ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decisión Administrativa 284/2017
Distribución de cargos.
Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-06515927-APN-SECEP#MM, las Leyes Nros. 25.467 y 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, la Decisión Administrativa Nº 12 de fecha 11 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Decisión Administrativa Nº 12/17 se procedió a distribuir en forma parcial el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, aprobado por la Ley Nº 27.341.
Que el artículo 2º de la referida decisión administrativa dispuso que con posterioridad se procedería a distribuir los cargos que se encontraran ocupados y las horas de cátedra de las Jurisdicciones y Entidades pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL y que el resto, hasta alcanzar el número total de cargos fijados en el artículo 6º de la Ley Nº 27.341, se reservarían en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que corresponde, en esta instancia, distribuir los cargos citados en el considerando anterior y aprobar la reserva de cargos y en particular los cargos correspondientes al personal científico y técnico de los organismos que integran el CONSEJO INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICYT) en los términos del inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 25.467.
Que asimismo, resulta menester asignar los contratos a las jurisdicciones y entidades pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo establecido en los artículos 9° y 10 de la Decisión Administrativa Nº 12/17.
Que es procedente excluir de la reserva de cargos citada en los considerandos anteriores a los cargos con Funciones Ejecutivas o equivalentes asociados a estructuras organizativas.
Que por otra parte, resulta necesario establecer el procedimiento a seguir en lo que respecta a las altas de soldados voluntarios efectivamente incorporadas.
Que por otra parte, corresponde fijar los procedimientos a fin de poder instrumentar el descongelamiento de cargos destinados a ser cubiertos a través de procesos de selección de personal.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 30 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, y por los artículos 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Distribúyense los cargos ocupados y horas de cátedra entre las Jurisdicciones y Entidades pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Decisión Administrativa Nº 12 de fecha 11 de enero de 2017, conforme se consigna en el Anexo I (IF-2017-08148884-APN-MM) de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la reserva de cargos en los términos del artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017, conforme se consigna en el Anexo II (IF-2017-08148952-APN-MM), de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Apruébase la reserva de cargos correspondientes al personal científico y técnico de los organismos que integran el CONSEJO INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICYT) en los términos del inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 25.467, conforme se consigna en el Anexo III (IF-2017-08149018-APN-MM) que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Establécese como Anexo IV (IF-2017-08149058-APN-MM) el detalle de los contratos de las distintas jurisdicciones y entidades que conforman la Administración Pública Nacional en los términos de los artículos 9° y 10 de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017, el que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Las Jurisdicciones y Entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL deberán informar a la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y a la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, las novedades en cargos o contratos que impacten en la dotación y/o presupuesto de sus respectivas Jurisdicciones y Entidades y su correspondiente causa, producidas en el mes que corresponda, dentro de los primeros CINCO (5) días hábiles del mes siguiente.
Los cargos informados conforme lo establecido en el párrafo anterior impactarán en la reserva identificada en el artículo 2° de la presente.
La SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN emitirá un informe respecto de la evolución de los cargos de los Anexos y Reserva previstos en la presente a los efectos de la correspondiente actualización cuatrimestral.
(Artículo sustituido por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 953/2017 B.O. 27/10/2017)
ARTÍCULO 6°.- Los cargos vacantes asociados a unidades organizativas con Funciones Ejecutivas según el detalle obrante en el Anexo V de esta decisión administrativa (IF-2017-08149102-APN-MM), o aquellas cuyas equivalencias determine la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, no formarán parte de la reserva aprobada por el Artículo 2° de la presente medida.
ARTÍCULO 7°.- La cobertura de los cargos vacantes correspondientes al personal de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y del Servicio Penitenciario Federal, originados por bajas de agentes pasados a condición de retiro, jubilación o situación de reserva, continuarán rigiéndose por la normativa específica vigente en la materia correspondiente a la situación escalafonaria aplicable a cada caso.
El MINISTERIO DE DEFENSA comunicará al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y al MINISTERIO DE HACIENDA las altas de soldados voluntarios efectivamente incorporadas de conformidad al cupo que en su momento establezca el Sr. Presidente de la Nación en ejercicio de sus facultades constitucionales en la materia.
ARTÍCULO 8°.- En los procesos de designaciones de personal, la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN emitirá un informe a fin de verificar la existencia del cargo en los Anexos I, III o V, según corresponda. Dicho informe deberá incorporarse al expediente y mencionarse en el acto administrativo a ser dictado por la autoridad competente para efectuar la designación. Los cargos incluidos en los Anexos mencionados se entienden descongelados a los efectos del artículo 7° de la Ley N° 27.341. En todos los casos deberá contarse con la certificación de la existencia de crédito presupuestario emitida por la Jurisdicción o Entidad.
(Artículo sustituido por art. 3° de la Decisión Administrativa N° 953/2017 B.O. 27/10/2017)
ARTÍCULO 9°.- El descongelamiento de cargos y llamado a proceso de selección para su cobertura deberá iniciarse en la jurisdicción o entidad de origen, con la certificación de la existencia de crédito presupuestario y remitirse a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN que, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de esa Cartera y de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, remitirá las actuaciones para la suscripción de la pertinente decisión administrativa.
ARTÍCULO 10.- Los procesos de aprobación de cargos y horas de cátedra correspondientes al personal científico y técnico de los organismos indicados en el inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 25.467 requerirán de la previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Andrés Horacio Ibarra. — Nicolas Dujovne.
NOTA: Los Anexos que integran esta Decisión Administrativa no se publican, los mismos podrán ser consultados en la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas de la Jefatura de Gabinete de Ministros situada en Av. Julio A. Roca N° 782, 4° Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')
Decisión Administrativa 284/2017
Distribución de cargos.
Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-06515927-APN-SECEP#MM, las Leyes Nros. 25.467 y 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, la Decisión Administrativa Nº 12 de fecha 11 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Decisión Administrativa Nº 12/17 se procedió a distribuir en forma parcial el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, aprobado por la Ley Nº 27.341.
Que el artículo 2º de la referida decisión administrativa dispuso que con posterioridad se procedería a distribuir los cargos que se encontraran ocupados y las horas de cátedra de las Jurisdicciones y Entidades pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL y que el resto, hasta alcanzar el número total de cargos fijados en el artículo 6º de la Ley Nº 27.341, se reservarían en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que corresponde, en esta instancia, distribuir los cargos citados en el considerando anterior y aprobar la reserva de cargos y en particular los cargos correspondientes al personal científico y técnico de los organismos que integran el CONSEJO INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICYT) en los términos del inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 25.467.
Que asimismo, resulta menester asignar los contratos a las jurisdicciones y entidades pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo establecido en los artículos 9° y 10 de la Decisión Administrativa Nº 12/17.
Que es procedente excluir de la reserva de cargos citada en los considerandos anteriores a los cargos con Funciones Ejecutivas o equivalentes asociados a estructuras organizativas.
Que por otra parte, resulta necesario establecer el procedimiento a seguir en lo que respecta a las altas de soldados voluntarios efectivamente incorporadas.
Que por otra parte, corresponde fijar los procedimientos a fin de poder instrumentar el descongelamiento de cargos destinados a ser cubiertos a través de procesos de selección de personal.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 30 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, y por los artículos 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Distribúyense los cargos ocupados y horas de cátedra entre las Jurisdicciones y Entidades pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Decisión Administrativa Nº 12 de fecha 11 de enero de 2017, conforme se consigna en el Anexo I (IF-2017-08148884-APN-MM) de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la reserva de cargos en los términos del artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017, conforme se consigna en el Anexo II (IF-2017-08148952-APN-MM), de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Apruébase la reserva de cargos correspondientes al personal científico y técnico de los organismos que integran el CONSEJO INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICYT) en los términos del inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 25.467, conforme se consigna en el Anexo III (IF-2017-08149018-APN-MM) que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Establécese como Anexo IV (IF-2017-08149058-APN-MM) el detalle de los contratos de las distintas jurisdicciones y entidades que conforman la Administración Pública Nacional en los términos de los artículos 9° y 10 de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017, el que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Las Jurisdicciones y Entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL deberán informar a la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y a la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, las novedades en cargos o contratos que impacten en la dotación y/o presupuesto de sus respectivas Jurisdicciones y Entidades y su correspondiente causa, producidas en el mes que corresponda, dentro de los primeros CINCO (5) días hábiles del mes siguiente.
Los cargos informados conforme lo establecido en el párrafo anterior impactarán en la reserva identificada en el artículo 2° de la presente.
La SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN emitirá un informe respecto de la evolución de los cargos de los Anexos y Reserva previstos en la presente a los efectos de la correspondiente actualización cuatrimestral.
(Artículo sustituido por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 953/2017 B.O. 27/10/2017)
ARTÍCULO 6°.- Los cargos vacantes asociados a unidades organizativas con Funciones Ejecutivas según el detalle obrante en el Anexo V de esta decisión administrativa (IF-2017-08149102-APN-MM), o aquellas cuyas equivalencias determine la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, no formarán parte de la reserva aprobada por el Artículo 2° de la presente medida.
ARTÍCULO 7°.- La cobertura de los cargos vacantes correspondientes al personal de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y del Servicio Penitenciario Federal, originados por bajas de agentes pasados a condición de retiro, jubilación o situación de reserva, continuarán rigiéndose por la normativa específica vigente en la materia correspondiente a la situación escalafonaria aplicable a cada caso.
El MINISTERIO DE DEFENSA comunicará al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y al MINISTERIO DE HACIENDA las altas de soldados voluntarios efectivamente incorporadas de conformidad al cupo que en su momento establezca el Sr. Presidente de la Nación en ejercicio de sus facultades constitucionales en la materia.
ARTÍCULO 8°.- En los procesos de designaciones de personal, la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN emitirá un informe a fin de verificar la existencia del cargo en los Anexos I, III o V, según corresponda. Dicho informe deberá incorporarse al expediente y mencionarse en el acto administrativo a ser dictado por la autoridad competente para efectuar la designación. Los cargos incluidos en los Anexos mencionados se entienden descongelados a los efectos del artículo 7° de la Ley N° 27.341. En todos los casos deberá contarse con la certificación de la existencia de crédito presupuestario emitida por la Jurisdicción o Entidad.
(Artículo sustituido por art. 3° de la Decisión Administrativa N° 953/2017 B.O. 27/10/2017)
ARTÍCULO 9°.- El descongelamiento de cargos y llamado a proceso de selección para su cobertura deberá iniciarse en la jurisdicción o entidad de origen, con la certificación de la existencia de crédito presupuestario y remitirse a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN que, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de esa Cartera y de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, remitirá las actuaciones para la suscripción de la pertinente decisión administrativa.
ARTÍCULO 10.- Los procesos de aprobación de cargos y horas de cátedra correspondientes al personal científico y técnico de los organismos indicados en el inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 25.467 requerirán de la previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Andrés Horacio Ibarra. — Nicolas Dujovne.
NOTA: Los Anexos que integran esta Decisión Administrativa no se publican, los mismos podrán ser consultados en la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas de la Jefatura de Gabinete de Ministros situada en Av. Julio A. Roca N° 782, 4° Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')