BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)
ENLACE AUTORIZADO POR LA ENTIDAD CITADA
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Comunicación “A” 6489/2018 Ref.: Circular LISOL 1 - 790. Capitales mínimos de las entidades financieras. Previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad. Adecuaciones.