BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)
ENLACE AUTORIZADO POR LA ENTIDAD CITADA
COMUNICACION "A" 4851. 16/10/2008. Ref.: Circular LISOL 1 – 490; OPRAC 1 – 616. Exigencia de efectivo mínimo por depósitos en moneda extranjera. Aplicación de la capacidad de préstamo de depósitos en moneda extranjera. Modificaciones.