La ciudadanía debe poder acceder a información comprensible sobre los actos de gobierno, por ello, es importante que las organizaciones sean capaces de hacer visible la gestión de los recursos públicos, las acciones que realizan y los resultados logrados.
Entre los sujetos obligados a brindar información, según lo establece el artículo 7 inciso g de la Ley 27.275, se encuentran las universidades a las que se le hayan otorgado fondos públicos.
La AAIP, a través de la Dirección Nacional de Políticas de Acceso a la Información Pública y Dirección Nacional de Evaluación de Políticas de Transparencia, desarrolló este programa con estrategias específicas para generar capacidades en las Universidades Nacionales y eliminar asimetrías en la implementación de la ley en relación con otros sujetos obligados.
Por ello, el Programa fue organizado de la siguiente manera:
Componente 1: Marco institucional
Líneas de acción:
- Dar a conocer entre las autoridades del ámbito de la Educación Superior los instrumentos que desarrolla la AAIP para la implementación de la Ley 27.275 -Registro de Responsables de Acceso a la Información Pública, Registro de Sujetos Obligados, Estadísticas sobre Solicitudes y Reclamos, Índice de Transparencia Activa, Portal de Transparencia, Catálogo de Experiencias de Participación-.
- Elaborar, en conjunto con los organismos vinculados a la gestión de la Educación Superior -el Consejo Interuniversitario Nacional y las Universidades Nacionales-, dispositivos que permitan la implementación y el cumplimiento de las obligaciones de la Ley 27.275 de manera situada en este tipo de sujeto obligado.
- En materia de acceso a la información, desarrollar protocolos de tramitación de las solicitudes acorde con los plazos y requisitos establecidos en la Ley 27.275.
- En materia de transparencia activa, generar instructivos que permitan reflejar la información de transparencia pertinente según las particularidades de la gestión universitaria.
- Conformar comunidades de práctica para la construcción de estos dispositivos y protocolos en forma participativa, y convocar a actividades con la comunidad universitaria ampliada para la validación de los productos desarrollados.
Componente 2: Asistencia técnica y capacitación
Líneas de acción:
- Promover -a través de la colaboración con la Secretaría de Políticas Universitarias y el Consejo Interuniversitario Nacional- la designación de un Responsable de Acceso a la Información y un Responsable de Transparencia en las Universidades Nacionales.
- Desarrollar actividades de capacitación para los Responsables de Acceso a la Información y Responsables de Transparencia designados, a fin de dar a conocer y promover la apropiación de los dispositivos elaborados.
- Brindar, a solicitud de las Universidades Nacionales, asistencia técnica para la implementación de los protocolos y dispositivos generados.
- Promover la adopción de los dispositivos a través de normativas propias de cada Casa de Estudios.
Componente 3: Producción de conocimiento
Líneas de acción:
- Proponer a las autoridades de las instituciones realizar actividades académicas que colaboren con el desarrollo de los estudios sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información en el ámbito de la gestión pública y de la educación superior.
- Construir información sobre las solicitudes de información recibidas, trámites de respuesta e información estadística.
- Realizar y publicar mediciones que registren los resultados de las acciones realizadas en el marco del Programa.
- Sistematizar las experiencias, identificando buenas prácticas y aprendizajes para las políticas de transparencia y acceso a la información de las Universidades Nacionales.
Accedé a más información del programa en la Resolución 197/2023