DISTANCIAMIENTO Y AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO
EXCEPCIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
06-Dic-2020
Resumen:
EXCEPTUASE DE LAS PROHIBICIONES DISPUESTAS EN EL ARTICULO 8°, INCISO 4 DEL DECRETO Nº 956/20, AL DESARROLLO DE ESPECTACULOS, PROYECCIONES Y ACTIVIDADES CULTURALES DE CUALQUIER DISCIPLINA CON ACCESO DE PUBLICO, A REALIZARSE EN SALAS, CINES Y ESPACIOS CULTURALES, PUBLICOS O PRIVADOS, EN TODO EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS.