PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1211/2022
DECAD-2022-1211-APN-JGM - Modificación presupuestaria.
Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-123916041-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 y las Decisiones Administrativas Nros. 4 del 15 de enero de 2021 y 4 del 5 de enero de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 576 del 4 de septiembre de 2022 se creó, de manera extraordinaria y transitoria, el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR, destinado a los sujetos que hubieran exportado en los últimos DIECIOCHO (18) meses inmediatos anteriores a la vigencia de esa norma determinadas mercaderías cuyas posiciones arancelarias se determinan en el Anexo I del citado decreto.
Que a través del artículo 9º del citado decreto se creó el FONDO INCREMENTO EXPORTADOR con la finalidad de financiar, entre otros, una prestación monetaria extraordinaria no contributiva y de alcance nacional, que asegure una adecuada alimentación para las personas en situación de extrema vulnerabilidad.
Que, asimismo, el citado Fondo tendrá como destino atender programas que estimulen la producción y el desarrollo de pequeños y medianos productores y de economías regionales.
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMÍA Nº 862 del 12 de noviembre de 2022 se creó, en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de dicha Cartera Ministerial, el Programa de Compensación para Pequeños y Medianos Productores de Soja y Maíz, financiado con fondos provenientes del FONDO INCREMENTO EXPORTADOR.
Que como consecuencia de lo expresado en el considerando anterior, se incrementa el crédito vigente de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que, asimismo, es menester incrementar el presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con el fin de cumplir con el pago del refuerzo extraordinario dispuesto mediante el Decreto N° 758 del 9 de noviembre de 2022, en el marco de lo establecido en el Decreto N° 576/22 y lo instruido por el Ministro de Economía.
Que corresponde incrementar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), destinado al pago del refuerzo de ingreso previsional dispuesto mediante el Decreto N° 532 del 24 de agosto de 2022.
Que es menester reforzar el presupuesto destinado al pago de jubilaciones de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), con el fin de atender el impacto de la Resolución N° 256 del 15 de noviembre de 2022 del citado organismo, que dispone el aumento de haberes previsionales por fórmula de movilidad.
Que resulta necesario incrementar el crédito vigente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), con el fin de afrontar el aumento dispuesto por las paritarias homologadas en las fechas 28 de mayo, 16 de junio y 28 de octubre, todas ellas de 2022.
Que es preciso modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CULTURA, con el fin de atender la liquidación de haberes del personal del mes de noviembre de 2022.
Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL establecida mediante el Decreto N° 451 del 3 de agosto de 2022 se realizan con cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias y por el artículo 9° de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, prorrogada por el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente para el Ejercicio 2022, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2022-126190073-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
Decisión Administrativa 1211/2022
DECAD-2022-1211-APN-JGM - Modificación presupuestaria.
Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-123916041-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 y las Decisiones Administrativas Nros. 4 del 15 de enero de 2021 y 4 del 5 de enero de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 576 del 4 de septiembre de 2022 se creó, de manera extraordinaria y transitoria, el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR, destinado a los sujetos que hubieran exportado en los últimos DIECIOCHO (18) meses inmediatos anteriores a la vigencia de esa norma determinadas mercaderías cuyas posiciones arancelarias se determinan en el Anexo I del citado decreto.
Que a través del artículo 9º del citado decreto se creó el FONDO INCREMENTO EXPORTADOR con la finalidad de financiar, entre otros, una prestación monetaria extraordinaria no contributiva y de alcance nacional, que asegure una adecuada alimentación para las personas en situación de extrema vulnerabilidad.
Que, asimismo, el citado Fondo tendrá como destino atender programas que estimulen la producción y el desarrollo de pequeños y medianos productores y de economías regionales.
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMÍA Nº 862 del 12 de noviembre de 2022 se creó, en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de dicha Cartera Ministerial, el Programa de Compensación para Pequeños y Medianos Productores de Soja y Maíz, financiado con fondos provenientes del FONDO INCREMENTO EXPORTADOR.
Que como consecuencia de lo expresado en el considerando anterior, se incrementa el crédito vigente de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que, asimismo, es menester incrementar el presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con el fin de cumplir con el pago del refuerzo extraordinario dispuesto mediante el Decreto N° 758 del 9 de noviembre de 2022, en el marco de lo establecido en el Decreto N° 576/22 y lo instruido por el Ministro de Economía.
Que corresponde incrementar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), destinado al pago del refuerzo de ingreso previsional dispuesto mediante el Decreto N° 532 del 24 de agosto de 2022.
Que es menester reforzar el presupuesto destinado al pago de jubilaciones de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), con el fin de atender el impacto de la Resolución N° 256 del 15 de noviembre de 2022 del citado organismo, que dispone el aumento de haberes previsionales por fórmula de movilidad.
Que resulta necesario incrementar el crédito vigente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), con el fin de afrontar el aumento dispuesto por las paritarias homologadas en las fechas 28 de mayo, 16 de junio y 28 de octubre, todas ellas de 2022.
Que es preciso modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CULTURA, con el fin de atender la liquidación de haberes del personal del mes de noviembre de 2022.
Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL establecida mediante el Decreto N° 451 del 3 de agosto de 2022 se realizan con cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias y por el artículo 9° de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, prorrogada por el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente para el Ejercicio 2022, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2022-126190073-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/12/2022 N° 98737/22 v. 01/12/2022
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)