PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1770/2020
DECAD-2020-1770-APN-JGM - Modificación presupuestaria.
Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-62591200-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, vigente conforme el artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020 y complementada por el Decreto Nº 193 del 27 de febrero de 2020, modificada por la Ley N° 27.561, los Decretos Nros. 7 del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 457 del 10 de mayo de 2020 y las Decisiones Administrativas Nros. 12 del 10 de enero de 2019 y 1 del 10 de enero de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con relación al coronavirus COVID-19 y atento a la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 y ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, resulta menester atender erogaciones necesarias para paliar los efectos de la citada pandemia.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 1/20 se determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, con las adecuaciones institucionales del PODER EJECUTIVO NACIONAL establecidas por los Decretos Nros. 7/19 y 50/19.
Que a través del artículo 4º del Decreto N° 457/20 se suspendió durante el Ejercicio 2020, para aquellas modificaciones presupuestarias necesarias en virtud de medidas dictadas en el marco de las disposiciones del Decreto N° 260/20, la aplicación de los límites a las reestructuraciones presupuestarias que puede disponer el Jefe de Gabinete de Ministros establecidos en el tercer párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.
Que resulta pertinente adecuar los créditos vigentes del HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN, organismo actuante en la órbita del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, en virtud de la cesión de créditos hacia el MINISTERIO DE SALUD con el objetivo de llevar a cabo medidas de prevención y mitigación de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que se refuerzan las asignaciones corrientes en el presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con el fin de atender las transferencias al Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) y al Fondo de Garantía Argentino (FoGAr), en el marco de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que resulta necesario adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, con el fin de ejecutar acciones de integración socio-urbana en Barrios Populares que permitan mitigar los efectos resultantes de la emergencia sanitaria, en el marco del Programa de Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID N° 3458/OC-AR.
Que, asimismo, es menester reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de contribuir al sostenimiento de sectores de la cultura, con el fin de disminuir los efectos producidos por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de reforzar las transferencias corrientes con el fin de permitir la asignación de subsidios para los trabajadores y las trabajadoras de la cultura, en el marco de la emergencia por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que dicho refuerzo se financia parcialmente con un incremento de los recursos propios, provenientes de ingresos tributarios por aplicación de gravámenes a los servicios de comunicación audiovisual conforme la Ley Nº 26.522 y sus normas modificatorias y complementarias.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, con el fin de atender gastos en materia de personal y relacionados con la producción de obras teatrales y programas realizados en formato digital, debido a la suspensión de las actividades del teatro, producto de la emergencia por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que, asimismo, resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de reforzar las transferencias corrientes con el fin de permitir la asignación de la segunda edición de Becas Sostener Cultura II, para los trabajadores y las trabajadoras de la cultura, en el marco de la emergencia por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD, con el propósito de atender el anticipo para la adquisición de la vacuna contra el coronavirus COVID-19 y los servicios de transporte en el marco de las “Acciones de Mitigación de la Pandemia Coronavirus COVID-19” y del Proyecto “Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Préstamo BID N° 5032/OC-AR); incluyendo además la extensión del pago de la asignación estímulo establecida por el Decreto N° 315 del 26 de marzo de 2020 y la asistencia al personal que se desempeña en los hospitales modulares bajo la órbita del Hospital El Cruce Dr. Néstor Carlos Kirchner de Florencio Varela, todo ello en el marco de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que se incrementa el presupuesto vigente del HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, con destino a la atención de los servicios profesionales que se desempeñan en los hospitales modulares en el marco de la pandemia por coronavirus COVID-19.
Que, asimismo, resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, a los efectos de afrontar reintegros a los y las agentes del seguro de salud que sufrieron una merma en su recaudación en el marco de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que el aumento mencionado en el considerando anterior se financia con la incorporación de fuentes financieras provenientes de remanentes de ejercicios anteriores.
Que resulta necesario reforzar los créditos del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE en compensación con sus aplicaciones financieras, para la adquisición de productos básicos de protección para recicladores urbanos en el marco del Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos – GIRSU por efecto de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que las modificaciones presupuestarias detalladas en los considerandos precedentes se efectúan en el marco de la emergencia pública sanitaria establecida en el Decreto Nº 260/20 y en el artículo 4° del Decreto N° 457/20.
Que, por otra parte, resulta necesario modificar el Presupuesto General de la Administración Nacional, con el fin de atender otros gastos inherentes a su normal funcionamiento.
Que a partir de la creación de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, corresponde adicionar créditos cedidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario ampliar los créditos correspondientes a los Préstamos BID N° 3759/OC-AR “Fortalecimiento Institucional del Ministerio de Hacienda y del Ministerio de Finanzas” y FONPLATA N° ARG- 42/2019 “Programa Federal de Infraestructura Regional”, ambos ejecutados por la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los fines de cumplir con las acciones pautadas para el Ejercicio vigente.
