BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "B" 6262 - 19/12/97- Base de datos de cheques rechazados. Automatización de bajas de cheques y vinculación/desvinculación de personas a cheques.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. con el objeto de informarles la puesta en marcha, a partir del día hábil siguiente al de emisión de la presente, de las facilidades indicadas en la referencia, así como las instrucciones operativas que permitirán su utilización, las que se consignan en anexo.
Los registros de movimientos correspondientes a las funciones que se implementan, deberán incorporarse, sin solución de continuidad y sin necesidad de respetar un orden preestablecido, al mismo soporte y en el mismo archivo que actualmente se utiliza para informar a este BCRA los rechazos de cheques (altas) y las fechas de pago del cheque, pago de la multa modificación y cierre de la cuenta (modificaciones). Tanto el procedimiento de recepción de los soportes magnéticos como su cronograma de entrega. permanecen sin modificaciones.
Es de hacer notar que los soportes que incluyan uno o más registros con alguno de los códigos de movimientos implementados en esta oportunidad deberán cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo 3°, punto 1.4.5. del Anexo a la Comunicación - "A" 2514 que establece: "Las comunicaciones deberán ser suscriptas por personal de nivel no inferior a Subgerente General o, de no existir dicha Jerarquía, por el funcionario de mayor categoría".
Por tal motivo, el certificado emitido por el Sistema CHR deberá ser suscrito en estos casos conforme a la citada norma, debiendo certificarse la firma del funcionario antes de presentar el disquete en el sector de Mesa de Entradas, en la Gerencia de Cuentas Corrientes y Compensación de Valores de este Banco. Los funcionarios cuya firma no se encuentra registrada, deberán efectuar dicho tramite previamente ante la gerencia mencionada.
Los movimientos recibidos se procesaran diariamente, en el orden y con los efectos que se indican a continuación.
1) Bajas de cheques: permite eliminar un cheque de la base.
2) Vinculación de personas o cheques: permite agregar personas físicas o jurídicas, identificadas por su CUIT, CUIL o CDI, a la lista de responsables asociados a un determinado cheque.
3) Desvinculación de personas a cheques: inversamente a la función anterior, permite quitar personas físicas o jurídicas de la lista de responsables asociados a un determinado cheque. con la restricción de que debe quedar al menos una persona física relacionada con cada cheque.
4) Los movimientos existentes a la fecha, es decir, Altas y Modificaciones.
Oportunamente, con la mayor frecuencia que sus condiciones operativas lo permitan, este Banco procederá a efectuar los ceses de inhabilitación o rehabilitaciones que correspondan, de acuerdo con la situación remanente de cada persona física o jurídicas afectada, dentro de los treinta días de configurada la situación que de lugar a dichas medidas.
ANEXO
GUIA OPERATIVA
Nombre del archivo: -CHR. TXI
Esquema del registro de datos para los nuevos tipos de movimientos:
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Este esquema de registro se ha mantenido deliberadamente similar al utilizado hasta la fecha para altas y modificaciones, con las variaciones necesarias para dar curso a las nuevas operatorias, conforme se consigna en el siguiente detalle:
Campos 1 a 4; Son obligatorios y constituyen la clave mediante la cual será localizado el cheque sobre el cual se aplicará el movimiento indicado, siendo un requisito obvio que el mismo exista en la base de datos de cheques rechazados.
Campo 6, Cód. de movimiento: Obligatorio, según el siguiente detalle:
Campo 8, Legajo: Conforme a las exigencias de la Com. "A" 2473, las entidades financieras deben confeccionar un legajo por cada solicitud que realicen, conteniendo los elementos que avalen el pedido de rectificación.
Este campo es de integración obligatoria y de una longitud total de 8 dígitos, conforme al detalle indicado mas abajo.
8.1. Número de legajo: Número de generado correlativamente por cada situación a rectificar, tratada en una resolución específica del nivel establecido por la normativa vigente.
Dicho número puede implicar a mas de un cheque, siempre y cuando pertenezca a la misma cuenta. Si un mismo incidente a rectificar involucrara a más de una cuenta, corresponderá generar tantos legados como cuentas estuvieran afectadas en el mismo.
8.2. Anio del legado: La numeración indicada en el punto anterior se reiniciará cada ando calendario, debiendo indicarse en este campo aquel que corresponda en cada caso. Como requisito formal, el mismo no podrá ser inferior a 1997 ni superior al año en que se remite la información al BCRA :
Campo 10, Código de motivo: Obligatorio. Debe integrarse con alguno de los códigos que figura en la lista siguiente, conforme a la causa que motiva la rectificatoria y de acuerdo al código de
movimiento que figure en el campo 6 (Código de movimiento): es decir, según se trate de una baja, una vinculación o una desvinculación.
Campos 19 a 28, Cuit, Cuil, Cdi:
a) Caso de bajas (código de movimiento B):
No corresponde integrar estos campos, debiendo rellenarse obligatoriamente con ceros.
B) Caso de Vinculación (código de movimiento V):
Se integrarán los Cuit. Cuil, Cdi u otros documentos (sólo en el caso de cuentas cerradas con anterioridad al 1 /7/95) que se deseen vincular al cheque cuya clave se indica en los campos 1 a 4.
Los campos 19 a 28 pueden integrarse en forma no contigua, debiendo rellenarse con ceros los que no se utilicen.
Los que estén integrados serán sometidos a una validación formal, conforme a las normas de la DGI, antes de su asociación efectiva al cheque en la base de datos, permitiéndose otros documentos solo en el caso en el que el cheque tenga informada una fecha de cierre de cuenta anterior a la mencionada en el primer párrafo de este acápite.
Para un mismo cheque. pueden remitirse tantos registros de vinculación como se desee.
c) Caso de desvinculación (código de movimiento D):
Se integraran los Cuit. Cuil, Cdi u otros documentos que se deseen desvincular del cheque cuya clave se indica en los campos I a 4.
También en este caso pueden integrarse en forma no contigua, debiendo rellenarse con ceros los que no se utilicen. Son requisitos para efectivizar las desvinculaciones. que el número que se haya informado se encontrara vinculado al cheque con anterioridad y que no corresponda a la última persona física que quede vinculada a dicho cheque.
ERRORES DE VALIDACION
Su notificación se seguirá efectivizando a través de una nota STAF, encabezada con el código de entidad, en la que figurarán todos los registros erróneos que se detecten y cuya línea de detalle tendrá el siguiente formato:
POSICIONES | CAMPO |
02 - 04 | Sucursal |
05- 15 | N°de Cuenta |
16 - 23 | N° de Cheque |
24 - 25 | Año de Aviso |
25 - 31 | N° del Aviso |
32 - 32 | Cod. de Movimiento |
33-34 | ---- Espacios en blanco |
35-36 | Código de error |
37-41 | - - Espacios en blanco |
42- 52 | Información asociada a los códigos de error 41 a 44 (Cuit, Cuil, Cdi. Documento, legajo o código de motivo, según corresponda). |
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El Cuit, Cuil. Cdi o Documento a desvincular. no esta asociado al cheque.
El Cuit, Cull. Cdi o Documento a vincular, ya esta asociado al cheque.
N° o año del Legajo inválidos.
Código de motivo inválido.
e. 15/l N° 213.732v. 15/1/98