Presidencia de la Nación

Decisión Administrativa 148 / 1996

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


REGIMEN DE FONDO ROTATORIO Y CAJA CHICA

CAJA CHICA

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 24-Jul-1996
Resumen:

AGREGASE A CONTINUACION DEL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 9º DEL DECRETO Nº 2380/94. POR ARTICULO 2º FACULTASE A LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL MEYOSP, CUANDO POR RAZONES FUNDADAS ASI LO DETERMINEN, A AUTORIZAR AUMENTOS POR SOBRE LOS LIMITES ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 9º DEL DECRETO Nº 2380/94, LOS CUALES NO PODRAN SER SUPERIORES AL 50% DE LOS ASIGNADOS EN VIRTUD DE LA NORMATIVA VIGENTE. CAC

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 2° DEL DECRETO N° 1344/07, B.O. 5/10/2007, PAGINA 11.

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