Que en el marco del Acta de Transferencia de Casa Patria Grande “PRESIDENTE NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”, el MINISTERIO DE CULTURA transfiere los créditos presupuestarios correspondientes a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que se procede a reforzar el presupuesto del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, organismo desconcentrado actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el objetivo de sostener su funcionamiento y poder concretar los acuerdos planificados para el presente Ejercicio.
Que resulta necesario incrementar los créditos del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los efectos de atender mayores erogaciones en personal originadas en la legislación vigente, gastos operativos y de funcionamiento.
Que el refuerzo mencionado se financia con una disminución de sus aplicaciones financieras.
Que es necesario incrementar el presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para atender el Convenio de Cooperación con la Provincia de BUENOS AIRES, vinculado al fortalecimiento de la seguridad de esa provincia.
Que, asimismo, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS incorpora créditos cedidos por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con motivo de la transferencia del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE), organismo desconcentrado actuante en el ámbito de la jurisdicción mencionada en primer término.
Que se propicia aumentar los recursos y créditos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con el objetivo de dar cumplimiento a las actividades y programas de capacitación de empleados públicos y empleadas públicas del Fondo de Capacitación y Recalificación Laboral (FoPeCap).
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA – SEDRONAR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a los fines de atender el déficit de gastos en personal.
Que es necesario proceder a una compensación de los créditos presupuestarios de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los fines de cumplir con el mantenimiento del SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y de efectivizar la contratación de licencias, soporte y mantenimiento de Firma Digital, ambos sistemas prioritarios para el desarrollo de las actividades de la Administración Pública Nacional.
Que resulta necesario reforzar los créditos vigentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, con el fin de afrontar gastos en personal, de correo correspondientes al envío de los Documentos Nacionales de Identidad y Pasaportes, y de mantenimiento de sistemas informáticos.
Que con el objeto de atender erogaciones relacionadas con el pago de haberes, gastos de funcionamiento y sentencias judiciales, resulta conveniente adecuar el presupuesto vigente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que se incorporan al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO créditos cedidos por el MINISTERIO DE ECONOMÍA para atender el traslado de UNA (1) agente.
Que como consecuencia de las variables en el tipo de cambio resulta necesario reforzar los créditos destinados a atender los gastos en personal del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los cuales se propician compensar con una reducción de las aplicaciones financieras.
Que es menester adecuar el presupuesto vigente de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el objeto de atender las transferencias corrientes con destino a la DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, ente del Sector Público Nacional en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de los servicios y atención de sus afiliados y afiliadas.
Que en atención a la transferencia de UN (1) agente dispuesta por el Decreto N° 826 del 6 de diciembre de 2019, es necesario reforzar el presupuesto de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS en detrimento de los créditos vigentes del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
Que es menester incrementar los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el objeto de atender Gastos en Personal.
Que con la finalidad de afrontar compromisos asumidos en el marco de los Préstamos BID N° 4113/OC-AR y FONPLATA ARG-28/16 destinados al “Programa Federal de Seguridad” y al “Programa de Desarrollo de Complejos Fronterizos”, respectivamente, es necesario incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que, asimismo, se refuerzan los créditos vigentes de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD con la finalidad de afrontar la adquisición de bienes de capital y sentencias judiciales de carácter salarial.
Que es necesario modificar el presupuesto de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD a los efectos de atender el pago de becas y la adquisición de equipos de computación.
Que es menester ampliar el presupuesto vigente del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA con la finalidad de atender sus gastos de funcionamiento e inversión, los que serán financiados con una disminución de sus aplicaciones financieras.
Que el MINISTERIO DE DEFENSA propicia incorporar saldos de recursos remanentes del Ejercicio 2019 para ser cedidos al ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, organismo desconcentrado en el ámbito del citado Ministerio con el fin de llevar a cabo la adquisición de vehículos de campaña y de guarnición.
Que, asimismo, se lleva a cabo una compensación de créditos entre el MINISTERIO DE DEFENSA y el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO con el fin de reintegrarle al citado Estado Mayor los gastos compartidos de funcionamiento del Edificio “Libertador General San Martín” y de racionamiento del personal del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que a su vez, el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, compensa e incorpora saldos de recursos remanentes de Transferencias Externas con el objeto de regularizar Fondos Rotatorios.
Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, cede créditos al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, organismo desconcentrado en el ámbito del citado Ministerio, para la adquisición de repuestos y mantenimiento de los generadores principales y auxiliares del rompehielos A.R.A. “Almirante Irízar”, para el alistamiento de la futura Campaña Antártica de Verano 2020/2021.
Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS le cede créditos al ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, en concepto de reintegro por servicios de racionamiento y de internet.
