Presidencia de la Nación

Comunicación A 3305 / 2001

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)


ENTIDADES FINANCIERAS

REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 22-Ago-2001
Resumen:

REF.: CIRCULAR. LISOL 1 - 349. REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ. TRATAMIENTO DE LOS DEPOSITOS A PLAZO FIJO EFECTUADOS POR LA JUSTICIA CON FONDOS ORIGINADOS EN LAS CAUSAS EN QUE INTERVIENE.

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