Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 284/2024

DA-2024-284-APN-JGM - Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-43063461-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 88 del 26 de diciembre de 2023 y la Decisión Administrativa N° 5 del 11 de enero de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de diversas Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional, con el objeto de afrontar gastos impostergables para su normal funcionamiento.

Que con el objeto de atender necesidades de funcionamiento de la AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN, organismo actuante en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, corresponde incrementar su crédito vigente.

Que es necesario incrementar el presupuesto vigente de la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO PÚBLICO, con el fin de atender gastos en materia salarial vinculados a la venta de servicios al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP), ente del Sector Público Nacional actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD.

Que es menester incorporar en el presupuesto de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN los créditos provenientes de la entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado en el Decreto N° 111 del 1° de febrero de 2024.

Que se propicia adecuar el presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 195 del 23 de febrero de 2024, con la incorporación de créditos desde la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA y del ex-MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

Que es menester compensar créditos del presupuesto vigente del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el fin de atender la adquisición de insumos de laboratorio.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO para afrontar gastos de funcionamiento, gastos fijos de las sedes en el exterior y cancelar las obligaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de cuotas a Organismos Internacionales y Comisiones de Ríos.

Que corresponde incrementar los créditos vigentes de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con el objeto de afrontar sus gastos de funcionamiento y los gastos que demanda la prestación del servicio de policía adicional.

Que el incremento citado en el considerando precedente se financia mediante la incorporación de recursos remanentes.

Que se debe reforzar el presupuesto de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE SEGURIDAD, para afrontar las compras de bienes de consumo y el pago de servicios básicos y comisiones bancarias necesarios para el normal funcionamiento del Organismo.

Que, además, es menester reforzar el crédito destinado a bienes de uso con el fin de atender la Licitación Publica vinculada a la adquisición de Equipamiento Informático del Organismo.

Que corresponde compensar créditos dentro de la jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA para hacer frente a sus gastos de funcionamiento y atender a distintos operativos de seguridad y vigilancia.

Que se propicia incorporar mayores recursos provenientes de ingresos no impositivos y venta de bienes y servicios en el presupuesto del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS del MINISTERIO DE DEFENSA, para financiar gastos de funcionamiento de la Fuerza.

Que resulta oportuno reforzar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el fin de atender los operativos censales que hacen a la función esencial del Instituto.

Que es necesario incrementar el presupuesto vigente de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el fin de atender gastos de funcionamiento, equipamiento, transferencias al exterior y además la insuficiencia en materia salarial.

Que tal aumento se financia con una mayor estimación en el cálculo de sus recursos propios.

Que, asimismo, es menester modificar el presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para atender transferencias a organismos internacionales con destino al pago de membresías anuales.

Que para atender el incremento mencionado precedentemente se reducen las aplicaciones financieras.

Que corresponde incrementar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, destinado a atender gastos del Programa 32 – Acciones de Nutrición – Programa 1.000 Días.

Que es necesario adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO con el fin de atender gastos en comisiones bancarias en el exterior.

Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL se realizan con cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias y por el artículo 9° de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, vigente en los términos del Decreto N° 88/23.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2024, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2024-43632836-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolás Posse - Luis Andres Caputo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/05/2024 N° 27942/24 v. 09/05/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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