Que el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO lleva a cabo una readecuación de su presupuesto, consistente en reducir gastos de capital para incrementar gastos corrientes para atener el mantenimiento de vehículos y edificios, afectados al Operativo “General Manuel Belgrano” y para sostener la actividad de los hospitales militares y de los centros de salud.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA propicia una cesión de créditos al citado Ministerio para implementar proyectos en el marco del Programa de Investigación y Desarrollo para la Defensa (PIDDEF).
Que el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA propicia incrementar su presupuesto vigente mediante la incorporación de mayores recursos, los cuales se destinarán al financiamiento de gastos operativos y de funcionamiento.
Que, asimismo, resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, con el fin de regularizar su deuda con la empresa INVAP S.E. proveniente de los diferentes contratos por la fabricación e instalación de radares.
Que es menester adecuar los presupuestos vigentes del MINISTERIO DE ECONOMÍA, del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en virtud de las transferencias de agentes dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 1101 del 22 de junio de 2020 y 1566 del 26 de agosto de 2020.
Que se refuerzan las asignaciones corrientes en el presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en detrimento de las aplicaciones financieras, con el fin de atender diversos gastos de funcionamiento y transferencias al exterior para el pago de la membresía a la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros.
Que, asimismo, se adecuan los créditos vigentes del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con la finalidad de afrontar gastos en materia de personal.
Que se refuerzan los créditos vigentes del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el fin de atender diversos gastos de funcionamiento, bienes de uso y transferencias a universidades nacionales.
Que el incremento mencionado en el considerando precedente se financia con un aumento en el cálculo de los recursos propios, como así también con una reducción de las aplicaciones financieras.
Que se refuerzan las asignaciones corrientes en el presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO con el fin de atender el Plan Minero Nacional y a la FUNDACIÓN EMPREMIN.
Que tal aumento se financia parcialmente con el incremento del cálculo de los recursos con afectación específica.
Que resulta menester incrementar las asignaciones corrientes en el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, en detrimento de los gastos de capital, destinadas a afrontar diversos servicios profesionales, gastos de funcionamiento y transferencias.
Que resulta oportuno modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, con el fin de garantizar la atención de los haberes del personal.
Que es menester incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, con el objeto de afrontar los haberes del personal, gastos operativos, adquisición de bienes de uso y obligaciones emergentes del servicio de la deuda.
Que las erogaciones aludidas en el considerando anterior se financian con la incorporación de recursos remanentes de ejercicios anteriores.
Que es menester ajustar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de atender los haberes del personal y adquirir insumos que permitan garantizar la identidad y calidad de las semillas.
Que resulta oportuno adecuar el presupuesto vigente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de garantizar los haberes del personal y para cubrir las demandas vinculadas al “Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia Botrana” y al “Programa Nacional de Prevención de Huanglongbing”.
Que corresponde ampliar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES para reforzar las acciones del Programa Clubes en Obra.
Que a los fines de continuar con la ejecución de obras en el marco del Programa Nacional de Infraestructura Turística – Plan “50 Destinos” y atender gastos operativos del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES se refuerza su presupuesto mediante una disminución de sus aplicaciones financieras.
Que se incrementa el presupuesto de la Jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE con el fin de garantizar el pago de haberes y gastos de funcionamiento, de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que resulta necesario modificar el presupuesto de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a los efectos de afrontar los haberes de personal.
Que resulta menester reforzar el presupuesto vigente de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, incorporando créditos para atender el pago de haberes y gastos operativos.
Que es necesario modificar los créditos vigentes del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con el objeto de atender, principalmente, la ejecución de obras en el marco del Convenio de Adhesión “Plan Argentina Hace”; compromisos asumidos por la Dirección Nacional de Gestión de Proyectos Hídricos; servicios de consultorías; Construcción Planta de Tratamiento Efluentes Líquidos Industriales Parque Curtidor Lanús y obras destinadas a la reducción de la contaminación, en el marco del “Programa de Desarrollo Sustentable de la Cuenca Matanza- Riachuelo” y “Financiamiento Adicional para el Proyecto de Desarrollo Sustentable de la Cuenca Matanza- Riachuelo (CMR)” con financiamiento de los Préstamos BIRF Nros. 7706-AR y 9008-AR y; Construcción de la Autopista del Bicentenario - Paseo del Bajo con financiamiento del Préstamo CAF N° 9710; obras de remodelación y prolongación de Colectores Cloacales y Construcción de Planta Depuradora Cloacal de la Ciudad de Corrientes con financiamiento del Préstamo Infraestructura Hídrica del Norte Grande Préstamo BID N° 2776 OC/AR; y obras “Edificio de Laboratorios”, “Edificio Sede para el Instituto de Ingeniería y Biotecnología, y Edificio Anexo Facultad Filosofía y Letras” en el marco del Préstamo Apoyo para el Desarrollo de la Infraestructura Universitaria II - Etapa B – Préstamo CAF N° 8945.
