Presidencia de la Nación

Comunicación A 3246 / 2001

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)


ENTIDADES FINANCIERAS

REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 23-Abr-2001
Resumen:

REF.: CIRCULAR LISOL 1 - 332. REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ. REDUCCION DE LAS EXIGENCIAS EN ABRIL DE 2001.

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