Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 145/2022

DECAD-2022-145-APN-JGM - Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 09/02/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-08360077-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 y las Decisiones Administrativas Nros. 4 del 15 de enero de 2021 y 4 del 5 de enero de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que resulta menester incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el fin de poder llevar a cabo el CENSO NACIONAL DE POBLACIÓN, HOGARES Y VIVIENDAS RONDA 2020, a realizarse el corriente año, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto N° 42 del 24 de enero de 2022.

Que resulta necesario aumentar el presupuesto del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE para cumplir con las necesidades del Servicio Nacional de Manejo del Fuego, con el fin de adoptar las medidas necesarias para propiciar y atender con carácter inminente el combate de los incendios y la prevención de nuevos focos.

Que también resulta procedente incrementar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, para afrontar gastos de la temporada crítica en materia de incendios.

Que, asimismo, se prevé atender los gastos destinados a la obra Licitación Pública Nacional Nº 1/2021 – “Construcción de la Senda Recreativa a Catritre en el Parque Nacional Lanín” en el marco del Préstamo BID N° 2606/OC-AR - “Programa de Desarrollo de Corredores Turísticos”.

Que dicho incremento se financia con el aporte de contribuciones figurativas del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Que, también, resulta necesario modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, para incorporar recursos remanentes del ejercicio anterior provenientes del Préstamo BID N° 2606/OC-AR - “Programa de Desarrollo de Corredores Turísticos”.

Que se incrementa el presupuesto vigente del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para afrontar erogaciones relacionadas con la determinación de tarifas y la modernización del marco regulatorio.

Que el mencionado incremento se financia con un aumento en el cálculo de los recursos que percibe el citado Ente.

Que, asimismo, se debe reforzar el presupuesto de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para dar cumplimiento al Acuerdo de Servicios de Gestión celebrado con la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI).

Que resulta menester adecuar el presupuesto de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el objeto de afrontar los gastos en personal que demanda la creación de la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial con cargo extraescalafonario con rango y jerarquía de Ministro/a dispuesta mediante el Decreto N° 710 del 14 de octubre de 2021 y de la Coordinación de Comunicación con rango y jerarquía de Subsecretario/a mediante el Decreto N° 811 del 25 de noviembre de 2021.

Que es necesario incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CULTURA, en virtud del “CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN Nº 1 AL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN Y EL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS”, suscripto el 23 de diciembre de 2021, entre el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP), Ente del Sector Público Nacional actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD y el MINISTERIO DE CULTURA (CONVE-2021-125051141-APN-MC).

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias y por los artículos 8° y 9° de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2022, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2022-11305169-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/02/2022 N° 6134/22 v. 10/02/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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