Que es menester incrementar el presupuesto de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con el objeto de atender erogaciones vinculadas a sus gastos operativos y para realizar el aporte anual al CONSEJO VIAL FEDERAL.
Que el refuerzo citado en el considerando precedente se financia mediante la reasignación de créditos provenientes del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN en transferencias corrientes con el fin de cumplir compromisos asumidos con la FUNDACIÓN SADOSKY y con el Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico (CIEFFAP), dar continuidad a proyectos de investigación y atender erogaciones derivadas del Convenio suscripto con la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM).
Que, asimismo, se aumenta el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, financiado con Transferencias Externas, provenientes de una Cooperación Técnica del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), destinadas al “Programa de Inversiones integradas bajas en carbono y conservación en ciudades argentinas”.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, destinado a otorgar un subsidio extraordinario por TRES (3) meses a los becarios y a las becarias que finalizaron su beca el 31 de julio del corriente año.
Que además se refuerza el presupuesto del organismo descentralizado citado en el considerando anterior, con el fin de incorporar créditos cedidos por el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, destinados a financiar las actividades del INSTITUTO ARGENTINO DE NIVOLOGÍA, GLACIOLOGÍA Y CIENCIAS AMBIENTALES (IANIGLA) vinculadas al inventario de Glaciares de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que es menester modificar el presupuesto de la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, con el fin de cubrir gastos correspondientes al seguro de lanzamiento y operación del Proyecto Misión SAOCOM, financiados con el Préstamo BID N° 4840 OC/AR, “Programa de Desarrollo de Tecnologías Espaciales” (PROSAT II), como así también los gastos de desarrollo de la Misión Satelital SABIA-Mar financiada con el Préstamo CAF Nº 8700, “Satélite Argentino Brasileño de Información Ambiental con objetivo principal en el Mar” (SABIA-Mar).
Que es menester adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL con el fin de garantizar la liquidación de los haberes del personal, a la vez que se detraen créditos de su presupuesto con el fin de dar cumplimiento a las Decisiones Administrativas Nros. 1109 del 22 de junio de 2020, 1120 del 23 de junio de 2020 y 1566 del 26 de agosto de 2020, por las cuales se transfirieron agentes hacia jurisdicciones y organismos de la Administración Pública Nacional.
Que es menester incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD para atender acciones en el marco de los programas de Lucha Contra el SIDA y Enfermedades de Transmisión Sexual e Infecto Contagiosas para la compra de medicamentos, Fortalecimiento de la Capacidad del Sistema Público de Salud atendiendo mandas judiciales por medicamentos, así como gastos en personal derivados de la cesión de créditos por el traspaso de personal de planta permanente desde la órbita del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
Que corresponde reforzar el presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de atender gastos en materia de personal.
Que tal aumento se financia con el incremento del cálculo de los recursos propios.
Que a los fines de atender necesidades emergentes del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE se incorporan transferencias externas para su financiación.
Que, además, resulta necesario ampliar los créditos vigentes destinados a gastos en personal para cubrir el déficit en esta materia.
Que corresponde modificar el presupuesto del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE por la cesión de créditos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por el traspaso de UN (1) agente, sustanciado a través del dictado de la Decisión Administrativa N° 1120 del 23 de junio de 2020.
Que mediante el artículo 1° del Decreto Nº 606 del 20 de julio de 2020 se transfiere el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la órbita de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que a los efectos de atender lo dispuesto en el citado decreto resulta necesario transferir créditos presupuestarios del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la órbita de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, adicionalmente, resulta oportuno incrementar en el presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL las asignaciones para gastos en personal cedidas por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en cumplimiento de la Decisión Administrativa N° 1109 del 22 de junio de 2020, mediante la cual se transfiere a UN (1) agente de planta permanente a la órbita de la citada Cartera.
Que es necesario incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, con el objeto de atender gastos en personal, servicios técnicos y profesionales, la adquisición de equipamiento y transferencias corrientes y de capital, así como las Ayudas Sociales a Personas en situación de violencia por motivos de género vinculadas al “Programa Acompañar”.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados a la Empresa RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO (RTA) y a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que resulta necesario dar de baja en el Sistema Integrado de Información Financiera (e-SIDIF) las imputaciones presupuestarias correspondientes a los remanentes del Ejercicio 2018, atento que estos son producto de la prórroga del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 y ya han sido ingresados al TESORO NACIONAL.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, por los artículos 8° y 9° de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 prorrogada en los términos del Decreto N° 4/20 y complementada por el Decreto N° 193/20 y por el artículo 4º del Decreto Nº 457/20.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2020, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2020-63895500-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
Decisión Administrativa 1770/2020
DECAD-2020-1770-APN-JGM - Modificación presupuestaria.
Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-62591200-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, vigente conforme el artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020 y complementada por el Decreto Nº 193 del 27 de febrero de 2020, modificada por la Ley N° 27.561, los Decretos Nros. 7 del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 457 del 10 de mayo de 2020 y las Decisiones Administrativas Nros. 12 del 10 de enero de 2019 y 1 del 10 de enero de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con relación al coronavirus COVID-19 y atento a la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 y ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, resulta menester atender erogaciones necesarias para paliar los efectos de la citada pandemia.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 1/20 se determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, con las adecuaciones institucionales del PODER EJECUTIVO NACIONAL establecidas por los Decretos Nros. 7/19 y 50/19.
Que a través del artículo 4º del Decreto N° 457/20 se suspendió durante el Ejercicio 2020, para aquellas modificaciones presupuestarias necesarias en virtud de medidas dictadas en el marco de las disposiciones del Decreto N° 260/20, la aplicación de los límites a las reestructuraciones presupuestarias que puede disponer el Jefe de Gabinete de Ministros establecidos en el tercer párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.
Que resulta pertinente adecuar los créditos vigentes del HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN, organismo actuante en la órbita del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, en virtud de la cesión de créditos hacia el MINISTERIO DE SALUD con el objetivo de llevar a cabo medidas de prevención y mitigación de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que se refuerzan las asignaciones corrientes en el presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con el fin de atender las transferencias al Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) y al Fondo de Garantía Argentino (FoGAr), en el marco de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que resulta necesario adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, con el fin de ejecutar acciones de integración socio-urbana en Barrios Populares que permitan mitigar los efectos resultantes de la emergencia sanitaria, en el marco del Programa de Mejoramiento de Barrios IV (PROMEBA IV), Préstamo BID N° 3458/OC-AR.
Que, asimismo, es menester reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de contribuir al sostenimiento de sectores de la cultura, con el fin de disminuir los efectos producidos por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de reforzar las transferencias corrientes con el fin de permitir la asignación de subsidios para los trabajadores y las trabajadoras de la cultura, en el marco de la emergencia por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que dicho refuerzo se financia parcialmente con un incremento de los recursos propios, provenientes de ingresos tributarios por aplicación de gravámenes a los servicios de comunicación audiovisual conforme la Ley Nº 26.522 y sus normas modificatorias y complementarias.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, con el fin de atender gastos en materia de personal y relacionados con la producción de obras teatrales y programas realizados en formato digital, debido a la suspensión de las actividades del teatro, producto de la emergencia por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que, asimismo, resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de reforzar las transferencias corrientes con el fin de permitir la asignación de la segunda edición de Becas Sostener Cultura II, para los trabajadores y las trabajadoras de la cultura, en el marco de la emergencia por la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD, con el propósito de atender el anticipo para la adquisición de la vacuna contra el coronavirus COVID-19 y los servicios de transporte en el marco de las “Acciones de Mitigación de la Pandemia Coronavirus COVID-19” y del Proyecto “Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Préstamo BID N° 5032/OC-AR); incluyendo además la extensión del pago de la asignación estímulo establecida por el Decreto N° 315 del 26 de marzo de 2020 y la asistencia al personal que se desempeña en los hospitales modulares bajo la órbita del Hospital El Cruce Dr. Néstor Carlos Kirchner de Florencio Varela, todo ello en el marco de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que se incrementa el presupuesto vigente del HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, con destino a la atención de los servicios profesionales que se desempeñan en los hospitales modulares en el marco de la pandemia por coronavirus COVID-19.
Que, asimismo, resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, a los efectos de afrontar reintegros a los y las agentes del seguro de salud que sufrieron una merma en su recaudación en el marco de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que el aumento mencionado en el considerando anterior se financia con la incorporación de fuentes financieras provenientes de remanentes de ejercicios anteriores.
Que resulta necesario reforzar los créditos del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE en compensación con sus aplicaciones financieras, para la adquisición de productos básicos de protección para recicladores urbanos en el marco del Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos – GIRSU por efecto de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
Que las modificaciones presupuestarias detalladas en los considerandos precedentes se efectúan en el marco de la emergencia pública sanitaria establecida en el Decreto Nº 260/20 y en el artículo 4° del Decreto N° 457/20.
Que, por otra parte, resulta necesario modificar el Presupuesto General de la Administración Nacional, con el fin de atender otros gastos inherentes a su normal funcionamiento.
Que a partir de la creación de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, corresponde adicionar créditos cedidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario ampliar los créditos correspondientes a los Préstamos BID N° 3759/OC-AR “Fortalecimiento Institucional del Ministerio de Hacienda y del Ministerio de Finanzas” y FONPLATA N° ARG- 42/2019 “Programa Federal de Infraestructura Regional”, ambos ejecutados por la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los fines de cumplir con las acciones pautadas para el Ejercicio vigente.
