Corte Suprema de Justicia de la Nación
PODER JUDICIAL DE LA NACION
Acordada 18/2005
Fíjase el Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2006 y apruébase el 'Plan de Obras' del Poder Judicial de la Nación.
En Buenos Aires a los nueve días del mes de agosto del año dos mil cinco, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
1°) Que corresponde a esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, en su carácter de cabeza del Poder Judicial de la Nación, establecer la previsión cualitativa y cuantitativa de las erogaciones consolidadas previstas para la jurisdicción, para el ejercicio presupuestario 2006, a los fines de su comunicación al Honorable Congreso de la Nación según lo dispuesto en el art. 1° de la Ley 23.853 y en el tercer párrafo del art. 14° del Decreto N° 689/99, T.O. de la Ley Permanente de Presupuesto N° 11.672.
2°) Que en atención a ello, se han recabado las necesidades físicas y financieras de las distintas áreas y —a través de la información emanada del plenario del Consejo de la Magistratura mediante resolución n° 227/2005, conforme lo establecido en el art. 18 inc. a) de la Ley 24.937 y sus modificatorias— de los tribunales y organismos pertenecientes al Poder Judicial de la Nación; requeridas para asegurar el cumplimiento de la finalidad primaria de este Poder del Estado cual es la de garantizar el acceso y las respuestas que la sociedad demanda del servicio de justicia.
3°) Que el criterio que ha primado es el de establecer los requerimientos de manera prudente y moderada, potenciando los recursos materiales y humanos de la manera más eficiente; fijándose —no obstante— los valores impostergables que aseguren el accionar de la justicia.
4°) Que se han conocido los denominados 'techos presupuestarios' comunicados por la Jefatura de Gabinete de Ministros, los que resultan insuficientes para el nivel de necesidades mínimas de esta jurisdicción.
Una inadecuada asignación de créditos para el Poder Judicial de la Nación, afecta el principio de separación de poderes consagrado en la Constitución Nacional, al no dotarsele de los recursos indispensables para el cumplimiento de la indelegable e independiente misión de administrar justicia, que exige el respeto y la consolidación del sistema republicano de gobierno.
5°) Que en materia de recursos humanos, se ha previsto la cuantificación de los cargos existentes autorizados por este Tribunal que conforman la estructura funcional del Poder Judicial de la Nación y los establecidos por las respectivas leyes de creación de cada tribunal aún no habilitados.
6°) También se contemplan los cargos requeridos en materia forense por tribunales con competencia penal y por la Dirección Pericial, los necesarios para completar el Departamento de Seguridad e Higiene instituido por la normativa relativa a Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART), los necesarios para habilitar el Fuero Penal Tributario, los requeridos para el cumplimiento de la Ley 25.269 correspondiente a los tribunales orales que se transformen en cámaras federales, los necesarios para completar las dotaciones del Consejo de la Magistratura, las previsiones para jueces convocados, Escuela Judicial, Seguridad Informática y Oficina de Sistemas de Gestión de Calidad, incorporación de cargos para la Cámara Nacional Electoral, los necesarios para la creación de la Oficina para la Atención de Violencia Doméstica, la habilitación de cargos de nivel de ingreso para aquellas personas a las que se denomina 'personal meritorio' y las suplencias.
7°) Que respecto de las necesidades para bienes de consumo se pretende incrementar los gastos de funcionamiento ajustándolos a las modificaciones que se desprenden del nivel general de precios y al objetivo de posibilitar mayor celeridad e independencia en la adquisición de artículos de oficina e insumos.
8°) Que en lo atinente a servicios no personales se han previsto las necesidades para el proceso de selección para cubrir las vacantes de magistrados y el resto de los requerimientos para el normal funcionamiento de los tribunales y organismos de esta jurisdicción.
9°) Que se contemplan los valores necesarios para llevar adelante la adquisición de inmuebles donde en la actualidad se abonan locaciones y la compra o construcción de un nuevo edificio para la Morgue Judicial.
10°) Que también se incluye un plan de mantenimiento y obras para mejorar, ampliar, adecuar, modernizar y refuncionalizar inmuebles propios, con el fin de superar el estado de colapso en que se encuentra la realidad edilicia del Poder Judicial de la Nación. Además se han tenido en cuenta los montos necesarios para realizar inversiones en materia informática y proveer soporte de seguridad a la gestión e información de tribunales y organismos, y la cobertura de las necesidades de moblaje y equipos de oficina.
11°) Que se prevén los recursos que posibilitarán la cobertura de los créditos que en la presente de detallan.
Por ello, ACORDARON:
1°) Fijar el Presupuesto de Gastos del Poder Judicial de la Nación para el ejercicio 2006, en la suma de pesos un mil cuatrocientos noventa y seis millones novecientos sesenta y nueve mil quinientos noventa y dos ($ 1.496.969.592.-)¸ conforme al siguiente detalle:
Consejo de la Magistratura S.A.F. 320 | C.S.J.N. S.A.F. 335 | TOTAL P.J.N. | |
INCISO 1- PERSONAL | 1.006.968.719 | 124.024.251 | 1.130.992.970 |
INCISO 2- BIENES DE CONSUMO | 18.936.046 | 3.972.150 | 22.908.196 |
INCISO 3- SERV. NO PERSONALES | 60.256.669 | 8.200.000 | 68.456.669 |
INCISO 4- BIENES DE USO | 211.915.911 | 46.899.257 | 258.815.168 |
INCISO 5- TRANSFERENCIAS | 10.616.520 | 5.180.069 | 15.796.589 |
TOTAL | 1.308.693.865 | 188.275.727 | 1.496.969.592 |
2°) Fijar en veintiún mil seiscientos treinta y nueve (21.639), los cargos de la planta de personal para el Poder Judicial de la Nación durante el ejercicio 2006, conforme el detalle que se agrega como Anexo I a la presente.
3°) Aprobar el 'Plan de Obras' que como Anexo II se agrega a la presente.
4°) Estimar los recursos para financiar las erogaciones e inversiones que por la presente se requieren en la suma de pesos un mil cuatrocientos noventa y seis millones novecientos sesenta y nueve mil quinientos noventa y dos ($ 1.496.969.592.-), de acuerdo al siguiente detalle:
- Coparticipación (3,5%) | $ 1.219.463.480 |
- Tasas Judiciales | $ 110.769.544 |
- Recursos No Tributarios y Otros | $ 29.451.080 |
- Excedentes de Ingresos de Ej. Anteriores | $ 137.285.488 |
TOTAL | $ 1.496.969.592 |
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenaron que se comunicase, publicase en el Boletín Oficial y registrase en el libro correspondiente, por ante mí que doy fe. — Enrique S. Petracchi. — Augusto C. Belluscio. — Carlos S. Fayt. — Juan C. Maqueda. — Raúl Zaffaroni. — Elena I. Highton De Nolasco. — Ricardo L. Lorenzetti. — Carmen M. Argibay.
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ANEXO I ACORDADA 18/2005
ANEXO II ACORDADA 18/05
ANEXO II ACORDADA 18/05