Decisión Administrativa 10 / 2016
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 11672
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 11-Ene-1933 |
Descripción
LEY COMPLEMENTARIAAPRUEBASE LA LEY PERMANENTE DE PRESUPUESTO.
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Normativa / Número
Ley 24156
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 29-Oct-1992 |
Descripción
DISPOSICIONES GENERALESDISPOSICIONES GENERALES DE LA ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL. SISTEMAS PRESUPUESTARIOS. TESORERIA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y DE CONTROL INTERNO Y EXTERNO. DISPOSICIONES VARIAS, PROMULGADA POR DEC. 1957 DEL 26-10-92 Y OBSERVADAPARCIALMENTE. LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO (AR. 1156). DIGESTO DE NORMAS DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL (AR. 1156 BIS).
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Normativa / Número
Ley 24354
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 29-Ago-1994 |
Descripción
OBSERVADA -PROYECTO SISTEMA DE INVERSION PUBLICA-PROYECTO OBSERVADO POR DECRETO 1427/94 (B.O. 29.8.94).
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Normativa / Número
Decisión Administrativa 477 / 1998
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS |
Fecha publicación 22-Sep-1998 |
Descripción
UNIDADES RETRIBUTIVASCONSTITUYESE EL GABINETE DEL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, MINISTROS, SECRETARIO GRAL. DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, SECRETARIOS Y SUBSECRETARIOS Y JEFE DE LA CASA MILITAR. ESTABLECESE QUE SE FIJARAN POR RESOLUCION EL DETALLE DE LAS UNIDADES RETRIBUTIVAS, CORRESPONDIENTES A LA REALIZACION DE TAREAS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 12 DEL REGIMEN JURIDICO BASICO DE LA FUNCION PUBLICA. DEROGASE EL ARTICULO 17 DE LA DECISION ADMINISTRATIVA N° 6/98.
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Normativa / Número
Ley 27198
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 04-Nov-2015 |
Descripción
PRESUPUESTO EJERCICIO 2016 - APROBACIONAPRUEBASE EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2016.
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Normativa / Número
Decreto DNU 13 / 2015
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 11-Dic-2015 |
Descripción
LEY N° 22.520 - MODIFICACIONSUSTITUYENSE DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY DE MINISTERIOS (LEY N° 22.520, TEXTO ORDENADO POR DECRETO N° 438/92, Y SUS MODIFICATORIAS).
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Normativa / Número
Decreto DNU 256 / 2015
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 29-Dic-2015 |
Descripción
DEPARTAMENTO - TRANSFIERASETRANSFIERESE EL DEPARTAMENTO DE INTERCEPTACION Y CAPTACION DE LAS COMUNICACIONES (DICOM) DEPENDIENTE DE LA DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACIONES Y APOYO TECNOLOGICO A LA INVESTIGACION PENAL DE LA PROCURACION GENERAL DE LA NACION DEL MINISTERIO PUBLICO A LA ORBITA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, QUE SERA EL UNICO ORGANO DEL ESTADO ENCARGADO DE EJECUTAR LAS INTERCEPTACIONES O CAPTACIONES DE CUALQUIER TIPO AUTORIZADAS U ORDENADAS POR LA AUTORIDAD JUDICIAL COMPETENTE. TRANSFIERESE A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION LA TOTALIDAD DEL PERSONAL, BIENES, PRESUPUESTO VIGENTE, ACTIVOS Y PATRIMONIO AFECTADOS AL DEPARTAMENTO DE INTERCEPTACION Y CAPTACION DE LAS COMUNICACIONES (DICOM). DEROGASE EL ARTICULO 21 DE LA LEY N° 25.520, SUSTITUIDO POR EL ARTICULO 17 DE LA LEY N° 27.126.
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Normativa / Número
Decreto DNU 257 / 2015
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 29-Dic-2015 |
Descripción
LEYES 27.148, 27.149, 27.150, 27.198 y 27.063 - MODIFICACIONESSUSTITUYESE EL ARTICULO 2° DE LA LEY N° 27.150 POR EL SIGUIENTE: “ARTICULO 2°.- ENTRADA EN VIGENCIA. EL CODIGO PROCESAL PENAL DE LA NACION APROBADO POR LA LEY N° 27.063 ENTRARA EN VIGENCIA DE CONFORMIDAD CON EL CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACION PROGRESIVA QUE ESTABLEZCA LA COMISION BICAMERAL DE MONITOREO E IMPLEMENTACION DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE LA NACION QUE FUNCIONA EN EL AMBITO DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, PREVIA CONSULTA CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACION. SUSTITUYESE EL ARTICULO 39 DE LA LEY N° 27.148 POR EL SIGUIENTE:“ARTICULO 39.- PLAN PROGRESIVO DE ASIGNACION DE RECURSOS. FINALIZADO EL PROCESO DE IMPLEMENTACION ESTABLECIDO EN LA LEY N° 27.150, SE CONVOCARA A UNA COMISION TECNICA A INTEGRARSE POR REPRESENTANTES DEL MINISTERIO PUBLICO FISCAL DE LA NACION, DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS, DE LA COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, DE LA COMISION BICAMERAL DE MONITOREO E IMPLEMENTACION DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE LA NACION QUE FUNCIONA EN EL AMBITO DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION Y DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS A LOS EFECTOS DE ESTABLECER UN PLAN PROGRESIVO DE ASIGNACION DE RECURSOS PARA EL MINISTERIO PUBLICO FISCAL DE LA NACION.” SUSTITUYESE EL ARTICULO 65 DE LA LEY N° 27.149. DEROGANSE LOS ARTICULOS 2° —TEXTO SEGUN EL ARTICULO 43 DE LA LEY N° 27.150— Y 3° AL 37 DEL ANEXO II DE LA LEY N° 27.063. DEROGASE EL TITULO VI (ARTICULOS 81 AL 88) DE LA LEY N° 27.148. DEROGANSE LOS ARTICULOS 75 AL 81 Y 83, Y EL ANEXO I DE LA LEY N° 27.149. SUSTITUYESE EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 67 DE LA LEY N° 27.198
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Normativa / Número
Decreto DNU 267 / 2015
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 04-Ene-2016 |
Descripción
CREACION - MODIFICACION LEYES N° 26.522 Y N° 27.078CREACION DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. CREASE COMO ENTE AUTARQUICO Y DESCENTRALIZADO, EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE COMUNICACIONES, EL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM). EL ENACOM ACTUARA EN JURISDICCION DEL MINISTERIO DE COMUNICACIONES, COMO AUTORIDAD DE APLICACION DE LAS LEYES NROS. 26.522 Y 27.078 Y SUS NORMAS MODIFICATORIAS Y REGLAMENTARIAS, CON PLENA CAPACIDAD JURIDICA PARA ACTUAR EN LOS AMBITOS DEL DERECHO PUBLICO Y PRIVADO. EL ENACOM TIENE DOMICILIO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y PODRA ESTABLECER DELEGACIONES EN REGIONES, PROVINCIAS O CIUDADES DE MAS DE QUINIENTOS MIL (500.000) HABITANTES. DISUELVENSE DE PLENO DERECHO LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) Y EL CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL CREADOS POR LA LEY N° 26.522, Y LA AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES (AFTIC) Y EL CONSEJO FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACION, CREADOS POR LA LEY N° 27.078. MODIFICACION DE LAS LEYES N° 26.522 Y N° 27.078.
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