Que en el marco del Acta de Transferencia de Casa Patria Grande “PRESIDENTE NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”, el MINISTERIO DE CULTURA transfiere los créditos presupuestarios correspondientes a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que se procede a reforzar el presupuesto del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, organismo desconcentrado actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el objetivo de sostener su funcionamiento y poder concretar los acuerdos planificados para el presente Ejercicio.
Que resulta necesario incrementar los créditos del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los efectos de atender mayores erogaciones en personal originadas en la legislación vigente, gastos operativos y de funcionamiento.
Que el refuerzo mencionado se financia con una disminución de sus aplicaciones financieras.
Que es necesario incrementar el presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para atender el Convenio de Cooperación con la Provincia de BUENOS AIRES, vinculado al fortalecimiento de la seguridad de esa provincia.
Que, asimismo, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS incorpora créditos cedidos por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con motivo de la transferencia del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE), organismo desconcentrado actuante en el ámbito de la jurisdicción mencionada en primer término.
Que se propicia aumentar los recursos y créditos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con el objetivo de dar cumplimiento a las actividades y programas de capacitación de empleados públicos y empleadas públicas del Fondo de Capacitación y Recalificación Laboral (FoPeCap).
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA – SEDRONAR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a los fines de atender el déficit de gastos en personal.
Que es necesario proceder a una compensación de los créditos presupuestarios de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los fines de cumplir con el mantenimiento del SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y de efectivizar la contratación de licencias, soporte y mantenimiento de Firma Digital, ambos sistemas prioritarios para el desarrollo de las actividades de la Administración Pública Nacional.
Que resulta necesario reforzar los créditos vigentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, con el fin de afrontar gastos en personal, de correo correspondientes al envío de los Documentos Nacionales de Identidad y Pasaportes, y de mantenimiento de sistemas informáticos.
Que con el objeto de atender erogaciones relacionadas con el pago de haberes, gastos de funcionamiento y sentencias judiciales, resulta conveniente adecuar el presupuesto vigente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que se incorporan al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO créditos cedidos por el MINISTERIO DE ECONOMÍA para atender el traslado de UNA (1) agente.
Que como consecuencia de las variables en el tipo de cambio resulta necesario reforzar los créditos destinados a atender los gastos en personal del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los cuales se propician compensar con una reducción de las aplicaciones financieras.
Que es menester adecuar el presupuesto vigente de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el objeto de atender las transferencias corrientes con destino a la DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, ente del Sector Público Nacional en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de los servicios y atención de sus afiliados y afiliadas.
Que en atención a la transferencia de UN (1) agente dispuesta por el Decreto N° 826 del 6 de diciembre de 2019, es necesario reforzar el presupuesto de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS en detrimento de los créditos vigentes del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
Que es menester incrementar los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el objeto de atender Gastos en Personal.
Que con la finalidad de afrontar compromisos asumidos en el marco de los Préstamos BID N° 4113/OC-AR y FONPLATA ARG-28/16 destinados al “Programa Federal de Seguridad” y al “Programa de Desarrollo de Complejos Fronterizos”, respectivamente, es necesario incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que, asimismo, se refuerzan los créditos vigentes de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD con la finalidad de afrontar la adquisición de bienes de capital y sentencias judiciales de carácter salarial.
Que es necesario modificar el presupuesto de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD a los efectos de atender el pago de becas y la adquisición de equipos de computación.
Que es menester ampliar el presupuesto vigente del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA con la finalidad de atender sus gastos de funcionamiento e inversión, los que serán financiados con una disminución de sus aplicaciones financieras.
Que el MINISTERIO DE DEFENSA propicia incorporar saldos de recursos remanentes del Ejercicio 2019 para ser cedidos al ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, organismo desconcentrado en el ámbito del citado Ministerio con el fin de llevar a cabo la adquisición de vehículos de campaña y de guarnición.
Que, asimismo, se lleva a cabo una compensación de créditos entre el MINISTERIO DE DEFENSA y el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO con el fin de reintegrarle al citado Estado Mayor los gastos compartidos de funcionamiento del Edificio “Libertador General San Martín” y de racionamiento del personal del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que a su vez, el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, compensa e incorpora saldos de recursos remanentes de Transferencias Externas con el objeto de regularizar Fondos Rotatorios.
Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, cede créditos al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, organismo desconcentrado en el ámbito del citado Ministerio, para la adquisición de repuestos y mantenimiento de los generadores principales y auxiliares del rompehielos A.R.A. “Almirante Irízar”, para el alistamiento de la futura Campaña Antártica de Verano 2020/2021.
Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS le cede créditos al ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, en concepto de reintegro por servicios de racionamiento y de internet.
