con sus tareas específicas.
5. Coordinar y supervisar las actividades de auditorías, habilitaciones, ensayos de pericia y resultados de análisis, produciendo informes unificados con fines estadísticos.
6. Coordinar, supervisar y auditar el seguimiento y monitoreo de los procedimientos operativos vinculados a la gestión de la información generada por el laboratorio y las redes asociadas; y los programas que permitan verificar la calidad, trazabilidad, políticas de seguridad y protección de los datos.
7. Coordinar y supervisar la implementación de trabajos científicos y de investigación; las interacciones, Proyectos y Convenios con instituciones oficiales y privadas, nacionales y extranjeras, en el ámbito de su competencia.
8. Supervisar la evaluación de la legislación nacional e internacional y la elaboración de proyectos de legislación en las actividades atinentes a la Dirección General.
9. Intervenir en la gestión de las recomendaciones y directrices del Codex Alimentarius y de otros Organismos nacionales e internacionales en el ámbito de su incumbencia.
10. Coordinar y supervisar la gestión y las actividades de los Laboratorios Regionales y de los Campos Experimentales.
11. Coordinar y supervisar la Red Nacional de Laboratorios, en el ámbito de su competencia.
12. Supervisar la interacción de la Red Nacional de Laboratorios, Laboratorios Regionales y de los Campos Experimentales en los aspectos técnicos.
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO
DIRECCIÓN DE LABORATORIO VEGETAL
ACCIONES
1. Coordinar, supervisar y/o auditar los estudios para establecer y certificar analíticamente los ensayos para la detección e identificación y certificación fitosanitaria de plagas de importancia cuarentenaria para la REPÚBLICA ARGENTINA y países compradores de productos nacionales de origen agrícola, la detección de todo tipo de sustancias contaminantes y/o residuales en productos, subproductos, alimentos y sus materias primas de origen vegetal, la realización de los controles analíticos en los aspectos microbiológicos, tecnológicos, químicos y físicos de productos, subproductos, alimentos y sus materias primas de origen vegetal.
2. Supervisar el cumplimiento de las normas de calidad y bioseguridad establecidas por la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico, en sus laboratorios y en los pertenecientes a la Red Nacional de Laboratorios en el área de su incumbencia.
3. Coordinar y realizar las certificaciones de calidad comercial, industrial y sanitaria en productos, subproductos y alimentos de origen vegetal y en la extensión del certificado argentino de calidad exigido por mercados compradores, así como la certificación de calidad de los insumos químicos y/o biológicos de uso agrícola.
4. Coordinar, supervisar y realizar el seguimiento y monitoreo de los planes de acción y los programas de su incumbencia, de acuerdo a la legislación vigente, participando en el diseño de los muestreos de productos alimenticios de origen vegetal y de insumos que se utilicen en su producción, en función de la capacidad operativa propia y de la Red de Laboratorios, de la seguridad para la salud del consumidor y de las exigencias de los mercados importadores de productos nacionales.
5. Participar en el cumplimiento de las políticas de seguridad, protección de datos y calidad establecidos por el Organismo en el ámbito de su incumbencia.
6. Participar en la gestión de las recomendaciones y directrices del Codex Alimentarius en el ámbito de su incumbencia.
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO
DIRECCIÓN DE LABORATORIO ANIMAL
ACCIONES
1. Coordinar, supervisar y/o auditar los estudios para establecer y certificar analíticamente las características técnicas de materias primas, productos, drogas, envases, rótulos, entre otros, relacionados con la medicina veterinaria, la detección de todo tipo de sustancias contaminantes y/o residuales en productos, subproductos y derivados de origen animal, los controles analíticos en los aspectos microbiológicos, tecnológicos, químicos y físicos de productos, subproductos y derivados de origen animal destinados a la alimentación; la elaboración, fraccionamiento, distribución, tenencia y expendio de productos biológicos destinados al diagnóstico y prevención de las enfermedades de los animales, diagnóstico de enfermedades animales y apoyo a la Dirección Nacional de Sanidad Animal.
2. Supervisar el cumplimiento de las normas de calidad y bioseguridad establecidas por la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico, en sus laboratorios y en los pertenecientes a la Red Nacional de Laboratorios en el área de su incumbencia.
3. Coordinar, supervisar y realizar el seguimiento y monitoreo de los planes de acción y los programas de su incumbencia de acuerdo a la legislación vigente, participando en el diseño de los muestreos de productos alimenticios de origen animal y de insumos que se utilicen en su producción, en función de la capacidad operativa de la Red de Laboratorios, de la seguridad para la salud del consumidor y de las exigencias de mercados importadores de productos nacionales.
4. Participar en el cumplimiento de las políticas de seguridad, protección de datos y calidad, establecidas por el Organismo, en el ámbito de su incumbencia.
5. Participar en la gestión de las recomendaciones y directrices del Codex Alimentarius y la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL en el ámbito de su incumbencia.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
COORDINACIÓN GENERAL DE FRONTERAS Y BARRERAS
ACCIONES
1. Entender en las actividades operativas asignadas por las normas y reglamentos técnicos en materia sanitaria, inocuidad y calidad agroalimentaria en la frontera, las barreras sanitarias vigentes y los aeropuertos, tanto para el mercado interno como externo.
2. Asistir en el desarrollo de las directrices, procedimientos e instructivos para las actividades de vigilancia y control fronterizo, de competencia de la Dirección Nacional.
3. Asistir en la implementación de las acciones de control de gestión de las tareas vinculadas a los procedimientos de competencia de la Dirección Nacional.
4. Asistir en las acciones de interrelación e integración con otros Organismos con competencia en cuestiones fronterizas, tanto a nivel nacional como internacional.
5. Intervenir en el procesamiento de la información de su competencia, así como en el establecimiento de medidas para garantizar la calidad y seguridad de la documentación oficial requerida.
6. Coordinar el desarrollo de los procedimientos que aplicarán los inspectores de las barreras y fronteras, en función de los requerimientos impartidos por las Direcciones Nacionales con competencia en la materia.
7. Intervenir en el tráfico federal, en materia de su competencia, sobre aquellos productos que según las Direcciones Nacionales sean prioritarios.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
COORDINACIÓN GENERAL DE PUERTOS
ACCIONES
1. Entender en las actividades operativas asignadas por las normas y reglamentos técnicos en materia sanitaria, inocuidad y calidad agroalimentaria en los puertos.
2. Asistir en el desarrollo de las directrices, procedimientos e instructivos para las actividades de vigilancia y control en el ámbito de los puertos, de competencia de la Dirección Nacional.
3. Asistir en las acciones de interrelación e integración con otros Organismos con competencia en cuestiones portuarias, tanto a nivel nacional como internacional.
4. Intervenir en el procesamiento de la información de su competencia, así como en el establecimiento de medidas para garantizar la calidad y seguridad de la documentación oficial requerida.
5. Coordinar el desarrollo de los procedimientos que aplicarán los inspectores de puertos, en función de los requerimientos impartidos por las Direcciones Nacionales con competencia en la materia.
6. Asistir al Director Nacional en el control de gestión, la planificación y coordinación de la ejecución de las acciones operativas relativas a su área temática, garantizando su implementación y seguimiento, en función de los programas nacionales aprobados.
7. Controlar la correcta aplicación de las normas vigentes en su área temática.
8. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de las tareas de control e inspección en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL METROPOLITANO (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y LOS PARTIDOS DE ESCOBAR, TIGRE, PILAR, MORENO, MALVINAS ARGENTINAS, GENERAL SAN MARTÍN, GENERAL RODRÍGUEZ, TRES DE FEBRERO, MORÓN, MERLO, SAN FERNANDO, SAN ISIDRO, ITUZAINGÓ, HURLINGHAN, VICENTE LÓPEZ, JOSÉ C. PAZ, LA PLATA, FLORENCIO VARELA, BERAZATEGUI, BERISSO, ENSENADA, ALMIRANTE BROWN, ESTEBAN ECHEVERRÍA, LOMAS DE ZAMORA, LANÚS, QUILMES, MARCOS PAZ, AVELLANEDA, LA MATANZA, PRESIDENTE PERÓN, SAN MIGUEL Y EZEIZA)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO (BUENOS AIRES -EXCEPTO AREA METROPOLITANA Y PARTIDO DE CARMEN DE PATAGONES -Y LA PAMPA)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO (SANTA FE, CÓRDOBA y ENTRE RÍOS).
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO (MENDOZA, SAN JUAN y SAN LUIS)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA (CORRIENTES, MISIONES, CHACO y FORMOSA).
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA (SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, CATAMARCA y SANTIAGO DEL ESTERO)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA (NEUQUÉN, RÍO NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ, TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR E INCLUYE EL PARTIDO DE CARMEN DE PATAGONES, Provincia de BUENOS AIRES)
ACCIONES (TIPO)
1. Entender en las actividades operativas asignadas por las normas y reglamentos técnicos en materia sanitaria, inocuidad y calidad agroalimentaria en la región, tanto para el mercado interno como externo.
2. Dirigir la ejecución de las acciones operativas contempladas en los planes, programas y actividades del Organismo en la región, a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de sanidad animal y vegetal e inocuidad y calidad agroalimentaria.
3. Dirigir las actividades interinstitucionales e intrainstitucionales del Centro Regional, y la difusión de las actividades del Organismo en la región.
4. Representar al Organismo ante organismos públicos y privados, nacionales, regionales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, en lo que es materia de su competencia en la región.
5. Promover Convenios de Asistencia y Cooperación con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades intermedias que permitan optimizar el accionar del Centro Regional.
6. Participar en la elaboración del presupuesto anual regional requerido para el funcionamiento del Centro Regional, en coordinación con las Direcciones Nacionales y/o Generales que correspondan.
7. Entender en la ejecución presupuestaria correspondiente a la región.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL (7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director del Centro Regional en la planificación y coordinación de la ejecución de las acciones operativas de su temática, en función de los Programas Nacionales aprobados.
