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Retiros de alimentos del mercado


El retiro de alimentos del mercado es una medida de gestión que se lleva a cabo para quitar de la venta, distribución o consumo a aquellos productos que no cumplen con la normativa vigente, pudiendo afectar la salud de los consumidores.

Cuando de la investigación de un incidente alimentario se identifica un riesgo para la salud, aún cuando las causas todavía no han sido determinadas, se toma esta medida sanitaria como una forma preventiva de gestionar ese riesgo.

En los art. 18 tris y 1415 del Código Alimentario Argentino (CAA) se establecen los procedimientos y responsabilidades que le competen tanto a las empresas como a las Autoridades Sanitarias.

Las empresas deben recuperar los productos que distribuyen en el mercado, llegando al punto de la cadena correspondiente (mayorista, minorista, consumidor) en función de la clasificación otorgada al retiro.

Es importante destacar que el retiro de alimentos del mercado es una medida precautoria que puede derivar o no en sanciones y/o en una prohibición de comercialización, acción que se implementa a los efectos de preservar la salud pública y que consiste en la cancelación de la autorización para elaborar, fraccionar, conservar, transportar, expender, exhibir, importar o exportar alimentos.

La ANMAT publica las actuaciones que forman parte de los procedimientos habituales que realizan las Autoridades Sanitarias para identificar y sancionar, en caso de ser necesario, las infracciones a la normativa que regula los productos alimenticios.

Siempre es importante prestar atención a las recomendaciones brindadas por la ANMAT, tanto para quienes consumen el producto como para quienes lo comercializan.

Manuales de Recomendaciones para la Gestión de Incidentes y Retiro de Productos

Clasificación de los retiros de alimentos del mercado

  • Clase I - Son aquellas situaciones de riesgo para la salud en las que existe una probabilidad razonable de que el uso o consumo del producto cause consecuencias graves para la salud o inclusive la muerte. El alcance se extenderá a nivel consumidor.
  • Clase II - Son aquellas situaciones de riesgo para la salud en las que existe una probabilidad razonable de que el uso o consumo del producto cause consecuencias temporarias y/o reversibles para la salud.
  • Clase II c - Cuando el producto implicado esté destinado a una población específica/sensible y/o la Evaluación de Riesgo indique que es necesario emitir una alerta a la población.
  • Clase III - Son aquellas situaciones en las cuales existe una baja probabilidad de que el uso o consumo de un producto provoque consecuencias para la salud, pero constituyen una infracción.

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