MERCOSUR
REGIMEN COMUN DE IMPORTACION DE BIENES DE CAPITAL NO PRODUCIDOS EN EL MERCOSUR
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
11-Nov-2015
Resumen:
RENOVAR LA INSTRUCCION AL GRUPO AD HOC CREADO POR LA DECISION CMC N° 58/2008 PARA PROCEDER EN LOS TERMINOS DE LA DECISION CMC N° 57/2010, A LA REVISION DEL REGIMEN COMUN DE IMPORTACION DE BIENES DE CAPITAL NO PRODUCIDOS EN EL MERCOSUR, QUE CONSTA EN LAS DECISIONES CMC N° 34/03 Y 59/08, CON VISTAS A LA ENTRADA EN VIGOR DE UN REGIMEN COMUN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2022 PARA ARGENTINA Y BRASIL, Y A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2024, PARA LOS DEMAS ESTADOS PARTES.
Observaciones:
LA MISMA HA SIDO PUBLICADA COMO ANEXO AL DECRETO N° 2271/2015.