2. Controlar, en el ámbito regional, la correcta aplicación de las normas vigentes que rigen en su área temática.
3. Intervenir en la habilitación, clausura, suspensión, control público e inspección de los establecimientos objeto de su incumbencia temática en la región.
4. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de tareas preventivas y de atención de emergencias sanitarias en su área temática de la región.
5. Participar, bajo la supervisión de la Dirección Nacional de Protección Vegetal, en la confección y revisión permanente de las acciones de los Programas Nacionales aprobados, en materia de su incumbencia.
6. Asistir al Director de Centro Regional, cuando la autoridad lo determine, en las comisiones regionales y/o provinciales de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL DE SANIDAD ANIMAL (7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director de Centro Regional en la planificación y coordinación de la ejecución de las acciones operativas de su temática, en función de los Programas Nacionales aprobados.
2. Controlar, en el ámbito regional, la correcta aplicación de las normas vigentes que rigen en su área temática.
3. Intervenir en la habilitación, clausura, suspensión, control público e inspección de los establecimientos objeto de su incumbencia temática en la región.
4. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de tareas preventivas y de atención de emergencias sanitarias en su área temática de la región.
5. Participar, bajo la supervisión de la Dirección Nacional de Sanidad Animal, en la confección y revisión permanente de las acciones de los Programas Nacionales aprobados en el ámbito de su incumbencia.
6. Asistir al Director de Centro Regional, cuando la autoridad lo determine, en las comisiones regionales y/o provinciales de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director de Centro Regional en la planificación y coordinación de la ejecución de las acciones operativas de su temática, en función de los Programas Nacionales aprobados.
2. Controlar, en el ámbito regional, la correcta aplicación de las normas vigentes que rigen en su área temática.
3. Intervenir en la habilitación, clausura, suspensión, control público, fiscalización e inspección de los establecimientos y/o instalaciones involucrados en la producción, procesamiento, elaboración, captura, faenamiento, industrialización, fraccionamiento, distribución, transporte, almacenamiento, manipuleo, acopio y comercialización, como así también en los insumos específicos, materias primas, productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, productos destinados para la alimentación animal, contaminantes químicos, físicos, biológicos para consumo interno, importación, exportación, tráfico federal y control de fronteras, objeto de su incumbencia temática en la región, así como en cuestiones inherentes a la calidad.
4. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de tareas preventivas y de atención de emergencias sanitarias en su área temática de la región.
5. Participar, bajo la supervisión de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en la confección y revisión permanente de las acciones de los Programas Nacionales aprobados en el ámbito de su incumbencia.
6. Asistir al Director de Centro Regional, cuando la autoridad lo determine, en las comisiones regionales y/o provinciales de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL ADMINISTRATIVA (7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director de Centro Regional en la preparación del presupuesto y del Plan Anual de Compras del Centro Regional.
2. Asistir al Director de Centro Regional en la gestión administrativa en el ámbito de sus competencias y funciones.
3. Asistir al Director de Centro Regional en el seguimiento de la utilización de los recursos asignados.
4. Asistir en la elaboración de informes gerenciales en lo atinente a gastos y recursos aplicados en la región.
5. Asistir al Director de Centro Regional en el cumplimiento de los manuales e instructivos elaborados por las áreas pertinentes de la Dirección General Técnica y Administrativa, como así también de toda la normativa aplicable emanada, entre otras, de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus respectivas modificatorias.
6. Asistir al Director de Centro Regional en los requerimientos de dotación, perfiles y capacitación de los recursos humanos de la región.
7. Supervisar la ejecución presupuestaria de la región, de conformidad a los lineamientos establecidos por la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros.
IF-2018-63201091-APN-DNDO#JGM
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Anexo
Número: IF-2018-6320109 l-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
Referencia: Anexo IV - EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM
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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
INCORPORACIONES
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
INCORPORACIONES
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
HOMOLOGACIONES
HOMOLOGACIONES
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DEROGACIONES
DEROGACIONES
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º
IF-2018-63219324-APN-DNDO#JGM
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Anexo
Número: IF-2018-63219324-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
Referencia: Planilla anexa al artículo 3° - EX-2018-52926174- -APN -DNDO#JGM
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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5º
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DEROGACIÓN DE UNIDADES DE NIVEL DEPARTAMENTAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DEROGACIÓN DE UNIDADES DE NIVEL DEPARTAMENTAL
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5º
IF-2018-63222504-APN-DNDO#JGM
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Anexo
Número: IF-2018-63222504-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
Referencia: Planilla anexa artículo 5° - EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM
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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8º
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
UNIDADES DE NIVEL DEPARTAMENTAL QUE SE MANTIENEN VIGENTES
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
UNIDADES DE NIVEL DEPARTAMENTAL QUE SE MANTIENEN VIGENTES
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8º
IF-2018-63225210-APN-DNDO#JGM
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Anexo
Número: IF-2018-63225210-APN-DNDC>#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
Referencia: Planilla anexa artículo 8° - EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM
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