Presidencia de la Nación

Dirección de Entidades Civiles


Funciones Director de Entidades Civiles:

  1. Entender en los procedimientos para el otorgamiento de la autorización para funcionar, su inscripción y los lineamientos para la fiscalización permanente de entidades civiles en general.
  2. Disponer la concurrencia a asambleas y reuniones de órganos directivos de entidades fiscalizadas.
  3. Efectuar la instrucción de actuaciones sumariales de oficio ante información pública o de particulares en la materia de su competencia.
  4. Recibir, analizar y proponer cursos de acción ante las denuncias que se presenten contra entidades civiles.
  5. Propiciar mejoras o innovaciones en los procedimientos para un más adecuado sistema de control interno de la gestión de las entidades civiles.
  6. Verificar el cumplimiento de normas técnico-contables respecto de las entidades civiles.
Activar: 
0
Scroll hacia arriba