BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "A" 2695. 04/05/98. Ref.: Circular LISOL 1-186 Integración de requisitos mínimos de liquidez con certificados de depósitos a plazo.
B.O: 15/5/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que, con el objeto de permitir la integración de requisitos mínimos de liquidez según lo establecido en el punto 3.1.12. de la Sección 3. de las normas de aplicación (T. O.), a partir del 06.05.98, el Banco Central ofrecerá a las entidades, a través de su Mesa de Operaciones de Cambio y de Mercado Abierto, Certificados de Depósito (CD's) de su cartera. Dicho ofrecimiento será efectuado por intermedio del Sistema de Operaciones Electrónicas (SIOPEL) del Mercado Abierto Electrónico S.A.
Las operaciones se liquidarán "Entrega contra Pago" en el Deutsche Bank, N. Y., contra las cuentas que las entidades mantienen en dicha Institución, con ajuste a las condiciones que para cada instrumento se hagan explícitas en cada oferta.
Las entidades podrán solicitar al Banco Central, por intermedio del Area de Supervisión de Entidades Financieras, que le recompre a precio de mercado los CD's adquiridos por esta operatoria, siempre que se verifique su encuadramiento en lo dispuesto por el último párrafo del punto 3.1.12. citado precedentemente.
e. 15/5 N° 227.505 v. 15/5/98