Preguntas frecuentes
¿De qué organismo depende el RNBSD?
Del Ministerio de Justicia de la Nación.
¿Cuándo fue creado?
El Registro Nacional de Bienes Secuestrados y Decomisados durante el Proceso Penal (RNBSD) fue creado por el Decreto Nº 826 el 17 de Junio de 2011.
¿Con qué fines?
El RNBSD se creó con el fin de articular, coordinar e implementar políticas públicas activas para combatir el lavado de activos de origen ilícito en nuestro país y la región.
¿Cuáles son sus atribuciones?
El RNBSD tiene por objeto la identificación, registro, valuación y localización de la totalidad de los bienes secuestrados, decomisados o afectados a una medida cautelar en el marco de un proceso penal. El RNBSD carece de facultades para administrar, custodiar y/o disponer de los bienes afectados por la normativa.
¿En qué mejora la calidad de vida o resguarda los derechos de los ciudadanos argentinos?
Además de dar respuesta a los señalamientos efectuados en el ámbito internacional, por parte del GAFI-FATF (Grupo de Acción Financiera Internacional) que señalaban que existen dificultades para lograr la identificación, localización y rastreo de bienes de origen ilícito debido a la falta de una base de datos centralizada y unificada de bienes inmuebles y otros bienes importantes -Recomendación Especial III del MER sobre Argentina-, la creación del registro representa un aporte indispensable en la implementación de los dispositivos normativos necesarios para la recuperación de activos de origen ilícito, conforme la tendencia seguida en el ámbito regional.
¿Con qué organismos interactúa o tiene relación el RNBSD?
El RNBSD, se considerará comprendido entre los organismos obligados a informar a la Dirección Nacional de Política Criminal a los fines de la confección de la estadística general anual de la criminalidad en el país. (Conforme artículo 13 de la Ley Nº 22.117).
En virtud del inciso G artículo 2 de la Resolución 1277/2011 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos brinda información a la Unidad de Información Financiera (UIF).