Que el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO lleva a cabo una readecuación de su presupuesto, consistente en reducir gastos de capital para incrementar gastos corrientes para atener el mantenimiento de vehículos y edificios, afectados al Operativo “General Manuel Belgrano” y para sostener la actividad de los hospitales militares y de los centros de salud.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA propicia una cesión de créditos al citado Ministerio para implementar proyectos en el marco del Programa de Investigación y Desarrollo para la Defensa (PIDDEF).
Que el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA propicia incrementar su presupuesto vigente mediante la incorporación de mayores recursos, los cuales se destinarán al financiamiento de gastos operativos y de funcionamiento.
Que, asimismo, resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, con el fin de regularizar su deuda con la empresa INVAP S.E. proveniente de los diferentes contratos por la fabricación e instalación de radares.
Que es menester adecuar los presupuestos vigentes del MINISTERIO DE ECONOMÍA, del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en virtud de las transferencias de agentes dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 1101 del 22 de junio de 2020 y 1566 del 26 de agosto de 2020.
Que se refuerzan las asignaciones corrientes en el presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en detrimento de las aplicaciones financieras, con el fin de atender diversos gastos de funcionamiento y transferencias al exterior para el pago de la membresía a la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros.
Que, asimismo, se adecuan los créditos vigentes del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con la finalidad de afrontar gastos en materia de personal.
Que se refuerzan los créditos vigentes del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el fin de atender diversos gastos de funcionamiento, bienes de uso y transferencias a universidades nacionales.
Que el incremento mencionado en el considerando precedente se financia con un aumento en el cálculo de los recursos propios, como así también con una reducción de las aplicaciones financieras.
Que se refuerzan las asignaciones corrientes en el presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO con el fin de atender el Plan Minero Nacional y a la FUNDACIÓN EMPREMIN.
Que tal aumento se financia parcialmente con el incremento del cálculo de los recursos con afectación específica.
Que resulta menester incrementar las asignaciones corrientes en el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, en detrimento de los gastos de capital, destinadas a afrontar diversos servicios profesionales, gastos de funcionamiento y transferencias.
Que resulta oportuno modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, con el fin de garantizar la atención de los haberes del personal.
Que es menester incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, con el objeto de afrontar los haberes del personal, gastos operativos, adquisición de bienes de uso y obligaciones emergentes del servicio de la deuda.
Que las erogaciones aludidas en el considerando anterior se financian con la incorporación de recursos remanentes de ejercicios anteriores.
Que es menester ajustar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de atender los haberes del personal y adquirir insumos que permitan garantizar la identidad y calidad de las semillas.
Que resulta oportuno adecuar el presupuesto vigente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de garantizar los haberes del personal y para cubrir las demandas vinculadas al “Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia Botrana” y al “Programa Nacional de Prevención de Huanglongbing”.
Que corresponde ampliar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES para reforzar las acciones del Programa Clubes en Obra.
Que a los fines de continuar con la ejecución de obras en el marco del Programa Nacional de Infraestructura Turística – Plan “50 Destinos” y atender gastos operativos del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES se refuerza su presupuesto mediante una disminución de sus aplicaciones financieras.
Que se incrementa el presupuesto de la Jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE con el fin de garantizar el pago de haberes y gastos de funcionamiento, de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que resulta necesario modificar el presupuesto de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a los efectos de afrontar los haberes de personal.
Que resulta menester reforzar el presupuesto vigente de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, incorporando créditos para atender el pago de haberes y gastos operativos.
Que es necesario modificar los créditos vigentes del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con el objeto de atender, principalmente, la ejecución de obras en el marco del Convenio de Adhesión “Plan Argentina Hace”; compromisos asumidos por la Dirección Nacional de Gestión de Proyectos Hídricos; servicios de consultorías; Construcción Planta de Tratamiento Efluentes Líquidos Industriales Parque Curtidor Lanús y obras destinadas a la reducción de la contaminación, en el marco del “Programa de Desarrollo Sustentable de la Cuenca Matanza- Riachuelo” y “Financiamiento Adicional para el Proyecto de Desarrollo Sustentable de la Cuenca Matanza- Riachuelo (CMR)” con financiamiento de los Préstamos BIRF Nros. 7706-AR y 9008-AR y; Construcción de la Autopista del Bicentenario - Paseo del Bajo con financiamiento del Préstamo CAF N° 9710; obras de remodelación y prolongación de Colectores Cloacales y Construcción de Planta Depuradora Cloacal de la Ciudad de Corrientes con financiamiento del Préstamo Infraestructura Hídrica del Norte Grande Préstamo BID N° 2776 OC/AR; y obras “Edificio de Laboratorios”, “Edificio Sede para el Instituto de Ingeniería y Biotecnología, y Edificio Anexo Facultad Filosofía y Letras” en el marco del Préstamo Apoyo para el Desarrollo de la Infraestructura Universitaria II - Etapa B – Préstamo CAF N° 8945.
