Normas que hacen a la creación del RNBSD
Crea al Registro Nacional de Bienes Secuestrados y Decomisados durante el Proceso Penal (RNBSD) y determina por un lado, que el Registro tendrá por objeto la identificación, registro, valuación y localización de la totalidad de los bienes secuestrados, decomisados o afectados a una medida cautelar en el marco de un proceso penal (Art. 1°), y por otro, que las autoridades correspondientes del fuero penal federal y de los distintos fueros de la justicia penal nacional deberán informar a dicho Organismo la totalidad de los bienes que resultaren secuestrados, decomisados o afectados a una medida cautelar durante la sustanciación de un proceso (Art. 2°).
Decisión Administrativa N° 483/2016
Aprueba la Estructura Organizativa del Ministerio de Justicia y determina que el RNBSD depende de la Coordinación de Registro de Bienes y Derechos Reales, dependiente de la Subsecretaria de Asuntos Registrales y determina cuál será la responsabilidad primaria y las acciones de dicho organismo.