Es el trámite por el cual solicita la baja de las autorizaciones para ejercer de profesionales de la salud.
Importante:
Para hacer el Trámite a Distancia (TAD) se recomienda ingresar a la página desde una CPU a través del Mozilla Firefox o el Google Chrome, no mediante celulares u otros dispositivos móviles porque se han detectado inconvenientes.
¿A quién está dirigido?
El titular del Establecimiento o Apoderado.
¿Qué necesito?
Disposición de Alta de Autorización para Ejercer.
Clave fiscal nivel 2 o superior de la AFIP o Apoderamiento en trámites a distancia para realizar el registro.
¿Cómo hago?
Ingresá al TAD con clave fiscal y número de CUIT
Por consultas comunicate a:
Teléfono:011 4379-9000 int. 4676, lunes a viernes de 10 a 13 horas.
Atención al público de lunes a viernes de 10 a 13 horas.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Sujetos exentos de pago: Se encuentran exentos del pago del arancel los Establecimientos Sanitarios Públicos Nacionales, de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y de las Universidades Nacionales - RESOL-2019-463-APN-SGS#MSYDS art 2°