Que es menester incrementar el presupuesto de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con el objeto de atender erogaciones vinculadas a sus gastos operativos y para realizar el aporte anual al CONSEJO VIAL FEDERAL.
Que el refuerzo citado en el considerando precedente se financia mediante la reasignación de créditos provenientes del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN en transferencias corrientes con el fin de cumplir compromisos asumidos con la FUNDACIÓN SADOSKY y con el Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico (CIEFFAP), dar continuidad a proyectos de investigación y atender erogaciones derivadas del Convenio suscripto con la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM).
Que, asimismo, se aumenta el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, financiado con Transferencias Externas, provenientes de una Cooperación Técnica del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), destinadas al “Programa de Inversiones integradas bajas en carbono y conservación en ciudades argentinas”.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, destinado a otorgar un subsidio extraordinario por TRES (3) meses a los becarios y a las becarias que finalizaron su beca el 31 de julio del corriente año.
Que además se refuerza el presupuesto del organismo descentralizado citado en el considerando anterior, con el fin de incorporar créditos cedidos por el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, destinados a financiar las actividades del INSTITUTO ARGENTINO DE NIVOLOGÍA, GLACIOLOGÍA Y CIENCIAS AMBIENTALES (IANIGLA) vinculadas al inventario de Glaciares de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que es menester modificar el presupuesto de la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, con el fin de cubrir gastos correspondientes al seguro de lanzamiento y operación del Proyecto Misión SAOCOM, financiados con el Préstamo BID N° 4840 OC/AR, “Programa de Desarrollo de Tecnologías Espaciales” (PROSAT II), como así también los gastos de desarrollo de la Misión Satelital SABIA-Mar financiada con el Préstamo CAF Nº 8700, “Satélite Argentino Brasileño de Información Ambiental con objetivo principal en el Mar” (SABIA-Mar).
Que es menester adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL con el fin de garantizar la liquidación de los haberes del personal, a la vez que se detraen créditos de su presupuesto con el fin de dar cumplimiento a las Decisiones Administrativas Nros. 1109 del 22 de junio de 2020, 1120 del 23 de junio de 2020 y 1566 del 26 de agosto de 2020, por las cuales se transfirieron agentes hacia jurisdicciones y organismos de la Administración Pública Nacional.
Que es menester incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD para atender acciones en el marco de los programas de Lucha Contra el SIDA y Enfermedades de Transmisión Sexual e Infecto Contagiosas para la compra de medicamentos, Fortalecimiento de la Capacidad del Sistema Público de Salud atendiendo mandas judiciales por medicamentos, así como gastos en personal derivados de la cesión de créditos por el traspaso de personal de planta permanente desde la órbita del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
Que corresponde reforzar el presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de atender gastos en materia de personal.
Que tal aumento se financia con el incremento del cálculo de los recursos propios.
Que a los fines de atender necesidades emergentes del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE se incorporan transferencias externas para su financiación.
Que, además, resulta necesario ampliar los créditos vigentes destinados a gastos en personal para cubrir el déficit en esta materia.
Que corresponde modificar el presupuesto del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE por la cesión de créditos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por el traspaso de UN (1) agente, sustanciado a través del dictado de la Decisión Administrativa N° 1120 del 23 de junio de 2020.
Que mediante el artículo 1° del Decreto Nº 606 del 20 de julio de 2020 se transfiere el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la órbita de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que a los efectos de atender lo dispuesto en el citado decreto resulta necesario transferir créditos presupuestarios del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la órbita de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, adicionalmente, resulta oportuno incrementar en el presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL las asignaciones para gastos en personal cedidas por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en cumplimiento de la Decisión Administrativa N° 1109 del 22 de junio de 2020, mediante la cual se transfiere a UN (1) agente de planta permanente a la órbita de la citada Cartera.
Que es necesario incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, con el objeto de atender gastos en personal, servicios técnicos y profesionales, la adquisición de equipamiento y transferencias corrientes y de capital, así como las Ayudas Sociales a Personas en situación de violencia por motivos de género vinculadas al “Programa Acompañar”.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados a la Empresa RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO (RTA) y a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que resulta necesario dar de baja en el Sistema Integrado de Información Financiera (e-SIDIF) las imputaciones presupuestarias correspondientes a los remanentes del Ejercicio 2018, atento que estos son producto de la prórroga del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 y ya han sido ingresados al TESORO NACIONAL.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, por los artículos 8° y 9° de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 prorrogada en los términos del Decreto N° 4/20 y complementada por el Decreto N° 193/20 y por el artículo 4º del Decreto Nº 457/20.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2020, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2020-63895500-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/09/2020 N° 43084/20 v. 30/09/2020
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)