BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION 'B' 6426 (03/11/98). Ref.: Circular OPASI 2 -175. Comunicación 'A' 2602. Uso de sistemas electrónicos de reproducción de firmas.
B.O. 18/11/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Comunicamos a Uds. que con el objeto de ordenar la metodología de presentación de solicitudes vinculadas con el tema de referencia establecida en el punto 1.1. del Anexo a la Comunicación de referencia, este Banco ha elaborado una guía para la confección de los citados requerimientos.
Sobre el particular se aclara que las presentaciones que se efectúen a partir de la fecha deben formalizarse a través de la remisión de un legajo específico que contenga secuencialmente, con numeración correlativa y con la inicial en cada hoja de funcionario responsable, los elementos descriptos en la 'Guía' que se detalla en Anexo.
Anexo
GUIA DE ELEMENTOS A PRESENTAR POR LOS BANCOS AL SOLICITAR AUTORIZACION AL B.C.R.A. PARA EL USO DE SISTEMAS ELECTRONICOS DE REPRODUCCION DE FIRMAS.
1. Constancia fehaciente de aprobación de la operatoria de emisión de instrumentos de pago mediante la tecnología de referencia por parte del Directorio, Consejo de Administración o máxima autoridad de ese Banco en el país, con opinión previa de las Auditorías interna y Externa.
2. Normativa y procedimientos administrativos internos que respalden la operatoria.
2.1. Diagramas en bloque.
2.2. Normas de procedimiento y comunicaciones internas del Banco.
2.3. Descripción de controles cruzados.
2.4. Administración del registro de firmas electrónicas: nómina inicial de autorizados (apellido y nombre y D.N.I.).
2.5. Metodología de captura y almacenamiento de firmas.
2.6. Identificación del soporte inicial de los registros de firmas.
2.7. Metodología de actualización del registro de firmas.
3. Elementos de hardware y software del sistema.
3.1. Software:
3.1.1. Desarrollo de la aplicación: interno, externo, mixto, etc.
3.1.2. Soporte de residencia de la aplicación (fásico y 1ógico).
3.1.3. Identificación de la organización de los archivos utilizados en esta operatoria.
3.1.4. Metodología de actualización del archivo de firmas digitalizadas.
3.2. Hardware: características de la configuración utilizada para esta aplicación (scanners, impresoras, dispositivos de almacenamiento, etc.).
3.3. Seguridad del Sistema:
3.3.1. Metodología de acceso.
3.3.1. Producto de seguridad utilizado.
3.3.2. Perfiles de usuarios habilitados: supervisor, operador, auditor, etc.
3.3.3. Descripción de la política de back-up.
3.3.4. Metodología de administración de claves.
3.3.5. Descripción detallada de la generación, al almacenamiento y acceso al 'log' de operaciones del sistema.
3.3.6. Descripción del mecanismo de inscripción utilizado para dar confidencialidad al archivo en el que residen las firmas digitalizadas.
4. Características del papel utilizado para la emisión de cheques:
4.1. Tipo, marcas de seguridad, etc.
4.2 Descripción detallada del procedimiento de administración del stock fásico.
4.3. Suministro de muestras del papel a utilizar (deber cumplir con la normativa establecida en el Anexo III de la Comunicación 'A' 2517).
5. Elementos adicionales:
5.1. Modelo del Contrato de Adhesión Mutua a suscribir entre los clientes titulares de cuentas corrientes y el Banco para emitir cheques mediante sistemas electrónicos de reproducción de firmas.
5.2. Modelo de Carta Compromiso del Banco mediante la cual informar, a los titulares de cuentas corrientes que emitir en cheques mediante esta tecnología, los distintos rangos de numeraciones a asignar a cantidades predeterminadas de cheques, con constancia de aceptación de dichos titulares.
5.3. Modelo del Poder mediante el cual los clientes titulares de cuentas corrientes autorizan a terceros a emitir cheques por su cuenta y orden cuando esos terceros sean funcionarios del Banco girado.
5.4. En caso de existir, dentro de la metodología a utilizar, tareas delegadas a terceros, deber adjuntarse el compromiso escrito del Banco (suscripto por idéntico nivel funcional al indicado en el item 1 ) de asumir la plena responsabilidad, por el uso que hagan aquellos de las firmas de los funcionarios autorizados a emitir instrumentos de pago mediante la tecnología de reproducción electrónica.
e. 18/11 Nº 254.993v. 18/11/98