Presidencia de la Nación

Dirección Nacional de Educación Inicial

Según la Ley

De acuerdo con la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Educación Inicial constituye una unidad pedagógica que comprende a los niños desde los cuarenta y cinco (45) días hasta los cinco (5) años inclusive. A partir de la ley Nacional N° 27.045 la obligatoriedad de la educación comienza a los 4 años de edad. Esta misma ley propone, en su artículo 19, que el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la obligación de universalizar los servicios educativos para los niños de tres años de edad. Asimismo, plantea que se priorizará la atención educativa de los sectores menos favorecidos de la población.

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