CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Acordada 35/2015
Expediente 7630/11
Acordada N° 3/2015. Prórroga.
01/12/2015
En Buenos Aires, a los 1º de diciembre del año 2015, los señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
Que en función a la presentación del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, y a fin de facilitar la aplicación de las cláusulas establecidas por la Acordada 3/2015, corresponde diferir, por última vez, su implementación.
Por ello,
ACORDARON:
Postergar, por última vez, hasta el 1er día hábil de mayo de 2016 la implementación de las cláusulas previstas por la Acordada 3/2015 en toda la Justicia Nacional y Federal.
Todo lo cual dispusieron, ordenando que se comunique, publique en la página web del CIJ, en la del Tribunal, en el Boletín Oficial y se registre en el Libro correspondiente, por ante mí que Doy Fe.
Ricardo L. Lorenzetti. — Elena I. Highton de Nolasco. — Juan C. Maqueda.
Acordada 35/2015
Expediente 7630/11
Acordada N° 3/2015. Prórroga.
01/12/2015
En Buenos Aires, a los 1º de diciembre del año 2015, los señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
Que en función a la presentación del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, y a fin de facilitar la aplicación de las cláusulas establecidas por la Acordada 3/2015, corresponde diferir, por última vez, su implementación.
Por ello,
ACORDARON:
Postergar, por última vez, hasta el 1er día hábil de mayo de 2016 la implementación de las cláusulas previstas por la Acordada 3/2015 en toda la Justicia Nacional y Federal.
Todo lo cual dispusieron, ordenando que se comunique, publique en la página web del CIJ, en la del Tribunal, en el Boletín Oficial y se registre en el Libro correspondiente, por ante mí que Doy Fe.
Ricardo L. Lorenzetti. — Elena I. Highton de Nolasco. — Juan C. Maqueda.